Cuestionario 6
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Título del Test:![]() Cuestionario 6 Descripción: Específica |




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Epígrafes 1 y 2. La recaudación en vía ejecutiva. Normas generales. Iniciación y título ejecutivo. 563. Una vez iniciado el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva, se puede suspender por la interposición de recurso de alzada o contencioso-administrativo: Si a la vez se garantiza la deuda con aval suficiente o se consigna su importe, incluidos el recargo, los intereses devengados y un 2 por ciento del principal como cantidad a cuenta de las costas reglamentariamente establecidas. Si a la vez se garantiza la deuda con aval suficiente o se consigna su importe, incluidos el recargo, los intereses devengados y un 3 por ciento del principal como cantidad a cuenta de las costas reglamentariamente establecidas. Si a la vez se garantiza la deuda con aval suficiente o se consigna su importe, incluidos el recargo, los intereses devengados y un 5 por ciento del principal como cantidad a cuenta de las costas reglamentariamente establecidas. Si a la vez se garantiza la deuda con aval suficiente o se consigna su importe, excluidos el recargo, los intereses devengados y las costas. 564. Marque la/s frase/s incorrectas: El procedimiento administrativo de apremio se aplica a los supuestos de deudas por cuotas y demás recursos que tengan carácter de ingresos de derecho público y que no sean frutos, rentas o cualquier otro producto demisión e sus bienes muebles o inmuebles. Los gastos que se produzcan con ocasión y por consecuencia. del procedimiento de apremio, incluidos los de investigación de bienes y los de depósito y administración son a cargo del sujeto responsable del pago e integran la deuda que hay que abonar a la Seguridad Social. Quedan incluidos los gastos ordinarios de los órganos de la Administración de la Seguridad Social. La impugnación de los actos administrativos de recaudación ejecutiva se somete a la jurisdicción social. b y c. 565. ¿Se aplica el procedimiento de apremio a las deudas con la Seguridad Social contraídas por las Administraciones Públicas?. Sí. Se aplica el procedimiento de apremio a cualquier entidad de derecho público. No. Se aplica el procedimiento de reducción. No. Se aplica el procedimiento de deducción. No. Se aplica el procedimiento de compensación. 566. Señale la frase correcta: La impugnación de los actos administrativos de recaudación ejecutiva se somete a la jurisdicción contencioso-administrativa; salvo las tercerías, de las que entiende la jurisdicción mercantil. La impugnación de los actos administrativos de recaudación ejecutiva se somete a la jurisdicción social; salvo las tercerías, de las que entiende la jurisdicción civil. La impugnación de los actos administrativos de recaudación ejecutiva se somete a la jurisdicción contencioso-administrativa; salvo las tercerías, de las que entiende la jurisdicción civil. La impugnación de los actos administrativos de recaudación ejecutiva se somete a la jurisdicción social; salvo las tercerías, de las que entiende la jurisdicción mercantil. 567. Indique la frase incorrecta: El procedimiento de recaudación en vía ejecutiva se inicia mediante la emisión de la providencia de apremio. El procedimiento ejecutivo se impulsa de oficio en todos sus trámites. Una vez iniciado el procedimiento, se puede suspender por resolución por la que se conceda aplazamiento de la deuda, no por la mera solicitud de aplazamiento. Una vez iniciado el procedimiento, se puede suspender por la interposición de recurso de alzada o contencioso-administrativo, si a la vez se garantiza la deuda con aval suficiente o se consigna su importe, incluidos el recargo, los intereses devengados y un 5 por ciento del principal como cantidad a cuenta de las costas reglamentariamente establecidas. 568. A las deudas con la Seguridad Social contraídas por las Administraciones Públicas, o, en general, cualquier entidad de derecho público: Se les aplica en todo caso el procedimiento de apremio. Se les aplica la vía de apremio sobre el patrimonio de estas entidades, cuando la ley prevea que puedan ostentar la titularidad de bienes embargables. Se les aplica con carácter general el procedimiento de deducción. b y c. 569. Indique la/s frase/s correcta/s en relación con el procedimiento de deducción: El procedimiento se inicia en todo caso con la notificación de la providencia de apremio. El procedimiento se inicia mediante resolución que acuerde, previa audiencia de la entidad afectada, la retención a favor de la Seguridad Social en la cuantía que corresponda por principal, recargo e intereses, sobre el importe total que con cargo a los Presupuestos Generales del Estado deba transferirse a la entidad deudora. La deuda quedará extinguida total o parcialmente desde que la Tesorería General de la Seguridad Social aplique el importe retenido al pago de la misma. b y c. 570. Señale la alternativa correcta: El procedimiento de recaudación en vía ejecutiva es exclusivamente administrativo, siendo competentes para entender del mismo la Tesorería General de la Seguridad Social y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en el ámbito de sus respectivas competencias. Si el recurso de alzada es contra la providencia de apremio, se produce la suspensión del procedimiento ejecutivo de recaudación sin necesidad de presentar garantías, hasta la notificación de la resolución. La impugnación de los actos administrativos de recaudación ejecutiva se somete a la jurisdicción social; salvo las tercerías, de las que entiende la jurisdicción civil. Se aplica asimismo el procedimiento de apremio a las deudas con la Seguridad Social contraídas por las Administraciones Públicas, o, en general, cualquier entidad de derecho público. 571. Para asegurar el cobro de las deudas con la Seguridad Social, ¿puede adoptar la TGSS medidas cautelares de carácter provisional?. En ningún caso, ya que tales medidas no están contempladas en la LGSS. Cuando existan indicios racionales de que, en otro caso, dicho cobro se verá frustrado o gravemente dificultado. Sí, pero la medida cautelar sólo puede consistir en la retención del pago de devoluciones de ingresos indebidos. Si, pero la medida cautelar no podrá consistir en el embargo preventivo de bienes o derechos. 572. El Reglamento General de Recaudación establece que la competencia para la ejecución forzosa del patrimonio del deudor corresponde a: La Subdirección General de Procedimientos Ejecutivos y Especiales de Recaudación. La Secretaria de Estado de la Seguridad Social y Pensiones. La Unidad Especializada de Seguridad Social de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Las Unidades de Recaudación Ejecutiva de la Tesorería General de la Seguridad Social. 573. Las medidas cautelares provisionales, cuando no se hayan convertido en definitivas en el marco del procedimiento de apremio, no podrán prorrogarse mía allá: Del plazo de tres meses desde su adopción. Del plazo de seis meses desde su adopción. Del plazo de nueve meses desde su adopción. Del plazo de doce meses desde su adopción. 574. Señale la alternativa o alternativas correctas: Con carácter general no se aplica el procedimiento de apremio a las deudas con la Seguridad Social contraídas por las Administraciones Públicas, o, en general, cualquier entidad de derecho público. En estos casos, la Tesorería General de la Seguridad Social deberá seguir no el procedimiento de apremio, sino el de deducción. Según el procedimiento de deducción, el importe de las deudas objeto de reclamación administrativa podrá deducirse a favor de la TGSS de las cantidades que, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, deban transferirse a la entidad deudora. Sólo se iniciará la vía de apremio sobre el patrimonio de las entidades de derecho público, cuando la ley prevea que puedan ostentar la titularidad de bienes embargables. a, b y c. 575. Si el deudor a la Seguridad Social fuese una Administración Pública, la Tesorería General de la Seguridad Social iniciará el procedimiento de deducción sobre las cantidades que deban transferirse a la entidad deudora con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. Es/son característica/s de este procedimiento la/s siguiente/s: El órgano competente de la Tesorería General de la Seguridad Social iniciará el procedimiento de deducción, acordando, previa audiencia de la entidad afectada, la retención a favor de la Seguridad Social en la cuantía que corresponda por principal, recargo e intereses, sobre el importe total que con cargo a los Presupuestos Generales del Estado deba transferirse a la entidad deudora. Sólo se iniciará la vía de apremio sobre el patrimonio de la Administración Pública, cuando la ley prevea que pueda ostentar la titularidad de bienes embargables. En cualquier caso, el acuerdo de retención fijará expresamente el momento en que ésta deba practicarse, que deberá ser posterior al menos en tres meses a la fecha de notificación de dicho acuerdo. a, b y c. 576. La Tesorería General de la Seguridad Social puede concertar los servicios de recaudación voluntaria o ejecutiva que considere convenientes, con las Administraciones Públicas o con entidades privadas: No requiriéndose previa autorización para ello. Requiriéndose para ello la previa autorización del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Requiriéndose para ello la previa autorización del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones cuando el concierto se celebre con Administraciones Públicas, o del Consejo de Ministros cuando el concierto se celebre con entidades privadas. Requiriéndose para ello la previa autorización del Consejo de Ministros. 577. De acuerdo con el artículo 21.1 de la Ley General de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, como caja única del sistema de la Seguridad Social: Llevará a efecto la gestión liquidatoria de los recursos de esta, así como de los conceptos de recaudación conjunta con las cuotas de la Seguridad Social, tanto en periodo voluntario como en vía ejecutiva, bajo la dirección y tutela del Estado. Llevará a efecto la gestión recaudatoria de los recursos de esta, así como de los conceptos de recaudación conjunta con las cuotas de la Seguridad Social, tanto en período voluntario como en vía ejecutiva, bajo la dirección y tutela del Estado. Llevará a efecto la gestión liquidatoria y recaudatoria de los recursos de esta, así como de los conceptos de recaudación conjunta con las cuotas de la Seguridad Social, tanto en período voluntario como en vía ejecutiva, bajo la dirección y tutela del Estado. Epígrafe 3. La providencia de apremio. Oposición y efectos. 578. Cuando se formula oposición contra la providencia de apremio por algunos de los motivos tasados que establece la LGSS, el procedimiento de apremio: Se suspende, sin necesidad de presentación de garantía, hasta la notificación de la resolución del recurso. Solamente se suspende si se aportan garantías. No se suspende. Se suspende si así se considera discrecionalmente por la TGSS. 579. No es característica de la providencia de apremio: Tener carácter exclusivamente administrativo. Constituir el título ejecutivo suficiente para el inicio del procedimiento de apremio por la TGSS. Tener la misma fuerza ejecutiva que las sentencias judiciales para proceder contra los bienes y derechos de los sujetos obligados al pago de las deudas. Debe estar precedida en todo caso de reclamación de deuda o acta de liquidación. 580. La providencia de apremio se expide: Por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Por la Tesorería General de la Seguridad Social. Por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social o por la Tesorería General de la Seguridad Social, indistintamente. Por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social o por la Tesorería General de la Seguridad Social, según a la providencia haya precedido, respectivamente, acta de liquidación o reclamación de deuda. 581. Contra la providencia de apremio solamente será admisible: Recurso de alzada por motivos tasados. La interposición de recurso suspende el procedimiento de apremio, sin necesidad de presentación de garantía. Recurso de alzada por motivos tasados. La interposición de recurso suspende el procedimiento de apremio, con necesidad de la presentación de garantía. Recurso de reposición por motivos tasados. La interposición de recurso suspende el procedimiento de apremio, sin necesidad de la presentación de garantía. Recurso de reposición por motivos tasados. La interposición de recurso suspende el procedimiento de apremio, con necesidad de la presentación de garantía. 582. La providencia de apremio debe contener, entre otros datos: Advertencia expresa de que si el pago no se efectúa dentro del plazo de los 15 días hábiles siguientes a la notificación, serán exigibles los intereses de demora devengados desde la finalización del plazo reglamentario de ingreso. Advertencia expresa de que si el pago no se efectúa dentro del plazo de los 15 días naturales siguientes a la notificación, serán exigibles los intereses de demora devengados desde la finalización del plazo reglamentario de ingreso. Advertencia expresa de que si el pago no se efectúa dentro del plazo de los 30 días naturales siguientes a la notificación, serán exigibles los intereses de demora devengados desde la finalización del plazo reglamentario de ingreso. Mención expresa de que contra la providencia de apremio solamente será admisible recurso de reposición basado en los motivos enumerados en el art° 86 del Reglamento de Recaudación debidamente justificados. 583. Es cierto que la providencia de apremio: Constituye el título ejecutivo suficiente para el inicio del procedimiento de apremio por la TGSS. Tiene la misma fuerza ejecutiva que las sentencias judiciales para proceder contra los bienes y derechos de los sujetos obligados al pago de las deudas. Su omisión determina la improcedencia de la vía de apremio. a, b y c. 584. ¿Qué motivo no es admisible en el recurso de alzada presentado contra la providencia de apremio: Prescripción y pago. Error material o aritmético en la determinación de la deuda. Condonación, aplazamiento de la deuda o suspensión del procedimiento. Falta de motivación de la reclamación de deuda, cuando ésta proceda, del acta de liquidación o de las resoluciones que éstas o las autoliquidaciones de cuotas originen. 585. Señale la frase o frases incorrecta/s: La providencia de apremio debe contener, entre otros, el siguiente dato: Advertencia expresa de que si el pago no se efectúa dentro del plazo de los 15 días naturales siguientes a la notificación, serán exigibles los intereses de demora devengados desde la finalización del plazo reglamentario de ingreso. Se dictará providencia de apremio, sin previa reclamación de deuda o acta de liquidación, entre otros casos, en el supuesto de falta de ingreso de las cuotas relativas a trabajadores cuya cotización se determine mediante el sistema de liquidación simplificada. Las actuaciones del procedimiento de apremio para el cobro de la deuda podrán prever un incremento sobre la cuantía exigible de hasta un 15 por ciento, en concepto de previsión de costas e intereses que puedan devengarse hasta el momento del efectivo cobro. La previsión de costas nunca podrá superar el 5 por ciento del importe de la deuda. a y c. 586. Contra la providencia de apremio no será admisible recurso de alzada basado en el siguiente motivo: Pago. Prescripción. Error material o aritmético en la determinación de la deuda. Caducidad del expediente. 587. Indique la/s frase/s correcta:/s. La providencia de apremio debe contener expresa mención de que contra la providencia de apremio solamente será admisible recurso° de alzada o de reposición basado en los motivos enumerados en el artículo 86 del Reglamento de Recaudación debidamente justificados. Cuando la providencia de apremio proceda previa reclamación de deuda o acta de liquidación, se dictara providencia de apremio cuando haya transcurrido, sin pago de la deuda, el plazo fijado en la reclamación de deuda o el acta de liquidación, aunque estas no hayan adquirido firmeza en vía administrativa. Cuando la providencia de apremio proceda previa reclamación de deuda o acta de liquidación, se dictará providencia de apremio cuando haya transcurrido, sin pago de la deuda, el plazo fijado en la reclamación de deuda o el acta de liquidación y éstas hayan adquirido firmeza en vía administrativa. a y c. 588. Indique la frase correcta: Las actuaciones del procedimiento de apremio para el cobro de la deuda podrán prever un incremento sobre la cuantía exigible de hasta un 10 por ciento, en concepto de previsión costas e intereses que puedan devengarse hasta el momento del efectivo cobro. La previsión de costas nunca podrá superar el 3 por ciento del importe de la deuda. Las actuaciones del procedimiento de apremio para el cobro de la deuda podrán prever un incremento sobre la cuantía exigible de hasta un 15 por ciento, en concepto de previsión de costas e intereses que puedan devengarse hasta el momento del efectivo cobro. La previsión de costas nunca podrá superar el 5 por ciento del importe de la deuda. Las actuaciones del procedimiento de apremio para el cobro de la deuda podrán prever un incremento sobre la cuantía exigible de hasta un 10 por ciento, en concepto de previsión de costas e intereses que puedan devengarse hasta el momento del efectivo cobro. La previsión de costas nunca podrá superar el 2 por ciento del importe de la deuda. Las actuaciones del procedimiento de apremio para el cobro de la deuda podrán prever un incremento sobre la cuantía exigible de hasta. un 12 por ciento, en concepto de previsión de costas e intereses que puedan devengarse hasta el momento del efectivo cobro. La previsión de costas nunca podrá superar el 3 por ciento del importe de la deuda. 589. Se dictará providencia de apremio, sin previa reclamación de deuda o acta de liquidación, en los siguientes casos: Falta de ingreso de la totalidad o de alguna de las aportaciones que integran la cuota, respect° de trabajadores dados de alta e incluidos en las liquidaciones transmitidas o en los documentos de cotización presentados dentro de plazo, de aplicarse el sistema de liquidación directa de cuotas. Falta de ingreso de las cuotas relativas a trabajadores cuya cotización se determine mediante el sistema de liquidación simplificada. Falta de afiliación o de alta de trabajadores en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social. a, b y c. 590 a 593. La empresa Z no ha abonado en plazo voluntario las cuotas adeudadas pese a que la TGSS efectuó reclamación de deuda, que ha adquirido firmeza administrativa, por falta de cotización en relation con trabajadores dados de alta que no constaban en las liquidaciones de cuotas o datos de cotización transmitidos. La empresa Z recibe el 20-1-2024 providencia de apremio. 590. ¿Puede oponerse la empresa Z a la providencia de apremio?. Si, mediante recurso° de alzada basado en los motivos tasados siguientes: pago; prescription; condonación, aplazamiento de la deuda o suspensión del procedimiento; falta de notificación de la reclamación de deuda, cuando esta proceda, del acta de liquidación o de las resoluciones que esters o las autoliquidaciones de cuotas originen. Si, mediante recurso de alzada basado en los motivos tasados siguientes: pago; error material o aritmético en la determinación de la deuda; condonación, aplazamiento de la deuda o suspensión del procedimiento; falta de motivación de la providencia; falta de notificación de la reclamación de deuda, cuando esta proceda, del acta de liquidación o de las resoluciones que estas o las autoliquidaciones de cuotas originen. Si, mediante recurso de alzada basado en los motivos tasados siguientes: pago; prescripción; error material o aritmético en la determinación de la deuda; condonación, aplazamiento de la deuda o suspensión del procedimiento; falta de notificación de la reclamación de deuda, cuando esta proceda, del acta de liquidación o de las resoluciones que estas o las autoliquidaciones de cuotas originen. Si, mediante recurso de alzada basado en los motivos tasados siguientes: pago; prescripción; error aritmético en la determinación de la deuda; condonación de la deuda; falta de notificación de la reclamación de deuda, cuando esta proceda, del acta de liquidación o de las resoluciones que estas o las autoliquidaciones de cuotas originen. 591. ¿Qué efectos produce el recurso de alzada contra la providencia de apremio?. Suspende el procedimiento de apremio, sin necesidad de presentación de garantía, hasta la notificación de su resolución. Suspende el procedimiento de apremio, si a la vez se garantiza la deuda con aval suficiente. Suspende el procedimiento, si a la vez se garantiza la deuda con aval suficiente o se consigna su importe, incluidos el recargo, los intereses devengados y un 2 por ciento del principal como cantidad a cuenta de las costas reglamentariamente establecidas. Suspende el procedimiento, si a la vez se garantiza la deuda con aval suficiente o se consigna su importe, incluidos el recargo, los intereses devengados y un 3 por ciento del principal como cantidad a cuenta de las costas reglamentariamente establecidas. 592. En el caso planteado, ¿debió la TGSS expedir reclamación de deuda antes de emitir la providencia de apremio?. Si. No, como en el caso de falta de ingreso de la totalidad o de alguna de las aportaciones que integran la cuota, respecto de trabajadores dados de alta e incluidos en las liquidaciones transmitidas o en los documentos de cotización presentados dentro de plazo, de aplicarse el sistema de autoliquidación de cuotas, o en las liquidaciones practicadas por la TGSS dentro de plazo, de aplicarse el sistema de liquidación directa de cuotas, cuando la deuda estuviese correctamente calculada. No, coma en la falta de ingreso de las cuotas relativas a trabajadores cuya cotización se determine mediante el sistema de liquidación simplificada. b y c. 593. ¿Qué características tiene la providencia de apremio? Indique la opción incorrecta. Tiene carácter exclusivamente administrativo. Constituye el título ejecutivo suficiente para el inicio del procedimiento de apremio por la TGSS. Tiene la misma fuerza ejecutiva que las sentencias judiciales para proceder contra los bienes y derechos de los sujetos obligados al pago de las deudas; incluidas las deudas con la Seguridad Social contraídas por las Administraciones Públicas o, en general, cualquier entidad de derecho público. Su omisión determina la improcedencia de la via de apremio. Epígrafe 4. El embargo de bienes. 594. Por cada actuación de embargo se practica: Providencia de embargo. Providencia de apremio. Diligencia de embargo. Providencia decretando los bienes del deudor. 595. Los conceptos que se incluyen en los puestos 1° al 5° del orden de prelación a observar en el embargo de bienes, Began lo establece la Ley de Enjuiciamiento Civil, son: 1°. Bienes muebles o semovientes, acciones, títulos o valores no admitidos a cotización oficial y participaciones sociales. 2°. Bienes inmuebles. 3°. Sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades profesionales y mercantiles autónomas. 4°. Dinero o cuentas corrientes de cualquier clase. 5°. Créditos y derechos realizables en el acto o a corto plazo (plazo no superior a tres meses, según el art.° 91 del Reglamento de Recaudación), y títulos, valores u otros instrumentos financieros admitidos a negociación en un mercado secundario oficial de valores. 1°. Joyas y objetos de arte. 2°. Rentas en dinero, cualquiera que sea su origen y la razón de su devengo. 3°. Intereses, rentas y frutos de toda especie. 4°. Bienes muebles o semovientes, acciones, títulos o valores no admitidos a cotización oficial y participaciones sociales. 5°. Bienes inmuebles. 1°. Sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades profesionales y mercantiles autónomas. 2°. Créditos, derechos y valores realizables a medio y largo plazo. 3°. Dinero o cuentas corrientes de cualquier clase. 4°. Créditos y derechos realizables en el acto o a corto plazo (plazo no superior a tres meses, según el art.° 91 del Reglamento de Recaudación), y títulos, valores u otros instrumentos financieros admitidos a negociación en un mercado secundario oficial de valores. 5°. Joyas y objetos de arte. 1°. Dinero o cuentas corrientes de cualquier clase. 2°. Créditos y derechos realizables en el acto o a corto plazo (plazo no superior a tres meses, según el art.° 91 del Reglamento de Recaudación), y títulos, valores u otros instrumentos financieros admitidos a negociación en un mercado secundario oficial de valores. 3°. Joyas y objetos de arte. 4°. Rentas en dinero, cualquiera que sea su origen y la razón de su devengo. 5°. Intereses, rentas y frutos de toda especie. 596. Son inembargables: El mobiliario y el menaje de la casa, así como las ropas del ejecutado y de su familia. Los libros e instrumentos necesarios para el ejercicio de la profesión, arte u oficio a que se dedique el ejecutado, cuando su valor no guarde proporción con la cuantía de la deuda reclamada. Las cantidades expresamente declaradas inembargables por Ley o Reglamento. a, b y c. 597. No podrán ser objeto de embargo: Los salarios, sueldos o retribuciones de los trabajadores, en su totalidad. Las pensiones reconocidas al deudor de la Seguridad Social, sin excepción alguna. Los bienes que carezcan, por sí solos, de contenido patrimonial. Las joyas y objetos de arte, de use personal. 598. Los salarios, sueldos, jornales, retribuciones o pensiones que sean superiores al salario mínimo interprofesional se embargarán conforme a una escala que determina la Ley de Enjuiciamiento Civil. Según esta escala, para la cuantía adicional hasta el importe equivalente a un tercer salario minimo interprofesional, se embargarán: El 50 %. El 60 %. El 70 %. El 80 %. 599. Se podrá alterar el orden de prelación a observar en el embargo de bienes si, a juicio del recaudador ejecutIvo, los bienes que se señalan garantizan el cobro de la deuda con la misma eficacia y celeridad que los bienes a trabar con carácter preferente (señale la frase incorrecta): Siempre que no se irrogue o pueda presumiblemente causarse perjuicio a tercera persona con la adopción de dicha medida. Debiendo existir solicitud expresa del deudor, que se consignará en la diligencia de embargo. Pudiendo no sujetarse a la regla de la mayor facilidad para la enajenación y menor onerosidad para el apremiado. Pudiendo posponerse el embargo de dinero efectivo o en cuentas abiertas en entidades de depósito. 600. Según el orden de prelación establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil, que debe observarse en el embargo de bienes: Los bienes muebles deben embargarse antes que los bienes inmuebles. Los salarios y las pensiones deben embargarse antes que los bienes inmuebles. Las joyas y objetos de arte deben embargarse en primer lugar. Los bienes inmuebles deben embargarse en último lugar. 601. Los requerimientos a las entidades financieras sobre movimientos de cuentas corrientes, depósitos de ahorro y a plazo, cuentas de préstamo y créditos y demás operaciones activas o pasivas de bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito y de cuantas personas físicas o jurídicas se dediquen al tráfico bancario o crediticio: Deberán ser cumplimentadas en el plazo máximo de 10 días. Deberán ser cumplimentadas en el plazo máximo de 10 días, salvo cuando las circunstancias del caso requieran, a criterio del Órgano de recaudación, la fijación de un plazo superior al efecto. Deberán ser cumplimentadas en el plazo máximo de 15 días. Deberán ser cumplimentadas en el plazo máximo de 15 días, salvo cuando las circunstancias del caso requieran, a criterio del Órgano de recaudación, la fijación de un plazo superior al efecto. 602. Es cierto: A requerimiento de las unidades de recaudación ejecutiva de la Seguridad Social, el propio responsable del pago deberá facilitar información sobre sus bienes. No se embargarán los bienes de cuya realización se presuma, a juicio del recaudador ejecutivo, que su producto ha de resultar insuficiente para la cobertura del coste de dicha realización, lo que se hará constar en el expediente por medio de diligencia. a y b. 603. La regia primers del orden de prelación que se debe observar en el embargo de bienes es la siguiente: La Unidad de Recaudación Ejecutiva embargará los bienes del apremiado en el orden determinado por Ia mayor facilidad de su enajenación. La Unidad de Recaudación Ejecutiva embargará los bienes del apremiado en el orden determinado por la menor onerosidad para el apremiado. La Unidad de Recaudación Ejecutiva embargará los bienes del apremiado en el orden determinado por la mayor facilidad de su enajenación y la menor onerosidad de ésta para el apremiado. 604. A solicitud expresa del deudor, que se consignara en La diligencia de embargo, se podrá alterar el orden de prelación establecido en el artículo 91 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social: Si, a juicio del recaudador ejecutivo, los bienes que se señalan garantizan el cobro de la deuda con la misma eficacia y celeridad que los bienes a trabar con carácter preferente, siempre que no se irrogue o pueda presumiblemente causarse perjuicio a tercera persona con la adopción de dicha medida. Si, a juicio del recaudador ejecutivo, los bienes que se señalan garantizan el cobro de la deuda con la misma eficacia y celeridad que los bienes a trabar con carácter preferente. Si, a juicio del recaudador ejecutivo, los bienes que se señalan garantizan el cobro de la deuda con la misma eficacia y celeridad que los bienes a trabar con carácter preferente, siempre que no se irrogue o pueda presumiblemente causarse perjuicio a tercera persona con la adopción de dicha medida y sin que en ningún caso pueda posponerse el embargo de dinero efectivo o en cuentas abiertas en entidades de depósito. Sí, a juicio del recaudador ejecutivo, los bienes que se señalan garantizan el cobro de la deuda con la misma eficacia y celeridad que los bienes a trabar con carácter preferente, siempre que no se irrogue o pueda presumiblemente causarse perjuicio a tercera persona con la adopción de dicha medida, pudiendo excepcionalmente posponerse el embargo de dinero efectivo o en cuentas abiertas en entidades de depósito. 605. Por cada actuación de embargo se practicará diligencia de embargo, que, con carácter general, se notificará: Al apremiado y al cónyuge. Al apremiado y al cónyuge cuando se trate de bienes que formen parte de la sociedad de gananciales. Al apremiado y al cónyuge o pareja de hecho. 606. En atención a las cargas familiares del ejecutado, el Letrado de la Administración de Justicia podrá aplicar una rebaja en los porcentajes del salario embargable en los niime¬ros 1, 2, 3 y 4 del apartado segundo del artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: Entre un 5% a un 10%. Entre un 10% a un 15%. Entre un 15% a un 20%. Entre un 10% a un 30%. 607. Es cierto: Es posible efectuar por medios telemáticos el embargo de bienes en cuentas a la vista abiertas en entidades de depósito, siempre que el importe de la diligencia de embargo sea igual o inferior a 6.000 euros, incluidos los recargos, intereses y costas. Cada diligencia de embargo se puede referir a un máximo de tres cuentas a la vista entre las abiertas en la misma sucursal de la entidad de depósito. Podrá decretarse el embargo de empresa cuando, atendiendo a todas las circunstancias, resulte preferible al embargo de los distintos elementos patrimoniales. a, b y c. 608. Según el artículo 41 de la Ley General de la Seguridad Social ¿que responsabilidad se les imputa a las personas o entidades depositarias de bienes embargables que, con conocimiento previo del embargo practicado por la Seguridad Social conforme al procedimiento administrativo de apremio reglamentariamente establecido, colaboren o consientan en el incumplimiento de las órdenes de embargo o en el levantamiento de los bienes?. Serán responsables solidarios del pago de la deuda hasta el importe del valor de los bienes que se hubieran podido embargar o enajenar. Serán responsables subsidiarios del pago de la deuda hasta el importe del valor de los bienes que se hubieran podido embargar o enajenar. Serán responsables solidarios del pago de la deuda por el importe total de la deuda perseguida. Serán responsables subsidiarios del pago de la deuda por el importe total de la deuda perseguida. 609. El depositario de los bienes embargados. Debe ser el propio deudor. Debe ser un tercero. Puede ser un tercero o el propio deudor. 610. Cumplidos todos los trámites legales, la Dirección Provincial de la TGSS convoca la subasta de un inmueble de la empresa XR para el lunes 18 de septiembre de 2023. Indique el lugar y la fecha hasta la cual es posible presnetar posturas en sobre cerrado. En el local de la URE en el que se tramite el expediente. Hasta el 18 de Septiembre de 2023. En la sede de la Dirección Porvincial de la TGSS en la que se tramite el expediente. Hasta el 18 de Septiembre de 2023. En la sede de la Dirección Porvincial de la TGSS en la que se tramite el expediente. Hasta el 16 de Septiembre de 2023. En la sede de la Dirección Porvincial de la TGSS en la que se tramite el expediente. Hasta el 15 de Septiembre de 2023. Epígrafe 5. Enajenación de bienes: modalidades. 611. Es cierto: La providencia por la que se decrete la venta por subasta determinará el plazo para presentar ofertas, que será al menos de 30 días. En el anuncio de la subasta se hará constar la exhortación al deudor del derecho que le asiste a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, en el plazo de cinco días hábiles a partir de la fecha de su celebración. En el anuncio de la subasta se hará constar la obligación del adjudicatario de abonar la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido dentro de los cinco días hábiles siguientes al de dicha adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. a, b y c. 612. El procedimiento ordinario para la realización de los bienes embargados es: Adjudicación directa. Subasta pública. Enajenación por concurso. Subasta pública o enajenación por concurso. 613. Es cierto: Los bienes muebles trabados podrán distribuirse en lotes, integrando en cada uno de estos los que sean de análoga naturaleza, atendida su clase y el aprovechamiento o servicio de que sean susceptibles. Se formará un solo lote con aquellos bienes muebles embargados sobre los cuales se haya constituido una misma hipoteca mobiliaria o estén afectos a un mismo contrato de prenda con o sin desplazamiento de la posesión. También podrán formarse lotes, aunque no se trate de bienes de una misma naturaleza, cuando se estime conveniente a fin de obtener mayores facilidades para la concurrencia de licitadores. a, b y c. 614. Con respecto a la enajenación por subasta pública, el artículo 118 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, que se refiere a la presentación de posturas en sobre cerrado, señala que, simultáneamente a La presentación de la oferta, el licitador deberá constituir depósito del: 15%. 25%. 30%. 35%. 615. Es cierto: Los bienes muebles trabados podrán distribuirse en lotes, integrando en cada uno de estos los que sean de análoga naturaleza. Se formará un solo lote con aquellos bienes muebles embargados sobre los cuales se haya constituido una misma hipoteca mobiliaria o estén afectos a un mismo contrato de prenda con o sin desplazamiento de la posesión. Se formarán lotes, aunque no se trate de bienes de una misma naturaleza, cuando se estime conveniente a fin de obtener mayores facilidades para la concurrencia de licitadores. a, b y c. 616. Indique cuál de las afirmaciones siguientes es verdadera en relación con la valoración de los bienes a efectos de su enajenación: Si el deudor de la Seguridad Social no está de acuerdo con la valoración de sus bienes realizada por la TGSS, puede presentar valoración contradictoria en el plazo improrrogable de 15 días. Si el deudor de la Seguridad Social no está de acuerdo con la valoración de sus bienes realizada por la TGSS, puede presentar valoración contradictoria en el plazo de 15 días, ampliable cuando las circunstancias así lo aconsejen. Si la diferencia entre las valoraciones de la TGSS y del deu-dor, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 25 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. Si la diferencia entre las valoraciones de la TGSS y del deu-dor, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 30 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. 617. Indique la frase correcta en relación con las formas de enajenación: Los bienes embargados pueden ser embargados bien por concurso, bien por subasta pública. El procedimiento ordinario para la realización de los bienes embargados es el concurso. No procede adjudicación directa de bienes. Los bienes embargados pueden ser enajenados mediante subasta pública, concurso o enajenación directa. 618. Es cierto: La enajenación por concurso deberá ser autorizada por el director general de la Tesorería General de la Seguridad Social cuando se trate de bienes muebles o semovientes y las circunstancias concurrentes, el volumen o el valor de tales bienes así lo aconsejen. La adjudicación directa de bienes o derechos sólo procederá excepcionalmente y en los supuestos previstos en el Reglamento General de recaudación de la Seguridad Social.'. En la enajenación por concurso no podrá establecerse que la enajenación se realice mediante una sola licitación verbal, sin admitirse posturas en sobre cerrado. a, b y c. 619. De acuerdo con el artículo 120 del Reglamento de Recaudación, si en el acto de celebración de subasta concurriere alguna persona interesada en participar en la licitación que no hubiera presentado en plazo postura en sobre cerrado ni constituido el depósito necesario, ¿podrá ser admitida a participar en ella?. No. Si, siempre que la mesa haya hecho pública la existencia de posturas presentadas por escrito. si constituye en el acto un depósito del 30 por ciento del tipo fijado para la subasta. Si, siempre que la mesa haya hecho pública la existencia de posturas presentadas por escrito. si constituye en el acto un depósito del 35 por ciento del tipo fijado para la subasta. Sí, mientras que la mesa no haya hecho pública la existencia de posturas presentadas por escrito. si constituye en el acto un depósito del 30 por ciento del tipo fijado para la subasta. 620. En el anuncio de subasta se hará constar, entre otros datos: La posibilidad de presentación de posturas verbales iguales`o superiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 25 por ciento de dicho tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito. La posibilidad de presentación de posturas verbales iguales o superiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por ciento de dicho tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito. La posibilidad de presentación de posturas verbales iguales o superiores al 50 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 20 por ciento de dicho tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito. 621. La providencia de subasta indicará necesariamente: El plazo para presentar posturas, que será al menos de 15 días. El día, hora y lugar en que se celebrará la subasta. El tipo de subasta. b y c. 622. Indique la/s frase/s correcta/s en relación con la enajenación por subasta de los bienes embargados: La providencia por la que se decrete la venta por subasta determinará el plazo para presentar ofertas, que será al menos de dos meses, así como el día, hora y lugar en que éstas se harán públicas y el tipo de subasta. El anuncio de la subasta se publicará en el tablón de anuncios de la Seguridad Social situado en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social. y Pensiones. Simultáneamente a la presentación de la oferta, el licitador deberá constituir depósito mediante cheque certificado, visado o conformado por el librado, por importe, en todo caso, del 35 por ciento del tipo establecido para la enajenación del bien de que se trate. a y b. 623. En el anuncio de la subasta se hará constar, entre otras cuestiones: La obligación de acompañar a cada postura cheque certificado, visado o conformado por el librado, extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 15 por ciento del tipo de subasta. La advertencia de que la subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes si se hace el pago de la deuda, intereses en su caso, recargos y costas del procedimiento, y se procederá, en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito. La exhortación al deudor del derecho que le asiste a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, en el plazo de cinco días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración. a, b y c. 624. ¿Pueden presentarse posturas verbales en la enajenación por subasta?. No pueden presentarse posturas verbales. Podrán presentar posturas verbales iguales o superiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por ciento de dicho tipo fijado para la subasta. Podrán presentarse posturas verbales iguales o superiores al 30 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 15 por ciento de dicho tipo fijado para la subasta. Podrán presentarse posturas verbales iguales o superiores al 50 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 20 por ciento de dicho tipo fijado para la subasta. 625. Es cierto: En una subasta, si no se han presentado posturas verbales, podrá aprobarse el remate en favor de una mejor postura inferior al 75 por ciento y que no cubra el importe adeudado, siempre que no sea inferior al 25 por ciento del tipo de subasta, mediante resolución motivada del Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social. En una subasta, si no se han presentado posturas verbales, podrá aprobarse el remate en favor de una mejor postura inferior al 60 por ciento y que no cubra el importe adeudado, siempre que, tratándose de bienes inmuebles, no sea inferior al 25 por ciento del tipo de subasta, mediante resolución motivada de la Mesa de Subasta. En una subasta, si no se han presentado posturas verbales, podrá aprobarse el remate en favor de una mejor postura inferior al 60 por ciento y que no cubra el importe adeudado, siempre que, tratándose de bienes inmuebles, no sea inferior al 25 por ciento del tipo de subasta, mediante resolución motivada del Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social. En una subasta, si no se han presentado posturas verbales, podrá aprobarse el remate en favor de una mejor postura inferior al 75 por ciento y que no cubra el importe adeudado, siempre que no sea inferior al 25 por ciento del tipo de subasta, mediante resolución motivada del Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva. 626. La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta: En el plazo máximo de 10 días. En el plazo máximo de 30 días. En el plazo máximo de 45 días. En el plazo máximo de 60 días. 627. El director provincial de la TGSS, excepcionalmente y en atención a las circunstancias concurrentes en cuanto al importe de la deuda, valor de los bienes y posibilidades de cobro, podrá autorizar la enajenación mediante adjudicación directa de los bienes o derechos embargados y el mantenimiento de las anotaciones preventivas de embargo: Cuando la tercera subasta quede desierta y los bienes o derechos no se adjudiquen a la TGSS. Cuando se trate de bienes muebles o semovientes y las circunstancias concurrentes, el volumen o el valor de tales bienes así lo aconsejen. En casos en que no sea posible o no convenga promover concurrencia, por razones justificadas en el expediente. En los supuestos b y c. 628. Notificada la providencia de subasta al deudor y a todos los posibles interesados en el procedimiento según el tipo de embargo de que se trate, ¿hasta cuándo podrá liberar los bienes el deudor, siempre que pague la totalidad de la deuda perseguida, incluidos el recargo, intereses y las costas del procedimiento?. En un plazo no superior a 10 días. En un plazo no superior a 15 días. En cualquier momento anterior al de la adjudicación de los bienes. En cualquier momento posterior a la celebración de la subasta. 629. Una vez decretada la enajenación de los bienes embargados mediante subasta pública, el anuncio de dicha subasta se publicará: En el tablón de anuncios de la Seguridad Social situado en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones. En el tablón de edictos de la Seguridad Social situado en su sede electrónica. En el tablón edictal único del BOE. 630. Cuando alguno o algunos de los bienes embargados no se hubieran adjudicado en los procedimientos de enajenación a terceros previstos en el Reglamento de Recaudación, se podrá acordar la adjudicación a la Tesorería General de la Seguridad Social de los que puedan ser de Interés al Servicio Común para el cumplimiento de sus fines, en los términos y condiciones siguientes; entre ellos: A efectos de valoración, la adjudicación se realizará por valor igual al débito perseguido, pero sin que exceda del 60 por ciento del valor que sirvió de tipo para la enajenación. A efectos de valoración, la adjudicación se realizará por valor igual al débito perseguido, pero sin que exceda del 75 por ciento del valor que sirvió de tipo para la enajenación. A efectos de valoración, la adjudicación se realizará por valor igual al débito perseguido, pero sin que exceda del 80 por ciento del valor que sirvió de tipo para la enajenación. A efectos de valoración, la adjudicación se realizará por valor igual al débito perseguido, pero sin que exceda del 100 por ciento del valor que sirvió de tipo para la enajenación. Epígrafes 6,7 y 8. Costas. Créditos incobrables. Tercerías. 631. No se consideran costas del procedimiento de apremio los gastos siguientes: Los que se deriven de las publicaciones de anuncios de subastas en medios de comunicación de gran difusión o publicaciones especializadas. Los de investigación y averiguación de los elementos que integran el patrimonio del deudor. Los producidos por el depósito y administración, en su caso, de los bienes embargados. Los ordinarios de los órganos y unidades de la Administración de la Seguridad Social. 632. Indique la/s frase/s correcta/s en relación con las tercerías: La tercería sólo podrá fundarse en el dominio de los bienes embargados al deudor. No se admitirá a trámite la reclamación previa en tercería, entre otros supuestos, cuando haya sido interpuesta después de otorgado el documento público de venta, de realizada la entrega de los bienes muebles en cualquiera de sus modalidades o del acuerdo de adjudicación de los bienes a la TGSS; o, tratándose de tercería de mejor derecho, después que la URE haya recibido el precio de venta. La reclamación en tercería se resolverá, previa la práctica de la prueba que pueda estimarse oportuna, por el Director Provincial de la TGSS en el plazo máximo de seis meses, a contar desde el día en que se promovió. b y c. 633. En el procedimiento de apremio para hacer efectivas las deudas con la Seguridad Social, se pueden presentar tercerías: Si la temería fuese de mejor derecho, paraliza el procedimiento de apremio. Si la tercería es de dominio, no paraliza el procedimiento. Las tercerías se resuelven por el Subdirector Provincial de Recaudación Ejecutiva de la TGSS. El recaudador ejecutivo calificará provisionalmente, sin perjuicio de la resolución que en definitiva se dicte, el carácter de la tercería como de dominio o de mejor derecho. 634. No se admitirán a trámite las reclamaciones previas en tercería si concurre alguna de las circunstancias siguientes: Que la tercería haya sido interpuesta antes de otorgado el documento público de venta,. Cuando se trate de segunda o ulterior tercería que se funde en títulos o derechos que no poseyera el tercerista al tiempo de interponer la primera. Que la tercería haya sido interpuesta antes de realizada la entrega de los bienes muebles en cualquiera de sus modalidades o del acuerdo de adjudicación de los bienes a la Tesorería General de la Seguridad Social. Cuando se trate de segunda o ulterior tercería que se funde en títulos o derechos que poseyera el tercerista al tiempo de interponer la primera. 635. Es cierto: No procederá la calificación de un crédito como incobrable en tanto el sujeto responsable del pago de la deuda esté de baja en el campo de aplicación de los regímenes que integran el sistema de Seguridad Social. Corresponde al director provincial u órgano en quien delegue la calificación del crédito como incobrable a propuesta del recaudador ejecutivo. La calificación administrativa de un crédito como incobrable no afecta a la obligación de pago del responsable de la deuda ni a la sujeción de su patrimonio a dicha responsabilidad. b y c. |