TEST CUESTIONARIO
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Título del Test:
![]() TEST CUESTIONARIO Descripción: Mandatorio Test |



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Durante la atención de un ciudadano visiblemente alterado por la demora de un trámite, ¿cuál es la actuación inicial más adecuada del uniformado?. Interrumpirlo para indicarle que debe tranquilizarse antes de ser atendido. Presentarse, escuchar activamente, mantener un tono sereno e identificar con precisión su requerimiento. Remitirlo de inmediato a otra dependencia para evitar que aumente la tensión. Solicitarle que formule el requerimiento exclusivamente por escrito. Una persona sorda acude acompañada por un familiar para presentar una solicitud. ¿Cómo debe proceder el policía?. Dirigirse únicamente al familiar, porque facilita la comunicación. Exigir que la solicitud sea presentada por escrito y finalizar la atención. Comunicarse directamente con la persona, preguntarle cuál medio de comunicación prefiere y utilizar los apoyos disponibles. Solicitar que regrese con un intérprete oficial, sin recibir inicialmente su requerimiento. Un ciudadano empieza a relatar información sensible sobre un caso personal mientras otras personas esperan cerca. La actuación más adecuada es: Pedirle que hable más fuerte para registrar correctamente los hechos. Continuar la entrevista en el mismo lugar, porque se trata de una oficina pública. Suspender la atención y solicitar que regrese cuando no haya más usuarios. Procurar un espacio con mayor privacidad, explicar el manejo de la información y limitar su recolección a lo necesario. Si el uniformado desconoce el procedimiento exacto para un trámite solicitado por una persona, debe: Consultar el portafolio o canal institucional correspondiente y brindar una orientación verificable. Dar una respuesta aproximada para evitar que el ciudadano se retire inconforme. Indicar que el asunto no corresponde a la Policía Nacional, sin realizar verificación. Remitir al ciudadano a varias dependencias para que determine por sí mismo cuál es competente. Frente a una persona adulta mayor que presenta dificultad para permanecer de pie, el uniformado debe: Pedirle que espere el turno ordinario para no generar inconformidad entre los demás usuarios. Solicitar a otra persona que realice el trámite en su nombre. Brindar atención preferencial, facilitar condiciones adecuadas y conservar un trato respetuoso, sin infantilizarla. Recibir únicamente la información básica y citarla para otro día. ¿Cuál conducta refleja una comunicación no verbal adecuada durante la atención al ciudadano?. Mantener los brazos cruzados y revisar permanentemente el teléfono institucional. Adoptar postura abierta, contacto visual apropiado y gestos coherentes con un trato respetuoso. Evitar cualquier expresión facial para conservar autoridad. Acercarse excesivamente para demostrar interés en el relato. Al explicar un procedimiento a una persona que no conoce términos policiales, el uniformado debe: Usar expresiones técnicas para demostrar dominio del procedimiento. Entregar únicamente la norma aplicable para que la persona la interprete. Hablar rápidamente para reducir el tiempo de atención. Emplear lenguaje claro y respetuoso, evitar tecnicismos innecesarios y verificar que la persona comprendió. Una persona manifiesta que desea presentar una queja por la actuación de un policía. El funcionario que la atiende debe: Escucharla sin descalificarla, explicarle los canales institucionales y facilitar la radicación de su requerimiento. Convencerla de no presentar la queja para proteger la imagen institucional. Exigirle que aporte todas las pruebas antes de orientarla. Remitirla verbalmente a otra unidad sin dejar constancia ni explicar el canal disponible. Cuando existe una barrera de idioma que dificulta la atención, la mejor actuación es: Finalizar la atención porque no existe comunicación fluida. Solicitar que otra persona responda por el ciudadano, aunque este no lo autorice. Utilizar apoyos institucionales disponibles, expresiones sencillas y mecanismos de verificación de la comprensión. Elaborar el registro con la interpretación personal del uniformado. Al realizar una captura, ¿qué actuación garantiza de mejor manera los derechos de la persona?. Informar los derechos únicamente al llegar a la unidad policial. Informar de manera inmediata y comprensible los motivos y derechos, proteger su integridad y permitir las comunicaciones legalmente previstas. Omitir la información si la persona conoce previamente el procedimiento. Condicionar la información de derechos a que la persona mantenga una actitud colaborativa. Durante un procedimiento, otro funcionario realiza comentarios despectivos sobre la orientación sexual de una persona. La respuesta correcta es: Ignorar el comentario para evitar conflictos entre compañeros. Repetir el comentario en tono de broma para disminuir la tensión. Esperar a que la persona presente una queja formal. Detener la conducta, garantizar trato igualitario y adoptar las acciones institucionales correspondientes. Ante una reunión o manifestación pública que se desarrolla de manera pacífica, la actuación policial debe orientarse principalmente a: Facilitar y proteger el ejercicio del derecho, prevenir riesgos y actuar solo conforme a causales legales. Disolverla por afectar temporalmente la movilidad del sector. Identificar y registrar a todos los participantes antes de permitir su continuidad. Impedir el uso de mensajes críticos contra autoridades públicas. Respecto de la prohibición de la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes, es correcto afirmar que: Puede limitarse temporalmente durante una grave alteración del orden público. Admite excepciones cuando se busca obtener información urgente. Es absoluta y no puede justificarse por órdenes superiores, emergencia o peligrosidad de la persona. Solo se aplica a personas formalmente privadas de la libertad. Una persona habitante de calle se encuentra descansando en un espacio público sin generar riesgo ni comportamiento contrario a la convivencia. El policía debe: Trasladarla obligatoriamente por su condición de habitante de calle. Respetar sus derechos, verificar objetivamente la situación y ofrecer orientación institucional si la requiere. Incautar sus pertenencias para recuperar el uso del espacio. Exigirle retirarse del sector por razones de imagen urbana. ¿Cuál mecanismo constitucional está destinado específicamente a proteger la libertad personal frente a una privación ilegal o prolongación ilícita?. Acción popular. Derecho de petición. Acción de cumplimiento. Hábeas corpus. Una mujer informa que su pareja la agredió y teme regresar a su vivienda. La actuación inicial más adecuada es: Garantizar seguridad, escuchar sin culpabilizar, valorar el riesgo y activar la ruta de atención y protección. Recomendar que dialogue a solas con el agresor antes de formalizar el caso. Exigir lesiones visibles para iniciar cualquier actuación. Limitarse a indicarle que formule una denuncia en otro momento. Durante un registro a persona, la protección de la dignidad e intimidad exige: Exponer públicamente los objetos encontrados para generar transparencia. Realizar siempre el registro, aunque no exista fundamento legal. Explicar la actuación, limitarla a su finalidad legal y ejecutarla con respeto, privacidad y mínima afectación necesaria. Grabar y divulgar el procedimiento como mecanismo preventivo. En una actuación que involucra a un niño, niña o adolescente, el criterio prioritario es: Dar el mismo tratamiento operativo previsto para personas adultas. Aplicar el interés superior, brindar protección reforzada y evitar la revictimización. Interrogarlo sin acompañamiento para obtener una versión espontánea. Entregar toda la información del caso a los medios de comunicación para facilitar su ubicación. La decisión de emplear la fuerza en la actividad de policía debe sustentarse principalmente en: La percepción subjetiva de autoridad del funcionario. El grado o antigüedad del policía que dirige el procedimiento. La necesidad de obtener obediencia inmediata en todos los casos. Legalidad, necesidad, proporcionalidad, diferenciación y rendición de cuentas. Antes de emplear la fuerza, cuando las circunstancias lo permiten, el uniformado debe: Utilizar comunicación, persuasión y técnicas de desescalamiento, dando oportunidad razonable de cumplimiento. Emplear el medio de mayor impacto para evitar prolongar el procedimiento. Omitir advertencias porque reducen el factor sorpresa. Esperar siempre apoyo adicional, aunque exista riesgo inminente para una persona. Una persona permanece sentada y se niega verbalmente a retirarse, pero no agrede ni intenta huir. ¿Qué debe hacer inicialmente el policía?. Aplicar de inmediato un dispositivo menos letal. Utilizar fuerza física máxima para demostrar control. Valorar el contexto, reiterar órdenes legales de forma clara y emplear alternativas de diálogo antes de escalar la intervención. Usar el arma de fuego como advertencia. El empleo de armas de fuego contra una persona puede considerarse legítimo únicamente cuando, además de los demás requisitos legales: La persona desobedece una orden policial reiterada. Existe una amenaza inminente de muerte o lesión grave y no hay un medio menos lesivo eficaz para controlarla. La persona intenta ocultar un elemento posiblemente ilícito. Se busca impedir cualquier fuga, sin valorar el riesgo que representa. El uso de esposas es adecuado cuando: Se utiliza como sanción por lenguaje irrespetuoso. Se aplica automáticamente a cualquier persona requerida. Se prolonga después de desaparecer el riesgo para asegurar obediencia. Existe un riesgo objetivo de fuga, agresión o daño, se emplean correctamente y se supervisa a la persona. Respecto de los elementos y dispositivos menos letales, es correcto afirmar que: Pueden causar lesiones y solo deben utilizarse por personal capacitado, de forma legal, necesaria y proporcional. Son inocuos, por lo que pueden emplearse preventivamente sin valoración previa. Reemplazan siempre las técnicas de comunicación y control físico. No requieren reporte cuando no se observan lesiones externas. Después de controlar a una persona mediante el uso de la fuerza, el uniformado debe: Mantener el mismo nivel de fuerza hasta finalizar toda la documentación. Retirarse de inmediato para evitar reclamaciones. Cesar o reducir la fuerza cuando desaparezca la amenaza, verificar lesiones y facilitar asistencia médica cuando corresponda. Impedir que la persona explique síntomas hasta llegar a la unidad. La valoración táctica de una zona problema debe considerar, entre otros aspectos: Únicamente la cantidad de policías disponibles. Amenazas, riesgos, personas presentes, entorno, rutas de acceso o salida y capacidades disponibles. Solo los antecedentes judiciales de las personas observadas. Principalmente la posibilidad de registrar el procedimiento en video. En una intervención realizada por varios policías, una práctica esencial para reducir riesgos es: Permitir que cada funcionario actúe sin coordinación para responder con rapidez. Evitar comunicar cambios en el nivel de amenaza para no distraer al equipo. Concentrar a todos los funcionarios en la misma función. Definir roles, mantener comunicación, controlar el entorno y ajustar la actuación según la evolución del riesgo. En una captura en flagrancia, la secuencia de actuación debe incluir principalmente: Controlar la situación, informar motivos y derechos, proteger la integridad, asegurar elementos materiales y poner oportunamente a disposición de la autoridad competente. Interrogar extensamente a la persona antes de informarle sus derechos. Publicar la captura para ubicar posibles testigos. Trasladar a la persona sin registrar las circunstancias de tiempo, modo y lugar. El registro a una persona o a un medio de transporte debe realizarse: Como práctica rutinaria sin necesidad de finalidad definida. Únicamente cuando la persona otorgue autorización escrita. Con fundamento legal, finalidad legítima, trato respetuoso y alcance limitado a lo necesario. Solo en presencia de una autoridad judicial. El traslado por protección se caracteriza por ser: Una sanción inmediata por desacato a la autoridad. Una medida excepcional y preventiva, aplicable solo en los casos legales, con garantías, registro y duración limitada. Un mecanismo para facilitar investigaciones penales sin orden judicial. Una medida automática frente al consumo de bebidas alcohólicas. El ingreso a un inmueble sin orden escrita procede: Cuando el uniformado considere que allí podría existir información útil. Para verificar antecedentes de quienes habitan el lugar. Ante cualquier queja anónima, sin realizar valoración adicional. Solo en las circunstancias excepcionales previstas por la ley, atendiendo la urgencia, necesidad y posterior documentación de la actuación. Al efectuar una incautación, el policía debe: Informar el motivo, identificar y registrar el elemento, expedir o diligenciar el documento correspondiente y garantizar su adecuada custodia y entrega. Destruir el elemento en el lugar para evitar que sea reutilizado. Conservarlo temporalmente sin registro hasta determinar su utilidad. Entregarlo a un tercero que se comprometa a presentarlo después. La mediación policial es adecuada cuando: Se utiliza para impedir que una víctima denuncie una conducta penal. El policía impone unilateralmente la solución que considera más conveniente. El conflicto es susceptible de diálogo, las partes pueden participar y la intervención busca prevenir o desescalar, sin reemplazar actuaciones obligatorias. Existe una situación de violencia grave que exige protección inmediata y judicialización. La orden de comparendo en materia de convivencia: Equivale siempre a la imposición definitiva de una multa. Documenta la presunta conducta y activa o da curso al procedimiento correspondiente, garantizando la posibilidad de defensa. Puede diligenciarse sin informar a la persona sobre el comportamiento atribuido. Reemplaza la valoración de la autoridad competente en todos los casos. En el proceso verbal inmediato, una garantía esencial es: Adoptar la decisión antes de escuchar a la persona para asegurar rapidez. Negar la presentación de explicaciones cuando exista un informe policial. Limitar la decisión a instrucciones verbales sin registro. Informar el comportamiento atribuido, permitir la defensa y adoptar una decisión motivada conforme a la ley. En la atención de un caso de violencia basada en género, el procedimiento policial debe priorizar: Separar y proteger a la víctima, valorar el riesgo, activar las rutas, documentar los hechos y evitar la revictimización. Promover una conciliación inmediata entre víctima y agresor en el lugar. Esperar a que la víctima aporte una sentencia previa para intervenir. Divulgar la información del caso entre vecinos para obtener apoyo comunitario. |




