Cuestionario sobre los Actos Administrativos
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Título del Test:
![]() Cuestionario sobre los Actos Administrativos Descripción: De los actos administrativos |



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¿Cómo se producen los actos administrativos según el Artículo 34?. Por cualquier medio, sin necesidad de procedimiento. Por el órgano competente, ajustándose a los requisitos y procedimiento establecidos. Mediante comunicación verbal y sin registro. ¿Qué debe ajustar el contenido de los actos administrativos según el Artículo 34?. Los intereses de los funcionarios. El ordenamiento jurídico y los fines de los actos. Las preferencias del órgano competente. ¿Qué tipo de actos requieren motivación según el Artículo 35?. Solo los actos que limiten derechos subjetivos. Todos los actos administrativos. Los actos que limiten derechos subjetivos o intereses legítimos, entre otros. ¿En qué casos son motivados los actos administrativos según el Artículo 35?. Cuando resuelven recursos administrativos. Cuando declaran la inadmisión de un recurso. Ambas respuestas son correctas. ¿Qué establece el Artículo 35.1.c sobre la motivación de los actos?. Que deben motivarse cuando se ajustan al criterio seguido en actuaciones precedentes. Que deben motivarse cuando se separan del criterio seguido en actuaciones precedentes o del dictamen de órganos consultivos. Que solo deben motivarse si el dictamen de un órgano consultivo es desfavorable. ¿Qué tipo de acuerdos deben ser motivados según el Artículo 35.1.d?. Acuerdos de suspensión de actos y adopción de medidas provisionales. Acuerdos de ampliación de plazos. Acuerdos de realización de actuaciones complementarias. ¿Qué otros acuerdos requieren motivación según el Artículo 35.1.e?. Acuerdos de aplicación de la tramitación de urgencia, de ampliación de plazos y de realización de actuaciones complementarias. Acuerdos que rechacen pruebas propuestas por los interesados. Acuerdos de desistimiento de la Administración. ¿Qué actos relacionados con pruebas deben ser motivados según el Artículo 35.1.f?. Los actos que admitan pruebas propuestas por los interesados. Los actos que rechacen pruebas propuestas por los interesados. Los actos que soliciten pruebas adicionales. ¿Qué actos relacionados con la terminación de procedimientos deben ser motivados según el Artículo 35.1.g?. Los que acuerden la terminación del procedimiento por imposibilidad material de continuarlo o por desistimiento de la Administración en procedimientos iniciados de oficio. Los que acuerden la continuación del procedimiento a pesar de la imposibilidad material. Los que inicien de oficio un procedimiento. ¿Qué propuestas de resolución y actos deben ser motivados según el Artículo 35.1.h?. Los de carácter sancionador o de responsabilidad patrimonial. Los que limiten intereses legítimos. Los que resuelvan procedimientos de arbitraje. ¿Qué actos relacionados con potestades discrecionales deben ser motivados según el Artículo 35.1.i?. Los que se dicten en el ejercicio de potestades discrecionales o cuando lo exija una disposición legal o reglamentaria. Los que se basen en potestades regladas. Los que no requieran ninguna potestad específica. ¿Cómo se motiva la resolución en procedimientos selectivos o de concurrencia competitiva según el Artículo 35.2?. Siguiendo las normas de la convocatoria y acreditando los fundamentos de la resolución. De forma general, sin necesidad de acreditar los fundamentos. Mediante un dictamen de un órgano consultivo. ¿A través de qué medio se producirán preferentemente los actos administrativos según el Artículo 36?. Verbalmente, siempre que sea posible. Por escrito a través de medios electrónicos, salvo que la naturaleza exija otra forma. Mediante publicaciones en boletines oficiales. ¿Cómo se constata un acto administrativo dictado verbalmente, según el Artículo 36.2?. No es necesario constatarlo por escrito. Se efectuará una constancia escrita firmada por el titular del órgano inferior o funcionario que la reciba, expresando la autoridad de la que procede. Se registrará únicamente en formato digital. ¿Qué es la 'inderogabilidad singular' según el Artículo 37?. La posibilidad de que un acto administrativo derogue una disposición general. La imposibilidad de que las resoluciones administrativas de carácter particular vulneren una disposición de carácter general. La facultad de un órgano superior para derogar actos de un órgano inferior. ¿Cuándo son nulas las resoluciones administrativas según el Artículo 37.2?. Cuando vulneran una disposición reglamentaria o incurren en causas recogidas en el artículo 47. Cuando son dictadas por un órgano de rango inferior. Cuando son emitidas verbalmente. ¿Qué significa que los actos administrativos son 'ejecutivos' según el Artículo 38?. Que pueden ser impugnados inmediatamente. Que son susceptibles de ejecución forzosa. Que producen efectos desde que se dictan. ¿Cuándo se presumen válidos los actos de las Administraciones Públicas según el Artículo 39?. Desde el momento en que se dictan, salvo que se disponga otra cosa. Desde el momento de su notificación. Desde el momento de su publicación. ¿Cuándo puede quedar demorada la eficacia de un acto administrativo según el Artículo 39.2?. Cuando así lo exija el contenido del acto o esté supeditada a su notificación, publicación o aprobación superior. Solo cuando el interesado lo solicite. Únicamente en casos de fuerza mayor. ¿En qué casos excepcionales puede otorgarse eficacia retroactiva a los actos según el Artículo 39.3?. Cuando se dicten en sustitución de actos anulados o produzcan efectos favorables al interesado, cumpliendo ciertos requisitos. Solo cuando el interesado lo solicite y justifique la necesidad. En cualquier caso, si el órgano competente lo considera oportuno. ¿Qué deben observar los demás órganos administrativos respecto a los actos dictados por otros órganos según el Artículo 39.4?. Solo los actos de sus superiores jerárquicos. Los actos dictados por otros órganos en el ejercicio de su competencia, independientemente de la jerarquía. Únicamente los actos de su misma Administración. ¿Qué puede hacer una Administración Pública si considera ilegal un acto de otra Administración en el que debe basar sus competencias, según el Artículo 39.5?. Dictar su propio acto sin más trámite. Requerir a la otra Administración para que anule o revise el acto ilegal, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo si el requerimiento es rechazado. Ignorar el acto ilegal y continuar el procedimiento. ¿En qué plazo debe cursarse la notificación de un acto administrativo según el Artículo 40.2?. En un plazo máximo de 10 días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado. En un plazo de 30 días. No hay un plazo establecido, depende de la complejidad del acto. ¿Qué información debe contener una notificación según el Artículo 40.2?. El texto íntegro de la resolución, indicación de si pone fin a la vía administrativa, expresión de los recursos que procedan, órgano ante el que presentarse y plazo para interponerlos. Solo el texto íntegro de la resolución. Un resumen del acto y la fecha de emisión. ¿Cuándo surten efecto las notificaciones que omiten algún requisito según el Artículo 40.3?. A partir de la fecha de envío. A partir de la fecha en que el interesado realice actuaciones que supongan el conocimiento del contenido y alcance de la resolución o acto, o interponga recurso. Nunca surten efecto si omiten algún requisito. ¿Qué se considera suficiente para cumplir la obligación de notificar dentro del plazo máximo de duración de los procedimientos, según el Artículo 40.4?. La notificación del texto íntegro y el intento de notificación debidamente acreditado. La simple remisión del acto. La publicación en un tablón de anuncios. ¿Cómo se practicarán preferentemente las notificaciones según el Artículo 41.1?. Por correo postal. Por medios electrónicos. En persona en las oficinas administrativas. ¿En qué supuestos las Administraciones pueden practicar notificaciones por medios no electrónicos, según el Artículo 41.1?. Solo cuando el interesado lo solicite expresamente. En caso de comparecencia espontánea del interesado o cuando sea necesario para asegurar la eficacia de la actuación administrativa. Únicamente si el medio electrónico falla. ¿Cuándo se consideran válidas las notificaciones, independientemente del medio utilizado, según el Artículo 41?. Siempre que permitan tener constancia del envío, recepción, fechas, horas, contenido íntegro e identidad del remitente y destinatario. Cuando el interesado las confirma por teléfono. Cuando se realizan en días laborables. ¿Qué tipo de notificaciones NO se efectuarán por medios electrónicos según el Artículo 41.2?. Aquellas que vayan acompañadas de elementos no susceptibles de conversión a formato electrónico o que contengan medios de pago a favor de los obligados. Las notificaciones de carácter sancionador. Las notificaciones de carácter personal. ¿Cómo se practica la notificación en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, según el Artículo 41.3?. Por el medio señalado al efecto por aquel, siendo electrónica si existe obligación de relacionarse de esa forma. Siempre por correo postal. Mediante publicación en boletín oficial. ¿Qué ocurre si un interesado rechaza una notificación según el Artículo 41.5?. Se considera que la notificación no se ha realizado. Se hará constar en el expediente, especificando las circunstancias, dando por efectuado el trámite y siguiéndose el procedimiento. Se intentará la notificación por un medio diferente sin dejar constancia. ¿Qué aviso enviarán las Administraciones Públicas independientemente del medio de notificación, según el Artículo 41.6?. Un aviso al dispositivo electrónico y/o correo electrónico del interesado informándole de la puesta a disposición de la notificación. Un aviso de llamada telefónica. Un correo postal certificado. ¿Cuándo se considerará la fecha de notificación si el interesado es notificado por distintos cauces, según el Artículo 41.7?. La de la última notificación realizada. La de aquélla que se hubiera producido en primer lugar. Se considerará la media de las fechas de todas las notificaciones. ¿Dónde deben ser puestas a disposición las notificaciones en papel según el Artículo 42.1?. En la sede electrónica de la Administración u Organismo actuante. En el domicilio del interesado. En las oficinas de registro. ¿Qué ocurre si el interesado no se encuentra en su domicilio al intentar la notificación en papel, según el Artículo 42.2?. Se deja el acto en el buzón sin más trámite. Podrá hacerse cargo cualquier persona mayor de catorce años. Si nadie se hace cargo, se intentará de nuevo en una hora distinta dentro de los tres días siguientes. Se dejará un aviso para recogerlo en la oficina de correos. ¿Qué se entiende por 'comparecencia en la sede electrónica' a efectos de notificación electrónica según el Artículo 43.1?. El acceso por el interesado o su representante debidamente identificado al contenido de la notificación. El envío de un correo electrónico de confirmación. La visita presencial a las oficinas de la Administración. ¿Cuándo se entienden practicadas las notificaciones por medios electrónicos según el Artículo 43.2?. En el momento en que se produce el acceso a su contenido. Al día siguiente al envío. Cuando el interesado confirma su recepción. ¿Cuándo se considerará rechazada una notificación electrónica obligatoria o expresamente elegida, según el Artículo 43.2?. Cuando el interesado no acceda a su contenido en un plazo de diez días naturales desde su puesta a disposición. Si el interesado no responde en 24 horas. Al tercer día de la notificación. ¿Qué ocurre si los interesados son desconocidos, se ignora su domicilio o no se puede practicar la notificación, según el Artículo 44?. La notificación se realizará por medio de un anuncio publicado en el «Boletín Oficial del Estado». Se archivará el procedimiento. Se notificará al representante legal del interesado. ¿Cuándo serán objeto de publicación los actos administrativos según el Artículo 45.1?. Cuando así lo establezcan las normas reguladoras del procedimiento o lo aconsejen razones de interés público. Siempre que el acto afecte a más de dos personas. Solo cuando el acto sea de carácter sancionador. ¿En qué casos los actos administrativos serán objeto de publicación, surtiendo efectos de notificación, según el Artículo 45.1?. Cuando el acto tenga por destinatario a una pluralidad indeterminada de personas o cuando la Administración estime que la notificación individual es insuficiente. Solo cuando se trate de procedimientos selectivos. Cuando el acto limite derechos subjetivos. ¿Qué debe contener la publicación de un acto según el Artículo 45.2?. Los mismos elementos que exige el artículo 40.2 para las notificaciones. Únicamente el número del acto y la fecha. Un resumen general del contenido. ¿Dónde se realizará la publicación de los actos según el Artículo 45.3?. En el diario oficial que corresponda, según la Administración de la que proceda el acto. En cualquier diario de tirada nacional. En el tablón de anuncios del Ayuntamiento. ¿Qué tipo de actos son nulos de pleno derecho según el Artículo 47.1?. Los que lesionen derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional, los dictados por órgano incompetente, los de contenido imposible, los constitutivos de infracción penal, los dictados prescindiendo del procedimiento esencial o los contrarios al ordenamiento jurídico por los que se adquieran facultades sin requisitos. Los actos que contengan errores formales. Los actos que no sean motivados. ¿Qué otros actos o disposiciones son nulos de pleno derecho según el Artículo 47.2?. Las disposiciones administrativas que vulneren la Constitución, leyes u otras de rango superior, las que regulen materias reservadas a Ley, y las que establezcan retroactividad de sanciones no favorables o restrictivas de derechos individuales. Las disposiciones que se publiquen en boletines oficiales. Las resoluciones que provengan de órganos colegiados. ¿Cuándo son anulables los actos de la Administración según el Artículo 48.1?. Cuando incurran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico, incluso la desviación de poder. Cuando se dictan de forma verbal. Cuando no siguen el procedimiento de notificación. ¿Cuándo el defecto de forma determina la anulabilidad de un acto según el Artículo 48.2?. Cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o dé lugar a la indefensión de los interesados. Siempre que haya un defecto de forma. Cuando la forma no sea la electrónica. ¿Qué implica la realización de actuaciones administrativas fuera de plazo según el Artículo 48.3?. Anulabilidad del acto solo si la naturaleza del término o plazo lo impone. Nulidad automática del acto. Ninguna consecuencia si el acto es favorable al interesado. ¿La nulidad o anulabilidad de un acto afecta a los actos sucesivos en el procedimiento según el Artículo 49.1?. Sí, siempre afecta a todos los actos posteriores. No, no implicará la de los sucesivos si son independientes del primero. Solo si los actos sucesivos son también nulos. ¿Qué sucede con la nulidad o anulabilidad parcial de un acto según el Artículo 49.2?. No implicará la de las partes independientes de aquélla, salvo que la parte viciada sea de tal importancia que sin ella el acto no hubiera sido dictado. Siempre implicará la nulidad total del acto. Se considerará el acto como anulable en su totalidad. ¿Qué son los 'actos viciados' según el Artículo 50?. Actos nulos o anulables que contengan los elementos constitutivos de otro distinto, produciendo los efectos de éste. Actos que contienen errores de transcripción. Actos que se dictan fuera de plazo. ¿Qué debe disponer el órgano que declare la nulidad o anule actuaciones según el Artículo 51?. La conservación de aquellos actos y trámites cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse cometido la infracción. La anulación total de todos los actos y trámites del procedimiento. La repetición completa del procedimiento. ¿Puede la Administración convalidar los actos anulables, según el Artículo 52.1?. No, los actos anulables no pueden ser convalidados. Sí, la Administración podrá convalidar los actos anulables, subsanando los vicios de que adolezcan. Solo si el acto es muy antiguo. ¿Desde cuándo produce efecto el acto de convalidación según el Artículo 52.2?. Desde su fecha, salvo lo dispuesto en el artículo 39.3 para la retroactividad. Desde la fecha en que se dictó el acto original. Desde el día siguiente a la notificación de la convalidación. ¿En qué caso la convalidación de un vicio por incompetencia puede realizarse por el órgano competente, según el Artículo 52.3?. Cuando la incompetencia no sea determinante de nulidad y la realice el superior jerárquico del que dictó el acto viciado. Cuando la incompetencia sea total. Cuando la incompetencia sea de materia. ¿Cuándo puede ser convalidado un acto por falta de alguna autorización, según el Artículo 52.4?. Mediante el otorgamiento de la misma por el órgano competente. Si el interesado renuncia a la autorización. Cuando la autorización ya no sea necesaria. |





