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Cuestionario sobre Clasificación, Denominación y Definición de Centros Educativos en Extremadur

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Título del Test:
Cuestionario sobre Clasificación, Denominación y Definición de Centros Educativos en Extremadur

Descripción:
Tei Extremadura

Fecha de Creación: 2026/03/06

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 20

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Temario:

¿Cuál es el objeto principal de la Orden de 1 de agosto de 2012?. Desarrollar el Decreto 91/2008 sobre requisitos de centros de primer ciclo de Educación Infantil. Establecer el currículo de Educación Infantil. Definir los procedimientos de admisión del alumnado. Regular la formación del profesorado.

¿Qué aspectos desarrolla la Orden de 1 de agosto de 2012 en relación con los centros de primer ciclo de Educación Infantil?. Titularidad, denominación, autorización y registro. Currículo y metodología de enseñanza. Evaluación del alumnado y promoción. Infraestructuras y equipamiento de los centros.

¿Qué se entiende por centros de 1º ciclo de la Educación Infantil según el art. 4?. Centros que imparten enseñanzas para niños de 3 a 6 años. Centros que prestan servicio educativo de manera regular a niños de 0-3 años. Centros que ofrecen actividades extraescolares. Centros de educación secundaria.

¿Qué tipo de centros pueden tener carácter temporal según el art. 4?. Todos los centros de Educación Infantil. Los centros de 1º ciclo de Educación Infantil por necesidades laborales. Los centros de Educación Primaria. Los centros de Educación Secundaria Obligatoria.

¿Dónde se inscribirán los centros creados o autorizados conforme al Decreto?. En el Registro de Centros Docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía. En el Registro de Centros Docentes de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En el Registro de Empresas de Extremadura. En el Registro de Cooperativas de Extremadura.

¿Qué información se detalla en el art. 3 sobre la clasificación y denominación de centros?. Solo la denominación de centros públicos. La titularidad y denominación de centros públicos y privados. Los requisitos de admisión del alumnado. El currículo educativo.

¿Cuál es la titularidad de los centros docentes públicos según el art. 3?. Persona física o jurídica de carácter privado. Administración Pública. Cooperativa de padres y madres. Fundación educativa.

¿Qué requisito deben cumplir los centros docentes privados para su apertura y funcionamiento?. Ser autorizados por el Ministerio de Educación. Estar sujetos al principio de autorización administrativa. Tener un mínimo de 50 alumnos matriculados. Impartir exclusivamente el currículo oficial.

¿Qué denominación genérica está prohibida para los centros docentes privados según el art. 3?. Escuela Infantil Privada. Centro de Educación Infantil. La que corresponde a centros públicos de la misma localidad o pueda inducir a confusión. Academia de estudios.

¿Qué es el 'sello educativo' mencionado en el art. 5?. Un distintivo que reciben los alumnos con mejores expedientes. Un registro de centros docentes universitarios. Un distintivo que identifica a los centros de 1º ciclo E.I. creados o autorizados, permitiendo su catalogación como centro docente. Un certificado de calidad para los centros privados.

¿Quién identifica a los centros con el sello educativo según el art. 5?. La Consejería competente en Educación. El Ministerio de Educación y Formación Profesional. Las Delegaciones Provinciales de Educación. La Dirección General de Centros Docentes.

¿Cómo se identificarán los centros públicos dependientes de la Junta de Extremadura según el art. 6?. Como 'Colegios de Infantil y Primaria'. Como 'Escuelas Infantiles', utilizando el formato para el resto de centros públicos educativos no universitarios dependientes de la consejería con competencias en educación. Como 'Centros de Educación Especial'. Con una denominación genérica específica aprobada por la Consejería.

¿Qué tipo de centros se identificarán mediante un sello educativo según el art. 6, punto 2?. Todos los centros públicos. Los centros privados autorizados y los públicos dependientes de otras administraciones que no sean la Junta de Extremadura. Los centros universitarios. Los centros de formación profesional.

¿Qué procedimiento se desarrolla en la Orden de 3 de enero de 2022?. El procedimiento para la autorización de centros. El procedimiento para el desarrollo curricular. El procedimiento para la admisión del alumnado de Educación Infantil. El procedimiento para la homologación de títulos.

¿Qué organismo convoca el procedimiento para la admisión del alumnado para el curso 2026/2027 mediante una Resolución de 26 de noviembre de 2025?. La Consejería de Educación de Extremadura. La Secretaría General de Educación y Formación Profesional. Las Delegaciones Provinciales de Educación. El Ministerio de Educación y Formación Profesional.

¿Para qué enseñanzas se convoca el procedimiento de admisión en la Resolución de 26 de noviembre de 2025?. Educación Infantil y Bachillerato. Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato. Educación Primaria y Secundaria Obligatoria. Solo Educación Infantil.

¿Qué tipo de plazas ofertarán las Delegaciones Provinciales de Educación?. Plazas de nueva creación. Plazas vacantes. Plazas para profesorado. Plazas de formación profesional.

¿Qué tipo de alumnado puede tener reservadas plazas según la resolución?. Alumnado con altas capacidades. Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. Alumnado extranjero recién llegado. Alumnado con hermanos en el centro.

¿Cuál de las siguientes es una causa de necesidad específica de apoyo educativo mencionada en la resolución?. Desconocimiento grave de la lengua de aprendizaje. Residencia en zona rural. Ser hijo único. Tener más de 6 años.

¿Qué decreto desarrolla la parte del Currículo de Educación Infantil que no se expone en esta documentación?. Decreto 91/2008. Decreto 4/2008. Orden de 1 de agosto de 2012. Resolución de 26 de noviembre de 2025.

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