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Cuestionario sobre Compraventa y Permuta

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Título del Test:
Cuestionario sobre Compraventa y Permuta

Descripción:
TEMA 1. parte 2

Fecha de Creación: 2026/01/13

Categoría: Otros

Número Preguntas: 15

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Temario:

¿Cuál es la principal diferencia entre la venta de cosa esperada (res sperata) y la venta de esperanza (spei) en cuanto al riesgo en caso de incumplimiento?. En la venta de cosa esperada, el comprador asume el riesgo, mientras que en la venta de esperanza, el riesgo es compartido entre comprador y vendedor. En la venta de cosa esperada, el riesgo es del vendedor porque se compromete a entregar una cosa específica, mientras que en la venta de esperanza, el riesgo es del comprador porque no hay garantía de que la cosa exista o sea la deseada. En ambos tipos de venta, el vendedor siempre asume el riesgo por ser quien ofrece la cosa al comprador. En la venta de cosa esperada, el riesgo es del comprador porque espera recibir una cosa específica, mientras que en la venta de esperanza, no hay riesgo porque no hay compromiso alguno.

¿Qué ocurre si la cosa se pierde totalmente antes de la perfección del contrato y sin culpa del vendedor?. El contrato es válido, pero el precio debe reducirse. El contrato es nulo. El comprador puede exigir indemnización. El vendedor debe sustituir la cosa con otra equivalente.

¿Qué ocurre si la cosa se pierde parcialmente antes de la perfección del contrato sin culpa del vendedor, el comprador puede: Exigir indemnización por los daños sufridos. Exigir el cumplimiento del contrato con lo que quede o una reducción del precio. Resolver el contrato automáticamente, sin que tenga que cumplir nada. Obligar al vendedor a sustituir la cosa perdida.

¿Si la cosa específica se pierde totalmente después de perfeccionar el contrato y sin culpa del vendedor, entonces: El comprador asume el riesgo y debe pagar el precio. El contrato se resuelve y el vendedor queda liberado. El vendedor debe indemnizar al comprador. El vendedor está obligado a entregar otra cosa equivalente.

¿Qué ocurre si el precio en un contrato de compraventa es ambiguo o no puede ser fijado por un tercero?. El contrato sigue siendo válido y el precio lo fija una de las partes unilateralmente. El contrato es nulo porque el precio no puede ser determinado ni calculado objetivamente. El contrato es válido siempre que las partes lleguen a un nuevo acuerdo para fijar el precio. El contrato sigue vigente y el precio lo determinará automáticamente el mercado.

¿Qué son las cargas ocultas en una compraventa?. Gravámenes, deudas o limitaciones no declaradas por el vendedor. Impuestos adicionales que el comprador debe pagar tras la compra. Daños físicos visibles en el bien vendido. Limitaciones de uso declaradas por el vendedor.

¿Qué acción puede ejercer el comprador si descubre cargas ocultas en una finca comprada (art. 1483 CC)?. No puede hacer nada, ya que las cargas ocultas son responsabilidad del comprador. Solo puede pedir la rescisión del contrato. Puede rescindir el contrato (que se devuelva lo pagado) o solicitar indemnización. Solo puede exigir que el vendedor subsane las cargas.

¿Cuál es el plazo para ejercer acciones por cargas ocultas según el art. 1483 CC?. 6 meses desde la compra. 1 año desde la firma de la escritura. 2 años desde el descubrimiento de la carga. 4 años desde la entrega del bien.

¿Si las cargas ocultas están inscritas en el Registro de la Propiedad, el vendedor... No tiene obligación de informar al comprador porque las cargas son públicas. Solo debe informar si el comprador lo pregunta expresamente. Debe informar de forma expresa al comprador. No puede vender el inmueble bajo ninguna circunstancia.

¿Qué regula el art. 27 LS sobre los gravámenes urbanísticos (cargas o gravámenes sobre terrenos únicamente)?. Permite al comprador rescindir el contrato solo si el terreno es rústico. Establece un plazo de 1 año para la rescisión en caso de cargas urbanísticas ocultas. Permite rescindir el contrato en terrenos no edificables o sujetos a limitaciones urbanísticas, con 4 años de plazo. No establece protección al comprador frente a cargas urbanísticas ocultas.

¿En qué casos aplica el derecho de rescisión del art. 27 LS?. Cuando el vendedor omite información sobre terrenos que no son edificables. Solo si el terreno tiene edificaciones fuera de ordenación. Cuando el vendedor informa erróneamente sobre el precio máximo de venta. Cuando el terreno se usa para agricultura.

¿Qué diferencia existe entre cargas ocultas en inmuebles (art. 1483 CC) y gravámenes urbanísticos (art. 27 LS)?. Las cargas ocultas solo afectan a bienes muebles, mientras que los gravámenes urbanísticos solo afectan a terrenos. Las cargas ocultas afectan tanto a muebles como inmuebles, mientras que los gravámenes urbanísticos solo a terrenos. Ambas son iguales y aplican a cualquier tipo de bien. Solo los gravámenes urbanísticos permiten rescisión e indemnización.

¿Si el comprador descubre una carga urbanística después de la compra, ¿qué puede hacer?. Rescindir el contrato en 4 años y pedir indemnización. Solo puede solicitar una rebaja del precio. Pedir una compensación siempre que la carga no esté inscrita. No puede hacer nada porque debería haber revisado el Registro.

¿De acuerdo con la teoría de los contratos coligados, el contrato de compraventa y del arrendamiento financiero del mismo bien siguen la misma suerte, es decir, la resolución del primero permite resolver el segundo. Verdadero. Falso.

La permuta de un solar a cambio de pisos y locales futuros a construir: No es permuta, pues ésta no puede recaer sobre cosas futuras. Se entiende sometida siempre a condición resolutoria. Aunque se haga en escritura pública, el cedente conserva la propiedad del solar hasta que se le entregue la contraprestación pactada. Salvo que se haya inscrito una condición u otra garantía, el financiador del promotor que obtenga sobre el inmueble una garantía hipotecaria tiene prioridad frente al derecho del cedente.

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