Cuestionario sobre Derecho Mercantil
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![]() Cuestionario sobre Derecho Mercantil Descripción: Cuestionario sobre Derecho Mercantil |



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El Derecho Mercantil es una categoría histórica porque: Nació en la Baja Edad Media y desde entonces permanece inalterado. Su contenido depende de las necesidades económicas y sociales de cada época. Es el Derecho privado más antiguo de la historia. Regula exclusivamente actividades históricas de comercio. El Derecho Mercantil medieval se caracterizó principalmente por ser: Un Derecho codificado. Un Derecho estatal. Un Derecho consuetudinario creado por los comerciantes. Un Derecho administrativo especial. El Código de Comercio de 1885: Define claramente el acto de comercio. Utiliza exclusivamente el criterio subjetivo. Utiliza la técnica de la inclusión y la analogía para definir el acto de comercio. Sustituye el concepto de acto de comercio por el de empresa. Conforme al art. 2 CCom, el Derecho civil: Se aplica con preferencia al mercantil. Tiene carácter integrador. Tiene carácter supletorio respecto del Derecho Mercantil. No puede aplicarse en materia mercantil. Para que exista un uso normativo es necesario: Que las partes lo acepten expresamente. Que sea reconocido por sentencia firme. Práctica reiterada y convicción jurídica de obligatoriedad (opinio iuris). Que sea recogido en el Código de Comercio. La nueva lex mercatoria está formada por: Tratados internacionales. Reglas elaboradas por los operadores del comercio internacional. Reglamentos europeos. Usos exclusivamente nacionales. Son requisitos para adquirir la condición de empresario: Capacidad legal, habitualidad y actuación en nombre propio. Ánimo de lucro y nacionalidad española. Capacidad legal y ánimo de lucro. Actuación en nombre propio y mayoría de edad. El emprendedor de responsabilidad limitada: Es una sociedad unipersonal. Es un empresario persona física cuya responsabilidad se limita parcialmente. Es una persona jurídica innovadora. Responde siempre con todo su patrimonio. La función más importante del Registro Mercantil es: El depósito de cuentas. La publicidad formal. La seguridad jurídica. El nombramiento de auditores. El principio de legitimación registral implica que: Lo inscrito se presume exacto y válido salvo prueba en contrario. Lo inscrito es irrebatible. Lo inscrito sólo produce efectos frente a terceros. Lo inscrito carece de eficacia probatoria. La empresa, desde una perspectiva jurídico-patrimonial, es: Una persona jurídica. Una organización de trabajadores. Un valor patrimonial de explotación económica creado por el empresario. Un conjunto de bienes materiales. En la compraventa directa de empresa: Se transmiten acciones o participaciones. Cambia la titularidad de la empresa y de sus elementos. No se transmiten contratos. No se transmiten derechos. El principal riesgo de la compraventa indirecta de empresa es: La nulidad automática. La aparición de pasivos ocultos. La pérdida de la clientela. La extinción de la sociedad. Para que un acto quede sometido a la LCD debe realizarse: Con ánimo de lucro. En el mercado y con finalidad concurrencial. Por empresarios exclusivamente. Mediante publicidad. Desde el punto de vista subjetivo, la LCD: Sólo se aplica a empresarios. También puede aplicarse a profesionales. Se aplica a operadores económicos que actúan en el mercado. Se aplica siempre a consumidores. La buena fe objetiva en competencia desleal exige: No copiar nunca a un competidor. Competir sobre la base de las propias prestaciones. Actuar sin ánimo de lucro. No utilizar publicidad. Los actos de denigración consisten en: Imitar prestaciones ajenas. Desacreditar a un competidor mediante manifestaciones falsas o impertinentes. Captar clientela. Aprovechar la reputación ajena. La acción de daños y perjuicios en la LCD requiere: Acto desleal y daño efectivo. Acto desleal, daño, nexo causal y dolo o culpa. Sólo daño. Sólo dolo. El bien jurídico protegido por el Derecho de defensa de la competencia es: La competencia perfecta. La competencia monopolística. La competencia funcional o practicable. La libertad contractual. Los abusos de posición dominante se clasifican en: Horizontales y verticales. Graves y muy graves. Conductas de exclusión y de explotación. Públicas y privadas. Los acuerdos colusorios requieren: Existencia de acuerdo. Restricción de la competencia. Afectación al mercado. Todas las anteriores. El efecto paraguas supone que: Los participantes del cártel responden solidariamente. Empresas ajenas al cártel elevan precios aprovechando la situación creada por éste. Los compradores directos siempre son indemnizados. La CNMC impone sanciones agravadas. El passing-on consiste en: La exención total de responsabilidad. La repercusión del sobrecoste al siguiente nivel de la cadena. La reducción de multas. La responsabilidad solidaria. El plazo de prescripción de la acción de daños por ilícitos antitrust es de: 1 año. 3 años. 5 años. 10 años. El dies a quo comienza cuando: Se publica la sanción. Cesa la infracción y el perjudicado conoce los elementos esenciales. Se presenta la demanda. Se dicta sentencia firme. Los derechos de propiedad industrial son: Exclusivos pero no excluyentes. Exclusivos y excluyentes. Perpetuos. Siempre gratuitos. La patente concede: Protección de signos distintivos. Exclusiva sobre una invención. Protección de diseños. Protección de secretos empresariales. El modelo de utilidad se diferencia de la patente porque: No exige novedad. No exige aplicación industrial. La actividad inventiva se valora de forma menos estricta. Tiene duración indefinida. El diseño industrial protege: La función técnica de un producto. La apariencia externa del producto. Los procedimientos industriales. Las marcas famosas. Para apreciar riesgo de confusión entre marcas debe valorarse: La prioridad temporal exclusivamente. La semejanza de signos y la similitud de productos o servicios. La fama del titular. El precio de los productos. |




