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Cuestionario de Examen de Trabajo Social de València por Estabilización para Day
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Título del Test:
Cuestionario de Examen de Trabajo Social de València por Estabilización para Day

Descripción:
60 preguntas teóricas y 20 de un supuesto práctico

Fecha de Creación: 2026/11/08

Categoría: Otros

Número Preguntas: 79

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Las obligaciones establecidas en la Ley Orgánica 3/2007 serán de aplicación a: Toda persona, física o jurídica, que se encuentre o actúe en territorio español, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia. Toda persona, física o jurídica, que se encuentre o actúe en territorio español o extranjero, cualquiera que fuese su nacionalidad, domicilio o residencia. Únicamente a las personas físicas de nacionalidad española que actúen es territorio español.

Conforme a la Ley Orgánica 3/2007, las Administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias y en aplicación del principio de igualdad entre mujeres y hombres, deberán: Promover la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de selección y valoración. Impedir el acceso a la función pública del género sobrerrepresentado en plantilla. Favorecer la discriminación retributiva, directa o indirecta, por razón de sexo.

Según el artículo 55 de la Ley Orgánica 3/2007, la aprobación de convocatorias de pruebas selectivas para el acceso al empleo público deberá acompañarse de un informe de impacto de género: En todo caso. En ningún caso será preceptivo. Salvo en casos de urgencia y siempre sin perjuicio de la prohibición de discriminación por razón de sexo.

El derecho de los empleados a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo: Supone la existencia de un deber correlativo sólo para empresarios del sector privado. Supone la existencia de un deber correlativo del empresario privado así como de la Administración pública. En ningún caso supone un correlativo deber del empresario.

Se entenderá como servicio de prevención el conjunto de: Medios únicamente materiales necesarios para actividades preventivas. Medios humanos y materiales necesarios para realizar las actividades preventivas. Medios de índole exclusivamente humanos para las actuaciones preventivas.

Para poder actuar como servicios de prevención, las entidades especializadas deberán ser objeto de una acreditación por: La autoridad judicial. La autoridad laboral. El Ministerio Fiscal.

Según la Ley Orgánica 3/2018, al ejercer el derecho de rectificación reconocido en el artículo 16 del Reglamento (UE) 2016/679, el afectado: No debe hacer constar nada adicional. Deberá indicar en su solicitud a qué datos se refiere y la corrección que haya de realizarse. Deberá identificar los datos que considera erróneos pero no la corrección necesaria.

El hecho de que el tratamiento de los datos personales esté limitado debe constar claramente en: Un registro público. El plan de prevención de riesgos del empresario. Los sistemas de información del responsable.

Según el art. 6.1 de la Ley 2/2026, ¿a través de qué prestaciones se concreta el derecho subjetivo a la renta valenciana de inclusión?. Una prestación exclusivamente económica. Una prestación económica y una prestación profesional. Una prestación exclusivamente profesional.

Según el art. 26.b de la Ley 2/2026, ¿cuál es la duración máxima del incentivo al empleo desde su inicio?. Doce meses. Seis meses. Veinticuatro meses.

Según el art. 5.5 de la Ley 2/2026, ¿cuántas prestaciones de renta valenciana de inclusión pueden reconocerse?. Una por cada persona integrante. Una por Unidad de convivencia. Una por cada descendiente menor de edad.

Cuál de los siguientes no es un derecho recogido en la Ley Orgánica 3/2018: Derecho de rectificación. Derecho de supresión. Derecho de petición.

A los efectos de la Ley 26/2018, se consideran situaciones de riesgo las definidas como tales en: La Constitución Española. La Ley orgánica 1/1996. La Ley orgánica 3/2007.

Según la Ley 26/2018, la competencia para detectar, valorar, intervenir, declarar y determinar el cese de la situación de riesgo corresponde a: La Conselleria competente en materia de servicios sociales. La entidad local donde resida de hecho la persona protegida. La Diputación de la provincia en la que resida la persona protegida.

Conforme a la Ley 26/2018, en las situaciones de riesgo prenatal será competente para detectar, valorar, intervenir, declarar y determinar el cese de la situación de riesgo. La Conselleria competente en materia de servicios sociales. El Ministerio Fiscal. La entidad local de residencia de la mujer embarazada.

Según el Programa del CAST(Centro de Atención a Personas sin Techo) del Ayuntamiento de València), éste está orientado a: Las personas que se encuentran en situación de riesgo y presentan problemas de salud mental y adicciones. Las personas que carecen de recursos propios y se encuentran en situación de riesgo y exclusión social. Las personas que no tienen vivienda y se encuentran en situación de riesgo o exclusión social. En este colectivo encontramos personas que carecen de recursos propios, económicos y relacionales, y pueden presentar problemas de salud mental, adicciones y discapacidad.

Qué organización no forma parte de la Coordinadora de Acogida Centralizada según el Programa CAST (Centro de Atención a Personas sin Techo) del Ayuntamiento de València. Asociación Amaranta. Asociación Natania. Asociación Valenciana de Caridad.

Fases de intervención técnica y profesional que se desarrollan en el Programa CAST (Centro de Atención a Personas sin Techo) del Ayuntamiento de València. Señala la correcta. Acogida-Alojamiento-Plan de Intervención-Seguimiento-Desvinculación. Acogida-Alojamiento-Plan de Intervención-Seguimiento-Desvinculación-Retomar la intervención. Acogida-Diagnóstico-Plan de Intervención-Seguimiento-Desvinculación-Retomar la intervención.

Según el Estatuto del/de defensor/a de las personas con discapacidad de la ciudad de València, del Reglamento del Consejo Municipal de personas con discapacidad, la elección de del defensor/a de las personas con discapacidad será: Elegida por el/la Concejal/a que asuma las competencias en materia de Servicios Sociales. Elegida por la presidencia del pleno del Consejo Municipal de personas con discapacidad funcional. Elegida por el Pleno del Consejo Municipal de Personas con Discapacidad/Diversidad Funcional entre las candidaturas propuestas por sus miembros, por mayoría absoluta y nombrada por el Pleno Municipal en la primera sesión que se celebre.

Uno los servicios que presta el Espai Dones i Igualtat del Ayuntamiento de Valencia es la atención a profesionales en referencia a: Coordinación con servicios y recursos de la ciudad. Conferencias, jornadas y cursos de formación y recursos específicos. Recursos específicos. Conferencias, jornadas y cursos de formación. Coordinación con servicios y recursos de la ciudad. Protocolo de actuación en situaciones de violencia de género.

¿Qué tipo de atención individual a las mujeres se realiza en las Unitats d'Igualtat del Ayuntamiento de València?. Información y orientación socio-laboral en igualdad y violencia de género. Información y orientación socio-laboral y jurídica a mujeres y a víctimas de violencia de género. Información y orientación socio-laboral, jurídica y psicológica a mujeres y víctimas de violencia de género.

El Espai Dones i Igualtat del Ayuntamiento de València presta los siguientes servicios de manera gratuita: Servicio de información y orientación social, jurídica, laboral, psicológica y atención psicológica a mujeres víctimas de violencia de género. Información sobre los recursos específicos de mujeres, normativa y legislación específica. Servicio de información y orientación social, jurídica, laboral y atención psicológica a mujeres víctimas de violencia de género. Información sobre los recursos específicos de mujeres, normativa y legislación específica. Actividades, talleres y cursos en materia de fomento de la autoestima y el empoderamiento.

El servicio que ofrece a las asociaciones de mujeres el Espai Dones i Igualtat del Ayuntamiento de València es: Asesoramiento en constitución de asociaciones, línea de subvenciones y cesión de aulas de formación. Asesoramiento en constitución de asociaciones, línea de subvenciones, cesión de aulas de formación e información para el acceso de locales públicos. Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.

El Centro de Atención a la Inmigración del Ayuntamiento de València: Es la agencia AMICS de la ciudad de València y, como centro dependiente del Ayuntamiento de València, destina sus servicios a la población inmigrante del municipio. Depende orgánicamente del Servici d'Igualtat. Es la agencia PANGEA de la ciudad de València y, como centro dependiente del Ayuntamiento de València, destina sus servicios a la población inmigrante del municipio.

El acceso al servicio jurídico del Centro de Atención a la Inmigración (CAI) del Ayuntamiento de València es: Con cita previa, previo abono de la tasa de estipulada por el Ayuntamiento de València. Previa derivación del personal técnico de los Equipos Sociales Municipales o bien desde las distintas áreas del propio CAI. Sólo por derivación previa del personal técnico de las distintas áreas del propio CAI.

El Servicio de Información y Orientación del Centro de Atención a la Inmigración (CAI) del Ayuntamiento de València: Se destina únicamente a personas inmigrantes que carecen de residencia efectiva en alguna de las demarcaciones de los Centros Municipales de Servicios Sociales (CMSS). Se destina únicamente a la información previa sobre el procedimiento de Arraigo Social. Está disposición de los técnicos municipales y de las Entidades de Iniciativa Social, sobre temas relacionados con la inmigración, tanto relativos a la normativa jurídica como al acceso de esta población a los diferentes sistemas de protección social.

Según el Estatuto del/la defensor/a de las personas con discapacidad de la ciudad de València, del Reglamento del Consejo Municipal de personas con discapacidad, las quejas serán rechazadas cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: Que se aprecie interés legítimo. Que haya transcurrido más de seis meses desde que la persona afectada tuviera conocimiento de la conducta o de los hechos susceptibles de motivar una queja. Ninguna de las respuestas es correcta.

Según Estatuto del/la defensor/a de las personas con discapacidad de la ciudad de València, del Reglamento del Consejo Municipal de personas con discapacidad, entre las funciones que éste/a desarrollará están: Velar por la inclusión del colectivo de las personas con discapacidad/diversidad funcional. Favorecer el impulso de campañas de sensibilización. Ambas respuestas son correctas.

El carácter del informe sobre inserción social de personas extranjeras, requerido para la tramitación de la autorización de residencia temporal por razones de arraigo social, en la ciudad de Valencia, realizado por el equipo técnico del Centro de Atención a la Inmigración (CAI): Es vinculante y es remitido telemáticamente por el CAI a Subdelegación de Gobierno. No es vinculante y el personal técnico del CAl se lo entrega directamente a la persona interesada. No es vinculante y es remitido telemáticamente por el CAI a Subdelegación de Gobierno.

Durante la tramitación del informe sobre inserción social de personas extranjeras, necesario para la tramitación de autorizaciones de residencia temporal por razones de arraigo social, en la ciudad de Valencia: Se realizará una entrevista telefónica por parte del equipo técnico del Centro de Atención a la Inmigración. La entrevista no será necesaria si toda la documentación es correcta y está verificada por el equipo técnico del Centro de Atención a la Inmigración. Se realizará una entrevista telefónica por parte del equipo técnico del Centro de Atención a la Inmigración. En los casos que se valore se puede citar a la persona solicitante para realizar una entrevista presencial.

Señala cuál de los siguientes no es un objetivo del Servicio de Atención a Urgencias Sociales del Ayuntamiento de Valencia: Conectar con familiares y redes sociales, en su caso. Prestar atención integral que abarque los problemas socio sanitarios asociados a los problemas de exclusión. Facilitar alojamiento a quien carezca de alojamiento y manutención, si el caso lo requiere.

Según el Servicio de atención a Urgencias sociales del Ayuntamiento de València, una situación que requiera de una intervención puntual para ser resuelta se trata de: Situación de riesgo social. Situación de emergencia social. Situación de urgencia social.

En base al Art. 21 de la Ordenanza de las Prestaciones Económicas Individualizadas en materia de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Valencia, el concepto de manutención para solicitantes perceptores de Renta Valenciana de Inclusión: [ORDENANZA MUNICIPAL]. Será incompatible por tener el mismo objeto en su convocatoria, en todos los casos. Será incompatible por tener el mismo objeto en su convocatoria, salvo si se aprobó reducida por ingresos que en la actualidad no existen. Será compatible con la Renta Garantizada de Ingresos Mínimos.

En base al Art. 21 de la Ordenanza de las Prestaciones Económicas Individualizadas en materia de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Valencia, quedan explícitamente excluidas las solicitudes en los supuestos: Adquisiciones o acciones efectuadas o ejecutadas con anterioridad a la petición de la ayuda, excepto si no solventase la necesidad. No podrán otorgarse ayudas por el mismo concepto que hayan sido concedidas por otra administración y organismo público, excepto en situación de necesidad social con graves repercusiones para la unidad familiar. Con la renuncia de derechos o con la ausencia de solicitud de las prestaciones económicas públicas a las que tengan derecho las personas destinatarias, en todos los casos.

Según el Art. 4 de la Ordenanza de las Prestaciones Económicas Individualizadas en materia de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Valencia, las PEIS tendrán como base: La justicia social, el desarrollo humano, el enfoque comunitario, la perspectiva de género y la igualdad en la diversidad. La justicia social, el desarrollo humano, la perspectiva comunitaria, la igualdad de género y la igualdad de oportunidades. La igualdad social, el enfoque humano, el enfoque comunitario, la perspectiva de género y la igualdad de oportunidades.

Según la Ordenanza de las Prestaciones Económicas Individualizadas en materia de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Valencia, una de las características de las PEIS es que son inembargables de conformidad con los establecido en: El Art. 37.2 de la Ley 3/2019 de Servicios Sociales de la Generalitat, según el cual no podrá embargarse la cuantía de las prestaciones económicas en virtud de los artículos 606 y 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y el resto de las normas del ordenamiento civil. El Art. 32.7 de la Ley 03/2019, de Servicios Sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana, en virtud de los Art. 606 y 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. El Art. 36.2 de la Ley 03/2019, de Servicios Sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana, en virtud de los art 607 y 608 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Según el artículo 4 de la Ordenanza de las Prestaciones Económicas Individuales del Ayuntamiento de València, ¿cuál de los siguientes enunciados no es un principio rector de la misma?. Promoción de la autonomía personal. Promoción de la intervención para la integración. Promoción de la inclusión y la cohesión social.

Según el artículo 10.2. de la Ordenanza de las Prestaciones Económicas Individualizadas en materia de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Valencia, las personas que hayan establecido de forma sobrevenida su domicilio en la misma vivienda o alojamiento con otra unidad de convivencia con las que mantengan alguno de los vínculos previstos en el subapartado b) del apartado 1 de este artículo, podrán tener la consideración de unidad de convivencia independiente, en los siguientes casos: (marca la incorrecta): Solicitantes mayores de 16 años y menores de 18 años que tengan a su cargo personas con diversidad funcional, en situación de dependencia o menores de edad. Personas prostituidas, víctimas de explotación sexual o trata y las víctimas de violencia de género o intrafamiliar. Personas mayores de edad y menores de 25 años que hayan estado sujetas en algún periodo de los tres años anteriores a la mayoría de edad a una medida administrativa de protección o en centro socioeducativo.

Según el artículo 4 del Reglamento regulador del Servicio Municipal de Ayuda a Domicilio del Ayuntamiento de Valencia, se prestará a unidades familiares o personas individuales que cumplan los siguientes requisitos: Que necesiten apoyo para el ejercicio de su autonomía, considerándose situación de necesidad, cuando se ha obtenido una puntuación igual o superior a 18 puntos en el apartado E.3 actividades instrumentales del baremo del anexo1. Que los ingresos brutos anuales de la unidad de convivencia unipersonal no superen 3 veces IPREM anual en 12 pagas y 3'5 veces IPREM en 12 pagas para unidades de convivencia de dos o más solicitantes. Personas con dificultades para la realización de actividades básicas de la vida diaria, no reconocidas como personas en situación de dependencia o con especiales problemáticas sociosanitarias.

Según el Reglamento regulador del Servicio Municipal de Ayuda a Domicilio del Ayuntamiento de Valencia, ¿las modalidades de prestación del servicio son?: Municipal, socioeducativo y de dependencia. Municipal, asistencial y socioeducativo. Asistencial y socioeducativo.

De las siguientes actividades, ¿cuál no se enmarca dentro de las tareas de atención personal del Servicio de Ayuda a Domicilio?. Aseo personal. Apoyo a la movilización, tanto dentro como fuera del domicilio. Realización de compras domésticas, por cuenta de la persona usuaria.

Según la Ordenanza Reguladora del Servicio de Teleasistencia domiciliaria del Ayuntamiento de Valencia, ¿cuál es uno de los requisitos para poder ser beneficiario del servicio?: Estar empadronado en el municipio de Valencia. Tener residencia efectiva en el municipio de Valencia. Haber iniciado el reconocimiento de situación de dependencia.

Según el Art. 6 de la Ordenanza reguladora del Servicio "Menjar a Domicili” (MAD) del Ayuntamiento de Valencia, el pago total del servicio se reparte entre el Ayuntamiento de Valencia y la persona usuaria, tal y como se señala: En el Art. 7 de la normativa reguladora del precio público del "Menjar a domicili" en el Ayuntamiento de Valencia que fue aprobada por Junta de Gobierno local el 25/10/2019 y publicada en el 7/11/2019, donde se indica que el importe a satisfacer por las personas beneficiarias del Servicio de "Menjar a Domicili" será del 0'41% del IPREM mensual. En el Art. 17 de la normativa reguladora de los precios públicos del "Menjar a Domicili" aprobada por junta de gobierno local el 07/11/2019, donde se indica el importe a satisfacer por las personas beneficiarias del Servicio. En el Art. 7 de la normativa reguladora de los precios públicos del "Menjar a Domicili" aprobada por junta de gobierno local el 07/11/2019, donde se indica el importe a satisfacer por las personas beneficiarias del Servicio.

Según la Ordenanza reguladora del Servicio “Menjar a Domicili” del Ayuntamiento de Valencia, se entiende como unidad familiar: Unidad de convivencia formada por al menos dos personas, unidas entre sí por matrimonio o análoga relación de afectividad, o bien por relación de consanguinidad hasta el segundo grado en línea recta ascendente, adopción, consanguinidad en primer grado en línea recta descendiente, afinidad hasta el primer grado o acogimiento familiar. Unidad de convivencia formada por al menos dos personas, unidas entre sí por matrimonio o análoga relación de afectividad, o bien por relación de consanguinidad hasta el segundo grado en línea recta descendente, adopción, consanguinidad en primer grado en línea recta ascendente, afinidad hasta el primer grado o acogimiento familiar. Unidad de convivencia formada por al menos dos personas, unidas entre sí por matrimonio o análoga relación de afectividad, o bien por relación de consanguinidad hasta el segundo grado en línea recta descendente, adopción, consanguinidad en primer grado en línea recta ascendente, afinidad hasta el primer grado o acogimiento familiar, también la relación de segundo grado por consanguinidad o afinidad en línea colateral.

Según la Ley 3/19 de Servicios Sociales Inclusivos de la Comunidad Valenciana, son objetivos del sistema público valenciano de servicios sociales... Prevenir y resolver situaciones de riesgo y analizar situaciones de vulnerabilidad social y económica de la ciudadanía. Garantizar la provisión de prestaciones en materia de servicios sociales en condiciones de calidad y equidad económica. Ninguna es correcta.

¿Quedan en el ámbito de aplicación de la Ley 3/19 de Servicios Sociales Inclusivos de la Comunidad Valenciana?. Las administraciones públicas. Las entidades que conforman el sector público instrumental de las anteriores. Las dos son correctas.

Según la Ley 3/19 de Servicios Sociales Inclusivos de la Comunidad Valenciana, las personas titulares podrán exigir el reconocimiento de sus derechos... Ante las Administraciones públicas. En su caso, ante la jurisdicción civil. Ambas son ciertas.

Según la Ley 3/19 de Servicios Sociales Inclusivos de la Comunidad Valenciana, ¿son servicios de atención primaria de carácter básico?. Servicio Prevención e intervención con las familias. Servicio de Infancia y Adolescencia. Ninguno de los dos.

Según la Ley 3/19 de Servicios Sociales Inclusivos de la Comunidad Valenciana, ¿son servicios de atención primaria de carácter específico?. Las unidades de igualdad. Servicio de alojamiento alternativo. Servicio de acción comunitaria.

La Ley 3/19 de Servicios Sociales Inclusivos de la Comunidad Valenciana, indica en relación al Plan personalizado de intervención social... Se consensuará con la persona, familia o unidad de convivencia, siempre. En caso de desacuerdo, en lo anterior, prevalecerá el criterio técnico en situaciones de riesgo o desprotección social. Ninguna es cierta.

Según la Ley 3/19 de Servicios Sociales Inclusivos de la Comunidad Valenciana el equipo de personas profesionales de la zona básica de servicios sociales estará compuesto por: Personas profesionales de las unidades de discapacidad. Personas profesionales de apoyo psicológico y administrativo. Personas profesionales de las unidades de igualdad.

Respecto a la denominada "Historia social única". Tiene por objeto, entre otros, conseguir la máxima integración posible de la documentación social. Tendrá un número de identificación y un contenido mínimo. Ambas son ciertas.

Según la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía personal y Atención a las Personas en situación de dependencia, un español puede ser titular de derechos... Si está empadronado. Si reside en territorio español durante diez años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud. Si reside en territorio español durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de la presentación de la solicitud.

Según la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía personal y Atención a las Personas en situación de dependencia, en relación a los grados de dependencia. El grado dos se denomina dependencia moderada. El grado dos es cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, cuatro o cinco veces al día. El grado 1 es cuando la persona tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomia personal.

Según la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía personal y Atención a las Personas en situación de dependencia, señala la correcta. Se efectuará siempre mediante decreto de la Administración estatal. Se efectuará mediante resolución expedida por la Administración Autonómica correspondiente a la residencia del solicitante. El reconocimiento tendrá validez en el territorio correspondiente a la residencia del solicitante.

Conforme al Decreto 62/2017 de 19 de mayo, por el que se establece el procedimiento para reconocer el grado de dependencia a las personas y el acceso al sistema público de servicios y prestaciones económicas, son servicios vinculados al grado I. Dependencia moderada?. Ayuda a domicilio. Centro de noche. Las dos anteriores son correctas.

Conforme al Decreto 62/2017 de 19 de mayo, por el que se establece el procedimiento para reconocer el grado de dependencia a las personas y el acceso al sistema público de servicios y prestaciones económica las prestaciones económicas del sistema para la autonomia personal y atención a las personas en situación de gran dependencia de la Comunitat Valenciana son: Prestación económica para cuidados del entorno familiar. Sólo ayudas económicas de asistencia personal. Todas son ciertas.

Será motivo de baja definitiva en el servicio de "Menjar a domicili": Por la demora, sin causa justificada, en el pago de dos mensualidades por la prestación del servicio. El incumplimiento por parte de los familiares de la persona usuaria de sus deberes de colaboración recogidos en la Ordenanza que dificulten o hagan inviable la prestación del servicio. Por el transcurso del término máximo de baja temporal de un mes sin reactivación del servicio excepto en aquellos casos sanitarios justificados.

Mª Amparo es una mujer de 74 años, nacida en Valencia, que vive sola por la zona de Torrefiel en una vivienda de su propiedad libre de cargas. Enviudó hace cuatro meses y tiene una hija que vive en Australia. Aunque realizó diversos trabajos a lo largo de su vida, ninguno de ellos fue de manera regularizada. En este sentido, hasta el fallecimiento de su marido, los ingresos de la unidad de convivencia provenían de la pensión por jubilación de éste. En cuanto a la vivienda, el edificio en que reside Mª Amparo está en obras de rehabilitación y la reforma aún se prolongará un par de meses. Por este motivo, el ascensor del edificio no está operativo. Desde que comenzaron las obras, Mª Amparo no ha salido de su domicilio ya que presenta dificultades de movilidad y su vivienda está en un quinto piso. Uno de los operarios de la empresa de rehabilitación acude al Centro Municipal de Servicios Sociales preocupado para comentar la situación de Mª Amparo y registrar una comparecencia al respecto. Tras realizar visita al domicilio, la titular nos confirma que ya no le quedan ahorros y que todavía no ha tramitado la pensión de viudedad. Señala, además, que solo hace una comida al día. En una primera valoración, se aprecian signos que se podrían relacionar con una cierta desnutrición y un deterioro cognitivo leve por el estado anímico. Por otra parte, las condiciones de la vivienda son aceptables. seguir. contestar.

¿Qué figura profesional del Centro Municipal de Servicios Sociales realiza la visita domiciliaria para llevar a cabo la recepción, atención y diagnóstico inicial, proporcionando la adecuada información, orientación y asesoramiento sobre las diferentes prestaciones del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales?. Trabajador/a social del servicio de inclusión social. Trabajador/a social del servicio de promoción de autonomía personal. Trabajador/a social del servicio de acogida y atención ante situaciones de necesidad social.

Dada su situación de desnutrición y para garantizar una correcta alimentación, hasta la tramitación de otro recurso que puede cubrir esas necesidades ¿se podría solicitar activación del SAUS (Servicio de Urgencias Sociales)?. No, puesto que no es una emergencia social. Si, para cobertura a la necesidad de alimentación. No, porque el Servicio de Atención a Urgencias Sociales (SAUS) no actúa en horario de atención de los Centros Municipales de Servicios Sociales (CMSS).

Dada la especial situación de vulnerabilidad de Mª Amparo y para cubrir sus necesidades básicas, se valora la tramitación del Servicio de Menjar a Domicili mediante el procedimiento de urgencia. Según la Ordenanza reguladora del servicio de Menjar a Domicili, ¿en cuánto tiempo será efectiva el alta?. 48h. 36h. Será necesario esperar a la resolución.

El objetivo de la intervención es aumentar la autonomía de Mª Amparo, atendiendo su dependencia con cuidado de no aumentarla con actitudes paternalistas, según el código ético para servicios sociales del Ayuntamiento de Valencia. Esto se corresponde con el principio rector: Dignidad. No maleficiencia-beneficiencia. Empoderamiento.

Según el art. 24.1.c de la Ley 2/2026, ¿cómo se trata con carácter general la pensión contributiva de viudedad de Mª Amparo al determinar los ingresos de su unidad de convivencia?. Se excluye por tratarse de una pensión de viudedad. Se excluye porque vive sola. Se computa como ingreso de la unidad de convivencia.

Se propone a Mª Amparo tramitar teleasistencia municipal. Señala en qué situación cumpliría con los requisitos para ser beneficiaria según el Reglamento de teleasistencia domiciliaria del Ayuntamiento de Valencia. Que su hija regrese a España y forme una unidad de convivencia con la titular. La titular cuenta con resolución de grado de dependencia, que le otorga el derecho a teleasistencia de dependencia,. No necesitar atención presencial continuada de otras personas.

En cuanto a la solicitud del servicio de Menjar a Domicili según su Ordenanza Reguladora (señala la incorrecta). Tendrá derecho a decidir si desea el servicio de fin de semana o solo de lunes a viernes, independientemente de que tenga garantizada la provisión de la comida por otros medios. La empresa que preste el servicio, le facilitará un microondas porque carece de él. La empresa que preste el servicio, podrá custodiar las llaves de la entrada del edificio puesto que no funciona el portero automático.

En todo caso, el o la trabajador/a social le informará de que el coste total del Menjar a Domicili se reparte entre el Ayuntamiento de Valencia y la persona usuaria, según la Ordenanza Reguladora del Menjar a Domicili: La aportación del Ayuntamiento es del 68%. La aportación de Mª Amparo será del 34%. Se le dará de baja definitiva si se demora en el pago de 2 mensualidades.

Atendiendo al preámbulo de la Ordenanza Reguladora del Menjar a Domicili y en el marco de la ley 03/2019, de 18 de febrero de la Generalitat, de servicios sociales inclusivos de la CV, el servicio de Menjar a Domicili se enmarcaría: Dentro del catálogo de prestaciones en el artículo 36.h. No se puede prestar puesto que la Generalitat Valenciana lo ha excluido del catálogo de servicios. La Conselleria no contribuirá en la prestación del servicio, pero si en el coste económico.

Mª Amparo parece estar interesada también en el servicio de ayuda a domicilio municipal, según Reglamento Regulador del Servicio Municipal de Ayuda a Domicilio. No podrá solicitarlo si no solicita el reconocimiento de dependencia simultáneamente. No podrá solicitarlo si ya disfruta del Menjar a Domicili y de la teleasistencia municipal. No se le concederá la tarea general de atención en el hogar si no obtiene una puntuación igual o superior a 16 puntos en el apartado E.3 actividades instrumentales del baremo del anexo 1.

Si Mª Amparo llevara a cabo la solicitud de Dependencia, se le orientará sobre las preferencias a incluir en su PIA(Programa de Atención Individual). En su caso podrían ser: Servicio de ayuda a domicilio, más servicio de prevención y promoción de la autonomía personal y teleasistencia. Servicio de centro de día y plaza en centro residencial únicamente si obtiene un grado igual o superior a II. No solicitará ni servicio de ayuda a domicilio, ni teleasistencia porque ya es beneficiaria de ambos a través de los recursos municipales.

Finalmente, Mª Amparo es valorada y se considera que necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal. Por lo que le corresponde un grado de dependencia: Grado III gran dependencia. Grado I dependencia severa. Grado I dependencia moderada.

De acuerdo al grado concedido de dependencia si en el PIA (Programa de Atención Individual) se establece que la modalidad de intervención más adecuada es el servicio de prevención y promoción de la autonomía personal y en concreto, el de promoción, mantenimiento y recuperación de la autonomía funcional, ¿con qué intensidad se prestará?: Un mínimo garantizado de 12 horas. Un mínimo garantizado de 15 horas. Un mínimo garantizado de 8 horas.

En el PIA (Programa de Atención Individual) de Mª Amparo se establece también la concesión del servicio de ayuda a domicilio (SAD), ¿qué intensidad de protección le corresponde?: 22 horas. 20 horas. Se podrá conceder cuando sea prescrita expresamente en el informe social técnico 45 horas.

Durante la intervención, Mª Amparo cuenta que ha sufrido violencia de género por parte de su marido desde que se casaron, y aunque ahora se encuentra anímicamente más animada, manifiesta que se siente muy sola ya que no tiene amistades ¿qué recurso sería el adecuado ? : Derivarla a la Ondis (Oficina de No Discriminación), para que le orienten sobre sus derechos. Dado que tiene el servicio de ayuda a domicilio, se propone aumentar dos horas a la semana el servicio para que el/la auxiliar pase más tiempo con ella y puedan hacer alguna actividad. Derivación a la Unitat d'Igualtat Torrefiel-Orriols, por ser la unidad más cercana a su domicilio. Donde podrán valorar su inclusión en el Programa Grandiosas, para mejorar sus redes de apoyo, habilidades y estrategias de comunicación, y el fomento de la participación de las mujeres mayores.

Según la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de la Generalitat, de Servicios Sociales Inclusivos de la Comunitat Valenciana, si la hija de Mª Amparo, valenciana residente en el exterior, decidiese regresar a Valencia para cuidar a su madre (señala la incorrecta): Tendrá derecho a las prestaciones reguladas cuando la atención que pueda necesitar le sirva de medio para su regreso definitivo. A tales efectos, se entiende por persona valenciana residente en el exterior, aquellas con nacionalidad española y su última vecindad administrativa en un municipio de la Comunidat Valenciana, de acuerdo con el art 3 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. El gobierno previo acuerdo del Consejo Territorial establecerá las condiciones de acceso.

Tras la inclusión de su hija en la unidad familiar, el servicio de teleasistencia municipal del que es beneficiaria Mª Amparo: Se mantendría, puesto que su hija va a realizar horario completo laboral y Mª Amparo va a continuar estando sola en el domicilio. Se mantendría, si los ingresos netos anuales de las dos no superan 3.5 veces el IPREM de 12 pagas. Se daría de baja por no cumplir los requisitos.

La hija de Mª Amparo acude al Centro Municipal de Servicios Sociales solicitando acceso a la historia social única de su madre para comprobar las actuaciones realizadas: Únicamente, podrá acceder de manera individual a la documentación relativa a su propio proceso individual. El/ la trabajador/a social podrá facilitar los documentos y datos de la historia social única familiar en formato accesible. No se le facilitará información en base a la Ley Orgánica 03/2018, de 5 de diciembre.

Mª Amparo y su hija nos muestran una carta del administrador de la comunidad de vecinos, donde se indica que acumula una deuda de 3 recibos de gastos de comunidad, advirtiéndoles de que se iniciará proceso judicial si no los abonan. Con respecto a esta deuda, en el supuesto de que los ingresos de ambas superen el límite de renta establecido en la Ordenanza reguladora de las Prestaciones Económicas Individualizadas (PEIS): A efectos de determinar el requisito de carencia de rentas, únicamente se tendrán en cuenta los ingresos de la hija porque Mª Amparo tiene más de 60 años. Solo se tendrán en cuenta los ingresos de Mª Amparo porque su hija acaba de llegar y se considera unidad de convivencia sobrevenida. Excepcionalmente podrán ser destinatarias de la PEI, aun no cumpliendo los requisitos, a instancia del/a trabajador/a social por la circunstancia extraordinaria que les sitúa en un contexto de especial vulnerabilidad.

La hija de Mª Amparo, ha dejado voluntariamente su trabajo. En relación a la posibilidad de solicitar una nueva Prestación Económica Individualizada (PEI), teniendo en cuenta que Mª Amparo percibe la pensión mínima de viudedad (825,20€): Será concedida porque ya cumplen todos los requisitos. Quedan explícitamente excluidas por estar en uno de los supuestos de incompatibilidad. Podrán solicitar PEI por gastos derivados de la vivienda, gastos excepcionales, gastos por desplazamientos, gastos para suministros básicos energéticos, pero no gastos destinados a cubrir sus necesidades básicas familiares.

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