Cuestionario sobre la Fianza
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Título del Test:
![]() Cuestionario sobre la Fianza Descripción: Tema 15 |



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Juan afianza con carácter solidario una deuda a Pedro: Juan no podrá oponer al acreedor las excepciones derivadas de la deuda gratuita. Juan conserva el beneficio de exclusivo. Juan solo tiene contra Pedro acción de regreso por la mitad. El fiador no puede oponer las excepciones puramente personales de Pedro. El fiador puede oponer el acreedor: Que el deudor es insolvente. Las excepciones que deriven de sus propias relaciones con el deudor. Que la prórroga concedida al deudor no consentida por el fiador extinguió la fianza. Todo el fiador es un garante a primer requerimiento que no puede oponer excesos. El fiador puede alegar frente al acreedor la excepción de compensación. Solo de sus propios créditos contra el acreedor, no de los créditos que ostente el deudor contra el acreedor. Solo si crédito y deuda nacen del mismo título. De sus propios créditos y de los créditos del deudor frente al acreedor, aunque la fianza sea solidaria. Salvo que el deudor se halle en mora. El fiador. Está sujeto a la transacción pactada de buena fe entre acreedor y deudor principal. Se libera de la deuda cuando deudor y acreedor han pactado una transacción. No tiene derecho a subrogarse en los derechos del acreedor si se trataba de una fianza no solidaria. Puede oponer el acreedor la compensación que pudiera haber opuesto a este el propio deudor principal. ¿Qué extingue la fianza?. La entrega de un bien en pago hecha por el deudor, aunque luego sea objeto de evicción en poder del acreedor. La entrega de una letra de cambio o pagare por el deudor al acreedor. La constitución por el deudor de una garantía hipotecaria sobre bien propio después de la prestación de la fianza. La tolerancia del acreedor en no reclamara la deuda del deudor cuando se cumple el plazo de cumplimiento. ¿Qué extingue la fianza?. Cuando el deudor absorbe una tercera sociedad, con la que se fusiona. Cuando el subfiador se confunde con el fiador. Cuando el acreedor cede su crédito a un tercero. Cuando se confunden acreedor y deudor. La fianza se extingue: Cuando el deudor absorbe a una tercera sociedad, con la que se fusiona. Cuando el subfiador se confunde con el fiador. Cuando el acreedor cede su crédito a un tercero. Cuando el deudor fallece. Cuando se confunden acreedor y deudor. Es un contrato con estipulación a favor de tercero, en el sentido del art. 1257 II CC. La fianza. El seguro para caso de fallecimiento. El préstamos hecho por el banco a su cliente para que éste pueda pagar las deudas a sus proveedores. La convocatoria de un concurso para cubrir una plaza. Pedro le entrega a Juan una letra de cambio aceptada por Antonio, para pagar con ello una deuda que Pedro tenía con Juan. Se pacta que Pedro pagará a Juan lo que le debe sólo si Juan no puede cobrar la letra frente a Antonio. Se trata de una dación en pago. Se trata de un pago por cesión de bienes pro solvendo. Se trata de un contrato de fianza. Es un caso de imputación de pagos hecha por el deudor. Según el TS, en la fianza. El contrato sólo es válido si lo firman deudor, acreedor y fiador conjuntamente. Por deudas futuras, se extingue para el futuro cuando el fiador persona física fallece. Prestada por uno sólo de los cónyuges no puede vincular a los bienes gananciales. Son fianza las cartas de patrocinio. La fianza. Si se presta como solidaria, el fiador sólo puede ser reclamado de pago cuando el deudor incumple. Como regla, obliga a los bienes gananciales, aunque se preste por un solo cónyuge en garantía de una deuda de una sociedad familiar. No puede comprender deudas futuras del deudor principal. Si es solidaria, la deuda del fiador no es accesoria de la deuda principal. ¿En cuál de los siguientes casos hay un contrato de fianza: Una empresa ha prometido cumplir en lugar del deudor si este no lo hace. La aseguradora cubre la responsabilidad por daños causados por el agente dañoso. El empresario responde por daños causados por sus trabajadores en el desempeño laboral. He consentido que mi casa sirva de garantía de las deudas empresariales de mi padre. ¿En el concurso del deudor principal?. El fiador que paga al acreedor después de la declaración de concurso será considerado un acreedor privilegiado. El fiador pierde el beneficio de excursión. El fiador que paga no se puede subrogar en el crédito que el acreedor había comunicado en el concurso del deudor. Se libera si los acreedores aprueban un convenio de quita o espera para el deudor concursado. ¿Según la jurisprudencia de la Audiencia provincial de Madrid?. No se pueden pactar las garantías personales no accesorias de la deuda principal. El deudor no puede interponer ninguna medida cautelar contra el beneficio de una garantía a primer requerimiento. En las medidas cautelares para paralizar el pago de una garantía a primer requerimiento no se requiere fumusboni iuris. El deudor principal no puede pretender una medida cautelar de suspensión de pago dirigida al banco garante. El sujeto que paga por entero una deuda de la que sólo es codeudor solidario: Puede ejercer contra sus codeudores solidarios la acción de regreso por vía de subrogación, pudiendo exigir a cualquiera de ellos que le pague toda la deuda. Se subroga incluso en el crédito que el acreedor original tuviera contra un tercero que aseguraba o garantizaba la obligación de pago de uno de los otros codeudores. No se subroga en las garantías reales de que dispusiera el acreedor original. Sólo podrá haberse subrogado si el acreedor lo consiente. La asunción de deudas, entendida en el sentido de sustituir al antiguo deudor por otro nuevo: Constituye un contrato entre el antiguo deudor y el nuevo, que de por sí despliega efectos frente al acreedor. Tiene que ser consentida por el acreedor para que se produzca la sustitución del antiguo deudor por el nuevo. Está prohibida por el Código Civil cuando el deudor es un menor de edad. Está prohibida por el Código Civil cuando comporta una alteración en las reglas legales de preferencia de los acreedores. ¿Si dos concurren en una deuda, salvo pacto se entenderá que ésta es: Mancomunada divisible. Mancomunada indivisible. Solidaria indivisble. Solidaria divisible. |





