option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

Cuestionario sobre la Ley 39/2015: Iniciativa Legislativa y Potestad Reglamentaria

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
Cuestionario sobre la Ley 39/2015: Iniciativa Legislativa y Potestad Reglamentaria

Descripción:
Ley 39/2015 _Título VI: iniciativa legislativa y Potestad reglamentaria

Fecha de Creación: 2026/08/10

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 30

Valoración:(0)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

¿Qué tipo de normas puede aprobar el Gobierno de la Nación en los términos previstos en la Constitución, además de los anteproyectos de ley?. Reales decretos-leyes y reales decretos legislativos. Órdenes Ministeriales. Decretos-leyes autonómicos. Resoluciones Administrativas.

¿A quién corresponde el ejercicio de la potestad reglamentaria según el Artículo 128.1?. Al Gobierno de la Nación, órganos de Gobierno de las Comunidades Autónomas y órganos de gobierno locales. Únicamente al Gobierno de la Nación. A las Cortes Generales y a las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas. A los Ministerios y Consejerías.

¿Qué tipo de normas no pueden vulnerar los reglamentos y disposiciones administrativas?. La Constitución o las leyes. Las directrices de los organismos internacionales. Los tratados comerciales. Las normas internas de cada Administración.

¿Qué materias no pueden ser tipificadas por disposiciones administrativas según el Artículo 128.2?. Delitos, faltas o infracciones administrativas, penas o sanciones, tributos, exacciones parafiscales u otras cargas públicas. Procedimientos administrativos de gestión. Normas de organización interna de los organismos. Especificaciones técnicas de productos.

¿Con qué principios deben actuar las Administraciones Públicas en el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria?. Necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. Rapidez, simplicity, accesibilidad, uniformidad y economía. Flexibilidad, adaptabilidad, especialidad, novedad y publicidad. Responsabilidad, imparcialidad, objetividad, servicio público y lealtad.

Según el principio de necesidad, ¿qué debe justificar una iniciativa normativa?. Una razón de interés general y la identificación clara de los fines perseguidos. La conveniencia política del órgano proponente. La demanda popular o sectorial. La simplificación de trámites administrativos.

¿Qué implica el principio de proporcionalidad en la iniciativa normativa?. Contener la regulación imprescindible y considerar medidas menos restrictivas. Establecer sanciones proporcionales a las infracciones. Asegurar que la norma sea fácilmente aplicable. Garantizar la participación ciudadana.

¿Qué busca el principio de seguridad jurídica en la iniciativa normativa?. Generar un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre. Aumentar la burocracia para evitar fraudes. Facilitar la discrecionalidad de los funcionarios. Permitir la rápida adaptación a cambios externos.

¿Qué tipo de carga administrativa deben evitar las iniciativas normativas en aplicación del principio de eficiencia?. Cargas administrativas innecesarias o accesorias. La formación de los empleados públicos. La consulta a expertos externos. La elaboración de informes de impacto.

¿Qué deben cuantificar y valorar las iniciativas normativas que afecten a gastos o ingresos públicos?. Sus repercusiones y efectos. Los beneficios personales de los legisladores. El coste de la publicación en el BOE. La opinión de los grupos de presión.

¿Quién podrá habilitar directamente a Autoridades Independientes u otros organismos para aprobar normas en desarrollo o aplicación de leyes?. Las leyes. El Gobierno Central. Los Tribunales. Las Comunidades Autónomas.

¿Qué deben posibilitar las Administraciones Públicas en aplicación del principio de transparencia?. El acceso sencillo, universal y actualizado a la normativa en vigor y documentos de elaboración. El acceso restringido a documentos de interés público. La publicación selectiva de información. La limitación del acceso a la información.

¿Cuándo se deben cuantificar y valorar las repercusiones y efectos de una iniciativa normativa que afecta a gastos o ingresos públicos?. Para supeditarse al cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Solo si la cuantía supera un umbral determinado. Únicamente si lo solicita el Tribunal de Cuentas. No es obligatorio si las repercusiones son mínimas.

¿Qué revisarán periódicamente las Administraciones Públicas según el Artículo 130?. Su normativa vigente para adaptarla a los principios de buena regulación. Los nombramientos de altos cargos. Los presupuestos anuales. Los contratos de servicios.

¿Cómo se plasmará el resultado de la evaluación de la normativa vigente?. En un informe que se hará público. En un resumen ejecutivo secreto. En una circular interna. En un comunicado de prensa.

¿Quién ejerce la iniciativa legislativa en la Nación mediante la elaboración y aprobación de anteproyectos de ley?. El Gobierno de la Nación. Las Cortes Generales. Los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas. El Rey.

¿Qué promoverán las Administraciones Públicas en relación con los principios de buena regulación según el Artículo 130.2?. Su aplicación y cooperarán para el análisis económico en la elaboración de normas. La restricción de su aplicación a casos excepcionales. La interpretación restrictiva de los principios. La delegación de su aplicación a entidades privadas.

¿Qué requisito es indispensable para que las normas con rango de ley, reglamentos y disposiciones administrativas entren en vigor y produzcan efectos jurídicos?. Su publicación en el diario oficial correspondiente. Su aprobación por el Consejo de Ministros. Su registro en el Ministerio de Justicia. Su difusión en redes sociales.

¿Qué otros medios de publicidad, además de los diarios oficiales, podrán establecer las Administraciones Públicas de forma facultativa?. Medios de publicidad complementarios. Boletines internos confidenciales. Circulares no publicadas. Notas de prensa exclusivas.

¿Qué efecto tendrán las publicaciones de los diarios o boletines oficiales en las sedes electrónicas de la Administración, en las condiciones y garantías determinadas?. Los mismos efectos que los atribuidos a su edición impresa. Efectos meramente informativos. Efectos provisionales hasta la publicación impresa. Efectos limitados a funcionarios.

¿Qué contendrá anualmente el Plan Normativo que harán público las Administraciones Públicas según el Artículo 132?. Las iniciativas legales o reglamentarias que vayan a ser elevadas para su aprobación en el año siguiente. Un resumen de las normas ya aprobadas. Las críticas a la normativa vigente. Los proyectos de ley en tramitación.

¿Dónde se publicará el Plan Anual Normativo una vez aprobado, según el Artículo 132?. En el Portal de la Transparencia de la Administración Pública correspondiente. En el Boletín Oficial del Estado. En la página web del Ministerio de Presidencia. En el tablón de anuncios de cada organismo.

¿Qué trámite se sustanciará con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o reglamento, según el Artículo 133?. Una consulta pública a través del portal web de la Administración competente. Una audiencia a los partidos políticos. Un informe del Consejo de Estado. Una aprobación unánime de los órganos implicados.

¿Sobre qué se recabará la opinión en la consulta pública previa a la elaboración de una norma?. Los problemas a solucionar, la necesidad, oportunidad, objetivos y posibles soluciones de la iniciativa. Únicamente sobre los problemas a solucionar. Solo sobre los objetivos de la norma. La viabilidad económica de la propuesta.

¿Cuándo se publicará el texto de la iniciativa para dar audiencia a los ciudadanos afectados, además de la consulta previa?. Cuando la norma afecte a derechos e intereses legítimos de las personas. Siempre, independientemente de la materia. Solo si la norma es de rango de ley. Cuando lo solicite un mínimo de ciudadanos.

¿Cómo deberán realizarse la consulta, audiencia e información públicas para que los potenciales destinatarios puedan emitir su opinión?. De forma que tengan la posibilidad de emitir su opinión, con documentos claros, concisos y con toda la información precisa. De forma abreviada y con información limitada. Mediante convocatoria a reuniones presenciales. A través de encuestas telefónicas.

¿En qué casos podrá prescindirse de los trámites de consulta, audiencia e información públicas?. En el caso de normas presupuestarias u organizativas, o por graves razones de interés público. Cuando las normas sean de aplicación interna en la Administración. Si la norma es de escasa relevancia. En todos los casos que justifique el órgano proponente.

¿Cuándo podrá omitirse la consulta pública según el Artículo 133.4?. Si la propuesta normativa no tiene un impacto significativo en la actividad económica, no impone obligaciones relevantes o regula aspectos parciales. Si la norma es de larga duración. Cuando la norma sea de carácter técnico. En caso de urgencia justificada.

¿Quiénes podrán aprobar normas en desarrollo o aplicación de leyes, si una ley así lo habilita directamente?. Autoridades Independientes u otros organismos. Los Jueces y Tribunales. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Los Interventores Generales.

¿Qué debe justificar suficientemente la adecuación de los anteproyectos de ley o proyectos de reglamento a los principios de buena regulación?. La exposición de motivos o el preámbulo, respectivamente. Un informe de impacto ambiental. La aprobación del Consejo de Ministros. La opinión de los sindicatos.

Denunciar Test