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Cuestionario sobre la Ley Orgánica 4/2015 de Seguridad Ciudadana
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Título del Test:
Cuestionario sobre la Ley Orgánica 4/2015 de Seguridad Ciudadana

Descripción:
Tipo test examen 1

Fecha de Creación: 2026/10/24

Categoría: Otros

Número Preguntas: 25

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Según el artículo 3 de la LO 4/2015, los bienes demaniales o de dominio público se caracterizan por ser: Gratuitos, universales e intangibles. Inalienables, imprescriptibles e inembargables. Susceptibles de compraventa, permuta o embargo administrativo. Transferibles, temporales y divisibles.

¿Cuál de los siguientes NO es un principio rector general de la actuación de las autoridades y FCS, conforme al artículo 4.1 de la LO 4/2015?. Oportunidad y proporcionalidad. Igualdad de trato y no discriminación. Discrecionalidad absoluta sin control judicial. Eficacia, eficiencia y responsabilidad.

¿Qué presupuesto fáctico exige el artículo 4.3 de la LO 4/2015 para justificar legalmente una intervención policial que limite derechos?. Cualquier sospecha meramente subjetiva o corazonada del agente. Una amenaza concreta o un comportamiento objetivamente peligroso. Una orden verbal no motivada del superior jerárquico. Una denuncia ciudadana anónima sin comprobación alguna.

Según el artículo 5 de la LO 4/2015, ¿quién ostenta la condición de autoridad en el ámbito provincial dentro de la AGE?. El Comisario Principal de la Policía Nacional. El Presidente de la Diputación Provincial. El Subdelegado del Gobierno en la provincia. El Delegado de Hacienda Territorial.

Conforme al artículo 7.2 de la LO 4/2015, ¿cuándo pueden las FCS requerir el auxilio de los ciudadanos particulares?. En cualquier intervención rutinaria sin limitación alguna. Especialmente en casos de grave calamidad o catástrofe, y siempre que NO implique riesgo personal. Únicamente para persecuciones de delitos leves. Siempre de forma coercitiva aunque exista peligro de muerte inminente para el particular.

Según el artículo 8.1 de la LO 4/2015, ¿cuál es el único documento con suficiente valor por sí solo para acreditar la identidad y datos personales de los españoles?. El permiso de conducción expedido por la DGT. El pasaporte español en territorio nacional. El Documento Nacional de Identidad (DNI). El libro de familia o certificado de empadronamiento.

¿Qué datos están expresamente PROHIBIDOS de incluir en el DNI según el artículo 8.2 de la LO 4/2015?. La fotografía del titular y su firma. Raza, etnia, religión, opinión, ideología u orientación sexual. El lugar de nacimiento y la filiación familiar. El número de identificación fiscal y fecha de caducidad.

A tenor del artículo 9.1 de la LO 4/2015, ¿a partir de qué edad es obligatorio para los españoles estar en posesión del DNI?. A los 12 años. A los 14 años. A los 16 años. A los 18 años.

Conforme al artículo 9.1 de la LO 4/2015, ¿puede un agente o particular retener el DNI de una persona?. Sí, si se trata de un control policial por un tiempo de hasta 48 horas. En ningún caso se podrá ser privado del DNI, ni siquiera temporalmente, salvo en supuestos legales de sustitución. Sí, cualquier vigilante de seguridad privada al entrar en un edificio. Sí, como fianza mientras se tramita una sanción de tráfico.

De acuerdo con el artículo 10 de la LO 4/2015, ¿a qué órgano corresponde la confección, expedición y custodia de los ficheros del DNI?. A la Dirección General de Tráfico (DGT). A la Dirección General de la Policía (DGP). A la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre en exclusiva. Al Centro Nacional de Inteligencia (CNI).

Según el artículo 11.2 de la LO 4/2015, ¿en cuál de los siguientes casos NO puede denegarse legalmente el pasaporte a un español?. Haber sido condenado a pena privativa de libertad no extinguida (salvo permiso judicial). Cuando el juez competente haya acordado su retirada o prohibido la salida de España a un menor. Estar bajo medida de libertad vigilada con prohibición judicial expresa de salir del territorio nacional. Tener deudas tributarias pendientes con la Agencia Tributaria.

Según el artículo 14 de la LO 4/2015, las órdenes y prohibiciones de las autoridades competentes deben adoptarse siempre mediante: Instrucción verbal inmediata comunicada por radio. Resolución debidamente motivada. Auto firmado por el Juez Decano. Publicación obligatoria en el BOE en un plazo de 24 horas.

De acuerdo con el artículo 15.2 de la LO 4/2015, ¿cuándo es legítima la entrada policial en domicilio sin autorización judicial ni consentimiento?. Cuando existan sospechas genéricas de alteración del descanso nocturno. Para evitar daños inminentes y graves (catástrofe, calamidad o ruina inminente). Para comprobar la veracidad de un empadronamiento dudoso. En la investigación de cualquier infracción administrativa leve.

Cuando los agentes entran en un domicilio particular por causa legítima de urgencia (art. 15.4 LO 4/2015), ¿qué deben hacer?. Basta con informar verbalmente al Delegado del Gobierno al día siguiente. Deben remitir sin dilación el acta o atestado a la autoridad judicial competente. Quedan exonerados de instruir diligencia o acta alguna. Deben pagar una tasa administrativa previa a la ocupación.

Según el artículo 16.1 de la LO 4/2015, para requerir la identificación en vía pública con fines de prevención, ¿de qué debe tratarse?. De prevenir cualquier infracción administrativa leve. De prevenir razonablemente la comisión de un DELITO. Del cumplimiento del horario de cierre de terrazas. De la simple identificación rutinaria sin concurrir sospecha ni riesgo.

Conforme al artículo 16.2 de la LO 4/2015, el traslado a dependencias a los solos efectos de identificación tiene un límite máximo absoluto de: 72 horas. 24 horas. 6 horas. 3 horas.

Según el artículo 18.2 de la LO 4/2015, en los controles y registros en vía pública, ¿pueden los agentes ocupar preventivamente armas que tengan licencia en vigor?. No, las armas reglamentadas gozan de inmunidad total de requisa. Sí, aun cuando se porten con licencia reglamentaria si se estima necesario para evitar peligro. Solo si el portador comete un delito grave delante del agente. No, se requiere un auto del juzgado de guardia para retirarlas.

Conforme al artículo 19.2 de la LO 4/2015, ¿qué valor probatorio tienen las actas extendidas por los agentes al incautar drogas o armas?. No tienen validez si el interesado no las firma. Gozan de presunción de veracidad respecto de los hechos consignados, salvo prueba en contrario. Valor de prueba pericial irrefutable. Simple testimonio voluntario sin relevancia procesal.

Si un registro corporal exige dejar al descubierto partes del cuerpo cubiertas habitualmente por la ropa (art. 20.2 LO 4/2015), ¿cómo se practicará?. Puede hacerse en plena vía pública si hay iluminación adecuada. Se practicará por un agente del mismo sexo y en un lugar reservado fuera de la vista de terceros. Requiere necesariamente la asistencia de un letrado de oficio en el acto. No podrá practicarse jamás contra la voluntad de la persona registrada.

Según el artículo 31.1 de la LO 4/2015, si una infracción puede encuadrarse en dos normas sancionadoras, ¿cuál es el orden correcto de prelación?. Subsidiariedad primero, luego gravedad y por último especialidad. Especialidad en primer lugar, después consunción/absorción y en su defecto el precepto más grave. La norma de menor cuantía económica para beneficiar al ciudadano. Se imponen las sanciones de ambas normas acumuladas.

De acuerdo con el artículo 34 de la LO 4/2015, ¿cómo se gradúan las infracciones sancionables?. Faltas y delitos administrativos. Muy graves, graves y leves. Menos graves y muy graves. Simples, complejas y reiteradas.

Conforme al artículo 38.1 de la LO 4/2015, ¿cuál es el plazo de prescripción de las infracciones LEVES, GRAVES y MUY GRAVES, respectivamente?. 3 meses, 6 meses y 1 año. 6 meses (leves), 1 año (graves) y 2 años (muy graves). 1 año (leves), 2 años (graves) y 5 años (muy graves). 6 meses (leves), 2 años (graves) y 4 años (muy graves).

Según el artículo 38.3 de la LO 4/2015, si el expediente sancionador se paraliza por causa no imputable al interesado, el plazo de prescripción se reanuda transcurrido: 15 días. Más de un mes. 6 meses. Un año completo.

Según el artículo 50.1 de la LO 4/2015, ¿cuándo caduca el procedimiento sancionador si no se ha notificado la resolución?. A los 6 meses desde la denuncia policial. Transcurrido 1 año desde su incoación. A los 2 años desde que se cometió el hecho. A los 30 días naturales desde el pliego de cargos.

A tenor del artículo 50.2 de la LO 4/2015, ¿qué consecuencia fundamental produce la caducidad sobre el plazo de prescripción de la infracción?. La caducidad reinicia el plazo de prescripción desde cero. Los procedimientos caducados NO interrumpen el plazo de prescripción. La prescripción se congela indefinidamente hasta nuevo aviso. La caducidad convierte la infracción en imprescriptible.

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