Cuestionario sobre Nulidad, Separación y Divorcio
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Título del Test:
![]() Cuestionario sobre Nulidad, Separación y Divorcio Descripción: tema 2 matrimonial y sucesiones |



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¿Cuál de los siguientes supuestos no constituye una causa de nulidad del matrimonio, según el Código Civil?. La falta de consentimiento matrimonial. El matrimonio celebrado con un impedimento dispensable sin haber obtenido la dispensa. El error en el régimen económico matrimonial pactado por los cónyuges. El matrimonio contraído ante funcionario no competente. ¿Quién está legitimado para ejercitar la acción de nulidad de un matrimonio por el impedimento de ligamen (existencia de un matrimonio anterior no disuelto)?. Solo el cónyuge que actuó de buena fe. Solo el Ministerio Fiscal. Cualquier persona que tenga interés directo en la nulidad. Únicamente los herederos de los cónyuges. Un matrimonio contraído con defecto de forma que cause su nulidad (como la falta de un testigo), ¿cómo puede quedar convalidado?. Por la ratificación expresa de ambos cónyuges ante Notario. Por la convivencia ininterrumpida de los cónyuges durante un año. Por la inscripción del matrimonio en el Registro Civil una vez subsanado el defecto. Por la sentencia firme que declare la buena fe de, al menos, uno de los cónyuges. El matrimonio declarado nulo que produce efectos civiles respecto del cónyuge (o cónyuges) que lo contrajo de buena fe y respecto de los hijos se denomina: Matrimonio disuelto. Matrimonio canónico. Matrimonio putativo. Matrimonio simulado. La principal diferencia jurídica entre la separación legal y el divorcio en el ordenamiento español es que: La separación exige siempre la intervención judicial, mientras que el divorcio puede hacerse ante Notario. La separación exige el transcurso de un año desde el matrimonio, mientras que el divorcio no tiene plazo. La separación solo puede ser de mutuo acuerdo, mientras que el divorcio puede ser contencioso. El divorcio disuelve el vínculo matrimonial, mientras que la separación solo suspende la vida en común y cesa la posibilidad de vincular bienes del otro cónyuge. Como regla general, el transcurso de qué plazo es necesario desde la celebración del matrimonio para que pueda decretarse legalmente el divorcio, tanto de mutuo acuerdo como contencioso, en España: Seis meses. Un año. Cinco años. Tres meses. Una excepción que permite solicitar el divorcio sin necesidad de que transcurra el plazo legal (tres meses) es: Que existan hijos menores de edad. Que el divorcio sea solicitado de mutuo acuerdo. Que se acredite la existencia de riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos. Que se pacte una pensión compensatoria a favor de uno de los cónyuges. Si los cónyuges que se habían separado judicialmente se reconcilian, ¿cuál es el efecto jurídico principal de dicha reconciliación?. Se disuelve el vínculo matrimonial automáticamente. El Juez debe dejar sin efecto la Sentencia de separación y los cónyuges deben comunicarlo al Juez para que se inscriba en el Registro Civil. La Sentencia de separación se transforma automáticamente en Sentencia de divorcio. No produce efectos legales si ya ha pasado un año desde la separación. Según el Código Civil (art. 90), en las demandas de separación o divorcio, el Convenio Regulador debe contener obligatoriamente una previsión respecto a: El destino del automóvil familiar y los bienes de alto valor. El régimen de visitas y comunicación de los abuelos con los nietos. Las condiciones de las vacaciones en el extranjero de los hijos comunes. La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar, y la contribución a las cargas del matrimonio. Una de las ventajas más relevantes de la mediación familiar en las crisis matrimoniales, según el contenido del tema, es: Garantizar que los acuerdos adoptados no necesiten homologación judicial para ser válidos. Fomentar la comunicación entre las partes y permitirles alcanzar acuerdos personalizados y estables, ajustados al contenido mínimo legal. Permitir la extinción del vínculo matrimonial sin necesidad de un abogado o procurador. Asegurar que los acuerdos conseguidos siempre sean inscritos por el Notario en el Registro Civil. ¿Qué consecuencia tiene para el cónyuge que ha contraído matrimonio con mala fe (sabiendo que era nulo) una vez que se declara la nulidad?. Pierde todos los derechos derivados del matrimonio, incluyendo la pensión compensatoria. El matrimonio se considera simplemente nulo, pero sus derechos no se ven afectados si tuvo hijos. Se le obliga a indemnizar al cónyuge de buena fe por los daños y perjuicios causados. No tendrá derecho a la aplicación de las disposiciones relativas a los efectos del matrimonio putativo, y deberá indemnizar al cónyuge de buena fe por los daños. ¿Cuál es el requisito de tiempo que se exige para la acción de nulidad basada en el error, coacción o miedo grave?. La acción caduca a los tres meses desde la celebración del matrimonio. La acción puede ejercitarse en cualquier momento, pues se trata de nulidad absoluta. La acción caduca si los cónyuges hubieran vivido juntos durante un año después de haber cesado la coacción o miedo o de haber sido descubierto el error. La acción caduca a los cuatro años desde que se celebró el matrimonio. ¿Cuál es el plazo mínimo de convivencia (posterior a la celebración del matrimonio) que debe mediar para solicitar la separación judicial o divorcio de mutuo acuerdo ante Notario?. Un año, contado desde la celebración. No es necesario plazo, puede solicitarse inmediatamente. Seis meses, contados desde la celebración. Tres meses, contados desde la celebración. ¿Qué ocurre con el régimen económico matrimonial de gananciales, si lo hubiere, como consecuencia de una Sentencia firme de separación legal?. Se mantiene suspendido hasta una eventual reconciliación de los cónyuges. Pasa automáticamente a ser un régimen de separación de bienes. Se disuelve inmediatamente y se inicia el procedimiento para su liquidación. Continúa vigente hasta que se disuelva el vínculo por divorcio o muerte. ¿Cuál es el criterio principal que el Juez debe considerar al determinar la atribución del uso de la vivienda familiar en un proceso de separación o divorcio?. El cónyuge que sea propietario de la vivienda. El cónyuge con menos recursos económicos. El interés más necesitado de protección, que generalmente es el de los hijos comunes o, en su defecto, el cónyuge no propietario más desfavorecido. El cónyuge que haya solicitado en primer lugar el divorcio o la separación. La pensión compensatoria, prevista en el artículo 97 del Código Civil, tiene como finalidad: Compensar la dedicación pasada al hogar y la crianza de los hijos. Equilibrar el desequilibrio económico que la separación o el divorcio pueda producir en uno de los cónyuges. Cubrir las necesidades básicas del cónyuge que no tiene ingresos suficientes. Ser una sanción para el cónyuge que dio lugar a la crisis matrimonial. ¿Cuál de las siguientes causas provoca la extinción de la pensión compensatoria, según el Código Civil?. La convivencia del cónyuge acreedor de la pensión con otra persona, aunque no sea marital. La mejora de la situación económica del cónyuge deudor. El cese de la causa que la motivó, el nuevo matrimonio del cónyuge acreedor o que el acreedor viva maritalmente con otra persona. El transcurso de un plazo de cinco años desde que fue fijada. El Plan de Parentalidad que debe adjuntarse o presentarse en las demandas de divorcio o separación con hijos menores (o mayores que necesiten apoyo), ¿qué debe incluir obligatoriamente?. La forma en que se ejercerá la patria potestad y el régimen de guarda y custodia, así como el régimen de comunicación y estancia con los hijos. Una declaración jurada de la situación económica actual de ambos progenitores. El proyecto educativo y el presupuesto de los hijos para los próximos 10 años. Únicamente la propuesta de pensión de alimentos y su actualización. ¿Cuál es el efecto principal de la Sentencia firme de divorcio?. La suspensión de la vida en común de los cónyuges. La disolución del régimen económico matrimonial de forma provisional. La obligación para el cónyuge de mala fe de indemnizar al de buena fe. La disolución del vínculo matrimonial, de modo que los ex-cónyuges quedan habilitados para contraer nuevo matrimonio. En el caso de separación o divorcio de mutuo acuerdo, ¿ante qué autoridad pueden los cónyuges otorgar la escritura pública del Convenio Regulador siempre que no existan hijos menores de edad no emancipados o con la capacidad modificada judicialmente que dependan de ellos?. Ante el Letrado de la Administración de Justicia (LAJ). Ante el Juez de Primera Instancia o de Familia. Ante Notario. Ante el Encargado del Registro Civil. |




