Cuestionario Penal II
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Título del Test:![]() Cuestionario Penal II Descripción: EXAMEN MEDIA |




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¿Qué es el IUS PUNIENDI?. El poder de legislar. El poder de castigar/punir. El poder judicial. ¿El estado tiene derechos?. Sí, el Estado tiene derechos sobre todos. No, solo sobre sus ciudadanos. No, el Estado no tiene ningún derecho. ¿De qué se encarga el derecho penal?. Establecer límites y reglas al ejercicio del poder punitivo. Proteger los derechos de los ciudadanos. Regular las relaciones entre particulares. ¿Qué es un derecho?. Un mecanismo para acceder a una vida digna. Una obligación impuesta por el Estado. Un privilegio concedido por el gobierno. ¿Qué es un principio?. Una ley establecida por el gobierno. Una guía y un marco de orientación. Una opinión de un experto. ¿Los principios tienen dos funciones, Creadora e Interpretativa?. Verdadero. Falso. ¿Cuál es el principio madre del Derecho Penal?. Principios procesales. Principio de legalidad. Principios administrativos. ¿En qué se fundamenta el principio de legalidad?. El principio de legalidad es sustantivo y procesal. Se fundamenta en la Lex Scripta, Lex Previa y Lex Certa. Es el menos importante del DP. ¿De dónde nace el COIP?. Del código del Fascismo italiano en 1938 y dura hasta el 2014, donde se crea el COIP. En 1938. En 2010. ¿Qué es la Lex Certa?. Es el minucioso uso de los términos. Es el uso de los términos. Es el uso de la ley. ¿Cuáles son los elementos según el esquema Lizt - Belling?. Acto, Omisión, Tipicidad y Error de Tipo. Acto, Omisión y Tipo. Tipo, Omisión, Error de Tipo. ¿Qué es ACTO?. Es la conducta lesiva, descriptible y demostrable. Es una acción de dolo. Es una omisión de cuidado. ¿Qué es tipicidad?. La descripción de los elementos de las conductas penalmente relevantes. La descripción de los elementos de las conductas. La descripción de los elementos de las conductas penalmente. ¿Qué es error de tipo?. Cuando no se conoce un elemento constitutivo penal Y DESTRUYE el dolo. Cuando no se conoce un elemento penal. Cuando se conoce el dolo. ¿Cuándo el error de tipo es invencible?. Vencible se puede reconocer. Invencible no se ha podido reconocer. Las dos anteriores. ¿Qué es la culpa?. La falta en el deber objetivo de cuidado. El dolo. Preterintencionalidad. ¿Qué es la legítima defensa?. Legítima defensa. Estado de necesidad. Cumplimiento del deber legal. ¿Qué condiciones se necesitan para legitima defensa?. Actual e inmediata, racionalidad en el actuar y falta de provocación suficiente. Anterior. Posterior. ¿Culpabilidad es igual a culpa?. Culpabilidad NO ES IGUAL a culpa. Culpabilidad es igual a culpa. Culpabilidad es el dogma que analiza si una persona no es imputable. ¿Cuándo una persona es imputable?. Cuando es mayor de 18 años hasta el infinito y adolescentes mayores a 12 años. Cuando es un alienado mental. Cuando es menor de 18 años. ¿Cuándo una persona es inimputable?. Cuando es un alienado mental. Cuando es mayor de 18 años. Cuando es menor de 18 años. ¿Qué se prueba en un juicio de reproche?. Que se podía actuar de otra manera diferente. Que se podía actuar de la misma manera. Que se actuó de la misma manera. ¿Qué pasa si en el juicio de reproche la persona no conocía de la antijuricidad en su actuar?. Cae en error de prohibición. Es culpable. No es culpable. ¿Cómo funciona el esquema Liszt-Belling?. Un dique de contención con sus categorías dogmáticas. Una forma de castigo. Un instrumento para aumentar el poder punitivo del Estado. ¿Cuál es la única fuente de sanción?. La legislación. La Constitución. El poder judicial. ¿Cuántas partes tiene el COIP?. Tres. Sustantiva, adjetiva y ejecutiva. Dos. Sustantiva y adjetiva. Una. Sustantiva. ¿Cómo se clasifican los delitos según la gravedad?. Delitos = cuando la pena va de 30 días a 40 años. Contravenciones = cuando la pena es menor a 30 días. Las dos anteriores. ¿Desde cuándo prescribe un delito permanente?. Desde que cesa la vulneración del bien jurídico. Desde que inicia el hecho. Desde que finaliza el hecho. ¿Qué es el delito de peligro abstracto?. La conducta se califica como peligrosa en general. Una real cercanía a la lesión de un bien jurídico identificable. Teoría del riesgo. ¿Qué protege el bien jurídico?. Principio de legalidad. Pluriofensivos. Las dos anteriores. |