Cuestionario sobre Principios Generales, Costumbre Internacional y Actos Unilaterales en el Der
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Título del Test:
![]() Cuestionario sobre Principios Generales, Costumbre Internacional y Actos Unilaterales en el Der Descripción: tema 5 DIP 4º DECRIM UA |



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¿Cuál es la característica principal del Derecho Internacional (DI) contemporáneo según el documento?. Es un ordenamiento jurídico centralizado con un legislador universal. Es un ordenamiento jurídico descentralizado e interestatal. Se basa en un ente superior que obliga a los Estados. La formación de normas depende exclusivamente de la CIJ. ¿En qué se basa el DI, según el texto?. En la voluntad de un ente superior a los Estados. En un legislador universal que dicta normas obligatorias para todos. En Estados soberanos e independientes, sin un ente superior que los obligue. En la imposición de normas por las organizaciones internacionales. ¿De qué depende la formación de normas en el DI?. Exclusivamente de la Comisión de Derecho Internacional (CDI). Del acuerdo o consenso entre los Estados. De la decisión unilateral de la Corte Internacional de Justicia (CIJ). De la imposición de normas por los Estados más poderosos. ¿Qué muestra la creación normativa en el DI respecto al voluntarismo y relativismo?. Muestra un carácter obligatorio y uniforme para todos los Estados. Muestra voluntarismo y relativismo, vinculando solo a los Estados que la aceptan. Indica que todas las normas son imperativas y obligatorias para todos. Sugiere que el relativismo ha sido superado por un ordenamiento centralizado. ¿Cuál de los siguientes NO es un modo de producción de normas del DI mencionado en el documento?. Principios generales. Costumbre internacional. Decisiones judiciales internas de cada Estado. Actos unilaterales. Según el art. 38.1.c) del Estatuto de la CIJ, ¿qué puede aplicar la Corte además de tratados y normas consuetudinarias?. Decisiones de la Asamblea General de la ONU. Principios generales del derecho reconocidos por los Estados. Actos unilaterales de los Estados. Resoluciones vinculantes de organizaciones internacionales. ¿Cómo se caracterizan los principios generales del derecho según el documento?. Específicos y detallados. Generales y fundamentales. Derivados exclusivamente de la costumbre. Vinculantes solo para los Estados que los crean. ¿De dónde se deducen los principios generales del derecho?. Únicamente de la práctica de los Estados. De un conjunto de normas jurídicas y son reconocidos por los sujetos del ordenamiento internacional. De las resoluciones de la Asamblea General de la ONU. De la interpretación exclusiva de la CIJ. ¿Cuál de los siguientes es un tipo de principio general del derecho mencionado en el documento?. Principios derivados de ordenamientos nacionales. Principios basados únicamente en tratados. Principios emanados de actos unilaterales. Principios exclusivos de las organizaciones internacionales. ¿Cuándo se aplican principalmente los principios generales del derecho?. Cuando otras normas de DI resuelven totalmente una cuestión. Como primera opción ante cualquier controversia internacional. Principalmente cuando otras normas de DI no resuelven totalmente una cuestión. Cuando no existen tratados ni costumbre aplicables. ¿Qué función cumplen los principios generales del derecho cuando se aplican?. Solo sustituir normas convencionales o consuetudinarias. Interpretar y complementar normas convencionales o consuetudinarias, y evitar lagunas. Crear normas obligatorias para todos los Estados de forma inmediata. Limitar la aplicación de la costumbre internacional. ¿Por qué la costumbre internacional mantiene gran importancia en el DI?. Debido a la existencia de un legislador universal. Porque el DI es un ordenamiento descentralizado e interestatal. Porque todos los Estados ratifican la mayoría de los tratados. Porque las normas escritas son suficientes para regular todas las materias. ¿Cuáles son los dos elementos constitutivos de la costumbre internacional según la CDI?. Práctica general y voluntad unilateral. Acuerdo entre Estados y resolución de la ONU. Práctica general (elemento material) y aceptación como derecho u opinio iuris (elemento psicológico). Tratados internacionales y jurisprudencia de la CIJ. ¿Qué características debe tener la práctica general en la formación de la costumbre internacional?. Debe ser exclusiva de los Estados poderosos y totalmente uniforme. Debe ser general, representativa y constante, aunque no totalmente uniforme. No requiere ser constante, pero sí exclusiva de los Estados interesados. Debe ser de larga duración y aplicarse a todos los Estados sin excepción. ¿Qué es el 'opinio iuris' en el contexto de la costumbre internacional?. La práctica material de los Estados. La opinión de la doctrina jurídica internacional. La convicción de que la práctica se realiza cumpliendo una obligación jurídica o ejerciendo un derecho. La aceptación de tratados internacionales. ¿Cómo se pueden probar los elementos de la costumbre internacional?. Exclusivamente mediante la práctica de los Estados. Mediante declaraciones públicas, publicaciones oficiales, legislación nacional, entre otros medios. Solo a través de la aplicación por parte de la CIJ. Únicamente por la redacción de tratados internacionales. ¿Qué son las normas consuetudinarias de DI general?. Normas que vinculan solo a un número limitado de Estados. Normas que vinculan a todos los Estados, formadas por la práctica y la convicción de actuar conforme a derecho. Normas que solo se aplican en caso de tratados bilaterales. Normas que solo se derivan de actos unilaterales. ¿Qué es un 'Estado objetor persistente' en el contexto de la costumbre internacional?. Un Estado que acepta una norma consuetudinaria después de su formación. Un Estado que objeta una norma consuetudinaria durante su formación y mantiene su objeción. Un Estado que solo participa en la práctica de la costumbre. Un Estado que se opone a todas las normas consuetudinarias. ¿Qué son las normas consuetudinarias de DI particular?. Normas que vinculan a todos los Estados. Normas que se aplican a un número limitado de Estados, como regionales o bilaterales. Normas exclusivamente derivadas de tratados. Normas creadas por actos unilaterales. ¿Cuál de los siguientes es un tipo de acto unilateral mencionado en el documento?. Renuncia. Interpretación de tratados. Codificación del DI. Resolución de la Asamblea General. ¿Qué característica debe tener un acto unilateral para generar obligaciones claras?. Debe ser ambiguo y de interpretación flexible. Debe expresarse de manera clara y específica. Debe ser aprobado por la Asamblea General de la ONU. Debe basarse únicamente en la costumbre internacional. ¿Quiénes deben emanar un acto unilateral para que sea vinculante?. Cualquier representante del Estado. Exclusivamente los ministros de asuntos exteriores. Una autoridad competente, como jefes de Estado, jefes de gobierno o ministros de Relaciones Exteriores. Los delegados permanentes ante la ONU. ¿Puede un acto unilateral generar obligaciones para terceros Estados?. Sí, siempre genera obligaciones para todos los terceros Estados. No, no genera obligaciones para terceros Estados, aunque estos pueden aceptarlas. Solo genera obligaciones si es ratificado por la Asamblea General de la ONU. No, los actos unilaterales solo obligan al Estado que los emite. ¿Qué es la Comisión de Derecho Internacional (CDI)?. Un tribunal internacional encargado de resolver controversias. Un órgano subsidiario de la Asamblea General de la ONU, de carácter técnico, encargado de la codificación y desarrollo progresivo del DI. Un comité de Estados para negociar tratados internacionales. Una organización no gubernamental que promueve el DI. ¿Cuál es una de las funciones principales de la CDI?. Interpretar la jurisprudencia de la CIJ. Codificar el DI, formulando y sistematizando normas existentes. Imponer sanciones a los Estados que violan el DI. Representar a los Estados en negociaciones internacionales. ¿Qué significa el 'desarrollo progresivo del DI' que realiza la CDI?. Sistematizar las normas ya existentes. Elaborar proyectos sobre temas no regulados por el DI, proponiendo normas de lege ferenda. Interpretar la costumbre internacional. Adaptar los tratados a las nuevas realidades. ¿Cuál es el destino final de un proyecto de la CDI?. Se convierte automáticamente en un tratado internacional. La AG decide su destino, que puede ser convocar una conferencia para negociar un tratado, adoptarlo directamente, o tomar nota. Es archivado y solo se consulta en casos excepcionales. Se remite a la Corte Internacional de Justicia para su aplicación. |




