Cuestionario de Seguridad Social parte 4/9: Afiliación, Altas y Bajas
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Título del Test:
![]() Cuestionario de Seguridad Social parte 4/9: Afiliación, Altas y Bajas Descripción: tema 11 opo |



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Los actos de encuadramiento son actos administrativos que formalizan: El procedimiento penal. La relación de Seguridad Social. La relación tributaria municipal. Los principales actos de encuadramiento son: Contrato, despido y finiquito. Inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas. Embargo, subasta y adjudicación. La regulación general de los actos de encuadramiento se aplica: Exclusivamente al desempleo. A todos los regímenes del sistema. Solo al Régimen Especial del Mar. La afiliación al sistema se regula con carácter general en los artículos: 15 y 16 LGSS. 262 y 265 LGSS. 169 y 174 LGSS. La afiliación en el Régimen General se desarrolla especialmente en el artículo: 204 LGSS. 369 LGSS. 139 LGSS. La afiliación es el acto por el que la TGSS reconoce a una persona física: Su condición de entidad colaboradora. Su derecho automático a jubilación. Su condición de incluida en el sistema por primera vez. La afiliación es obligatoria para las personas incluidas en el campo de aplicación a efectos de: Sanciones penales. Prestaciones privadas complementarias. Derechos y obligaciones en la modalidad contributiva. Una característica esencial de la afiliación es que es: Libremente renunciable. Única y general para todos los regímenes. Temporal y limitada a un contrato. La afiliación se extiende: Únicamente al mes de alta inicial. A toda la vida de las personas incluidas en el sistema. Solo al periodo de prueba. Que la afiliación sea exclusiva significa que: Solo protege a una empresa. Impide cualquier cambio de régimen. Por la misma actividad no cabe inclusión obligatoria en otros regímenes de previsión ajenos al sistema. La afiliación constituye título jurídico para: Adquirir la nacionalidad. Obtener automáticamente una pensión. Adquisición de derechos y nacimiento de obligaciones de Seguridad Social. Las sucesivas altas y bajas: Hacen necesaria una nueva afiliación cada mes. Anulan la afiliación inicial. No eliminan la condición de afiliado al sistema. El empresario debe solicitar la afiliación de quienes: Ingresen a su servicio y no estén afiliados. No vayan a realizar actividad laboral. Ya estén jubilados no contributivos. Si el empresario incumple la obligación de solicitar la afiliación, puede solicitarla: El trabajador por cuenta ajena o asimilado. Solo la mutua colaboradora. Únicamente el juez penal. La TGSS puede efectuar la afiliación de oficio cuando compruebe: La existencia de prestaciones privadas. Incumplimiento de la obligación de solicitar la afiliación. La voluntad de renunciar a la Seguridad Social. La afiliación de oficio puede derivar de: La actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. La inscripción en el Registro Civil. Un acuerdo privado sin actividad laboral. Si la afiliación de oficio no deriva de actuación inspectora, la TGSS dará cuenta a: La Inspección de Trabajo y Seguridad Social. La Agencia Tributaria local. El Registro Mercantil. El alta se regula con carácter general en: El artículo 16 LGSS. El artículo 41 CE exclusivamente. El artículo 44 LGSS únicamente. El alta es el acto por el que la TGSS reconoce la inclusión de una persona en: El censo electoral. El régimen de Seguridad Social correspondiente por iniciar actividad o situación conexa. La categoría profesional de la empresa. La diferencia principal entre afiliación y alta es que la afiliación incluye en el sistema y el alta incluye en: Una mutua concreta siempre. Una comunidad autónoma concreta. Un régimen concreto. En el caso del personal laboral común, el alta implica normally inclusión en: El Seguro Escolar. El Régimen General. El Régimen Especial de Funcionarios Civiles. Las altas de los trabajadores se solicitan: Solo de forma colectiva sin identificación. A nombre de la mutua. A nombre de cada trabajador. Las altas pueden promoverse: Solo por la empresa principal del sector. Por empresario, trabajador o de oficio por la TGSS. Solo por el trabajador. La baja se vincula al cese en: La prestación de servicios o situación determinante de inclusión en el régimen. La ciudadanía española. La personalidad jurídica. Para las formas de promover la baja se aplica, en términos generales: Un sistema judicial obligatorio. Solo solicitud del trabajador sin intervención empresarial. Lo establecido para el alta. La inscripción de empresas forma parte de: Las prestaciones familiares. La acción protectora sanitaria. Los actos de encuadramiento. La afiliación no debe confundirse con el alta porque: La afiliación es permanente en el sistema y el alta se refiere a una actividad o régimen concreto. Ambas son prestaciones económicas. El alta es vitalicia y la afiliación mensual. La afiliación puede promoverse a instancia del empresario en el Régimen General según: Artículo 363 LGSS. Artículo 139.1 LGSS. Artículo 215 LGSS. El trabajador puede solicitar directamente la afiliación en el Régimen General según: Artículo 139.2 LGSS. Artículo 169.1 LGSS. Artículo 66.1 LGSS. La finalidad práctica de los actos de encuadramiento es: Determinar la inclusión, derechos y obligaciones dentro del sistema. Reconocer automáticamente la incapacidad permanente. Calcular el IRPF exclusivamente. |





