Cuestionario sobre el Trámite de Jubilación en el Seguro Social Campesino y Afiliación al IESS
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Título del Test:![]() Cuestionario sobre el Trámite de Jubilación en el Seguro Social Campesino y Afiliación al IESS Descripción: RESOLUCION 128-670 |




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¿Quién emitió la Resolución No. C.1.128?. Director General del IESS. Comisión Nacional del Seguro Social Campesino. Comisión Interventora del IESS. Consejo Directivo del IESS. ¿Cuál es el objetivo principal de la Resolución?. Regular el pago de pensiones a nivel nacional. Establecer un nuevo sistema de afiliación al IESS. Regular el trámite administrativo interno para el otorgamiento de prestaciones de jubilación por vejez e invalidez. Definir las responsabilidades de los médicos tratantes. ¿Qué requisitos deben cumplir los jefes de familia afiliados al Seguro Social Campesino para obtener las prestaciones de jubilación?. Ser mayor de 60 años. Haber aportado por más de 10 años. Cumplir con los requisitos establecidos en la Ley del Seguro Social Obligatorio y en el Estatuto del IESS. Estar afiliado al IESS por más de 5 años. ¿Cuáles son los requisitos para la jubilación por vejez?. Tener más de 60 años. Haber sido afiliado al Seguro Social Campesino cumpliendo las condiciones establecidas en el Art. 106 de la Ley del Seguro Social Obligatorio. Presentar el certificado de trabajo. Haber aportado por más de 20 años. Otro requisito para la jubilación por vejez es... Hallarse dentro de la escala de edad y aportaciones determinada en el Art. 109 de la Ley del Seguro Social Obligatorio. Presentar un informe médico favorable. Tener un mínimo de 10 años de aportes. No tener deudas con el IESS. ¿Cuál es el requisito principal para la jubilación por invalidez?. Haber aportado por 5 años. Tener 70 años de edad. Haberse invalidado en forma total y permanente luego de acreditar un mínimo de sesenta (60) imposiciones mensuales de aportación. Presentar dos fotocopias de la cédula de identidad. ¿Qué documentos son necesarios para obtener las prestaciones de jubilación?. Cédula de identidad. Comprobante de pago de aportes. Formulario de certificación de derechos. Todos los anteriores. ¿Quién elabora el formulario "Certificación de Derechos para Jubilación"?. El médico tratante. El afiliado. El Auxiliar de Enfermería del Dispensario Comunitario. El Director General del IESS. ¿Cómo debe ser elaborada la solicitud de jubilación?. Con borrones y enmendaduras. Sin borrones ni enmendaduras. Con la firma del Director General del IESS. En tres copias. ¿Para qué tipo de jubilación es necesario el Informe Médico?. Para la jubilación por vejez. Para la jubilación por invalidez. Para ambos tipos de jubilación. No es necesario. ¿Qué debe constar en el Informe Médico?. El nombre del afiliado. La fecha de nacimiento. La fecha de inicio de la incapacidad. El número de cédula. ¿A dónde se remiten los documentos para el trámite de jubilación?. Al afiliado directamente. Al dispensario comunitario. Al Centro de Prestaciones y Promoción Campesina. A la Comisión Interventora. ¿Qué dependencia se encarga del procesamiento de las solicitudes de jubilación?. El afiliado. El Centro de Prestaciones y Promoción Campesina. El dispensario comunitario. La Comisión Regional de Prestaciones. ¿Qué sucede si la documentación se encuentra incompleta o incorrecta?. Se envía directamente a la Comisión Regional de Prestaciones. Se devuelve al Auxiliar de Enfermería para su rectificación. Se archiva en el Centro de Prestaciones y Promoción Campesina. Se notifica al Director General del IESS. ¿Quién verifica los datos de identificación y períodos aportados por el solicitante?. El afiliado. El Centro de Prestaciones y Promoción Campesina. El dispensario comunitario. El médico tratante. ¿Por qué se solicita copia de la ficha de afiliación certificada si el afiliado tiene períodos en otro Centro?. Verificar los datos de identificación. Solicitar copia de la ficha de afiliación certificada. Calcular las imposiciones. Ninguna de las anteriores. ¿Quién realiza el cálculo de las imposiciones?. El médico tratante. El afiliado. El Centro de Prestaciones y Promoción Campesina. El dispensario comunitario. ¿A dónde se remite la documentación después del Centro de Prestaciones y Promoción Campesina?. A la Comisión Interventora. A la Subdirección de Aseguramiento y Control de Prestaciones. Al afiliado. Al dispensario comunitario. ¿Qué dependencia emite el Acuerdo que concede o niega la prestación?. A la Subdirección de Aseguramiento y Control de Prestaciones. Al afiliado. A la Comisión Regional de Prestaciones. Al Centro de Prestaciones y Promoción Campesina. ¿Quién notifica al interesado sobre la decisión tomada?. El Director General del IESS. El Centro de Prestaciones y Promoción Campesina. El dispensario comunitario. La Subdirección de Contabilidad y Control Presupuestario. ¿Qué sucede si el Acuerdo concede la prestación?. Se archiva en el Centro de Prestaciones. Se remite a la Subdirección de Contabilidad y Control Presupuestario. Se notifica al Director General. Se envía al afiliado. ¿Quién es el responsable de la aplicación de la Resolución?. El Director General del IESS. El Director Nacional del Seguro Social Campesino. La Comisión Interventora. El afiliado. ¿A qué régimen pertenecen los jóvenes en emprendimiento?. Régimen General. Régimen de Riesgos del Trabajo. Régimen Especial del Seguro Voluntario. Régimen del Seguro Social Campesino. ¿Cómo se define a los jóvenes en emprendimiento?. Personas que trabajan en relación de dependencia. Personas que trabajan para el gobierno. Personas que trabajan individual o colectivamente. Personas que estudian. ¿Cuándo el IESS registrará el aviso de entrada de los jóvenes en emprendimiento?. En un plazo de 3 meses. Dentro del mes en que se efectúe la solicitud. Después de 6 meses. Al año siguiente. ¿Contra qué contingencias estarán cubiertos los jóvenes en emprendimiento?. Cesantía, desempleo y extensión de cobertura para dependientes. Salud, riesgo del trabajo, invalidez, vejez y muerte. Invalidez, vejez, muerte y enfermedad catastrófica. Riesgos del trabajo y enfermedad. ¿Cuáles son los requisitos para la afiliación de los jóvenes en emprendimiento?. Ser mayor de 18 años. Tener cédula de identidad y tener entre quince (15) a veinte y cuatro (24) años once (11) meses de edad. Presentar un proyecto de emprendimiento. Tener ingresos superiores al salario básico unificado. ¿Cuál es el valor mínimo de la base de aportación para los jóvenes en emprendimiento?. 50% del salario básico unificado (SBU). 75% del salario básico unificado (SBU). 100% del salario básico unificado (SBU). El 17,6% de los ingresos. ¿Cuál es el porcentaje de la prima que se aplica sobre la base de aportación?. 10%. 15%. 17,6%. 20%. ¿Cuándo se debe realizar el cambio en la base de aportación?. Al cumplir los 25 años. Al cumplir los 30 años. Al cumplir los 20 años. Nunca es necesario cambiarla. ¿Cuándo el joven en emprendimiento registrará su aviso de salida?. Al cumplir 60 años. Al iniciar la actividad económica. Al terminar su actividad económica. Anualmente. ¿En qué plazo, de no registrar el pago, se suspenderá el proceso de generación de planillas?. A los 30 días. A los 60 días. A los 90 días. Cuando lo determine el IESS. ¿Qué edades pueden afiliarse al Régimen Especial del Seguro Voluntario?. Entre los 15 y 20 años. Entre los 18 y 24 años 11 meses. Entre los 20 y 25 años. Mayores de 25 años. ¿Cuáles son los requisitos para afiliarse al Régimen Especial del Seguro Voluntario?. Cédula de identidad. Pasaporte. Certificado de nacimiento. RUC. ¿Cuál es el porcentaje de la prima que se aplica sobre la base de aportación para el régimen de voluntariado?. 10%. 15%. 17,60%. 20%. ¿Cuáles son las consecuencias de no pagar los aportes al Régimen del Seguro Voluntario?. La inhabilitación para afiliarse a otro régimen. La suspensión del proceso de generación de planillas. La pérdida del derecho a las prestaciones. Todas las anteriores. ¿Cuándo se debe realizar el cambio en la base de aportación para los afiliados al Régimen Voluntario?. Al cumplir los 20 años. Al cumplir los 25 años. Al cumplir los 30 años. Nunca es necesario cambiarla. ¿Con qué otros regímenes no se admite la simultaneidad de afiliación?. Régimen General y Régimen del Seguro Social Campesino. Régimen del Seguro Social Campesino y el Trabajo No Remunerado del Hogar. Seguro General Obligatorio y el Trabajo No Remunerado del Hogar. Todas las anteriores. ¿Qué debe contener la legalización del informe médico?. Nombre y apellido. Código profesional. Fecha de inicio de la incapacidad. Todas las anteriores. ¿Qué se necesita para jubilarse a los 65 años?. 60 años de edad y 10 años de aportes. 70 años de edad y 9 años de aportes. 71 años de edad y 8 años de aportes. 72 años de edad y 7 años de aportes. ¿Qué debe constar en el informe médico?. La fecha de nacimiento. La fecha de inicio de la incapacidad. El nombre del médico tratante. El número de teléfono del afiliado. ¿Cuál es el documento que se debe presentar por duplicado?. La cédula de identidad. El formulario 'Certificación de Derechos para Jubilación'. El último comprobante de pago de aportes. El informe médico. ¿Cuál seguro NO estará cubierto para los jóvenes en emprendimiento?. Seguro de Cesantía. Seguro de Desempleo. Seguro Social Campesino. Extensión de cobertura para dependientes. ¿Qué documentos debe presentar para la jubilación por vejez?. dos fotocopias de la cédula de identidad. Dos fotocopias del último comprobante de pago de aportes. Formulario "Certificación de Derechos para Jubilación" (por duplicado). Todos los anteriores. ¿A dónde se remiten los documentos después de ser reunidos por el Dispensario Comunitario?. El afiliado. El Dispensario Comunitario. El Centro de Prestaciones y Promoción Campesina. La Subdirección de Contabilidad. ¿Quién debe elaborar el formulario de solicitud de jubilación?. Auxiliar de enfermería. Médico tratante. Afiliado. Representante de la organización. ¿En qué mes se registrará el aviso de entrada de los jóvenes en emprendimiento?. En un mes. En 3 meses. En 6 meses. En el año siguiente. |