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D.C. AAPP PARTE 2- DPII.2º 2o2o

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Título del Test:
D.C. AAPP PARTE 2- DPII.2º 2o2o

Descripción:
Test obtenidos del documento 105 paginas 2020 ampliados Florentina

Fecha de Creación: 2020/06/12

Categoría: Otros

Número Preguntas: 25

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Señale cuál de los siguientes enunciados no se corresponde con el delito de ejercicio de influencia sobre funcionario público o autoridad cometida por funcionario público o autoridad (art.428 CP). La consumación del tipo básico se alcanza cuando el funcionario público o autoridad influido dicta la resolución de la que puede derivar un beneficio económico, sin que sea necesario la obtención efectiva de este. Los bienes jurídicos protegidos por esta modalidad delictiva son, por un lado, la libertad en el proceso de deliberación del funcionario público en la toma de decisiones relativas a la función pública que desarrolla, y por otro, la objetividad, imparcialidad, independencia y respeto por la igualdad, tanto de los individuos como en el tratamiento público de sus derechos, que han de observarse en el ejercicio de las funciones públicas. La diferencia entre el tipo básico y el tipo agravado reside en que este último solo alcanza la consumación cuando se dicta la resolución pretendida y se obtiene el beneficio económico. El sujeto activo se ha de prevaler del ejercicio de las facultades de su cargo o de cualquier otra situación derivada de su relación personal o jerárquica con el funcionario a quien influye o con otro funcionario o autoridad.

El art. 410 del C. Penal castiga a ... Los que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior, dictadas dentro del ámbito de su respectiva competencia y revestidas de las formalidades legales,. Las autoridades o funcionarios públicos que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior, dictadas dentro del ámbito de su respectiva competencia y revestidas de las formalidades legales,. Los que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales así como a las autoridades o funcionarios públicos que se negaren abiertamente a dar cumplimientos a decisiones u órdenes de la autoridad superior, dictadas dentro del ámbito de su respectiva competencia y revestidas de las formalidades legales,. Todas son complementarias.

Lo que normalmente se conoce como soborno se entiende en términos del C. Penal como... Blanqueo de dinero. Malversación de Fondos Públicos. Cohecho. Tráfico de influencias.

¿Cuál de las siguientes afirmaciones es incorrecta con relación al delito de prevaricación de los funcionarios públicos del art. 404 del C. Penal?. La resolución se dicta a sabiendas de su injusticia. La resolución asimismo puede dictarse por negligencia inexcusable por lo que cabe una modalidad imprudencia de prevaricación. La resolución debe ser arbitraria y concernir a un asunto administrativo. Todas son correctas.

¿Cuál de las siguientes afirmaciones es incorrecta con relación al delito de prevaricación previsto en el art. 404 del C. Penal?. Sólo admite su comisión en la modalidad dolosa. Es el único precepto del Código Penal que castiga la prevaricación. Se trata de un delito especial pues específicamente sólo castiga a la autoridad o funcionario público que la comete. Todas las afirmaciones que se hacen son correctas.

El funcionario que se negare abiertamente a cumplir una resolución judicial... Comete el delito de omisión del deber de perseguir delitos previsto en el art. 406 del C. Penal. Comete el delito de desobediencia previsto en el art. 410 del C. Penal. Comete el delito de denegación de auxilio a la autoridad previsto en el art. 412 del C. Penal. Comete el delito de abandono colectivo de servicio previsto en el art. 409 del C. Penal.

Entre las conductas previstas en el delito de desaparición de documentos previsto en el art. 413 del C. Penal el citado precepto no incluye el caso de... El funcionario que inutilizare documentos. El funcionario que falsificare documentos. El funcionario que destruyere documentos. El funcionario que sustrajere documentos.

¿Cuál de los siguientes no es un requisito de la información privilegiada conforme establece el art. 442 del C. Penal?. Información de carácter concreto. Información que se tiene exclusivamente por razón del oficio o cargo público. Información que habiendo sido notificada aún no ha sido publicada o divulgada. Todas son correctas.

Al hablar de cohecho si nos referimos al cohecho pasivo este se refiere a... La Administración. El particular que ofrece el soborno. El particular que entrega el soborno previo requerimiento del funcionario. El funcionario que acepta el soborno.

En materia de tráfico de influencias el art. 428 castiga a... El funcionario público o autoridad que influyere en otro funcionario público o autoridad. El particular que influyere en otro funcionario público o autoridad. El funcionario público o autoridad que influyere en particular. Todas las que se citan son correctas siempre que concurra prevalimiento del ejercicio de las funciones que quien influye tiene atribuídas y ello se haga para conseguir una resolución que pueda generar directa o indirectamente un beneficio económico para si o para tercero.

¿Cómo se denomina el delito consistente en que un funcionario público o autoridad dicte, a sabiendas de su injusticia, una resolución arbitraria en un asunto administrativo?. Prevaricación judicial;. prevaricación administrativa. arbitrariedad punible. cohecho activo.

Constituye delito la conducta de la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de su competencia y a sabiendas de su ilegalidad, propusiere, nombrare o diere posesión para el ejercicio de un determinado cargo público a cualquier persona sin que concurran los requisitos legalmente establecidos para ello. Pero ¿constituye también delito aceptar la propuesta o nombramiento?. Sí, delito de corrupción a los funcionarios públicos. no, por ser una conducta de participación necesaria. sí, si se conocen las circunstancias que lo hacen ilegal. no, debido al principio de accesoriedad limitada que rige la participación.

¿Cuál de las conductas descritas a continuación realizaría el tipo de abandono de destino o función?. Funcionario que se niega a aceptar un destino forzoso;. funcionario que se niega a impedir o perseguir delitos. funcionario de prisiones que falsifica su situación de baja por enfermedad. el absentismo laboral del funcionario.

¿Constituye delito secundar una convocatoria de huelga absoluta de funcionarios?. Sí, delito de abandono de un servicio público esencial, pero sólo cuando se producen restricciones al ejercicio de algún derecho fundamental. no, salvo que se perjudique tan gravemente la causa pública que pueda apreciarse un delito de prevaricación administrativa. sí, cuando se trata del abandono colectivo y manifiestamente ilegal de un servicio público. nunca, salvo que se recurra a la violencia o intimidación.

El alcalde de una localidad navarra recibe una orden judicial, dictada por la jurisdicción competente, de retirar la bandera de Euskadi de entre las banderas oficiales que ondean en la fachada del edificio del ayuntamiento. ¿Comete delito?. Sí, si se negare a ello abiertamente;. Sí, si la orden viene revestida de las formalidades legales. Sí, si se niega reiteradamente;. Todas las anteriores, pero c) no es imprescindible.

El presidente de un parlamento autonómico se niega a dar cumplimiento a una orden judicial, dictada por órgano competente, de disolver el grupo parlamentario de un partido que ha sido declarado ilegal por una sentencia judicial. ¿Comete delito?. Sí, en todo caso, sin más requisitos;. sí, si la negativa es reiterada;. sí, salvo que la orden recibida constituya infracción manifiesta, clara y terminante de un precepto de una ley. Tanto b), como c).

El código penal define como delito la conducta de la autoridad o funcionario público que, habiendo suspendido la ejecución de las órdenes de sus superiores, las desobedeciere después de que aquéllos hubieren desaprobado la suspensión. ¿Qué se prevé para los particulares que cooperan con el funcionario o autoridad autor del delito?. Que responden como autores de un delito de desobediencia;. que responden como autores de un delito de rebelión. que responden por un tipo atenuado, previsto para los particulares. No se prevé nada especial y que rigen las normas generales.

Un funcionario de policía es requerido por un particular que ha presenciado cómo se va a cometer un asalto armado a un banco en las próximas horas. El policía rechaza el requerimiento del particular diciendo que se halla a punto de concluir su turno de servicio. ¿Comete delito?. En ningún caso comete delito, pero sí una infracción disciplinaria muy grave;. sí, un delito de desobediencia especialmente previsto;. sí, una modalidad del delito de omisión del deber de socorro (art. 195 CP) especialmente prevista;. sí, un delito de omisión del deber de impedir delitos (art. 450 CP), contra la Administración de Justicia.

Un funcionario, a quien por razón de su cargo se le ha confiado la custodia de determinados documentos como secretos, destruye los medios que restringen el acceso a los documentos. En ello colabora su hijo, que no es funcionario, y que facilita el acceso de los medios de comunicación a dichos documentos. ¿Cómo responde el hijo?. Mediante un tipo previsto especialmente para particulares que participen en el delito de infidelidad en la custodia de documentos;. mediante un tipo específico previsto para particulares que infrinjan deberes de custodia. como partícipe en un delito de infidelidad en la custodia de documentos. No responde, puesto que el código penal prevé sólo la responsabilidad de funcionarios o autoridades.

Un funcionario del Ministerio de la Vivienda facilita cierta información a un promotor de viviendas sobre los planes sectoriales del Ministerio, lo cual facilita una operación inmobiliaria de gran envergadura. ¿Comete delito dicho funcionario?. Sí, un delito de cesión de información privilegiada, si obra con ánimo de lucro;. sí, un delito de infidelidad en la custodia de documentos, siempre que obre a sabiendas y sin la debida autorización. sí, un delito de prevaricación urbanística, si obra con ánimo de lucro o para perjudicar a terceros. Ninguna de las anteriores.

Si un particular solicita de un tercero, también particular, dádivas por influir en un funcionario prevaliéndose de su relación personal para conseguir una resolución que le pueda generar un beneficio económico: Comete un delito de cohecho activo. No comete ninguno de los delitos contra la Administración Pública. Comete un delito de negociación de influencias sólo si la influencia se utiliza. Comete un delito de tráfico de influencias.

El particular que ofreciere o entregare dádiva o retribución de cualquier otra clase a una autoridad, funcionario público o persona que participe en el ejercicio de la función pública para que realice un acto contrario a los deberes inherentes a su cargo o un acto propio de su cargo, tal y como establece el artículo 424 del Código Penal: Será castigado con las mismas penas señaladas en el Código Penal para estos. Será castigado con las mismas penas de prisión y multa que estos. Se impondrá la pena inferior en uno o dos grados. Se aplicará la pena en su mitad inferior.

A tenor de las previsiones del Código Penal, comete prevaricación el funcionario público que dictare una resolución. Infundada y con perjuicio para terceros o para la Administración. Injusta cuando medie imprudencia y con perjuicio para terceros. Arbitraria, a sabiendas de su injusticia. Injusta por ignorancia.

Incurrirá en la pena de prisión de tres a seis años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a doce años. La autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, recibiere o solicitare, por sí o por persona interpuesta, dádiva, favor o retribución de cualquier clase o aceptare ofrecimiento o promesa para realizar en el ejercicio de su cargo un acto contrario a los deberes inherentes al mismo o para: No realizar indebidamente el que debiera practicar. No realizar o retrasar indebidamente el que debiera practicar. No realizar o retrasar injustificadamente el que debiera practicar. No realizar o retrasar extraordinariamente el que debiera practicar.

El funcionario de correos que se apropia de los giros postales que distribuye comete un delito de: Apropiación indebida. Violación de correspondencia. Malversación. Infidelidad en la custodia de documentos.

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