D. Función Pública La Ley 4/ 3021, de 16 de abril
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Título del Test:![]() D. Función Pública La Ley 4/ 3021, de 16 de abril Descripción: La Función Pública Valenciana |




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Según el articulo 2 de la 1ey 4/2021, uno de los principios informadores de esta ley es la objetividad, profesionalidad, transparencia, integridad, imparcialidad y: Austeridad. Jerarquia. Coordinación. Participación. Sin perjuicio de que puedan dictarse disposiciones reglamentarias específicas para adecuarla a las peculiaridades propias del sector, la Ley 4/203a se aplicará: AI personal investigador al servicio de la Generalitat. Al personal funcionario o laboral empleado público gestionado por la conselleria competente en materia de sanidad. Al personal al servicio de las Corts Valencianes. Los consorcios adscritos a la Generalitat. ¿Cuáles son los dos tipos de funcionarios que contempla la Ley 4/3021, de 16 de abril de la Función Pública Valenciana?. Fijos y temporales. Civiles y militares. De carrera e interinos. Profesionales y de prácticas. Según el artículo 18 de la Ley 4/202t, una de las circunstancias que puede dar Iugar al nombramiento de personal interino es: La existencia de puestos de trabajo vacantes cuando no sea posible su cobertura por personal funcionario de carrera, por un máximo de dos años. La sustitución transitoria de la persona titular de un puesto de trabajo, durante un máximo de seis meses. La ejecución de programas de carácter temporal, con una duración, en ningún caso, superior a dos años. El exceso o acumulación de tareas, de carácter excepcional y circunstancial, por un plazo máximo de nueve meses dentro de un período de dieciocho meses. Los funcionarios interinos sarán nombrados por razones expresamente justificadas de necesidad y: Economía. Eficacia. Urgencia. Calidad. El personal laboral al servicio de la Administración da la Generalitat Valenciana NO puede desempeñar puestos: Correspondientes a áreas de actividades que requieran conocimientos técnicos especializados. En el extranjero con funcione5 administrativas de trámite y colaboración y auxiliares, aunque comporten manejo de máquinas, archivo y similares. Cuyas actividades sean propias de oficios. Que impliquen la participación directa o indirecta en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas. En relación al personal eventual al servicio de la Generalitat Valenciana, es cierto que: La prestación de servicios como personal eventual constituirá mérito para el acceso al empleo público. El personal eventual puede realizar actividades ordinarias de gestión o de carácter técnico. Realiza con carácter permanente funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial. Cesará automáticamente cuando cese la autoridad a la que presta su función asesora o de confianza. El número de puestos en la Administración de la Generalitat Valenciana cubiertos por personal eventual: Es indefinido e ilimitado. Está limitado por un máximo establecido por el Consell. Esta limitado a tres por cada órgano superior de la Administración Pública. No puede hacerse público, puesto que se trata de personal de confianza. El número de puestos en la Administración de la Generalitat Valenciana cubiertos por personal eventual: Es indefinido e ilimitado. Esta limitado por un máximo establecido por el Consell. Esta limitado a tres por cada órgano superior de la Administración Pública. No puede hacerse público, puesto que se trata de personal de confianza. En relación al acceso de personal funcionario de carrera a la Dirección Pública Profesional en la Administración de la Generalitat, es cierto que: Sólo podrán acceder quienes pertenezcan a cualquiera de los cuerpos o escalas del Grupo A. Es necesario tener una antigüedad en el Grupo A de al menos 10 años. Es imprescindible ser personal funcionario de carrera de la Administración de la Generalitat. Se requiere tener reconocido, al menos, un nivel competencial 24 y el grado de desarrollo profesional II. NO es cierto que, la relación de puestos de trabajo específica de la Dirección Publica Profesional. Se incluirá en la misma relación con la totalidad de puestos de trabajo de naturaleza funcionarial, laboral y eventual. Tendrá carácter público. Será publicada en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana. No es materia obligatoria de negociación colectiva. Según el artículo 25 de la Ley 4/2021, el procedimiento de nombramiento del personal directivo público profesional atenderá a los principios de publicidad, merito y capacidad, así como al de: Transparencia. Idoneidad. Economía. Participación. Respecto a las condiciones de empleo del personal directivo público profesional de la Generalitat Valenciana, es cierto que: Tendrá la consideración de alto cargo. El cese en los puestos que integran la dirección pública profesional tendrá carácter discrecional, Con derecho a indemnización. Las retribuciones del personal que desempeñe puestos que integran la Dirección Pública Profesional tendrán una parte fija, en los mismos términos y condiciones que las previstas para el personal funcionario de carrera, y un complemento de actividad profesional. La determinación de las condiciones de empleo del personal directivo público profesional será fijada por el Consell, no teniendo la consideración de*materia obligatoria objeto de negociación colectiva. ¿A cuántos días da vacaciones tendrá derecho el personal funcionario da la Generalitat Valenciana que haya completado 25 años de servicio?. 23 días hábiles. 25 días hábiles. 26 días hábiles. 28 días hábiles. Conforme al artículo 87.2 de la Ley 4/3021, qué retribución complementaria está destinada a retribuir la dificultad técnica y la responsabilidad que concurren en los puestos de trabajo: El complemento de carrera administrativa. EL complemento específico de desempeño. El complemento de actividad profesional. El componente competencial del complemento del puesto de trabajo. Los empleados públicos tienen derecho a la libertad de expresión: En los términos que establezca una Iey. En los términos que se establezcan reglamentariamente. A través de sus representantes sindicales. Dentro de los límites del ordenamiento jurídico. Según el artículo 91 de la Ley 4/2021, las retribuciones de los funcionarios en prácticas: Se corresponderán a las del sueldo del Subgrupo, Grupo, o de las agrupaciones profesionales funcionariales, en que aspiren a ingresar. No podrán superar las del sueldo del Subgrupo, Grupo, o de las agrupaciones profesionales funcionariales, en que aspiren a ingresar. Se determinarán de acuerdo con la legislación laboral, el convenio colectivo que sea aplicable y el contrato de trabajo. Como mínimo, se corresponderán a las del sueldo del Subgrupo, Grupo, o de las agrupaciones profesionales funcionariales, en que aspiren a ingresar. El artículo 98 de la Ley 4/2021 lo considera un principio de actuación del personal empleado público, no una obligación. Conocer las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana en los términos que se reglamentariamente, y garantizar a la ciudadanía el ejercicio del derecho de en las relaciones con la administración autonómica. Guardar secreto de las materias clasificadas o cuya difusión esté prohibida legal y mantener la debida discreción sobre los asuntos que conozcan por razón de público, sin que pueda hacer uso de la información obtenida para beneficio de terceros, o en perjuicio del interés público, todo ello con pleno respeto al de la libertad de expresión, incluida la crítica a la actuación de los poderes. Tratar con atención y respeto a la ciudadanía, a todo el personal empleado público y en general, a todas aquellas personas con las que se relacione en el ejercicio de sus funciones. Observar las normas sobre seguridad y salud laboral. ¿Qué Ley regula las incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas?. Ley 53/1984, de 26 de diciembre. Ley 84/2003, de 5 de marzo. Ley 34/2008, de 23 de septiembre. Ley 55/1988,de 19 de octubre. Seré requisito necesario para autorizar la compatibilidad de actividades publicas a funcionarios del Grupo D, el que la cantidad total percibida por ambos o actividades no supere la correspondiente al principal, estimada en régimen de dedicación ordinaria, incrementada en: Un30 %. Un 40 %. Un 45%. Un 50 %. Según el artículo 60.2 de la Ley 4/2021, en los procedimientos de selección de personal, todos los programas de materias deberán incluir contenidos sobre: La protección de datos de carácter personal. La prevención y erradicaci6n de la violencia de género. El principio de igualdad efectiva de mujeres y hombres en los diversos ámbitos de función pública. La transparencia de la actividad pública. ¿Cuál es la edad mínima para poder participar en los procesos selectivos de acceso al empleo público de la Administración de la Generalitat Valenciana?. 14 años. 16 años. 17 años. 18 años. El artículo b4 de la Ley 4/2031, establece que, en todas las ofertas de empleo público se reservará un cupo de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad o diversidad funcional, no inferior al: 3% de las vacantes. 5% de las vacantes. 7% de las vacantes. 10% de las vacantes. Según el artículo b2 de la Ley 4/3021, ¿puede establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público?. No, en ningún caso. Sí, si así lo establece una Iey. Sólo para el acceso a empleos que requieran ciertas aptitudes físicas. Sólo para el personal laboral. Además de los requisitos generales recogidos en el artículo 62 de la Ley 4/2021 para el acceso al empleo público, podrá exigirse el cumplimiento de otros requisitos específicos que guarden relación objetiva y proporcionada con las funciones asumidas y las tareas a desempeñar. En todo caso, habrán de establecerse de manera abstracta y: Ocasional. No excluyente. General. Motivada. ¿Qué sistema de selección de personal funcionario de carrera y laboral fijo tendrá carácter ordinario y preferente en la selección de personal empleado público?. El sistema de oposición, debiendo reservarse por acuerdo del Consell para la tramitación por este procedimiento, al menos, el 509'» de los puestos de la oferta pública de empleo anual, en el conjunto de empleo público de la Generalitat. El sistema de concurso-oposición, debiendo reservarse por acuerdo del Consell para la tramitación por este procedimiento, al menos, el 5096 de los puestos de la oferta pública de empleo anual, en el conjunto de empleo público de la Generalitat. El sistema de oposición, debiendo reservarse por acuerdo del Consell para la tramitación por este procedimiento, al menos, el 60% de los puestos de la oferta pública de empleo anual, en el conjunto de empleo público de la Generalitat. El sistema de concurso-oposición, debiendo reservarse por acuerdo del Consell será la tramitación por este procedimiento, at menos, el 60O4 de los pue5tos de la oferta Publica de empleo anual, en el conjunto de empleo público de la Generalitat. Para asegurar la objetividad y la racionalidad de los procedimientos selectivos, y atendiendo a lo que expresamente se establezca en las respectivas convocatorias, las pruebas podrán completarse con la superación de cursos que, para los puestos de trabajo del Grupo A, no podrán durar más de: 3 meses. 6 meses. 9 meses. 12 meses. La ejecución de los procedimientos selectivos y la evaluación de las pruebas p en su caso, méritos de cada aspirante, será encomendada a órganos colegiados de carácter técnico, de los que podrá formar parte: El personal de elección o de designación política. El personal funcionario interino. El personal laboral fijo. El personal eventual. ¿Puede utilizarse el sistema de concurso de valoración de méritos para la selección de personal funcionario de carrera?. No, solo se permiten los sistemas de oposición y concurso-oposición. Excepcionalmente, en virtud de ley. Sí, es uno de los sistemas permitidos. Únicamente para la consolidación de empleo. Según el artículo 67.4 de la Ley4/2021, no podrán formar parte de los órganos técnicos de selección las personas que hayan ejercido actividad de preparación de aspirantes para el ingreso en el empleo público a hubieran colaborado durante ese periodo con contras de preparaci6n de oposiciones: El último año. En los últimos dos años. En los últimos cuatro años. En los últimos cinco años. Señala la opción incorrecta en relación con los órganos de selección: La pertenencia a los órganos de selección será a título representativo, ya sea de la administración o de las organizaciones sindicales. Los órganos de selección serán colegiados. El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección. En la composición de los órganos de selección se tenderá a la paridad entre mujer y hombre. ¿Pueden los órganos de selección proponer el acceso a la condición de funcionario de un número superior de aprobados al de plazas convocadas?. No, en ningún caso. Sí, siempre que no sobrepasen el 10 4 de las plazas convocadas, con objeto de cubrir posibles renuncias de los aspirantes seleccionados. Sí, si así lo prevé la propia convocatoria. Sí, a efectos de creación de listas de reserva. En relación a la renuncia a la condición de personal funcionario de carrera, es cierto, según el artículo 70 de la Ley 4/3021, que: La renuncia inhabilita para ingresar de nuevo en la función pública. Debe ser aceptada cuando la persona interesada esté sujeta a expediente disciplinario. Habrá de formalizarse por escrito y deberá ser aceptada expresamente. Se aceptará únicamente cuando haya sido dictado en contra del interesado auto de procesamiento o de apertura de juicio oral por la comisión de algún delito. La jubilación forzosa del personal funcionario se declarará de oficio al cumplir la edad legalmente establecida. No obstante lo anterior, se podrá solicitar la prolongación de la permanencia en el servicio activo, como máximo, hasta que se cumplan: Los sesenta y ocho años de edad. Los setenta años de edad. Los setenta y dos años de edad. Los setenta y cinco años de edad. La pena principal o accesoria, a un funcionario público, de inhabilitación absoluta cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga, produce: La suspensión de todas sus funciones públicas. La pérdida de la condición de funcionario respecto a todos los empleos o cargos que tuviere. La pérdida de la condición de funcionario respecto a todos los empleos o cargos que tuviere, excepto los cargos electivos. La excedencia forzosa. |