D.P - PRÁCTICA 2
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Título del Test:
![]() D.P - PRÁCTICA 2 Descripción: CASOS - REPASO. |



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301. El despliegue de energía física para vencer la resistencia del sujeto pasivo es uno de los medios comisivos del hurto. V. F. 302. El despojo por clandestinidad está previsto como medio comisivo del hurto. V. F. 303. El abigeato consiste en el apoderamiento ilegítimo de productos separados del suelo o maquinarias, total o parcialmente ajenos. V. F. 304. El delito de torturas no puede ser cometido por particulares. V. F. 305. La punibilidad de la instigación o ayuda al suicidio, requiere que el tercero, a quien se dirige la conducta típica, haya tentado o consumado el suicidio. V. F. 306. La conducta de quien contrajere matrimonio, sabiendo que existe impedimento legal que cause su nulidad absoluta, ocultando dicha circunstancia al otro contrayente, constituye delito de matrimonio ilegal bilateral. V. F. 307. En el homicidio calificado por el vínculo, resulta irrelevante que el autor conozca el vínculo para la aplicación de la circunstancia agravante. V. F. 308. En el delito de homicidio, los medios morales, en cuanto puedan señalárselos como causal de muerte, son típicos. V. F. 309. La muerte del niño recién nacido, en manos de la madre, tipifica en homicidio preterintencional. V. F. 310. El infanticidio no está previsto como circunstancia atenuante del delito de homicidio en el código penal. V. F. 311. La “alevosía”, como agravante del homicidio, requiere que la agonía de la víctima signifique un padecimiento innecesario para el caso en concreto. V. F. 312. La tentativa de la persona gestante, en el delito de aborto, transcurridas las catorce (14) semanas de embarazo, es punible. V. F. 313. Las lesiones que inutilicen a otro para el trabajo, por menos de un mes, son de carácter leve. V. F. 314. La lesión que produjere en la víctima incapacidad para engendrar o concebir es de carácter grave. V. F. 315. La agresión es un acometimiento recíproco de varios contra otro u otros que se defienden activamente. V. F. 316. El desacreditar públicamente a otro por no desafiar o rehusar un desafío, constituye delito de instigación a batirse a duelo. V. F. 317. Disparar un arma de fuego contra una persona sin herirla tipifica en tentativa de homicidio. V. F. 318. Las calumnias proferidas por los defensores en los discursos producidos ante un tribunal y no dados a publicidad, quedarán sujetas únicamente a las correcciones disciplinarias correspondientes. V. F. 319. Será hurto calamitoso aquel que se produzca en ocasión de un incendio. V. F. 320. El que, con intimidación, obligue a otro, a depositar una suma de dinero comete robo. V. F. 321. Para la consumación del secuestro extorsivo no resulta necesario el efectivo pago del rescate. V. F. 322. El desbaratamiento de derechos acordados es una forma de defraudación por abuso de confianza. V. F. 323. La violencia física en las personas es uno de los modos comisivos del hurto. V. F. 324. La quiebra tiene prevista su comisión culposa. V. F. 325. El incendio es un delito contra la seguridad pública, entonces, necesariamente, debe aparejar un peligro para un número indeterminado de personas o bienes. V. F. 326. La sustracción de una mujer, mayor de edad, para contraer matrimonio con ella constituye delito de rapto. V. F. 327. Quien, simulando autoridad pública, o falsa orden de la misma, obligue a otro a entregar dinero comete coacción. V. F. 328. El prevaricato requiere para su consumación los siguientes elementos: ardid o engaño, error, disposición patrimonial y eventual perjuicio. V. F. 329. La simple tenencia de municiones de guerra es una conducta atípica. V. F. 330. Las vejaciones son tratos rigurosos que inciden en el cuerpo o en la salud de la persona. V. F. 331. Los apremios ilegales son procedimientos coaccionantes que tienen como finalidad lograr una determinada conducta del apremiado, generalmente, una confesión. V. F. 332. En el caso de lavado de activos de origen delictivo, cuando los hechos hubieren sido realizados en beneficio de una persona de existencia ideal, se podrán imponer a ésta sanciones tales como multa. V. F. 333. El encubrimiento prevé una excusa absolutoria para quienes hubiesen obrado en favor del cónyuge. V. F. 334. La injuria es la falsa imputación de un delito que dé lugar a acción pública. V. F. 335. El funcionario público que, directamente, se interese en cualquier contrato u operación en que intervenga por razón de su cargo comete concusión. V. F. 336. Las severidades consisten en todo trato humillante que mortifica moralmente a una persona atacando su sentimiento de dignidad. V. F. 337. El encargado de limpieza de un edificio que, despedido de su cargo, no devuelva la vivienda, entregada en comodato para su habitación, a la administración del consorcio comete delito de usurpación. V. F. 338. La madre que, para ocultar su deshonra, matare a su hijo durante el nacimiento comete homicidio agravado por el vínculo. V. F. 339. El funcionario público que, sin habérsele admitido la renuncia de su destino, lo abandonare con daño al servicio público, comete delito de abandono de destino. V. F. 340. El hurto impropio es una forma de defraudación. V. F. 341. Están exentos de responsabilidad criminal, sin perjuicio de la civil, por defraudaciones que recíprocamente se causen, los hermanos que viviesen separados. V. F. 342. La sustracción de cadáveres será típica, en la medida de que sea cometida para hacerse pagar su devolución. V. F. 343. El empleo de armas no está previsto como circunstancia agravante del tipo básico de amenazas. V. F. 344. El aspecto subjetivo del apoderamiento, en el delito de hurto, requiere que el agente tenga como finalidad última el uso, goce, afectación o destino de la cosa sustraída. V. F. 345. El secuestro extorsivo se consuma con la privación ilegítima de la libertad de la víctima realizada con la finalidad típica; por tanto, es indiferente el cobro efectivo del rescate. V. F. 346. El perito que afirmare una falsedad en un informe presentado ante la autoridad pública comete falsedad ideológica de documento público. V. F. 347. El funcionario público que por sí recibiere dinero para hacer algo relativo a sus funciones comete exacciones ilegales. V. F. 348. El hurto que se comete aprovechando la situación de infortunio particular del damnificado se denomina abigeato. V. F. 349. Los particulares designados como depositarios judiciales de bienes secuestrados en el marco de un proceso no quedarán sujetos a las disposiciones que regulan la malversación de caudales públicos. V. F. 350. La asociación ilícita es un delito autónomo, formal y de peligro abstracto que afecta el bien jurídico orden público. V. F. 351. El funcionario público que convirtiere en provecho propio las exacciones ilegales obtenidas comete peculado. V. F. 352. A los efectos de la aplicación de la circunstancia agravante, en la defraudación por circunvención de incapaces se requiere que la incapacidad del sujeto pasivo haya sido declarada en juicio. V. F. 353. Quien por maquinaciones fraudulentas desvía la clientela de un establecimiento comercial en provecho propio comete “lock-out”. V. F. 354. La falsedad ideológica de un documento público se consuma cuando ha quedado perfeccionado el instrumento con todos sus signos de autenticidad. V. F. 355. La defraudación en la sustancia, calidad o cantidad de cosas entregadas es una defraudación por fraude (art. 173, inc. 1 del Código Penal). V. F. 356. La clandestinidad es un medio comisivo del delito de turbación de la posesión de un inmueble. V. F. 357. La extorsión mediante amenazas contra el honor o de violación de secretos se denomina concusión. V. F. 358. El secuestro extorsivo no se consuma con la aprehensión de la persona, sino con el efectivo cobro del rescate. V. F. 359. A los efectos de una querella criminal contra los periodistas, por publicación de informaciones falsas, la Corte Suprema exige la doctrina de la real malicia. V. F. 360. El delito de daño concurre en forma aparente con el de robo porque la fuerza en las cosas es un medio comisivo del último. V. F. 361. La evasión de un detenido, sin fuerza en las cosas o violencia física en las personas, es atípica. V. F. 362. La conducta del funcionario público que, por negligencia, diere ocasión a que un tercero efectuare la sustracción de caudales cuya custodia le haya sido confiada en razón de su cargo es atípica. V. F. 363. La distribución de material pornográfico, relativo a personas menores de edad, mediante la utilización de un correo electrónico, tipifica en grooming. V. F. 364. El perito que callare la verdad, en todo o en parte, en un informe hecho ante autoridad competente, comete falso testimonio. V. F. 365. El obrero que ejerciere violencia sobre otro para compelerlo a tomar parte de una huelga o boicot comete amenazas. V. F. 366. El juez que citare hechos falsos para fundar sus sentencias comete prevaricato. V. F. 367. Las vejaciones son tratos humillantes, propinados por un funcionario público, que mortifican moralmente a una persona atacando su sentimiento de dignidad o violando el respeto con el cual deba ser tratado. V. F. 368. El trato sexual, con acceso carnal por cualquier vía, con un menor de trece (13) años de edad, constituye violación, aun cuando él haya prestado su consentimiento para el acto. V. F. 369. La figura de "homicidio" protege a la vida humana desde la concepción en el seno materno. V. F. 370. El homicidio puede ser cometido por omisión de registrar el autor posición de garante con respecto al bien jurídico tutelado. V. F. |




