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D. privad

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Título del Test:
D. privad

Descripción:
INTERNACIONAL

Fecha de Creación: 2022/01/31

Categoría: Otros

Número Preguntas: 46

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En materia de competencia judicial internacional, los efectos del matrimonio vienen regulados. En el artículo 22 quater c) de la LOPJ. EL articulo 24.

En materia de competencia judicial internacional, La filiación está regulada en. El artículo 22 bis quáter d) de la LOPJ. otros.

Los foros de vinculación procesal se centran en los siguientes supuestos. Pluralidad de demandados, obligación de garantía o intervención de terceros, reconvención y derechos reales inmobiliarios. Pluralidad de todos los órganos de intervención.

Los foros exclusivos afectan a las siguientes materias. Derechos reales inmobiliarios y contratos de arrendamiento de bienes inmuebles, sociedades y personas jurídicas, inscripciones en los registros públicos, inscripciones o validez de patentes, marcas, diseños o dibujos y modelos y demás derechos análogos sometidos a depósito o registro, ejecución de resoluciones judiciales. Derechos reales inmobiliarios y sociedades y personas jurídicas, inscripciones en los registros públicos, inscripciones o validez de patentes, marcas, diseños o dibujos y modelos y demás derechos análogos sometidos a depósito o registro, ejecución de resoluciones judiciales.

Si un nacional español, con residencia en Italia, elige la ley española como ley rectora de su sucesión. La competencia judicial internacional corresponderá a los tribunales italianos, pero también podrán conocer los tribunales españoles, si las partes interesadas así lo determinan. La competencia judicial internacional corresponderá a los tribunales italianos, pero también podrán , si las partes interesadas así lo determinan.

En materia de sucesión, el Reglamento 650/2012. Establece una regla de competencia judicial internacional general (residencia del causante en el momento del fallecimiento) y, además, una serie de reglas que requerirán, previamente, que el causante haya determinado la ley aplicable a la sucesión. Establece una regla de competencia judicial internacional general (residencia del causante en el momento del fallecimiento) y, además, una serie de reglas que requerirán, previamente.

En materia de competencia judicial internacional sobre obligaciones extracontractuales. Tendrá competencia el órgano judicial del lugar donde se haya producido o pueda producirse el hecho dañoso. Tendrá competencia el órgano judicial producido o pueda producirse el hecho dañoso.

Para atribuir la competencia judicial internacional se tiene en cuenta. El criterio de conexión. El criterio de desconexión.

Los foros de protección se caracterizan por. La especial atención que se muestra respecto de la parte más débil en la relación contractual. La especial atención que se muestra respecto de la parte más fuerte en la relación contractual.

Cuando se alude a "la situación privada internacional" se hace mención: Aquellos casos en los que los actos o negocios jurídicos realizados entre personas (físicas o jurídicas) conllevan un elemento extranjero. Aquellos casos en los que los actos realizados entre personas (físicas) conllevan un elemento extranjero.

Los foros alternativos. Permiten que la parte interesada opte por los que ofrece la norma. Permiten que la parte no se este interesada por los que ofrece la norma.

En materia de competencia judicial internacional sobre obligaciones contractuales. Con carácter general, el artículo 7.1 a) refiere a aquellos supuestos en los que el demandado tiene su domicilio en un Estado miembro y la demanda se puede interponer en otro Estado miembro distinto al del domicilio de aquel, ante el órgano judicial del lugar en el que se cumpla o deba cumplirse la obligación, base de la demanda. Con carácter general, el artículo 19 bis a) refiere a aquellos supuestos en los que el demandado tiene su domicilio en un Estado miembro y la demanda se puede interponer en otro Estado miembro distinto al del domicilio de aquel, ante el órgano judicial del lugar en el que se cumpla.

En materia sobre competencia judicial internacional. Las obligaciones extracontractuales son un foro especial. Las obligaciones contractuales son un foro especial.

En la sumisión expresa. Las partes realizan un acuerdo, que queda plasmado en una cláusula contractual o en la forma que hayan acordado, por el cual someten o atribuyen a una concreta jurisdicción el conocimiento de cualquier litigio que pudiera surgir entre las mismas. Las partes no realizan un acuerdo, y este queda plasmado en una cláusula contractual o en la forma que hayan acordado, por el cual someten o atribuyen a una concreta jurisdicción el conocimiento de cualquier litigio que pudiera surgir entre las mismas.

Las normas de competencia judicial internacional. Tienen por objeto determinar y/o atribuir la competencia de un tribunal en un supuesto de tráfico jurídico externo. Tienen por objeto no determinar y/o atribuir la competencia de un tribunal en un supuesto de tráfico jurídico externo.

En el foro general, la determinación del domicilio se estudia desde un doble ámbito. Desde la perspectiva del domicilio de personas físicas y desde la perspectiva del domicilio de las personas jurídicas, según los artículos 162 y 163 del RB I. Desde la perspectiva del domicilio de personas físicas y desde la perspectiva del domicilio de las personas jurídicas, según los artículos 62 y 63 del RB I bis.

Con carácter general, los foros pueden clasificarse en. Foro general, foros especiales, foros exclusivos y el foro de la autonomía de la voluntad. Foro general, foros exclusivos y el foro de la autonomía de la voluntad.

El ámbito de aplicación del RB I bis se encuentra regulado en los artículos. 1 y 2. 7 y 8.

En materia de filiación, la competencia judicial internacional de los tribunales españoles viene determinada. Bien si el hijo tiene su residencia habitual en España, bien si el demandante es español o reside habitualmente en nuestro país o, por lo menos, seis meses. Bien si el hijo tiene su residencia habitual en España, bien si el demandante es español o reside habitualmente en nuestro país o, por lo menos, 18 meses.

El RB I bis regula los foros exclusivos en el artículo. 24. 48.

Cuando se solicita el reconocimiento a título principal. Debe analizarse desde una doble perspectiva: por un lado, teniendo en cuenta el supuesto del artículo 36.2 del RB I bis, y, de otro, el contenido en el artículo 38.b) del mismo cuerpo legal. Debe analizarse desde una doble perspectiva: por un lado, teniendo en cuenta el supuesto del artículo 93.8 del RB I bis, y, de otro, el contenido en el artículo 48.b) del mismo cuerpo legal.

La ejecución de una resolución conforme al RB I bis. Se contempla en el artículo 39. Se contempla en el artículo 102.

Indique cuál de las afirmaciones es correcta. El reconocimiento en España de una resolución dictada por un tribunal eclesiástico que se ubique fuera de nuestro ámbito nacional o de la Unión Europea requerirá de la solicitud de exequatur ante los tribunales españoles, cuya regulación se contiene en los artículos 41 y siguientes de la LCJIMC. El reconocimiento en España de una resolución dictada por un tribunal eclesiástico que se ubique fuera de nuestro ámbito nacional o de la Unión Europea requerirá de la solicitud de exequatur ante los tribunales españoles.

Los mecanismos que recoge el RB II bis para la eficacia extraterritorial de resoluciones son. El reconocimiento registral, a título principal y a título incidental. El reconocimiento registral, a título principal.

La norma de conflicto. Determina, con antelación y precisión, los criterios para saber la normativa que disciplina el fondo de un litigio. Determina, con antelación y precisión, los criterios para saber la normativa.

Los motivos de denegación sobre eficacia extraterritorial de resoluciones, conforme al RB II bis. Se contienen en el artículo 22 y 23. Se contienen en el artículo 45 y 46.

En materia de eficacia de una resolución canónica de nulidad. El artículo 63.2 del RB II bis remite al sistema de reconocimiento de las resoluciones de separación, divorcio, nulidad y responsabilidad parental. El artículo 73.2 del RB II bis remite al sistema de reconocimiento de las resoluciones de separación.

El RB I bis, en materia de eficacia extraterritorial de resoluciones extranjeras, contiene. El reconocimiento automático, el reconocimiento a título incidental y el reconcomiendo a título principal. El reconocimiento automático, el reconocimiento a título incidental.

La eficacia extraterritorial de una resolución extranjera refiere a. La obtención de una resolución en el marco de un procedimiento en un concreto Estado, en el que existe un supuesto de tráfico externo, y cuya eficacia quiera hacerse valer en otro. La obtención de una resolución en el marco de un procedimiento en un concreto Estado, en el que existe un supuesto de tráfico externo.

El procedimiento de exequatur. Se contiene en los artículos 28 a 36 del RB II bis. Se contiene en los artículos 88 a 96 del RB II bis.

El RB I bis diferencia entre. El reconocimiento y la ejecución (o declaración de ejecutividad). El reconocimiento y la exencion.

Señale cual de las afirmaciones es correcta. Si la resolución se ha dictado en rebeldía, será motivo de denegación del reconocimiento cuando el demandado bien no ha sido emplazado, bien existe un defecto de forma en la notificación, bien no ha sido notificada con el suficiente tiempo para poder hacer uso de la defensa. Si la resolución se ha dictado en rebeldía, será motivo de denegación del reconocimiento cuando el demandado bien no ha sido emplazado, bien existe un defecto de forma en la notificación.

Las causas o motivos de denegación del reconocimiento son. Orden público del Estado miembro requerido; resolución dictada en rebeldía; resolución inconciliable; falta de competencia del tribunal de origen que dictó la resolución, respecto a los foros de protección y exclusivos. Orden público del Estado miembro requerido; resolución dictada en rebeldía; resolución inconciliable; falta de competencia del tribunal de origen que dictó la resolución.

En el reconocimiento a título principal. La parte interesada deberá iniciar un procedimiento autónomo, en el que se solicite el reconocimiento. La parte interesada deberá iniciar un procedimiento autónomo.

Las causas de denegación del reconocimiento se encuentran. En el artículo 45 del RB I bis. En el artículo 99 del RB I bis.

Para llevar a cabo la ejecución de una resolución, conforme al RB I bis. Se prescinde de la necesidad de un procedimiento de exequatur. Se prescinde de la necesidad de un proceso.

El trámite de exequatur, conforme al RB II bis. Deberá seguirse para aquellas sentencias extranjeras de separación, divorcio o nulidad que contengan un pronunciamiento sobre responsabilidad parental que afecte a menores. Deberá seguirse para aquellas sentencias extranjeras de separación, divorcio o nulidad que contengan un pronunciamiento sobre responsabilidad parental.

La norma de conflicto está compuesta por. El supuesto de hecho, el criterio de conexión y la consecuencia jurídica. El supuesto de hecho, el criterio de conexión.

En el procedimiento de reconocimiento automático. La parte interesada debe solicitarlo en el momento procesal oportuno, atendiendo al tipo de procedimiento de que se trate. La parte interesada debe solicitarlo en el momento procesal oportuno.

El reconocimiento a título principal, en el marco del RB II bis. Debe seguirse el procedimiento de exequatur, tanto para solicitar el reconocimiento, como la oposición al mismo. Debe seguirse el procedimiento de exequatur, tanto para solicitar el reconocimiento.

Indique la respuesta correcta. El artículo 20 del Reglamento Roma I excluye el reenvío. El artículo 20 del Reglamento Roma I excluye el reenvio.

El criterio principal para determinar la ley que rige las obligaciones extracontractuales es. La ley del lugar donde se ha producido el daño. La ley del lugar donde se va ha producido el daño.

A falta de elección de ley aplicable. El contrato de venta de bienes mediante subasta se regirá por la ley del país donde tenga lugar la subasta, si dicho lugar puede determinarse. El contrato de venta de bienes mediante subasta se regirá por la ley del país donde tenga lugar la subasta.

El Reglamento Roma I. Permite la aplicación de la ley de Estados plurilegislativos. Permite la aplicación de la ley de Estados legislativos.

El Reglamento Roma II. Permite la autonomía conflictual de las partes implicadas. Permite la autonomía conflictual.

La referencia a los vínculos más estrechos. Se encuentra regulada en el artículo 4.3 del Reglamento Roma I. Se encuentra regulada en el artículo 4.3 del Reglamento Roma II.

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