D. Reales
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Título del Test:
![]() D. Reales Descripción: D. Reales |



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Respecto al cómputo del plazo de prescripción, en las servidumbres positivas, el tiempo de posesión se empezará a contar. Desde el día en que el dueño del predio dominante, o el que haya aprovechado la servidumbre, hubiera empezado a ejercitarla sobre el predio sirviente. Desde el día en que el dueño del predio sirviente hubiera prohibido, por un acto formal al del dominante la ejecución del hecho quesería lícito sin la servidumbre. Desde el día en que el dueño del predio sirviente hubiera empezado a ejercitarla sobre el predio dominante. Desde el día en que el dueño del predio dominante hubiera prohibido, por un acto formal al del sirviente, la ejecución del hecho quesería lícito sin la servidumbre. Si el predio sirviente se divide entre dos o más, la servidumbre se modifica y cada uno de ellos tiene que tolerarla en la parte que le corresponda. falso, solo ocurre respecto al predio dominante. falso, las servidumbres son indivisibles. cierto. cierto, se divide entre tantas partes como predios resulten de la división. La constitución de la servidumbre por destino de padre de familia. Se trata de una constitución ex lege cuando no se da un signo aparente de servidumbre. No está prevista en nuestro ordenamiento jurídico. Se trata de una constitución ex lege cuando se da un signo aparente de servidumbre. Solo procede tratándose de servidumbres personales. No es causa de extinción de las servidumbres. por prescripción a los 30 años. por la redención convenida entre el dueño del predio dominante y el del sirviente. el no uso durante 20 años. por llegar el día o realizarse la condición, si la servidumbre fuera temporal o condicional. La realización en el predio sirviente de las obras necesarias para el ejercicio y conservación de la servidumbre, corresponde. Al dueño del predio dominante, pero a costa del del sirviente. Al dueño del predio sirviente, que repercutirá los gastos al dueño del predio dominante. Al dueño del predio dominante y a su costa. Al dueño del predio dominante y al del sirviente por mitad. Las servidumbres voluntarias se regirán. por las normas específicas de carácter general establecidas en el Código Civil. por las leyes especiales que las regulen. ninguna de las anteriores es correcta. supletoriamente por las normas referentes a las servidumbres prediales que le sean aplicables. ¿Cuál de las siguientes servidumbres serían continua?. Una servidumbre de paso, por la que un vecino puede acceder a la vía pública a través de una finca ajena no constituyendo camino permanente. Una servidumbre para entrar en finca ajena a recoger las cosechas. Una servidumbre consistente en cazar en una finca ajena. Una servidumbre de no construir plantas a una determinada altura, para no impedir luces y vistas de las que disfruta el vecino titular de la servidumbre. Conforme a la Ley 4/2012, de 6 de Julio, del derecho de contratos por turno de bienes de uso turístico, el periodo de habilitación anual de aprovechamiento no podrá ser inferior a. siete días hábiles seguidos. siete días, pudiendo ser alternos. siete días seguidos. cinco días hábiles seguidos. El plazo de duración del derecho de superficie. No podrá exceder de noventa y nueve años. No está sujeto a límite temporal. Todas las respuestas son incorrectas. No podrá exceder de cien años. En el caso de que hubiese varios fundos dominantes, respecto a la realización de las obras necesarias para el uso y conservación de la servidumbre. Sus dueños deberán contribuir a los gastos de las obras en proporción al beneficio que le reporte sin poder eximirse de esta obligación. Sus dueños deberán contribuir a los gastos de las obras en proporción al beneficio que le reporte sin poder eximirse de su pago, salvo autorización de la autoridad administrativa competente. Los gastos de tales obras se asumen por mitad entre los dueños de los fundos dominantes y el del sirviente. Sus dueños deberán contribuir a los gastos de las obras en proporción al beneficio que le reporte la servidumbre pudiendo eximirse de su contribución renunciando a la servidumbre en provecho de los demás. Las servidumbres continuas y aparentes se adquieren en virtud de título o por. La prescripción de 20 años con buena fe y con justo título. Prescripción ordinaria o extraordinaria. La prescripción de 20 años con buena fe. La prescripción de 20 años. Ernesto Ortiz inicia procedimiento interesando que se declare la inexistencia de una servidumbre de paso que su vecino Juanjo Medina dice tener sobre su finca " Los girasoles". ¿Qué acción habrá ejercitado Ernesto Ortíz?: Acción reivindicatoria. Acción confesoria. Acción declarativa de dominio. Acción negatoria. Es una servidumbre positiva. son las impuestas por el derecho positivo. la que impone al dueño del predio sirviente la obligación de dejar hacer alguna cosa o de hacerla por si mismo. supone la realización de una prestación positiva para el titular de una servidumbre predial o personal. la que reconoce al dueño del predio dominante el derecho de hacer alguna cosa o exigirla al del predio sirviente. Si concurren determinadas circunstancias, el dueño del predio sirviente podrá variar la servidumbre a su costa. No puede variarla. Cierto, siempre que ofrezca otro lugar o forma igualmente cómodos, y de suerte que no resulte perjuicio alguno al dueño del predio dominante. Cierto, con la correspondiente indemnización. Cierto, siempre que ofrezca otro lugar o forma igualmente cómodos, y de suerte que no resulte perjuicio alguno al dueño del predio dominante e indemnice por los perjuicios sufridos. El superficiario. no tiene derecho a gravar el derecho de superficie. tiene derecho a enajenar o a gravar el derecho de superficie únicamente en el supuesto de que se hubiese constituido a título oneroso. no tiene derecho a enajenar el derecho de superficie. tiene derecho a enajenar o a gravar el derecho de superficie. En el Código Civil, las servidumbres prediales continuas y aparentes se adquieren en virtud de título o por. no se pueden adquirir por usucapión. la prescripción de 20 años. la prescripción de 20 años. la prescripción de 20 años con justo título y buena fe. El que tenga la propiedad de una finca, cuyo usufructo pertenezca a otro, podrá imponer sobre ella servidumbre. sin consentimiento del usufructuario cuando se trate de una servidumbre voluntaria. sin consentimiento del usufructuario en todo caso. exclusivamente con consentimiento del usufructuario. sin consentimiento del usufructuario siempre que las servidumbres no perjudiquen el derecho de usufructo. El derecho de superficie puede constituirse. Solo a título oneroso. Ninguna respuesta es correcta. Tanto a título oneroso como a título gratuito. Solo a título gratuito. Si el predio sirviente se divide entre dos o más, la servidumbre se modifica y cada uno de ellos tiene que tolerarla en la parte que le corresponda. cierto. falso, las servidumbres son indivisibles. cierto, se divide entre tantas partes como predios resulten de la división. falso, solo ocurre respecto al predio dominante. ¿El dueño del predio sirviente puede modificar el lugar y la forma de la servidumbre?. No en ningún caso. Si, y el dueño del predio dominante le deberá abonar los gastos originados por la variación de la servidumbre. Si, aunque resulte algún perjuicio al dueño del predio dominante mientras no se grave. Si, siempre que no resulte perjuicio alguno al dueño del predio dominante o a los que tenga derecho al uso de la servidumbre. El artículo 530 del Código Civil establece que las servidumbres pueden establecerse en favor de inmuebles y de personas. falso, establece que se pueden imponer sobre inmuebles. falso, establece que se pueden imponer sobre toda clase de inmuebles. cierto. falso, establece que se pueden imponer sobre inmuebles por naturaleza. Si el predio sirviente se divide entre dos o más, la servidumbre se modifica y cada uno de ellos tiene que tolerarla en la parte que le corresponda: Falso, sólo ocurre respecto al predio dominante. Falso, las servidumbres son indivisibles. Cierto, se divide entre tantas partes como predios resulten de la división. Cierto. La constitución de la servidumbre por destino de padre de familia. Solo procede tratándose de servidumbres personales. Se trata de una constitución ex lege cuando no se da un signo aparente de servidumbre. No está prevista en nuestro ordenamiento jurídico. Se trata de una constitución ex lege cuando se da un signo aparente de servidumbre. Conforme a la Ley 4/2012, de 6 de Julio, del derecho de contratos por turno de bienes de uso turístico, el periodo de habilitación anual de aprovechamiento no podrá ser inferior a. siete días hábiles seguidos. cinco días hábiles seguidos. siete días seguidos. siete días, pudiendo ser alternos. El superficiario. tiene derecho a enajenar o a gravar el derecho de superficie. tiene derecho a enajenar o a gravar el derecho de superficie únicamente en el supuesto de que se hubiese constituido a título oneroso. no tiene derecho a gravar el derecho de superficie. no tiene derecho a enajenar el derecho de superficie. La realización en el predio sirviente de las obras necesarias para el ejercicio y conservación de la servidumbre, corresponde. Al dueño del predio dominante, pero a costa del del sirviente. Al dueño del predio dominante y al del sirviente por mitad. Al dueño del predio dominante y a su costa. Al dueño del predio sirviente, que repercutirá los gastos al dueño del predio dominante. La duración del régimen de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico, conforme a los establecido en la Ley 4/2012, de6 de Julio, será. no inferior a un año ni superior a cincuenta. de tres a cincuenta años. de uno a noventa y nueve años. no está sujeto a límites temporales. El dueño del predio dominante podrá hacer a su costa en el predio sirviente las siguientes obras. las necesarias para el uso y conservación de la servidumbre, contribuyendo a los gastos ambas partes. las necesarias para el uso y conservación de la servidumbre, pero a costa del dueño del predio sirviente. no puede hacer obras en el predio sirviente. las necesarias para el uso y conservación de la servidumbre, pero sin alterarla ni hacerla más gravosa. Para que el derecho de superficie quede válidamente constituido, según la Ley del Suelo. se requiere escritura pública e inscripción en el Registro de la Propiedad. únicamente ha de inscribirse en el Registro de la Propiedad si se constituye a título oneroso. exclusivamente ha de inscribirse en el Registro de la Propiedad si se constituye a título gratuito. no requiere inscripción en el Registro de la Propiedad. En el caso de que hubiese varios fundos dominantes, respecto a la realización de las obras necesarias para el uso y conservación de la servidumbre: Sus dueños deberán contribuir a los gastos de las obras en proporción al beneficio que le reporte sin poder eximirse de esta obligación. Los gastos de tales obras se asumen por mitad entre los dueños de los fundos dominantes y el del sirviente. Sus dueños deberán contribuir a los gastos de las obras en proporción al beneficio que le reporte la servidumbre pudiendo eximirse de su contribución renunciando a la servidumbre en provecho de los demás. Sus dueños deberán contribuir a los gastos de las obras en proporción al beneficio que le reporte sin poder eximirse de su pago, salvo autorización de la autoridad administrativa competente. En el Código Civil, las servidumbres prediales continuas y aparentes se adquieren en virtud de título o por. la prescripción de 30 años. no se pueden adquirir por usucapión. la prescripción de 20 años. la prescripción de 20 años con justo título y buena fe. Es una servidumbre positiva. supone la realización de una prestación positiva para el titular de una servidumbre predial o personal. son las impuestas por el derecho positivo. la que reconoce al dueño del predio dominante el derecho de hacer alguna cosa o exigirla al del predio sirviente. la que impone al dueño del predio sirviente la obligación de dejar hacer alguna cosa o de hacerla por si mismo. El plazo de duración del derecho de superficie. No podrá exceder de noventa y nueve años. Todas las respuestas son incorrectas. No podrá exceder de cien años. No está sujeto a límite temporal. Ernesto Ortiz inicia procedimiento interesando que se declare la inexistencia de una servidumbre de paso que su vecino Juanjo Medina dice tener sobre su finca " Los girasoles". ¿Qué acción habrá ejercitado Ernesto Ortíz. Acción confesoria. Acción reivindicatoria. Acción declarativa de dominio. Acción negatoria. Las servidumbres discontinuas y las no aparentes. No se adquieren por título, sino únicamente se pueden adquirir por reconocimiento del dueño del predio sirviente. No se adquieren por título, sino únicamente por resolución administrativa. Se adquieren por prescripción de 20 años. Sólo podrán adquirirse en virtud de título. El nudo propietario. Puede hipotecar su derecho de nuda propiedad. Puede imponer sobre la finca usufructuada las servidumbres que no perjudiquen el usufructo, pero necesitará el consentimiento del usufructuario. Puede enajenar los bienes, aunque se altere su forma y sustancia, incluso cuando perjudique al usufructuario. No puede hipotecar su derecho de nuda propiedad. El régimen de aprovechamiento por turno, regulado en la Ley 4/2012, de 6 de Julio: no constará en el Registro de la Propiedad. deberá ser constituido por el propietario del inmueble y por el titular del derecho. todas las respuestas son incorrectas. deberá ser constituido por el titular registral del inmueble. El adquirente de derechos de aprovechamiento, conforme a la Ley 4/2012, de 6 de julio, podrá. Desistir en el plazo de 14 días naturales, computados en la forma que establece la Ley y sin coste alguno, si bien deberá notificarse de forma fehaciente al empresario por escrito. Desistir en el plazo de 1 mes. Desistir en el plazo de 14 días hábiles, computados en la forma que establece la Ley y sin coste alguno. Desistir en el plazo de 14 días hábiles, computados en la forma que establece la Ley y a su costa. El que tenga la propiedad de una finca cuyo usufructo pertenezca a otro, podrá imponer sobre ella servidumbre. Exclusivamente con consentimiento del usufructuario. Sin el consentimiento del usufructuario en todo caso. Sin consentimiento del usufructuario cuando se trata de una servidumbre voluntaria. Sin consentimiento del usufructuario siempre que las servidumbres no perjudiquen el derecho de usufructo. El uso de la cosa en común corresponde por principio. al comunero que tenga una cuota mayor respecto del bien. a todos los comuneros. al comunero de mayor antigüedad. al que entre los comuneros se decida por mayoría. Es una limitación al derecho de instar la división de la cosa común. Que exista pacto de conservar la cosa por tiempo determinado, que no exceda de 10 años prorrogables. Que exista pacto de conservar la cosa por tiempo determinado, que no exceda de 10 años improrrogables. Que la cosa sea indivisible, en cuyo caso tampoco se podrá pedir la disolución de la comunidad. Que el donante haya impuesto la indivisión de la cosa donada de modo indefinido. Ejecutar los acuerdos en materia de obras conforme a la ley de Propiedad Horizontal, es función atribuida. al secretario. al presidente. al administrador. al tesorero. Las contribuciones que durante el usufructo se impongan directamente sobre el capital. Serán de cargo del propietario. Corresponden por mitad al propietario y al usufructuario. Corresponden en exclusiva al usufructuario. No serán de cargo del propietario. Será válido el pacto de conservar la cosa indivisa por tiempo determinado siempre que no exceda. de 10 años. de 30 años. de 15 años. de 20 años. La copropiedad se extingue, entre otras, por la división de la cosa común. Este derecho. Es renunciable. Es ejercitable necesariamente por unanimidad de los condueños. Prescribe a los 30 años. Es imprescriptible. El usufructo se extingue (señale la incorrecta). Por prescripción. Por muerte del nudo propietario. Por muerte del usufructuario. Por la reunión del usufructo y la nuda propiedad en una misma persona. El título constitutivo de la propiedad horizontal puede contener reglas de constitución y ejercicio del derecho y disposiciones no prohibidas por la ley en orden al uso o destino del edificio, sus diferentes pisos o locales, instalaciones y servicios, gastos, administración y gobierno, seguros, conservación y reparaciones, formando un estatuto privativo. que sólo perjudicará a terceros si está inscrito en el Registro de la Propiedad. que perjudicará a terceros en todo caso. que nunca perjudicará a terceros aún estando inscrito en el Registro de la Propiedad. todas las respuestas son falsas. En la propiedad horizontal no tiene la condición de elemento común. Los ascensores. El trastero anejo a cada piso. El tejado. El portal. Los propietarios morosos. no podrán asistir a la junta de propietarios. para asistir a la junta deberán haber procedido a la consignación judicial o notarial de la suma adeudada. podrán participar en las deliberaciones de la junta de propietarios, si bien no tendrán derecho de voto. tendrán derecho de voto aún cuando no acrediten el pago de las cuotas adeudadas a la comunidad. Todo condueño tendrá la plena propiedad de su parte y la de los frutos y utilidades que le corresponda, pudiendo en consecuencia enajenarla. con el consentimiento por mayoría de todos los demás condueños. con efectos limitados a la porción que se adjudique en la división al cesar la comunidad. sin que exista derecho de retracto de los demás condueños. con el consentimiento unánime de todos los demás condueños. El adquirente de una vivienda en régimen de propiedad horizontal, y en relación con las cantidades adeudadas a la comunidad para el sostenimiento de los gastos generales por los anteriores titulares. Responde el adquirente con el propio inmueble pero hasta el límite de los que resulten imputables a la parte vencida de la anualidad en la que tenga lugar la adquisición. No responde con el inmueble de dichas cantidades. Solo responde el transmitente. Responde el adquirente con el propio inmueble pero hasta el límite de los que resulten imputables a la parte vencida de la anualidad en la que tenga lugar la adquisición y los tres años anteriores. Los derechos de uso y habitación. Se pueden hipotecar. El derecho de uso si es susceptible de arrendamiento, no así el de habitación. No se podrán arrendar ni traspasar a otro por ninguna clase de título. Podrán ser objeto de arrendamiento o traspaso. El régimen de propiedad horizontal se extingue. Por la destrucción parcial del edificio. Por conversión en propiedad o copropiedad ordinarias. Por decisión del presidente o de la autoridad competente. Por la destrucción del inmueble cuando el coste de reconstrucción no exceda del 50 por 100 del valor de la finca. El usufructuario. No puede introducir mejoras de recreo sin la voluntad del nudo propietario. No puede transmitir su derecho de usufructo. Puede arrendar el bien objeto del usufructo. Puede hipotecar el bien objeto del usufructo. En la administración de la cosa común, si el acuerdo de la mayoría fuere gravemente perjudicial a los interesados de la cosa común: será necesaria unanimidad en una nueva votación. el acuerdo es vinculante por ser de la mayoría. se podrá recurrir al juez. se nombrará un administrador. La citación para la junta ordinaria anual se hará con una antelación de: 6 días. con la que sea posible para que pueda llegar a conocimiento de todos los interesados. 9 días. 7 días. No podrá constituirse el usufructo en favor de una Corporación o una Sociedad por más de. Treinta y cinco años. Treinta años. Veinte años. Quince años. Los elementos comunes que constituyen las partes en copropiedad. Pueden ser enajenados por acuerdo adoptado por unanimidad de los propietarios. Son susceptibles de división si cabe su aprovechamiento independiente. Pueden ser gravados con carácter independiente. No son en ningún caso susceptibles de división. Es competencia de la junta de propietarios. Aprobar el plan de gastos e ingresos previsibles y las cuentas correspondientes. La custodia de los documentos de la comunidad. Representar a la comunidad en los asuntos que le afecten en juicio y fuera de él. La redacción, autorización y redacción de actas. La acción de división de la cosa común se puede ejercitar: En ambas. En ninguna de ellas. En la comunidad por cuotas. En la comunidad en mano común. El usufructuario podrá hacer en los bienes objeto del usufructo las mejoras útiles o de recreo que tuviere por conveniente, con tal de que no altere su forma o sustancia. Y podrá compensar los desperfectos de los bienes con las mejoras que en ellos hubiese hecho. Cierto, y tendrá por ello derecho a indemnización o retención. Y podrá retirar dichas mejoras en cualquier caso. Falso. Si la cosa usufructuada fuere expropiada por causa de utilidad pública, el propietario está obligado. A comunicar la extinción del usufructo. A abonar al usufructuario el interés legal del importe de la indemnización que perciba sin afianzar los réditos. A subrogarla con otra de igual valor y análogas condiciones. A abonar el interés legal de la utilidad dejada de percibir. El usufructuario respecto de los tesoros hallados en al finca objeto del usufructo. Se entenderá como fruto de la finca y se imputarán al pago de la renta. Tendrá derecho a ello sin limitación alguna. Tendrá derecho a ello pero deberá indemnizar al nudo propietario. Será considerado como extraño respecto de ellos. Para la administración y mejor disfrute de la cosa común, se requerirá. los acuerdos de la mayoría de los partícipes. ninguna de las respuestas es correcta. la unanimidad, si de ella pudieran resultar ventajas para todos los condueños. la unanimidad. El establecimiento o supresión de los servicios de portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general, incluso cuando supongan la modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirá. La unanimidad. El voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios. El voto favorable de los dos tercios del total de los propietarios que, a su vez, representen dos tercios de las cuotas de participación. El voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación. Aquella comunidad de bienes en la que los comuneros no tienen reconocida una medida concreta de valor sobre el bien ni pueden instar la división de la cosa para que se les conceda su parte. Una comunidad solidaria. Una comunidad de índole romana. Una comunidad germánica o en mano común. Una comunidad universal. Si el usufructuario hubiese arrendado las tierras o heredades dadas en usufructo, y acabare éste antes de terminar el arriendo. Solo percibirán él o sus herederos y sucesores, la parte proporcional de la renta que debiere pagar el arrendatario. Solo percibirá el usufructuario, pero nunca sus herederos o sucesores, una parte proporcional de la renta. Esta posibilidad no puede darse ya que el usufructuario no puede arrendar las tierras o heredades dadas en usufructo. El usufructuario o sus herederos y sucesores, percibirán la totalidad de la renta que debiere pagar el arrendatario. El usufructo que corresponde al cónyuge viudo sobre los bienes del cónyuge premuerto, es un supuesto de. Usufructo voluntario intervivos. Usufructo legal. Usufructo por prescripción. Usufructo voluntario mortis causa. Las porciones correspondientes a los partícipes en la comunidad. Todas las respuestas son incorrectas. Se presumirán iguales mientras no se pruebe lo contrario. Se presumirán iguales, tratándose de una presunción "iuris et de iure". Nunca se presumirán iguales. La comunidad de bienes se regirá según el siguiente orden. Por los contratos, por disposiciones especiales, por el Código Civil. Por el Código Civil, por los contratos, por disposiciones especiales. Por disposiciones especiales, por el Código Civil, por los contratos. Por disposiciones especiales, por los contratos, por el Código Civil. El secretario de la junta de propietarios de una comunidad. no es preciso que sea dueño de un piso o local. es preciso que sea dueño de un piso o local. es un cargo facultativo. le corresponde convocar la junta tanto para la reunión anual obligatoria como en las demás ocasiones en que lo considere conveniente. No se requiere unanimidad entre los comuneros. para acordar la divisibilidad del bien hasta por 10 años. para fijar un procedimiento alternativo para la división. para instar la división de la cosa común. para prorrogar el pacto de indivisión, una vez vencido este, y siempre dentro del límite temporal fijado en la legislación. Terminado el usufructo, el usufructuario. Entregará al propietario la cosa usufructuada, salvo el derecho de retención que compete al usufructuario o a sus herederos por los desembolsos de que deban ser reintegrados. Se cancelará la fianza o hipoteca. Entregará al propietario la cosa usufructuada, salvo el derecho de retención que formule el propietario por los desembolsos que deban ser reintegrados. Entregará al propietario la cosa usufructuada, sin perjuicio de la reclamación que formule por los desembolsos que deban ser reintegrados. La comunidad de bienes en la que se fija la regulación del Código Civil. Es una comunidad dividida o "pro diviso". Es una comunidad de tipo romano o "pro indiviso". Es una comunidad indivisible. Es una comunidad de tipo germánico. En caso de enajenación de un piso o local de un edificio en régimen de propiedad horizontal, los dueños de los demás por este solo título. Pueden ejercitar el derecho de retracto. Pueden ejercitar el derecho de retracto a prorrata de la porción que tengan en la cosa común. No tendrán derecho de tanteo ni de retracto. Podrán oponerse al no concurrir el requisito del consentimiento unánime. En el usufructo, están exceptuados de prestar fianza (señale la respuesta incorrecta). Los padres usufructuarios de los bienes de sus hijos y el cónyuge sobreviviente respecto a la cuota legal usufructuaria, a no ser que los padres o el cónyuge contrajeren ulterior matrimonio. El vendedor o donante que se hubiere reservado el de los bienes vendidos o donados. Los padres usufructuarios de los bienes de sus hijos y el cónyuge sobreviviente respecto a la cuota legal usufructuaria, aún cuando los padres o el cónyuge contrajeren ulterior matrimonio. El usufructuario a quien se dispense de esta obligación, cuando de ello no resultare perjuicio a nadie. Para la validez de los acuerdos que impliquen la aprobación o modificación de las reglas contendidas en el título constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad, se requiere, como norma general. mayoría de dos tercios. la unanimidad. mayoría simple. mayoría de un tercio. Si el usufructo está constituido por un edificio y éste perece, el propietario puede construir otro, debiendo. Considerar extinguido el usufructo. Indemnizar al usufructuario, quedando extinguido el usufructo. Constituir un nuevo usufructo. Pagar al usufructuario los intereses de las sumas correspondientes al valor del suelo y de los materiales, mientras dure el usufructo. Constituye un límite de la propiedad en interés privado. El derecho real de superficie. Los censos. La medianería. Las servidumbres administrativas. Según el Código Civil. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo establecido en las leyes. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto en la Constitución. Nadie podrá ser privado de su propiedad sino por Autoridad competente y por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización. Nadie podrá ser privado de su propiedad sino por Autoridad competente y por causa justificada de utilidad pública, previa siempre la correspondiente indemnización. La interrupción de la prescripción de la cosa poseída se produce. cuando se cesa en la posesión por más de seis meses. en todo caso por el acto de conciliación. por la citación hecha al poseedor por juez incompetente. por la citación judicial hecha al poseedor aunque falten requisitos legales. ¿Cuál es el plazo en el que prescribe el dominio de las cosas muebles sin necesidad de otra condición, ni siquiera el requisito de la buena fe?. Dos años. Un año. Seis años. Cinco años. Las relaciones de vecindad son. Prohibiciones legales de disponer. Prohibiciones voluntarias de disponer. Límites en interés privado del derecho de propiedad. Límites en interés público del derecho de propiedad. Cuando se divide en brazos la corriente del río, dejando aislada una heredad o parte de ella, el dueño de la misma. Ha de pactar con el dueño del predio colindante. Conserva su propiedad. Pierde su propiedad. Todas son falsas. En su tratamiento constitucional, la propiedad. Es un derecho fundamental. Permite al titular interponer el recurso de amparo ante las violaciones que se produzcan respecto de su contenido o libre ejercicio. Aparece subordinada al interés general. Su contenido debe desarrollarse por ley orgánica. La acción real registral. Se concede a todo titular registral. Se ejercita a través del juicio ordinario. Se concede exclusivamente al propietario. Se concede exclusivamente al propietario inscrito. La acción negatoria de propiedad se tiene. Contra quien pretenda ser titular de un gravamen sobre la cosa. Para declarar la propiedad. Para condenar al perpetuo silencio a quien afirma ser propietario. Contra quien perturba la propiedad del propietario. Por medio de la prescripción puede adquirirse. exclusivamente la propiedad sobre bienes muebles e inmuebles. únicamente la propiedad de los bienes muebles. el dominio y los demás derechos reales sobre los bienes. sólo determinados derechos reales distintos al dominio. El dominio y los demás derechos reales sobre bienes inmuebles se prescriben, concurriendo buena fe y justo título. por la posesión durante diez años. por la posesión durante veinte años. por la posesión durante diez años entre presentes y veinte entre ausentes. por la posesión durante veinte años entre presentes y diez entre ausentes. Se adquieren por la ocupación. Todos los bienes o cosas abandonadas. El tesoro oculto. Ninguno de los anteriores. Los animales domésticos extraviados. A los efectos de la prescripción adquisitiva, señale la premisa correcta. se presume iure et de iure que la posesión se sigue disfrutando en el mismo concepto en que se adquirió. la buena fe no se presume nunca. la posesión adquirida de buena fe no pierde este carácter sino en el caso y desde el momento en que existan actos que acrediten que el poseedor no ignora que posee la cosa indebidamente. la buena fe del poseedor consiste en la creencia de que la persona de quien recibió la cosa era dueño de ella, aunque no pudiera transmitir su dominio temporalmente. Según el Código Civil. Se entiende haber mala fe por parte del que edificó, plantó o sembró, siempre que el hecho se hubiere ejecutado a su vista, ciencia y paciencia. Cuando haya habido mala fe, no sólo por parte del que edifica, siembra o planta en terreno ajeno, sino también por parte del dueño de éste, los derechos de uno y otro serán los mismos que tendrían si hubiesen procedido ambos de buena fe. El dueño del terreno en que se haya edificado, plantado o sembrado de buena fe, puede exigir la demolición de la obra o que se arranque la plantación y siembra, reponiendo las cosas a su estado primitivo a costa del que edificó, plantó o sembró. El que edifica, planta o siembra de mala fe en terreno ajeno, pierde lo edificado, plantado o sembrado, con la correspondiente indemnización. El deslinde podrá ejercitarse. Por el propietario únicamente. Por el arrendador. Por cualquiera de los citados anteriormente. Por el poseedor de la cosa. Se entiende por tesoro, para los efectos de la ley. El depósito oculto e ignorado de dinero, u otros objetos preciosos. El depósito oculto, conocido o ignorado de dinero, alhajas u otros objetos preciosos, cuya legítima pertenencia no conste. El depósito oculto e ignorado de dinero, alhajas u otros objetos preciosos, cuya legítima pertenencia no conste. El depósito de dinero u otros objetos preciosos, cuya legítima pertenencia conste. La acción que corresponde al propietario no poseedor frente al poseedor no propietario es. La declarativa de dominio. La reivindicatoria. La negatoria. La tercería de dominio. El que edifica, planta o siembra de mala fe en terreno ajeno. No puede ser obligado por el dueño del terreno a la demolición de la obra o a que se arranque la plantación o siembra si consigna indemnización suficiente. Puede acceder a lo edificado, plantado o sembrado previa indemnización. Pierde lo edificado, plantado o sembrado sin derecho a indemnización. No puede ser obligado por el dueño del terreno a la demolición de la obra o a que se arranque la plantación o siembra, a salvo que el terreno duplique el valor de lo construido, plantado o sembrado. Pablo Hernández lleva poseyendo durante mas de 30 años una finca en concepto de dueño, sin título. La acción por la que inste el reconocimiento de su calidad de propietario por usucapión es: Una acción declarativa. Una acción personalísima. Una tercería de dominio. Una acción reivindicatoria. En el caso en que se descubra un tesoro en suelo ajeno y por casualidad. Tendrá derecho el descubridor a que se le abonen los gastos para encontrar y extraer la cosa. Estará obligado el descubridor a darle una parte al propietario del predio en que se hallare. El propietario del suelo será el dueño de la cosa y deberá abonar al descubridor una décima o una vigésima parte del valor de la cosa encontrada. La mitad del tesoro será del descubridor. Cual de las siguientes afirmaciones NO es correcta. el que hubiese perdido una cosa mueble o hubiese sido privado ilegalmente de ella, podrá reivindicarla de quien la posea. la posesión de los bienes muebles adquirida de buena fe equivale al título. el dominio de los bienes muebles se prescribe por la posesión no interrumpida de tres años con buena fe. si el poseedor de la cosa mueble perdida o sustraída la hubiese adquirido de buena fe en venta pública, podrá el propietario obtener la restitución sin reembolsar el precio dado por ella. ¿De qué derecho real se predica su provisionalidad en cuanto se protege a partir de los meros hechos y más allá de que exista un título formalmente constituido que lo justifique?: de la propiedad. del usufructo. del de superficie. de la posesión. La regla según al cual la posesión de los bienes muebles, adquirida de buena fe, equivale al título. deja de aplicarse siempre que la posesión del tercero al que tiende a proteger la regla sea de mala fe. favorece a todo aquel que detente la cosa. es un caso especial de usucapión mobiliaria. deja de aplicarse siempre que la cosa sea robada o perdida. Martina, una joven gaditana, se tiene que trasladar por cuestiones laborales a Barcelona. En la Ciudad Condal vive Alex, uno de sus mejores amigos, el cual deja a Martina un piso que tiene en la zona de Pedralbes. Alex no quiere arrendar este piso pues era de sus padres y está lleno de recuerdos. Con el tiempo le dice a Martina que harán cuentas de los gastos de luz, agua y gas. ¿Qué clase de poseedor es Martina una vez que se instala en el piso de Alex?. un poseedor civil. un poseedor en concepto de dueño. un poseedor natural. un servidor de la posesión del amigo que le ha dejado la casa. ¿Qué clase de derecho tendrá el vendedor sobre la cosa que ha vendido y entregado a un comprador que todavía le debe el precio?. un derecho real "in faciendo". el de dominio. sobre la cosa en principio ninguno; si, en cambio, un derecho de crédito contra el comprador. un derecho real limitado, pues la cosa ya ha pasado a manos de otro. En nuestro derecho es un supuesto de derecho real in faciendo. del de habitación. del de uso. el de usufructo. del de servidumbre positiva. ¿Qué posesión se adquiere por ministerio de la ley?. la civil. la natural. la civilísima. la mediata. La extinción de un derecho real limitado al adquirir a título sucesorio el que fuera su titular la propiedad del bien gravado, ocurre por. rescisión. consolidación. ejecución. revocación. Quien compra en una tienda de artículos usados un ordenador sin saber que ha sido robado es. poseedor vicioso. poseedor natural. poseedor de mala fe. poseedor civil y propietario, esto último en virtud de las reglas favorecedoras del tráfico jurídico. Las prohibiciones voluntarias de disponer. tendrán eficacia real pudiendo acceder, por tanto, a la publicidad del Registro si se establece en actos a título oneroso. gozando de eficacia frente a terceros es siempre perpetua. no es necesario que se funden en interés legítimo. tendrán eficacia real pudiendo acceder, por tanto, a la publicidad del Registro si se establece en actos a título gratuito. Con carácter general, la inscripción en el Derecho español. no es constitutiva en ningún caso. se requiere para asegurar la oponibilidad mediante su conocimiento por los terceros, posibles afectados de los derechos reales sobre inmuebles. se requiere para adquirir toda clase de derechos reales. para los derechos reales inmobiliarios es constitutiva, es decir, sin ella no pueden adquirirse. El artículo 609 del Código Civil menciona la tradición como medio para la adquisición y transmisión de los derechos sobre bienes, ¿con cual delos siguientes sistemas conocidos en la materia se correspondería?. con el sistema consensualista. con el sistema del título y el modo. con el sistema del acuerdo real. con el sistema abstracto de traslación. El ladrón, mientras detenta la cosa robada, es. poseedor natural. poseedor de buena fe. poseedor civil. poseedor mediato. No es causa de extinción del derecho real pleno, esto es, el dominio. el abandono que se haga de la cosa. la renuncia. su transmisión a otra persona. su falta de ejercicio. Con respecto a la llamada tradición instrumental. se realiza mediante la entrega de signos o cosas representativas de la que se transmite. por ella se finge efectuada la tradición mediante la entrega del título con tal de que se encuentre instrumentado en escritura pública y de la misma no resulte o deduzca claramente lo contrario. el Código Civil la prohíbe expresamente. por ella se finge que ha operado la entrega de la cosa a partir de la entrega del título, sea éste público o privado. El poseedor de mala fe, tiene derecho a. ser indemnizado de los gastos necesarios que haya realizado en la cosa poseída, pero sin poder ejercitar el derecho de retención. al abono de los gastos o mejoras útiles. carece de cualquier derecho. ser indemnizado de los gastos necesarios que haya realizado en la cosa poseída, con derecho, en su caso de retención. ¿Las obligaciones "propter rem" también podrían ser llamadas?: obligaciones "ad rem". obligaciones solidarias. derechos reales "in faciendo". obligaciones ambulatorias. No es un derecho real de garantía. el de anticresis. el de prenda. el de hipoteca. el de tanteo. Entre otras causas, los derechos reales limitados se extinguen. por su inscripción. por su ejercicio. por la compensación. por la falta de uso. ¿Qué clase de derechos reales se basan en la sujeción de un bien al cumplimiento de un crédito para cuyo aseguramiento se convienen?. la de los derechos de goce o disfrute. la de los derechos de garantía. ninguna, pues tales derechos, de convenirse, valdrían únicamente como personales. la de los derechos de adquisición preferente. Quien pierde su derecho real por el cumplimiento de una cláusula resolutoria impuesta expresamente en el título de quien lo transmitió o constituyó a su favor, lo pierde por: expropiación. revocación. transmisión. ejecución forzosa. Guillermo es el propietario de un piso hipotecado en el que tiene su residencia. En este caso, ¿ qué tipo de posesión ostentaría?. es poseedor de mala fe. es poseedor mediato. es poseedor de segundo grado. es poseedor inmediato. La legitimación activa para el ejercicio de las acciones que pretendan la tutela sumaria de la tenencia o posesión de una cosa o derecho, corresponde. sólo al poseedor civil. a todo poseedor. sólo al poseedor en concepto de dueño. solo al propietario de la cosa. Se considera poseedor pese a no haber entrado en contacto con la cosa, ni aún, incluso, saber que tal cosa existe. al heredero si la cosa forma parte del haber hereditario. al comprador al que todavía no se le ha hecho entrega de la cosa porque la tiene otro en oposición a la persona del vendedor. a quien posee en nombre de otro. a quien usa de un transporte público. La prescripción. es uno modo de adquirir el dominio solo de bienes muebles. no es un modo de adquirir el dominio por si mismo por cuanto requiere siempre posesión. es un modo de adquirir el dominio. es un mero instituto de extinción de derechos y acciones. Es un supuesto de adquisición "a non domino". la donación. la usucapión. el artículo 34 de la Ley Hipotecaria, en cuanto protege la adquisición a título oneroso y de buena fe del que adquiere de quien aparece como legitimado para transmitir en el Registro. la ocupación. Indique qué puede ser considerado como derecho real. una legítima. la tercería de dominio. el retracto convencional. un arrendamiento. Por cual de estos supuestos no se pierde la posesión. por abandono de la cosa o del animal. por la no percepción de los frutos que produzca la cosa. por destrucción o pérdida total de la cosa, por muerte o pérdida del animal. por quedar la cosa o el animal fuera del comercio. La puesta en poder y posesión del comprador de la que habla el artículo 1462.1 del Código Civil se identifica con. la tradición simbólica. la tradición instrumental. la tradición brevi manu. la tradición real. El objeto del derecho real. no puede consistir en una cosa incorporal. consiste en una prestación del deudor. ninguna respuesta es correcta. consiste en la conducta del obligado a entregar la cosa. El importe de la renta vitalicia. es un fruto civil. es un fruto mercantil. no tiene la consideración de fruto. es un fruto industrial. Todo poseedor tiene derecho a ser respetado en su posesión. Si se ve perturbado por otro poseedor de peor derecho, podrá reaccionar utilizando. la acción confesoria. la acción pauliana. el interdicto de recobrar. la acción publiciana. En el Ordenamiento Jurídico español, las prohibiciones voluntarias de disponer. son nulas en todo caso. presentan distintos efectos según se dispongan en negocios a título oneroso o gratuito. son válidas pudiendo tener eficacia ilimitada. son válidas siempre que no superen la limitación de tres años desde la transmisión. ¿Cuál de las siguientes clasificaciones posesorias no está recogida explícitamente en el Código Civil?. la que distingue entre posesión natural y civil. la que distingue entre posesión mediata e inmediata. la que distingue entre posesión que se ejerce por la misma persona que tiene la cosa o por otra en su nombre. la que distingue entre poseedor en concepto o no de dueño. Son causas comunes de extinción de los derechos reales. el fallecimiento del titular. la renuncia, expresa o presunta. el cumplimiento del plazo legal o convencionalmente establecido. la consolidación. El incumplimiento de una prohibición voluntaria de disponer establecida en una donación provoca. la obligación de abonar los daños y perjuicios ocasionados. la nulidad de los actos dispositivos que la contravengan. la nulidad de los actos dispositivos que la contravengan y, además, la obligación de abonar los daños y perjuicios ocasionados. no genera ninguna responsabilidad. ¿Es la redención causa de extinción de los derechos reales?. si, aunque solo de ciertos gravámenes. si, de todos los derechos reales limitados. si, aunque solo de los derechos reales sobre cosa propia. si de todos ellos. Los frutos civiles. pertenecen a todo poseedor en proporción a las semanas que posea la cosa. se entienden percibidos por meses. se entienden percibidos por días. se entienden percibidos por semanas. Eulogio transmite la finca de la que es propietario "Los Abedules" a Soraya, pero sigue poseyéndola como arrendatario. Ante qué tipo de tradición nos encontramos?. nos encontramos ante la cuasi-tradición. nos encontramos ante la "constitutum possessorium". nos encontramos ante una tradición ficticia. nos encontramos ante la "traditio brevi manu". La adquisición de la posesión: puede realizarse por menores, y por las personas con discapacidad pero necesitan de la asistencia de sus representantes legítimos para usar de los derechos que de la posesión nazcan a su favor. puede realizarse directamente, en cualquier caso, por quien se crea con derecho a la cosa o el animal, aunque existe otro poseedor que se oponga a ello. puede realizarse por menores, pero necesitan de la asistencia de sus representantes legítimos para usar de los derechos que de la posesión nazcan a su favor. puede realizarse por menores y por las personas con discapacidad en todo caso. La propiedad según el artículo 609 del Código Civil. puede adquirirse por medio de la prescripción. únicamente puede adquirirse por la Ley, por donación, y por sucesión testada e intestada. no puede adquirirse por la ocupación. sólo puede adquirirse por consecuencia de ciertos contratos mediante la tradición. En el sistema francés para adquirir el dominio. requiere título y modo. requiere la "traditio". basta el consentimiento contractual. basta el modo. Son cargas propiamente reales en nuestro Ordenamiento Jurídico. las obligaciones "propter rem". las servidumbres. la hipoteca. los censos. El sistema que rige en nuestro Derecho para la transmisión de los derechos reales, es. causal. consensual. abstracto. real. El derecho que confiere un poder inmediato sobre una cosa, a resultas de la cual queda ésta afectada plena o limitadamente al interés de su titular, debiendo el resto de la comunidad abstenerse de perjudicar su disfrute o impedir su ejercicio. es un derecho intelectual. es un derecho personal. es un "ius ad rem". es un derecho real. La posesión de una cosa mueble no se entiende perdida. por la posesión de otro por plazo superior al año e inferior a dos. mientras se halle bajo el poder del poseedor, aunque éste ignore accidentalmente su paradero. por quedar la cosa fuera del comercio. aunque no se halle bajo el poder del poseedor, y éste ignore accidentalmente su paradero. La posesión de cosa mueble se entiende perdida. cuando el poseedor ignora accidentalmente su paradero. cuando un tercero tiene la cosa por un acto violento. por la posesión de otro cuando la cosa haya sido abandonada. por transformación de la cosa poseída. Los actos meramente tolerados y los ejecutados clandestinamente y sin conocimiento del poseedor de una cosa, o con violencia. no afectan a la posesión. el poseedor despojado no goza de protección posesoria. el poseedor injusto no posee. inician el plazo de tiempo de posesión hábil para usucapir. No es una situación posesoria. la relación de quien se cree usufructuario sobre una cosa, aunque en realidad carece de título. la relación del usuario de un transporte público con el correspondiente vehículo. la posesión del propietario respecto de la cosa que ha cedido en arrendamiento a otro. la relación del arrendatario con respecto a la cosa arrendada. La acción para retener o recobrar la posesión prescribe. por el transcurso de un año. por el transcurso de seis meses. por el transcurso de dos años. no prescriben. Los medios de defensa posesoria. no se encuentran determinados en la Ley de Enjuiciamiento Civil. se encuentran determinados en la Ley de Enjuiciamiento Civil, a través del juicio ordinario. se encuentran determinados en la Ley de Enjuiciamiento Civil,a través del juicio verbal como procesos de carácter sumario. se encuentran determinados en el Código Civil. Las adquisiciones a non domino, en nuestro Derecho, han sido inferidas a partir. del artículo 464 del Código Civil. del Código Civil no cabe inferir las adquisiciones a non domino en nuestro Derecho. exclusivamente del artículo 1955 del Código Civil. del articulo 474 del Código Civil. El que suceda por título hereditario no sufrirá las consecuencias de una posesión viciosa de su causante: si no se demuestra que tenía conocimiento de los vicios que la afectaban. aún teniendo conocimiento de los vicios que la afectaban. nunca. pero los efectos de la posesión de buena fe le aprovecharán desde la aceptación de la herencia. Aquella comunidad de bienes que se caracteriza por su estabilidad y permanencia de cara a la mejor explotación de ciertos bienes, y en la que los comuneros no tienen reconocida una medida concreta de valor sobre el bien ni pueden instar la división de la cosa para que se les conceda su parte. una comunidad de índole romana. una comunidad universal. una comunidad germánica o en mano común. una comunidad solidaria. No constituye una manifestación positiva de las llamadas relaciones de vecindad. la servidumbre de paso que puede constituirse a instancia del propietario de una finca enclavada entre la de sus vecinos y sin salida a camino público, previa la correspondiente indemnización. el deber de recibir por el propietario de la heredad inferior las aguas pluviales que provengan del fundo superior. construir a cierta y necesaria distancia de las casas vecinas. la obligación del propietario de un edificio de construir sus tejados o cubierta de manera que las aguas pluviales caigan sobre su propio suelo o sobre la calle o sitio público, y no sobre le suelo del vecino. Cual de las siguientes afirmaciones es incorrecta. el carácter perpetuo del dominio impide que las cosas se adquieran con la condición de que el vendedor pueda solicitar su readquisición durante un determinado lapso de tiempo (es el llamado pacto de retro o retracto convencional). la propiedad atribuye genéricamente a su titular las facultades de usar, disfrutar y disponer material y jurídicamente, de la cosa. el carácter absoluto o pleno del dominio en cuanto derecho real no impide que su titular se encuentre sujeto a una serie numerosa de limitaciones basadas en razones de interés público o convivencia. el carácter exclusivo del dominio impide que una misma cosa tenga varios propietarios a la vez, a salvo del régimen relativo al condominio. La propiedad en la que se habría pensado básicamente a la hora de redactar el Código Civil es una propiedad: industrial. agraria. urbana. colectiva. La acción que puede presentar el propietario para evitar que siga pasando por su finca una persona que no tiene título para ello, es. una acción declarativa de su dominio. la negatoria. la reivindicatoria. una tercería de dominio. Los frutos naturales o industriales, pendientes al tiempo de comenzar el usufructo. corresponden al usufructuario teniendo que abonar su precio al propietario. corresponden al propietario. corresponden al usufructuario, sin que éste tenga nada que abonar al propietario. nunca podrán corresponder al usufructuario. El derecho de habitación. se puede hipotecar. puede ser traspasado a un tercero. permite ceder las habitaciones afectas a un tercero por medio de arrendamiento. permite la ocupación de las habitaciones no solamente al titular, sino a su familia. Conforme a la Ley 4/2012, de 6 de Julio, del derecho de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, el periodo de habilitación anual de aprovechamiento no podrá ser inferior a. siete días hábiles seguidos. siete días, pudiendo ser alternos. siete días seguidos. cinco días hábiles seguidos. Si el usufructo fuere de la totalidad o de parte alícuota de una herencia. el usufructuario deberá anticipar las sumas que para el pago de las deudas hereditarias correspondan a los bienes usufructuados, y tendrá derecho a exigir del propietario su restitución, más el interés legal, al extinguirse el usufructo. el usufructuario deberá anticipar las sumas que para el pago de las deudas hereditarias correspondan a los bienes usufructuados, y tendrá derecho a exigir del propietario su restitución, sin interés, al extinguirse el usufructo. si se niega el usufructuario a hacer la anticipación a que viene obligado, podrá el propietario pedir que se venda la parte de los bienes usufructuados que sea necesaria para pagar dichas sumas. de no hacerse la anticipación por el usufructuario, y haberla satisfecho el propietario de su dinero, podrá exigir del usufructuario los intereses correspondientes. En nuestra Constitución, la propiedad se encuentra regulada. Como derecho del ciudadano. Como principio rector de la política económico y social. Como libertad pública. Como un derecho fundamental. Según el art. 348 del Código Civil. La propiedad conlleva el derecho de administrar una cosa, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes. El propietario tiene acción contra el mero poseedor de la cosa para reivindicarla. La propiedad es el derecho de gozar y disponer de una cosa o de un animal, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes. El propietario tiene acción contra el tenedor y poseedor de la cosa o del animal para reivindicarlo. la propiedad es el derecho de gozar y disponer de una cosa o animal, sin más limitaciones que las establecidas en la Constitución. El propietario tiene acción contra el tenedor y poseedor de la cosa o del animal para reivindicarlo. el dominio es el derecho de gozar de los bienes con las limitaciones establecidas en las leyes. El propietario tiene acción contra el tenedor y poseedor de los bienes para reivindicarlos. En la acción reivindicatoria, la legitimación pasiva, la ostentará: El arrendatario con contrato en firme. El propietario. El usufructuario, aún cuando su derecho se encuentre vigente. El que ostente la posesión y sin derecho a conservarla, se niegue a restituirla. Según el Código Civil. Las palomas, conejos y peces, que de su respectivo criadero pasaren a otro perteneciente a distinto dueño, serán propiedad de éste, siempre que no hayan sido atraídos por medio de algún artificio o fraude. El propietario de un enjambre de abejas tendrá derecho a perseguirlo sobre el fundo ajeno, necesitando siempre el consentimiento del dueño para penetrar en él. Cuando el propietario no haya perseguido, o cese de perseguir el enjambre 4 días consecutivos, podrá el poseedor de la finca ocuparlo o retenerlo. El propietario de animales amansados podrá también reclamarlos dentro de 30 días, a contar desde su ocupación por otro. Pasado este término, pertenecerán al propietario del terreno donde se encontrasen. De acuerdo con el Código Civil. El que empleó materia ajena en todo o en parte para transformar una obra, a la vista, ciencia y paciencia del dueño de la materia hará suya la obra, indemnizando el valor de la materia al dueño de ésta. El que de buena fe empleó materia ajena en todo o en parte para formar una obra de nueva especie, hará suya la obra, indemnizando el valor de la materia al dueño de ésta. El que de buena fe empleó materia ajena en su totalidad para formar una obra de nueva especie, hará suya la obra, indemnizando al dueño de la materia, la diferencia entre el valor de la materia y el valor de la obra de nueva especie. El que empleó materia ajena en su totalidad para transformar una obra, hará suya la obra, indemnizando el valor de la materia al dueño de ésta. El tesoro oculto. Pertenece en su totalidad al descubridor, aunque el que lo descubra no fuese dueño del terreno en el que se encontraba. Pertenece siempre al que lo hallare. Pertenece en su totalidad al dueño del terreno en el que fuera hallado, cuando el que lo descubra no fuese dueño de dicho terreno. No es correcta ninguna de las respuestas. Jaime Rodríguez inicia procedimiento interesando que se declare la inexistencia de una servidumbre de paso que su vecino Rafael García dice tener sobre su finca " El Membrillo". ¿Qué acción habrá ejercitado Jaime Rodríguez?. Acción declarativa de dominio. Acción confesoria. Acción negatoria. Acción reivindicatoria. Por la prescripción se adquieren de la manera y con las condiciones determinadas por la ley. no cabe adquirir ningún derecho real por prescripción. solo el dominio. solo los derechos reales limitados. el dominio y demás derechos reales. Si por voluntad de los dueños se mezclan dos cosas de igual o diferente especie o si la mezcla se verifica por casualidad, y en este último caso las cosas no son separables sin detrimento, nos encontramos ante un caso de. Adjunción. Especificación. Unión. Conmixtión. En nuestra Constitución, la propiedad se encuentra regulada. Como derecho del ciudadano. Como un derecho fundamental. Como principio rector de la política económico y social. Como libertad pública. Para los efectos de la prescripción. se considera ausente al que reside en el extranjero y también a aquel que haya sido judicialmente declarado como tal. se considera ausente al que reside en el extranjero o Ultramar. si parte del tiempo estuvo presente y parte ausente, cada dos años de ausencia se reputarán como uno para completar los veinte de presente. la ausencia que no fuere de un año entero y continuo, no se tomará en cuenta para el cómputo, cuando no excediere de seis meses. De acuerdo con el Código Civil. El que empleó materia ajena en su totalidad para transformar una obra, hará suya la obra, indemnizando el valor de la materia al dueño de ésta. El que empleó materia ajena en todo o en parte para transformar una obra, a la vista, ciencia y paciencia del dueño de la materia hará suya la obra, indemnizando el valor de la materia al dueño de ésta. El que de buena fe empleó materia ajena en todo o en parte para formar una obra de nueva especie, hará suya la obra, indemnizando el valor de la materia al dueño de ésta. El que de buena fe empleó materia ajena en su totalidad para formar una obra de nueva especie, hará suya la obra, indemnizando al dueño de la materia, la diferencia entre el valor de la materia y el valor de la obra de nueva especie. Los actos que obedezcan tan solo al deseo de dañar sin verdadero interés para el propietario. Si conformes al Código Civil, dado el carácter liberal del mismo. Todas las respuestas anteriores son simultáneamente correctas. Son actos de emulación. Deberán ser siempre tolerados. En el Código Civil la usucapión ordinaria de muebles, se produce. a los seis años concurriendo buena fe. a los tres años concurriendo buena fe. a los seis años concurriendo justo título. a los tres años concurriendo justo título. Según el art. 348 del Código Civil. el dominio es el derecho de gozar de los bienes con las limitaciones establecidas en las leyes. El propietario tiene acción contra el tenedor y poseedor de los bienes para reivindicarlos. la propiedad es el derecho de gozar y disponer de una cosa o animal, sin más limitaciones que las establecidas en la Constitución. El propietario tiene acción contra el tenedor y poseedor de la cosa o del animal para reivindicarlo. La propiedad conlleva el derecho de administrar una cosa, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes. El propietario tiene acción contra el mero poseedor de la cosa para reivindicarla. La propiedad es el derecho de gozar y disponer de una cosa o de un animal, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes. El propietario tiene acción contra el tenedor y poseedor de la cosa o del animal para reivindicarlo. Cuando el Código Civil expresa que «pertenece a los dueños de las heredades confinantes con las riberas de los ríos el acrecentamiento que aquéllas reciben paulatinamente por efecto de la corriente de las aguas», se refiere a: La accesión discreta. A un supuesto de accesión industrial. Al aluvión. La avulsión. Las islas que se forman por causas naturales en el mar territorial. Ninguna de las anteriores es la respuesta correcta. Pertenecen a los dueños de las márgenes u orillas más cercanas. Como regla general pertenecen al Estado, como dominio público hidráulico, salvo que sean de propiedad privada o procedan de la desmembración de ésta. Pertenecen al Estado, como dominio público estatal. Según el Código Civil: Cuando el propietario no haya perseguido, o cese de perseguir el enjambre 4 días consecutivos, podrá el poseedor de la finca ocuparlo o retenerlo. El propietario de animales amansados podrá también reclamarlos dentro de 30 días, a contar desde su ocupación por otro. Pasado este término, pertenecerán al propietario del terreno donde se encontrasen. Las palomas, conejos y peces, que de su respectivo criadero pasaren a otro perteneciente a distinto dueño, serán propiedad de éste, siempre que no hayan sido atraídos por medio de algún artificio o fraude. El propietario de un enjambre de abejas tendrá derecho a perseguirlo sobre el fundo ajeno, necesitando siempre el consentimiento del dueño para penetrar en él. El tesoro oculto. Pertenece en su totalidad al descubridor, aunque el que lo descubra no fuese dueño del terreno en el que se encontraba. Pertenece en su totalidad al dueño del terreno en el que fuera hallado, cuando el que lo descubra no fuese dueño de dicho terreno. No es correcta ninguna de las respuestas. Pertenece siempre al que lo hallare. La accesión invertida puede producirse. Cuando se construye en terreno ajeno con materiales propios. En ninguno de los supuestos anteriores. Cuando se construye en terreno propio con materiales ajenos. Cuando se construye en terreno propio con materiales propios. El importe de la renta vitalicia. Es un fruto industrial. Constituye un supuesto de accesión continua. Es un fruto mercantil. Es un fruto civil. La unión de dos cosas muebles pertenecientes a distintos propietarios, que se distinguen pero no pueden separarse, constituye un supuesto de: Especificación. Conmixtión. Dependerá de si concurre voluntad de uno o de los dos propietarios. Adjunción. Juan López vende a Amelia García una finca con la prohibición de venderla hasta que el hijo de ésta alcance la edad de 16 años. Dicha prohibición. Tiene eficacia real. Su incumplimiento no da lugar en ningún caso a indemnización de daños y perjuicios. No tendrá otro carácter que el obligacional. Priva a Amelia de su poder de disposición. La prescripción adquisitiva. Es un mero instituto de extinción de derechos y acciones. Es un modo de adquirir el dominio sólo de bienes muebles. No es un modo de adquirir el dominio por sí mismo por cuanto requiere siempre posesión. Es un modo de adquirir el dominio. En la propiedad horizontal, los gastos comunes constituyen un ejemplo de. carga real. "ius ad rem". obligación "propter rem". derecho real "in faciendo". Es un modo derivativo de adquirir el dominio. ninguna respuesta es correcta. la ocupación. la prescripción extintiva. la tradición. La adquisición de la posesión. puede realizarse por menores, y por las personas con discapacidad pero necesitan de la asistencia de sus representantes legítimos para usar de los derechos que de la posesión nazcan a su favor. puede realizarse por menores, pero necesitan de la asistencia de sus representantes legítimos para usar de los derechos que de la posesión nazcan a su favor. puede realizarse por menores y por las personas con discapacidad en todo caso. puede realizarse directamente, en cualquier caso, por quien se crea con derecho a la cosa o el animal, aunque existe otro poseedor que se oponga a ello. |




