option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

DAYPO. OPE Común. Tema 6. 2024. SAS

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
DAYPO. OPE Común. Tema 6. 2024. SAS

Descripción:
Temario Común tema 6. OPE SAS. 2024

Fecha de Creación: 2024/01/14

Categoría: Otros

Número Preguntas: 55

Valoración:(3)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

¿En cuál de lo siguientes colectivos de trabajadores no será de aplicación la Ley de Prevención de Riesgos Laborales si bien es verdad que dicha norma inspirará su normativa específica?. Personal laboral de la Junta de Andalucía. Bomberos. Funcionarios. En todos los colectivos de trabajadores que se indica es de aplicación la LPRL.

Según la LPRL, el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir la posibilidad de que un trabajador sufra un daño derivado del trabajo se denomina... Condición de trabajo. Riesgo laboral grave e inminente. Riesgo laboral. Prevención.

Según la LPRL, cualquier característica del trabajo que pueda tener influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador se denomina... Condición de trabajo. Riesgo laboral grave e inminente. Riesgo laboral. Prevención.

Según la LPRL, la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo recibe el nombre de... Condición de trabajo. Riesgo laboral grave e inminente. Riesgo laboral. Prevención.

Según la LPRL, ¿cuál de lo siguientes no se consideraría un elemento integrante del equipo de trabajo?. Maquinaria. Instalaciones y utillaje. Proceso productivo. Cualquier aparato utilizado en el trabajo.

El conjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar las actividades preventivas a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, asesorando y asistiendo para ello al empresario, a los trabajadores y a sus representantes y a los órganos de representación especializados recibe el nombre de... Consulta y participación de los trabajadores. Delegados de prevención. Servicios de prevención. Servicios de prevención.

¿Cuál es el número mínimo de trabajadores que deben existir en una empresa o en un centro de trabajo para que en el mismo se constituya un Comité de Seguridad y Salud?. Seis. Treinta. Cincuenta. Los Comités de Seguridad y Salud deben existir en todas las empresas y si no existen deben estar concertados.

¿Quién formará parte del Comité de Seguridad y Salud además de los representantes de los trabajadores?. Las centrales sindicales más representativas. Los delegados de prevención. Los empresarios o sus representantes. Los servicios de prevención.

El Comité de Seguridad y Salud no es un órgano. Paritario. Normativo. Colegiado. Todas las notas que se indican son características de los Comités de Seguridad y Salud.

¿Quién deberá proporcionar a los Delegados de Prevención los medios y la formación en materia preventiva que resulten necesarios para el ejercicio de sus funciones?. Las centrales sindicales más representativas. Los empresarios. Funcionarios. Cualquiera de los que se cita indistintamente.

Los trabajadores tienen derecho a participar en la empresa en las cuestiones relacionadas con la prevención de riesgos en el trabajo. En ciertas empresas o centros de trabajo la participación de éstos se canalizará a través de sus representantes y de la representación especializada. Para ello se requiere que el número de trabajadores sea igual o superior a... Cinco empleados. Tres. Seis trabajadores. Cuatro trabajadores.

Las trabajadoras tendrán derecho a ausentarse del trabajo para la realización de técnicas de preparación al parto... Siempre que tal actividad se lleve a cabo, coincida o no con el horario de trabajo. Siempre que dicha actividad tenga efectos mutagénicos. Entre otras causa, cuando la trabajadora esté embarazada. Lo anterior será de aplicación también durante el período de lactancia.

Los Delegados de Prevención son... Representantes de los trabajadores con funciones exclusivas en materia de prevención. Designados por la empresa. En las empresas de hasta 100 trabajadores habrá 5 Delegados de Prevención. Todas son falsas.

En las empresas de hasta 30 trabajadores el Delegado de Prevención será.... Comité de Empresa. Empresario. Servicio de Prevención. Delegado de Personal.

Si una empresa tiene 8 delegados de prevención es por que la plantilla de la misma... Es superior a 1.000 trabajadores. Es superior a 2.000 trabajadores. Es superior a 3.000 trabajadores. Es superior a 4.000 trabajadores.

En materia de protección de menores la LPRL habla de una edad determinada por debajo de la cual el trabajador sería menor. ¿cuál sería dicha edad?. 21 años. 25 años. 18 años. 16 años.

Protección de la maternidad. Si el cambio de puesto no resultara posible por razones técnicas u objetivas, podrá declararse el paso de la trabajadora a al situación de... Excedencia forzosa. Baja maternal. Suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo. Excedencia por cuidado de hijos.

¿Cuál de las siguientes no sería una obligación de los trabajadores en materia de prevención de riesgos, tal como se establece en la LPRL?. Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por los representantes de los trabajado-res, de acuerdo con las instrucciones recibidas de estos. No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los que ésta tenga lugar. Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención o, en su caso, al servicio de prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo. Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo.

Los trabajadores tendrán derecho a la vigilancia de su estado de salud. Dicha vigilancia, según la LPRL, deberá ser... Expuesta. Periódica. Esporádica. Característica.

En cumplimiento del deber de protección incumbe al empresario garantizar que cada trabajador reciba formación teórica y práctica. ¿En qué momento o momentos no es necesario que deba llevarse a término esta actividad formativa?. Con carácter previo a la celebración del contrato. Cuando se introduzcan nuevas tecnologías en los equipos de trabajo. Cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe el trabajador. Todas son correctas.

En materia de prevención de riesgos laborales, ¿cuál de los siguientes no se consideraría un principio de la acción preventiva?. Evitar los riesgos. Combatir los riesgos que no se pueden evitar. Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro. Adoptar medidas que antepongan la protección individual a la colectiva.

El empresario adoptará las medidas necesarias con el fin de que los equipos de trabajo sean adecuados para el trabajo que deba realizarse y convenientemente adaptados a tal efecto, de forma que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizarlos. Cuando la utilización de un equipo de trabajo pueda presentar un riesgo específico para la seguridad y la salud de los trabajadores, el empresario adoptará las medidas necesarias con el fin de que: La utilización del equipo de trabajo quede reservada a los encargados de dicha utilización. La utilización del equipo de trabajo será siempre a cargo del empresario. Nadie utilice el mencionado equipo. El equipo de trabajo pueda utilizarse como si el mencionado riesgo no existiese.

El empresario deberá proporcionar a sus trabajadores equipos de protección individual adecuados... Sólo cuando exista un riesgo cierto y grave. Cuando, por la naturaleza de los trabajos realizados, sean necesarios. Cuando, por la naturaleza de los trabajos realizados, no sean necesarios. Cuando dicho exigencia venga impuesta por norma de rango legal o reglamentario.

Cuando los trabajadores estén o puedan estar expuestos a un riesgo grave e inminente con ocasión de su trabajo, el empresario estará obligado a: (señala la contestación falsa). Informar lo antes posible a todos los trabajadores afectados acerca de la existencia de dicho riesgo y de las medidas adoptadas o que, en su caso, deban adoptarse en materia de protección. Adoptar las medidas y dar las instrucciones necesarias para que, en caso de peligro grave, inminente e inevitable, los trabajadores puedan interrumpir su actividad y, si fuera necesario, abandonar de inmediato el lugar de trabajo. En este supuesto no podrá exigirse a los trabajadores que reanuden su actividad mientras persista el peligro, salvo excepción debidamente justificada por razones de seguridad y determinada reglamentariamente. Disponer lo necesario para que el trabajador que no pudiera ponerse en contacto con su superior jerárquico, ante una situación de peligro grave e inminente para su seguridad, la de otros trabajadores o la de terceros a la empresa, esté en condiciones, habida cuenta de sus conocimientos y de los medios técnicos puestos a su disposición, de adoptar las medidas necesarias para evitar las consecuencias de dicho peligro. Todas son correctas.

En orden a la protección de la maternidad las medidas que se adopten incluirán... La no realización del trabajo nocturno o a turno cuando resulte necesario. La prohibición expresa de realizar trabajo nocturno o a turnos siempre. No incluirán medida de ningún tipo. No incluirán medida de ningún tipo puesto que cuando la trabajadora se encuentra en las circunstancias con que la ley protege dicha situación el contrato siempre está en suspenso (bajas maternales).

El personal podrá acudir a consultas de tipo médico durante la jornada laboral... Por necesidades propias aunque no se encuentre enfermo. Siempre que se encuentre en la situación de incapacidad temporal. Entre otros casos, cuando tenga que acompañar a su mujer. Todas son correctas.

Cuando el trabajador considere que la actividad que desempeñe un riesgo grave para su salud tendrá derecho a... Interrumpir su actividad. Abandonar el trabajo. Paralizar la actividad de la empresa. Sólo tendrá derecho a lo indicado en las dos primeras alternativas cuando dicho riesgo además de grave sea inminente.

Cuando el empresario no adopte o no permita la adopción de las medidas necesarias para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores... Los trabajadores podrán acordar por mayoría la paralización de la empresa. Los representantes legales de los trabajadores podrán adoptar por mayoría la paralización de la actividad de la empresa. Los representantes legales de los trabajadores podrán acordar, por mayoría de sus miembros, la paralización de la actividad de los trabajadores afectados por dicho riesgo. La autoridad laboral podrá acordar el cese de la actividad de la empresa a propuesta de los representantes legales de los trabajadores.

El empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo. Esta vigilancia sólo podrá llevarse a cabo cuando el trabajador... Se encuentre en una situación de riesgo. Preste su consentimiento salvo excepciones. Se encuentre en una situación de riesgo grave y permanente. Lo determine la autoridad laboral.

La acción preventiva en la empresa se planificará por el empresario a partir de una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores, que se realizará, con carácter general, teniendo en cuenta la naturaleza de la actividad, y en relación con aquellos que estén expuestos a riesgos especiales. La evaluación será actualizada cuando cambien las condiciones de trabajo y, en todo caso, se someterá a consideración y se revisará, si fuera necesario, con ocasión de... Los daños que se hubieran producido. Las circunstancias económicas y sociales. La gestión comercial de la empresa. Los resultados económicos del ejercicio.

La normativa sobre Prevención de Riesgos Laborales está constituida por. La ley 31/1995 de 8 de noviembre, sus disposiciones de desarrollo y complementarias, y cuantas otras normas, legales y convencionales, contengan prescripciones relativas a la adopción de medidas preventivas en el ámbito laboral o susceptibles de producirlas en dicho ámbito. La ley 31/1995 de 8 de noviembre, sus disposiciones de desarrollo o complementarias y cuantas otras normas, legales o convencionales, contengan prescripciones relativas a la adopción de medidas preventivas en el ámbito laboral o susceptibles de producirlas en dicho ámbito. La ley 31/1995 de 8 de noviembre, sus disposiciones de desarrollo y complementarias o cuantas otras normas, legales y convencionales, contengan prescripciones relativas a la adopción de medidas preventivas en el ámbito laboral o susceptibles de producirlas en dicho ámbito. La ley 31/1995 de 8 de noviembre, sus disposiciones de desarrollo y cuantas otras normas legales, contengan prescripciones relativas a la adopción de medidas preventivas en el ámbito laboral o susceptibles de producirlas en dicho ámbito.

Las disposiciones de carácter laboral contenidas en la Ley 31/1995 de 8 de noviembre y en sus normas reglamentarias. Tendrán en todo caso el carácter de Derecho necesario mínimo indisponible, pudiendo ser mejoradas y desarrolladas en los convenios colectivos. Tendrán en todo caso el carácter de Derecho necesario máximo indisponible, pudiendo ser mejoradas y desarrolladas en los convenios colectivos. Tendrán en todo caso el carácter de Derecho necesario mínimo indisponible, pudiendo no ser mejoradas, pero si desarrolladas en los convenios colectivos. Tendrán en todo caso el carácter de Derecho necesario máximo indisponible, no pudiendo ser mejoradas, ni desarrolladas en los convenios colectivos.

La Ley 31/1995 de 8 de noviembre tiene por objeto. Promover la seguridad o la salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo. Promover la seguridad y la salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas o el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo. Promover la seguridad o la salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas o el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo. Promover la seguridad y la salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo.

La Ley 31/1995 de 8 de noviembre establece. Los principios generales relativos a la prevención de los riesgos profesionales para la protección de la seguridad, la disminución de los riesgos derivados del trabajo, la información, la consulta, la participación equilibrada y la formación de los trabajadores en materia preventiva, en los términos señalados en la presente disposición. Los principios generales relativos a la prevención de los riesgos profesionales para la protección de la salud, la eliminación o disminución de los riesgos derivados del trabajo, la información, la consulta, la participación equilibrada o la formación de los trabajadores en materia preventiva, en los términos señalados en la presente disposición. Los principios generales relativos a la prevención de los riesgos profesionales para la protección de la seguridad o de la salud, la eliminación y disminución de los riesgos derivados del trabajo, la información, la consulta, la participación equilibrada o la formación de los trabajadores en materia preventiva, en los términos señalados en la presente disposición. Los principios generales relativos a la prevención de los riesgos profesionales para la protección de la seguridad y de la salud, la eliminación o disminución de los riesgos derivados del trabajo, la información, la consulta, la participación equilibrada y la formación de los trabajadores en materia preventiva, en los términos señalados en la presente disposición.

Para el cumplimiento de los fines reseñados en la pregunta anterior, la Ley 31/1995 de 8 de noviembre regula. Las actuaciones a desarrollar por las Administraciones públicas, por los trabajadores y sus respectivas organizaciones representativas. Las actuaciones a desarrollar por las Administraciones públicas y por los empresarios. Las actuaciones a desarrollar por los empresarios, los trabajadores y sus respectivas organizaciones representativas. Las actuaciones a desarrollar por las Administraciones públicas, así como por los empresarios, los trabajadores y sus respectivas organizaciones representativas.

A efectos de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre y de las normas que la desarrollen, se entenderá como «riesgo laboral». La posibilidad de que un trabajador sufra un indeterminado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo. La posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado o no del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo. La posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño o la severidad del mismo. La posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo.

A efectos de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre y de las normas que la desarrollen, se entenderá como procesos, actividades, operaciones, equipos o productos «potencialmente peligrosos». Aquellos que, en ausencia de medidas preventivas generales, originen riesgos para la salud de los trabajadores que los desarrollan o utilizan. Aquellos que, en ausencia de medidas preventivas específicas, originen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores que los desarrollan o utilizan. Aquellos que, en ausencia de medidas preventivas específicas, originen riesgos para la salud de los trabajadores que los desarrollan o utilizan. Aquellos que, en ausencia de medidas preventivas generales, originen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores que los desarrollan o utilizan.

A efectos de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre y de las normas que la desarrollen, se entenderá como «equipo de trabajo». Cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo. Cualquier máquina, aparato, instrumento utilizada en el trabajo. Cualquier máquina o instalación utilizada en el trabajo. Cualquier máquina, aparato o instalación utilizada en el trabajo.

A efectos de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre y de las normas que la desarrollen, se entenderá como «riesgo laboral grave e inminente». Aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro mediato y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores. Aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato o pueda suponer un daño para la salud de los trabajadores. Aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro mediato y pueda suponer un daño para la salud de los trabajadores. Aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño grave para la salud de los trabajadores.

A efectos de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre y de las normas que la desarrollen, se entenderá como «daños derivados del trabajo». Las enfermedades, patologías y lesiones sufridas con motivo y ocasión del trabajo. Las enfermedades, patologías y lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo. Las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo y ocasión del trabajo. Las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.

A efectos de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre y de las normas que la desarrollen, se entenderá por «prevención». El conjunto de medidas adoptadas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. El conjunto de actividades previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. El conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. El conjunto de actividades o medidas adoptadas y previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar y disminuir los riesgos derivados del trabajo.

A efectos de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre y de las normas que la desarrollen, se entenderá por «equipo de protección individual». Cualquier equipo destinado a ser sujetado por el trabajador para que le proteja de varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. Cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. Cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de varios riesgos que puedan amenazar su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. Cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin.

A efectos de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre y de las normas que la desarrollen, se entenderá como «condición de trabajo». Cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad o la salud del trabajador. Cualquier característica del mismo que pueda tener influencia en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador. Cualquier característica del mismo que pueda tener influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud del trabajador. Cualquier característica del mismo que pueda tener una influencia en la generación de riesgos para la seguridad o la salud del trabajador.

Queda específicamente incluida en la definición de condición de trabajo de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre. La naturaleza de los agentes físicos, químicos y biológicos presentes en el ambiente de trabajo y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia. La naturaleza de los agentes biológicos presentes en el ambiente de trabajo y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia. La naturaleza de los agentes físicos y químicos presentes en el ambiente de trabajo y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia. La naturaleza de los agentes químicos y biológicos presentes en el ambiente de trabajo y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia.

Queda específicamente incluida en la definición de condición de trabajo de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre. Las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos o demás útiles existentes en cualquier trabajo. Las características particulares de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás útiles existentes en el centro de trabajo. Las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás útiles existentes en el centro de trabajo. Las características generales y particulares de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás útiles existentes en el centro de trabajo.

Queda específicamente incluida en la definición de condición de trabajo de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre. Todas aquellas otras características del trabajo, incluidas las relativas a su ordenación, que no influyan en la magnitud de los riesgos a que esté expuesto el trabajador. Todas aquellas otras características del trabajo, incluidas las relativas a su organización, que no influyan en la magnitud de los riesgos a que esté expuesto el trabajador. Todas aquellas otras características del trabajo, incluidas las relativas a su organización y ordenación, que no influyan en la magnitud de los riesgos a que esté expuesto el trabajador. Todas aquellas otras características del trabajo, incluidas las relativas a su organización y ordenación, que influyan en la magnitud de los riesgos a que esté expuesto el trabajador.

La Ley 31/1995 de 8 de noviembre y sus normas de desarrollo serán de aplicación. Tanto en el ámbito de las relaciones laborales reguladas en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, como en el de las relaciones de carácter estatutario del personal al servicio de las Administraciones Públicas, con las peculiaridades que, en este caso, se contemplan en la presente Ley o en sus normas de desarrollo. Tanto en el ámbito de las relaciones laborales reguladas en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, como en el de las relaciones de carácter administrativo del personal al servicio de las Administraciones Públicas o Entidades privadas. En el ámbito de las relaciones laborales reguladas en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, exclusivamente. Tanto en el ámbito de las relaciones laborales reguladas en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, como en el de las relaciones de carácter administrativo o estatutario del personal al servicio de las Administraciones Públicas, con las peculiaridades que, en este caso, se contemplan en la presente Ley o en sus normas de desarrollo.

La Ley 31/1995 de 8 de noviembre no será de aplicación en aquellas actividades cuyas particularidades lo impidan en el ámbito de las funciones públicas de (marca la incorrecta): Policía, seguridad y resguardo aduanero. Servicios operativos de protección civil y peritaje forense en los casos de grave riesgo, catástrofe y calamidad pública. Fuerzas Armadas. Actividades civiles de la Guardia Civil.

En los Centros y establecimientos militares. Será de aplicación lo dispuesto en la presente Ley 31/1995 de 8 de noviembre, con las particularidades previstas en su normativa específica. No será de aplicación lo dispuesto en la presente Ley 31/1995 de 8 de noviembre, salvo lo dispuesto en su normativa específica. Será de aplicación lo dispuesto en la presente Ley 31/1995 de 8 de noviembre, con las particularidades previstas en la normativa general. Ninguna es correcta.

En los establecimientos penitenciarios. Se adaptarán a la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, aquellas actividades cuyas características justifiquen una regulación especial, lo que se llevará a efecto en los términos señalados en la Ley 8/1990, de 19 de julio, sobre participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos. Se adaptarán a la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, aquellas actividades cuyas características justifiquen una regulación especial, lo que se llevará a efecto en los términos señalados en la Ley 7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva de las condiciones de trabajo de los empleados públicos. Se adaptarán a la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, aquellas actividades cuyas características justifiquen una regulación especial, lo que se llevará a efecto en los términos señalados en la Ley 8/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva o participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos. Se adaptarán a la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, aquellas actividades cuyas características justifiquen una regulación especial, lo que se llevará a efecto en los términos señalados en la Ley 7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos.

La Ley 31/1995 de 8 de noviembre. Tampoco será de aplicación a la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar. Será de aplicación a la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar. Tampoco será de aplicación a la relación laboral de carácter general del servicio del hogar familiar. Será de aplicación a la relación laboral de carácter general del servicio del hogar familiar.

El titular del hogar familiar. Está obligado a cuidar de que el trabajo de sus empleados se realice en las debidas condiciones de seguridad e higiene. No está obligado a cuidar de que el trabajo de sus empleados se realice en las debidas condiciones de higiene. Está obligado a cuidar de que el trabajo de sus empleados se realice en las debidas condiciones de seguridad o higiene. Está obligado a cuidar de que el trabajo de sus empleados se realice en las debidas condiciones de seguridad.

Las trabajadoras que se encuentren en situación de embarazo y: Hayan notificado su situación según el Procedimiento 35 del SGPRL del SAS, deberán seguir las recomendaciones del Equipo de Vigilancia de la Salud/Medicina Preventiva en función de los resultados de las analíticas y de las demás pruebas médicas que se le practiquen. Hayan notificado su situación según el Procedimiento 35 del SGPRL del SAS, deberán seguir las recomendaciones del Equipo de Vigilancia de la Salud/Medicina Preventiva en función de los resultados de las pruebas médicas que se le practiquen. Hayan notificado su situación según el Procedimiento 33 del SGPRL del SAS, deberán seguir, si así lo estiman, las recomendaciones del Equipo de Vigilancia de la Salud/Medicina Preventiva en función de los resultados de las analíticas y demás pruebas médicas que se le practiquen. Hayan notificado su situación según el Procedimiento 30 del SGPRL del SAS, deberán seguir las recomendaciones del Equipo de Vigilancia de la Salud/Medicina Preventiva en función de los resultados de las analíticas que se le practiquen.

Corresponde a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social: El asesoramiento técnico en la elaboración de la normativa legal. La colaboración con organismos internacionales. La elaboración y divulgación de estudios, investigaciones y estadísticas relacionados con la salud de los trabajadores. La función de la vigilancia y control de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.

La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo estará integrada por: En representante de cada una de las Comunidades Autónomas. Miembros de la Administración General del Estado. Representantes de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas. Todas son correctas.

Denunciar Test
Chistes IA