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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESE: Decreto 255/1997 Estatutos Sociales EP Osakidetza
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Título del Test:
Decreto 255/1997 Estatutos Sociales EP Osakidetza

Descripción:
Osakidetza 2016-2017

Autor:
yoly_91
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Fecha de Creación:
09/03/2018

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 61
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Temario:
Qué capítulo de los Estatutos sociales del Ente Público Osakidetza- Servicio Vasco de Salud regula la organización rectora del mismo: El Capítulo II. El Capítulo III. El Capítulo IV. El Capítulo V.
A los/as Directores/as-Gerentes de los servicios sanitarios del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, le corresponde: Suscribir el contrato-programa en representación de la organización respectiva, así como aprobar la propuesta que corresponde formular a cada organización sobre su presupuesto individualizado y sus planes de gestión a corto y medio plazo. Presidir los Consejos Técnicos de participación profesional y promover su eficaz funcionamiento Promover y supervisar las actividades de docencia e investigación del personal Facultativo. Todas las respuestas son correctas.
Corresponderá la presidencia del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud al/a la Consejero/a de Sanidad. La relación de sus funcio- nes como órgano rector del Ente Público comprenderá: Ejercer la representación del Ente Público y de su Consejo de Administración, sin perjuicio de la que corresponde a los/as directivos/as superiores de todas las organizaciones dependientes del Ente. Ejercer la dirección de todos los servicios y del personal del Ente Público. A tal fin, le corresponderá impulsar, orientar, coordinar e inspeccionar los servicios de todas las organizaciones y dictar instrucciones relativas al funcionamiento de los mismos Nombrar y separar a los/as Directores/as-Gerentes de las organizaciones de servicios sanitarios del Ente Público y, a propuesta del/de la Director/a-Gerente respectivo/a, nombrar y separar al resto de cargos directivos de dichas organizaciones de servicios. Todas las respuestas son correctas.
Entre las atribuciones del Consejo de Administración del ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, no se encuentran: La planificación estratégica de medios adscritos al ente. Las facultades necesarias para dirigir e impulsar el proceso e intensi- dad con la que se configurarán las organizaciones últimas de servicios sanitarios dependientes del ente, también en lo relativo al otorgamien- to de personalidad jurídica. La dirección de sus actuaciones. El control superior de la gestión.
De entre las funciones que se exponen a continuación, señale la que no corresponderá a la presidencia del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud al/a la Consejero/a de Sanidad: Aprobar la propuesta de Presupuestos, Estados Financieros Previsionales y Memoria anual de actividades del Ente Público, así como la información orientativa desagregada de todas sus organizaciones dependientes. Asimismo le corresponderá formular la liquidación de cuentas del Ente Público y de sus organizaciones Ejercer la representación del Ente Público y de su Consejo de Administración, sin perjuicio de la que corresponde a los directivos superiores de todas las organizaciones dependientes del Ente. Supervisar las operaciones del Ente Público y presentar al Consejo de Administración los informes que considere oportunos. Ejercer toda clase de acciones, excepciones y recursos judiciales y administrativos en defensa de los derechos e intereses del Ente Público, sin perjuicio de las actuaciones ordinarias directamente vinculadas al ejercicio de las facultades que se atribuyen a las distintas organizaciones del Ente Público.
Las organizaciones de servicios que se constituyan en el Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud: Dispondrán, en todo caso, de personalidad jurídica propia. No dispondrán de personalidad jurídica propia salvo que el Presidente del Ente Público lo acuerde expresamente. No dispondrán, en ningún caso, de personalidad jurídica propia. No dispondrán de personalidad jurídica propia salvo que lo acuerde expresamente el Gobierno mediante Decreto.
Forma parte del ámbito territorial del Área de Salud de Araba: El Centro Vasco de Transfusión y Tejidos Humanos. El Hospital Leza. El Hospital San Eloy. El Hospital Mendaro.
El artículo 4.º de los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza/Servicio Vasco de Salud dispone que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Ordenación Sanitaria de Euskadi, el Ente Público Osakidetza- Servicio Vasco de Salud dispone de: Personalidad jurídica única. Personalidad jurídica pública diferenciada. Personalidad jurídica plena pública. Personalidad jurídica propia y diferenciada.
El Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud: Contará con tres Directores de División Contará con cinco cargos directivos Podrá contar con un máximo de hasta cinco cargos directivos. Podrá contar con un máximo de hasta tres cargos directivos.
Según el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, para el desarrollo de funciones de propuesta y asesoramiento, así como de participación en las organizaciones de servicios, existirá en cada organización: Una Dirección Médica. Un Consejo Técnico. Un/a Directora-Gerente. Un Consejo de Dirección.
Señale cuál de las siguientes organizaciones de servicios del Servicio Vasco de Salud se encuadran en el ámbito del Área de salud de Áraba Hospital Universitario de Araba Hospital de Zaldibar. Hospital de Zamudio. Hospital Alto Deba.
Señale cuál de las siguientes organizaciones de servicios del Servicio Vasco de Salud se encuadran en el ámbito del Área de salud de Gipuzkoa: Hospital Universitario de Araba Hospital de Zaldibar. Hospital de Zamudio. Hospital Alto Deba.
La estructura directiva de apoyo al Consejo de Administración del Ente Público Osakidetza/Servicio Vasco de Salud, que tiene atribuciones directivas principales de control, coordinación estratégica, apoyo y ejecución de las facultades de gestión, con relación a las organizaciones de servicios sanitarios dependientes del Ente Público, es: La organización central de administración y gestión corporativa. La comisión central de administración. La comisión de dirección. El comité de apoyo.
Corresponde al Presidente del Ente Público Osakidetza/Servicio Vasco de Salud la función de: Aprobar, a propuesta del Director General, el Plan Estratégico del Ente Público. Supervisar las operaciones del Ente Público. Nombrar y separar al Director General. Aprobar o proponer, según proceda, las medidas de reorganización de los recursos adscritos al Ente Público en cuanto a la configuración de sus organizaciones de servicios sanitarios.
Los directores de división de la organización central del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza serán cesados: Por el/la Presidente/a del Consejo de Administración Servicio Vasco de Salud/Osakidetza. Por el Consejo de Administración Servicio Vasco de Salud/Osakidetza por propia iniciativa Por el/la Director/a General del Servicio Vasco de Salud/Osakidetza a propuesta del Consejo de Administración Servicio Vasco de Salud/Osa- kidetza. Por el Consejo de Administración Servicio Vasco de Salud/Osakidetza a iniciativa del/de la Director/a General del mismo.
DECRETO 255/1997, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS ESTATUTOS SOCIALES DEL ENTE PÚBLICO «OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD». ¿CUÁL ES LA NATURALEZA JURÍDICA DE OSAKIDETZA? Organismo autónomo. Sociedad pública. Ente público de derecho privado. Consorcio.
DECRETO 255/1997. ¿QUÉ ORGANO ES COMPETENTE PARA RESOLVER LAS RECLAMACIONES DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL QUE SE FORMULEN ANTE OSAKIDETZA POR EL FUNCIONAMIENTO DE SUS SERVICIOS? El Consejo de Administración. El Director General. Los Directores Gerentes de las organizaciones de servicios sanitarios. La Presidencia del Ente Público Osakidetza.
DECRETO 255/1997. ¿QUIÉN ACTUA COMO SUPERIOR JERÁRQUICO DE LOS CARGOS DIRECTIVOS DE LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS SANITARIOS DEL ENTE PÚBLICO A EFECTOS DEL CONOCIMIENTO DE RECURSOS ADMINISTRATIVOS ORDINARIOS? Los Directores Gerentes. El Director General. El Consejo de Administración. La Presidencia del Ente Público Osakidetza.
DECRETO 255/1997. ¿A QUÉ ORGANO CORRESPONDE, CON CARÁCTER ORDINARIO SUPERVISAR LAS ACTIVIDADES DE DOCENCIA E INVESTIGACIÓN DEL PERSONAL FACULTATIVO? A la Dirección Médica. A los Consejos Técnicos. Al Director Gerente. Al Consejo de Dirección.
DECRETO 255/1997, DENTRO DE LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS, ¿QUÉ ÓRGANO TIENE ENTRE SUS FUNCIONES LA DE PROPONER LÍNEAS DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE INVESTIGACIÓN, DOCENCIA Y FORMACIÓN? La Dirección Médica. Los Consejos Técnicos. El Director Gerente. El Consejo de Dirección.
DECRETO 255/1997. SEÑALAR LA AFIRMACIÓN CORRECTA SOBRE LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS SANITARIOS DEL ENTE PÚBLICO OSAKIDETZA EN RELACIÓN AL OBJETIVO DE GESTIÓN CLÍNICA Podrán descentralizar la organización y su funcionamiento operativo, delegando en los responsables clínicos facultades de gestión tanto en materia económica como de personal. Podrán descentralizar la organización y su funcionamiento operativo, delegando en los responsables clínicos facultades de gestión excepto en materia económica y de personal Podrán descentralizar la organización y su funcionamiento operativo, delegando en los responsables clínicos facultades de gestión excepto en materia de personal. Adaptarán progresivamente la gestión en sus servicios y unidades asistenciales hacia el objetivo de separación de las funciones directoras de clínicos y gestores.
SEGÚN EL DECRETO 255/1997, ESTATUTOS SOCIALES DE OSAKIDETZA, LA FUSIÓNO SEGREGACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS EXISTENTES SON MEDIDAS QUE SE PODRÁN ADOPTAR POR: Decreto del Gobierno Vasco. Decreto del Consejero de Sanidad. Orden del Director General de Osakidetza. Acuerdo del Consejo de Administración de Osakidetza.
SEGÚN EL DECRETO 255/1997, EJERCER LA DIRECCIÓN DEL PERSONAL DE OSAKIDETZA ES UNA FUNCIÓN QUE CORRESPONDE A: El Presidente de Osakidetza. El Consejo de Administración de Osakidetza. La Dirección General de Osakidetza. El Director-Gerente.
SEGÚN EL DECRETO 255/1997, ADEMÁS DEL DIRECTOR-GERENTE, LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS SANITARIOS DE OSAKIDETZA PODRÁN CONTAR CON UN MÁXIMO DE HASTA: 3 cargos directivos. 4 cargos directivos. 5 cargos directivos. 7 cargos directivos.
SEGÚN EL DECRETO 255/1997, AUDITAR EL NIVEL DE CALIDAD DE LAS ACTIVIDADES CLÍNICO-ASISTENCIALES ES UNA ATRIBUCIÓN QUE CORRESPONDE A: La Dirección Médica. El Director-Gerente. El Consejo de Administración de Osakidetza. Los Directores de división.
SEÑALA LA INCORRECTA SEGÚN EL DECRETO 255/1997. LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS SANITARIOS DE OSAKIDETZA POTENCIARÁN LAS ACTIVIDADES QUE MEJORAN LOS RESULTADOS EN TÉRMINOS DE: Niveles de salud. Satisfacción de los usuarios de los servicios. Trazabilidad clínica. Uso de tecnologías.
SEÑALA LA INCORRECTA SEGÚN EL DECRETO 255/1997. EL CONSEJO DE DIRECCIÓN DE CADA ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS ESTARÁ INTEGRADO POR: El Director General. El equipo directivo. Las jefaturas de unidad que se determinen. Una representación de los vocales electos que formen parte de los Consejos Técnicos de participación profesional respectivos.
SEGÚN EL DECRETO 255/1997, APROBAR LA PROPUESTA QUE CORRESPONDE FORMULAR A CADA ORGANIZACIÓN SOBRE SU PRESUPUESTO INDIVIDUALIZADO ES UNA FUNCIÓN QUE CORRESPONDE A: El Consejo de Administración de Osakidetza. El Presidente de Osakidetza. El Director-Gerente de cada organización de servicios sanitarios de Osakidetza. El Consejo de Dirección de cada organización de servicios sanitarios de Osakidetza.
SEGÚN EL DECRETO 255/1997, LA CREACIÓN DE ORGANIZACIONES DE SERVICIOS DE OSAKIDETZA REQUERIRÁ: Decreto del Gobierno Vasco. Decreto del Consejero de Sanidad Orden del Director General de Osakidetza. Acuerdo del Consejo de Administración de Osakidetza.
SEGÚN EL DECRETO 255/1997, CUANDO CORRESPONDA DIRECTAMENTE A LA ORGANIZACIÓN CENTRAL DE OSAKIDETZA EL CONOCIMIENTO DE RECURSOS ADMINISTRATIVOS: Se constituirá en superior jerárquico el Director Gerente de la Organización Central. Se constituirá en superior jerárquico el Director General de Osakidetza. Se constituirá en superior jerárquico el Consejero de Sanidad. Se constituirá en superior jerárquico el Consejo de Administración de Osakidetza.
SEGÚN EL DECRETO 255/1997, LA RESOLUCIÓN DE LAS RECLAMACIONES DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL QUE SE FORMULEN ANTE CUALQUIERA DE LAS ORGANIZACIONES DE OSAKIDETZA POR EL FUNCIONAMIENTO DE SUS SERVICIOS CORRESPONDERÁ A: El Director Gerente de la Organización Central. El Director General de Osakidetza. El Consejero de Sanidad. El Consejo de Administración de Osakidetza.
SEGÚN EL DECRETO 255/1997, LA ADOPCIÓN DE PACTOS O ACUERDOS DE TERMINACIÓN CONVENIAL QUE PONGAN FIN A LOS PROCEDIMIENTOS CORRESPONDERÁ A: El Director Gerente de la Organización Central. El Director General de Osakidetza. El Consejero de Sanidad. El Consejo de Administración de Osakidetza.
SEGÚN EL DECRETO 255/1997, LA LIQUIDACIÓN DE CUENTAS DE LAS ORGANIZACIONES DE OSAKIDETZA ES UNA FUNCIÓN QUE CORRESPONDE A: El Presidente de Osakidetza. El Consejo de Administración de Osakidetza. El Director General de Osakidetza. El Departamento de Hacienda.
SEGÚN EL DECRETO 255/1997, EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN: Nombrará siempre de entre sus miembros un Vicepresidente y un Secretario. Supervisará las operaciones de Osakidetza. Contará, además del Presidente de Osakidetza, con cinco miembros, dos de ellos nombrados a propuesta del Consejero de Hacienda y tres a propuesta del Consejero de Sanidad. Contará, además del Presidente de Osakidetza, con cinco miembros, dos de ellos nombrados a propuesta del Consejero de Sanidad y tres a propuesta del Consejero de Hacienda.
SEGÚN EL DECRETO 255/1997, NOMBRAR Y SEPARAR A LOS DIRECTORES DE DIVISIÓN DE LA ORGANIZACIÓN CENTRAL ES UNA FUNCIÓN QUE CORRESPONDE A: El Presidente de Osakidetza. El Consejo de Administración de Osakidetza. La Dirección General de Osakidetza. Ninguno de los anteriores.
¿A QUIÉN CORRESPONDE LA PRESIDENCIA DE OSAKIDETZA? Al Diputado Foral de la materia. Al Ministro de Sanidad. Al Consejero de Sanidad. Al Director General de Osakidetza.
LOS REPRESENTANTES DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA PRESENTES EN EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE OSAKIDETZA SON NOMBRADOS POR El Director General de Osakidetza. El Consejero de Sanidad. El Lehendakarí. El Gobierno Vasco.
LA OFERTA PÚBLICA DE EMPLEO DE OSAKIDETZA LA APRUEBA: El Consejero de Sanidad. El Consejo de Administración de Osakidetza. El Director General de Osakidetza. La Consejera de Hacienda y Administración Pública.
LOS DIRECTORES GERENTES DE LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS DE OSAKIDETZA TIENEN LA CONSIDERACIÓN DE: Personal eventual. Personal de alta dirección. Cargo directivo. Personal de confianza.
LA POTESTAD DISCIPLINARIA, EN LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS DE OSAKIDETZA, LA EJERCE/N: El Director de Recursos Humanos. El Director General. Los Directores de División. Los Directores Gerentes.
PARA EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS DE OSAKIDETZA PUEDEN CONTAR, ADEMÁS DE CON EL DIRECTOR GERENTE: Con un máximo de hasta 3 asesores. Con un máximo de hasta 3 cargos directivos. Con un máximo de hasta 5 cargos directivos. Con los asesores que precisen.
LOS CONSEJOS TÉCNICOS DE LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS DE OSAKIETZA SON: Órganos que conocen de los asuntos de carácter general que afecten a la gestión de la organización. Órganos que negocian el contrato programa con el Departamento. Órganos de asesoramiento y participación de los profesionales en la gestión de la organización. Órganos que elaboran los planes estratégicos de la organización.
La autorización para la existencia y supresión de cajas y para la apertura y cancelación de cuentas de las tesorerías de las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud correspon- de darla: Al Director-Gerente de cada organización de servicios. A la organización central del Ente Público. Al Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud. A la Mesa de Contratación de cada organización de servicios.
Una de las siguientes afirmaciones acerca de las Mesas de Contratación en Osakidetza-Servicio Vasco de Salud no es correcta. Indique cuál: Estarán compuestas en todo caso por un Presidente, dos vocales y un vocal-secretario. El órgano de contratación correspondiente podrá apartarse de la pro- puesta formulada por la Mesa de Contratación mediante resolución motivada. El vocal-secretario de la Mesa de Contratación tendrá a su cargo el seguimiento de los actos de ordenación e instrucción, así como la constancia, archivo y seguimiento de todos los actos de preparación, licitación, adjudicación, formalización, ejecución y extinción de los contratos. El cargo de Presidente de la Mesa de Contratación será ostentado por la persona que ostente el cargo directivo del órgano de contratación de la organización de servicios correspondiente.
En materia específica de gestión de recursos humanos, corresponde a la organización central de administración y gestión corporativa del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud: Coordinar los recursos y, en su caso, proponer medidas de intervención sobre las listas de espera. Supervisar el cumplimiento de las políticas generales de calidad y realizar auditorías. Impulsar y coordinar la ejecución del Plan de Normalización Lingüística. Definir los criterios generales de contratación en el Ente Público.
A quién corresponde entre sus funciones la aprobación del Plan Estratégico del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud? Al Director/a General, a propuesta del Consejo de Administración. Al Director/a General, a propuesta del Gerente. A la organización central de administración y gestión corporativa. Al Consejo de Administración, a propuesta del Director General.
No corresponde al Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud: Aprobar los Presupuestos del Ente Público. Aprobar, a propuesta del/de la Director/a General, el Plan Estratégico del Ente Público. Aprobar, a propuesta del/de la Presidente/a, los criterios y líneas gene- rales de actuación del Ente Público. Establecer el régimen retributivo de los directivos en el Ente Público, conforme a lo que dispone el artículo 27.3 de la Ley de Ordenación sanitaria de Euskadi.
Es falso que, al/a la Directora/a General de la organización central del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, le corresponda: Ejecutar los acuerdos del Consejo de Administración. Ejercer la dirección de todos los servicios del Ente Público Ejercer la dirección de todo el personal del Ente Público. Aprobar la estructura orgánica y normas de funcionamiento que requiera la organización central del Ente Público.
El/la Directora/a General de la organización central del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud asistirá a las reuniones del Consejo de Administración: Sin voz ni voto. Con voz y sin voto. Sin voz y con voto. Con voz y voto.
En materia específica de gestión asistencial, no corresponde a la organización central de administración y gestión corporativa del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud: Proponer los criterios de clasificación de los Puestos Funcionales. Supervisar el cumplimiento de las políticas generales de calidad y realizar auditorías. Autorizar la incorporación de nuevos dispositivos tecnológicos. Promover protocolos de interés general.
En materia específica de gestión económico-financiera, no corresponde a la organización central de administración y gestión corporativa del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud: Informar el Presupuesto y Plan de Gestión anual de las organizaciones de servicios sanitarios del Ente Público. Elaborar la propuesta consolidada de Presupuesto y Estados Previsionales del Ente Público. Definir los criterios generales de contratación en el Ente Público. Establecer criterios generales para la aplicación de Contabilidad Analítica.
¿A quién corresponde presidir el Consejo Técnico de los hospitales y promover su eficaz funcionamiento? Al/a la Consejero/a de Sanidad de Euskadi Al/a la Gerente del hospital. A la Dirección de Enfermería. A la Dirección Médica.
¿A quién corresponde proveer los Puestos Funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud? Al/a la Consejero/a de Sanidad de Euskadi. Al Consejo de Administración del Ente. Al Consejo de Dirección del Ente Público. Al Ministerio de Sanidad y Consumo.
¿Quién nombra y separa a los Directores-Gerentes de las organizaciones de servicios sanitarios del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud y, a propuesta del Director-Gerente respectivo, nombra y separa al resto de cargos directivos de dichas organizaciones de servicios? El Consejo de Administración del Ente. El Director General del Ente Público. El Secretario General de Osakidetza. El Consejo de Dirección del Ente Público.
No corresponde al Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud la siguiente función: Aprobar, a propuesta del Presidente, los criterios y líneas generales de actuación del Ente Público y de todas las organizaciones dependientes del mismo. Aprobar, a propuesta del Director General, el Plan Estratégico del Ente Público. Formular la liquidación de cuentas del Ente Público y de sus organizaciones. Establecer el régimen retributivo de todas las categorías de empleados del Ente.
Los Estatutos del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud ( Decreto 255/1997) (artículo 8. 1 y 2) establecen que: a) El Consejo de Administración del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud es el órgano rector colegiado del mismo encargado principalmente de dirigir y controlar sus actuaciones b) La composición del Consejo contará, además del Presidente del Ente Público, con cinco miembros en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma, que serán nombrados por el Gobierno, dos de ellos a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública y los tres restantes a propuesta del Consejero de Sanidad. En relación con los enunciados anteriores diga si: a) Es cierta solo la afirmación 50 a) b) Es cierta solo la afirmación 50 b) c) Son ciertas ambas afirmaciones 50 a) y 50 b) d) No es cierta ninguna de ellas.
EL DECRETO 255/1997, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS ESTATUTOS SOCIALES DE OSAKIDETZA, CALIFICA A OSAKIDETZA COMO: Entidad Pública Institucional sometida al Derecho Administrativo. Consorcio dotado de personalidad jurídica propia. Ente Público de Derecho Privado. Organismo Autónomo adscrito al Departamento de Sanidad. .
SEGÚN EL DECRETO 255/1997, EL ENTE PÚBLICO OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD PERSEGUIRÁ A TRAVÉS DE TODAS SUS ORGANIZACIONES UNA SERIE DE FINES DE INTERÉS GENERAL ENTRE LOS QUE NO SE ENCUENTRA: Ejecutar la provisión del servicio público sanitario en la Comunidad Autónoma de Euskadi Proporcionar a las personas que accedan a sus servicios las condiciones necesarias para el pleno ejercicio de sus derechos y deberes Promover la formación y actualización de los conocimientos especializados que requiere su personal sanitario y no sanitario Promover la seguridad e higiene en el puesto de trabajo, así como las actividades de investigación, estudio y divulgación relacionadas con las mismas. .
SEGÚN EL DECRETO 255/1997, LA ORGANIZACIÓN RECTORA DE OSAKIDETZA: Se corresponde con el Comité de Salud Pública del Departamento de Sanidad. Está formada por el Consejero de Sanidad, el Consejero de Hacienda y el Consejero de Interior. Comprende a su Presidente y al Consejo de Administración. Cuenta con cinco miembros designados por el Consejero de Sanidad. .
Señala, de entre las siguientes, qué competencia corresponde al Director Gerente del Ente Público Osakidetza/Servicio Vasco de Salud: Presidir los Consejos Técnicos de participación profesional y promover su eficaz funcionamiento. Promover y supervisar las actividades de docencia e investigación del personal facultativo. Ostentar la jefatura de personal en su organización y ejercer al respec- to las competencias de contratación y de gestión en materia de per- sonal de Osakidetza, así como ejercer la potestad disciplinaria, todo ello sin perjuicio de las facultades que expresamente se encuentran atribuidas en estos Estatutos a otras instancias. Potenciar las actividades que mejoran los resultados en términos de niveles de salud, satisfacción de los usuarios de los servicios, eficien- cia clínica, uso de tecnologías y correcta utilización de los recursos humanos.
Las organizaciones de servicios sanitarios del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud: Contará con tres Directores de División. Contará con cinco cargos directivos. Podrá contar con un máximo de hasta cinco cargos directivos. Podrá contar con un máximo de hasta tres cargos directivos.
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