option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

Decreto 277/2010 Autoprotección Test 02

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
Decreto 277/2010 Autoprotección Test 02

Descripción:
Decreto 277/2010, Autoprotección Gobierno Vascongado Test 02

Fecha de Creación: 2024/11/04

Categoría: Otros

Número Preguntas: 5

Valoración:(22)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

Según el Decreto 277/2010, de 2 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de autoprotección exigibles a determinadas actividades, centros o establecimientos para hacer frente a situaciones de emergencia, ¿Quién debe emitir el certificado de la implantación del plan de autoprotección?. El Sistema Vasco de Atención de Emergencias, mediante la persona que designe. Las autoridades de protección civil, que serán diferentes según el municipio. El titular de la actividad. Las autoridades públicas competentes.

Según el Decreto 277/2010, de 2 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de autoprotección exigibles a determinadas actividades, centros o establecimientos para hacer frente a situaciones de emergencia, el que detalla los posibles accidentes o sucesos que pudieran dar lugar a una emergencia y los relacionará con las correspondientes situaciones de emergencia establecidas en el mismo es: El Plan de Prevención. El Plan de Evaluación de Riesgos. El Plan de Actuación en Emergencias. El Plan de Evacuación.

Según el Decreto 277/2010, de 2 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de autoprotección exigibles a determinadas actividades, centros o establecimientos, para hacer frente a situaciones de emergencia, se realizarán ejercicios o simulacros de emergencia: Con la periodicidad que fije el Plan, sin que esté marcada una periodicidad mínima. Con la periodicidad que fije el Plan, y al menos una vez al año, evaluando sus resultados. Mínimo cada tres años. Cada dos años tal y como fija el Plan.

Según el Decreto 277/2010, de 2 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de autoprotección exigibles a determinadas actividades, centros o establecimientos, para hacer frente a situaciones de emergencia, el plan de autoprotección: Tiene vigencia indeterminada, se mantendrá adecuadamente actualizado y se revisará, al menos, con una periodicidad no superior a tres años. Tiene una vigencia determinada por el propio plan según el tipo de actividad, se mantendrá adecuadamente actualizado y se revisará, al menos, con una periodicidad no superior a tres años. Tiene vigencia indeterminada, se mantendrá adecuadamente actualizado y se revisará, al menos, con una periodicidad no superior a cinco años. Tiene una vigencia determinada por el propio plan según el tipo de actividad, se mantendrá adecuadamente actualizado y se revisará, al menos, con una periodicidad no superior a cinco años.

Según el Decreto 277/2010, de 2 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de autoprotección exigibles a determinadas actividades, centros o establecimientos para hacer frente a situaciones de emergencia, ¿De quién es la función de informar los proyectos de normas de autoprotección que afecten a la seguridad de personas y bienes?. De la Comisión de Protección Civil de Euskadi. Del titular de la actividad. De los órganos de las administraciones locales competentes en materia de Protección Civil. Del órgano de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi competente en materia de seguridad industrial.

Denunciar Test