Decreto 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los
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Título del Test:![]() Decreto 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los Descripción: Educación Social CV |



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1. ¿Cuál es el objeto del Decreto 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los órganos de la Administración de la Generalitat de participación infantil y adolescente, y de protección de la infancia y la adolescencia. a) Regular los órganos de la Generalitat de participación infantil y adolescente, de protección de la infancia y la adolescencia, y de coordinación en esta materia creados por la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia. b) Regular los órganos de la Generalitat de participación infantil y adolescente, de protección de la infancia y la adolescencia, y de coordinación en esta materia creados por la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. c) Regular los órganos de la Generalitat de participación infantil y adolescente, de protección de la infancia y la adolescencia, y de coordinación en esta materia creados por la Estrategia Valenciana de Infancia y Adolescencia. d) Regular los órganos de la Generalitat de participación infantil y adolescente, de protección de la infancia y la adolescencia, y de coordinación en esta materia creados por el Consell. 2. ¿Qué tres tipos de órganos diferencia el Decreto 60/2021?. a) Órganos de gestión y evaluación del sistema de protección a la infancia y adolescencia, órganos de protección infantil y órganos de colaboración interinstitucional. b) Órganos para la protección infantil y adolescente, órganos de colaboración administrativa y órganos colegiado de coordinación. c) Órgano colegiado, órgano interinstitucional y órgano multidimensional para la protección infantil y adolescente. d) Órganos de participación infantil y adolescente, órganos colegiados para la protección y órgano colegiado de coordinación. 3. ¿A qué se adscribe el Consejo de Infancia y Adolescencia de la Comunitat Valenciana?. a) A la Dirección General de Igualdad. b) A los servicios territoriales de la conselleria competente en infancia y la adolescencia. c) A la conselleria con competencia en materia de infancia y la adolescencia. d) Al Ministerio Fiscal. 4. ¿Cuál NO es una función del Consejo de Infancia y Adolescencia de la Comunitat Valenciana?. a) Evacuar consultas respecto de los proyectos normativos, planes y programas de la Generalitat que afecten a la infancia y la adolescencia y, en particular, respecto de la Estrategia valenciana de infancia y adolescencia. b) Difundir las inquietudes y los intereses de la infancia y la adolescencia de la Comunitat Valenciana. c) Evacuar consultas respecto de los protocolos y guías de actuación elaborados por la Generalitat que afecten a la infancia y la adolescencia. d) Evacuar consultas respecto de los proyectos normativos, planes y programas de la Generalitat que afecten a la protección pública de la infancia y la adolescencia. 5. ¿Cuál es un principio rector de los órganos de participación infantil y adolescente según el Decreto 60/2021?. a) La participación será inclusiva. b) La participación será progresiva. c) La participación se entenderá dentro de un proceso de continuidad y sostenibilidad. d) La participación se entenderá dentro de un proceso de continuidad y perdurabilidad. 6. ¿A qué se adscribe el El Consejo Infantil y Adolescente del Sistema de Protección?. a) A la Dirección General de Igualdad. b) A los servicios territoriales de la conselleria competente en infancia y la adolescencia. c) A la conselleria con competencia en materia de infancia y la adolescencia. d) Al Ministerio Fiscal. 7. ¿Qué órganos pueden tener un equipo de dinamización, especializado técnicamente que asume un papel facilitador?. a) Los órganos de participación infantil. b) Los órganos colegiados para la protección de la infancia y la adolescencia. c) Los órganos de coordinación interadministrativa. d) Ninguno. 8. ¿A qué se adscribe La Comisión de Protección de la Infancia y la Adolescencia?. a) A la Dirección General de Igualdad. b) A los servicios territoriales de la conselleria competente en infancia y la adolescencia. c) A la conselleria con competencia en materia de infancia y la adolescencia. d) Al Ministerio Fiscal. 9. ¿Quiénes ejercen como vocales en la Comisión de Protección de la Infancia y la Adolescencia?. a) El titular de la jefatura de servicio correspondiente. b) El titular de la jefatura de sección con competencia en materia de infancia y adolescencia. c) Titular de Secretaría Autonómica. d) Un representante de la Diputación Provincial. 10. ¿A qué se adscribe La Comisión de Adopción y Alternativas Familiares?. a) A la Dirección General de Igualdad. b) A los servicios territoriales de la conselleria competente en infancia y la adolescencia. c) A la conselleria con competencia en materia de infancia y la adolescencia. d) Al Ministerio Fiscal. 11. ¿A qué se adscribe La Comisión Interdepartamental de Infancia y Adolescencia?. a) A la Dirección General de Igualdad. b) A los servicios territoriales de la conselleria competente en infancia y la adolescencia. c) Al Ministerio Fiscal. d) A la conselleria con competencia en materia de infancia y la adolescencia. 12. ¿Qué deberá contener, el informe propuesta que la persona instructora del procedimiento debe remitir a la Secretaría para ser sometido a la Comisión de Protección de la Infancia y la Adolescencia? ( Señala la respuesta incorrecta). a) Datos de las personas titulares de la patria potestad o la tutela. b) Situación sociofamiliar. c) La propuesta fundamentada en el plan de protección. d) La propuesta fundamentada en el Plan Personalizado de Intervención Social. 13. La composición de la Comisión Interdepartamental de Infancia y Adolescencia cuenta como Presidencia: a) A quien ostente la titularidad de la conselleria competente en infancia y adolescencia. b) A quien ostente la titularidad de una secretaría autonómica o de la subsecretaría de cada uno de los departamentos de la Administración de la Generalitat. d) No lo regula específicamente. d) No lo regula específicamente. 14. Fijar los criterios objetivos predeterminados a aplicar en la selección de familias para las propuestas de adopción, a los efectos del artículo 148.3 de la Ley 26/2018, es una función que le corresponde a: a) La Comisión Interdepartamental de Infancia y Adolescencia. b) La Comisión de Protección de la Infancia y la Adolescencia. c) La Comisión de Adopción y Alternativas Familiares. d) El Consejo de Adopción Valenciano. 15. La Comisión de Adopción y Alternativas Familiares, para su válida constitución, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, requiere la asistencia de: a) Quienes ejerzan la presidencia y la secretaría o quienes les sustituyan y, al menos, un cuarto de sus vocales en la primera convocatoria, o un tercio en la segunda. b) Quienes ejerzan la presidencia y la secretaría o quienes les sustituyan y, al menos, la mitad de sus vocales en la primera convocatoria, o un tercio en la segunda. c) Quienes ejerzan la presidencia o la secretaría o quienes les sustituyan y, al menos, dos tercios de sus vocales en la primera convocatoria, o un tercio en la segunda. d) La mitad de sus miembros con voz y voto. 16. ¿Qué órgano tiene por objeto coordinar las acciones de los distintos departamentos del Consell que desarrollen actuaciones que incidan en los derechos de la infancia o la adolescencia?. a) La Estrategia Valenciana de Infancia y Adolescencia. b) El Observatorio de Infancia y Adolescencia. c) La Comisión Interdepartamental de Infancia y Adolescencia. d) La Comisión Interdisciplinar de Infancia y Adolescencia. 17. ¿Cuál es una función del Consejo de Infancia y Adolescencia de la Comunitat Valenciana?. a) Valorar la aplicación de los principios rectores recogidos en la Ley 26/2018, especialmente la perspectiva de equidad, de género y de igualdad de trato y no discriminación, en los asuntos en los que sea consultado. b) Proponer al Consell, a través de la conselleria competente, para su aprobación, la Estrategia valenciana de infancia y adolescencia, y coordinar su ejecución por todos aquellos órganos de la Administración de la Generalitat cuyas competencias puedan contribuir a la consecución de sus objetivos. c) Asesorar a las comisiones de protección de la infancia y la adolescencia adscritas a las direcciones territoriales en cuestiones relativas a los expedientes de protección que instruyen, cuando así lo soliciten las mismas. d) Acordar la búsqueda activa de familias cuando se den las circunstancias previstas en el artículo 148.4 de la Ley 26/2018. 18. ¿Cuál NO es una función de la Comisión de Protección de la Infancia y la Adolescencia?. a) Acordar la medida de guarda voluntaria. b) Acordar la medida de desamparo. c) Acordar la medida de acogimiento familiar de urgencia. d) Acordar la medida de acogimiento en familia extensa. 19. ¿Qué es el Consejo de Infancia y Adolescencia de la Comunitat Valenciana?. a) Es el órgano mediante el cual la Generalitat hace efectivo el derecho de niños, niñas y adolescentes a ser escuchados colectivamente en los asuntos que les conciernen. b) Es el órgano mediante el cual la Generalitat hace efectivo el derecho de niños, niñas y adolescentes a ser escuchados individualmente en los asuntos que les conciernen. c) Es el órgano colegiado mediante el cual la Generalitat hace efectivo el derecho de niños, niñas y adolescentes a ser escuchados colectivamente en los asuntos que se les asignan. d) Es el órgano mediante el cual la Generalitat hace efectivo el derecho de niños, niñas y adolescentes bajo la guarda o la tutela de Generalitat a ser escuchados colectivamente respecto de la acción protectora. 20. El consejo electoral del Consejo Infantil y Adolescente del Sistema de Protección, procurará favorecer la diversidad del órgano, de manera que estén presentes en él: a) Niños, niñas y adolescentes con diversidad funcional o discapacidad. b) Quienes de sus circunstancias socio-familiares derive alguna desventaja o situación social de dificultad. c) Quienes, por sus circunstancias personales, familiares o sociales, tengan más dificultades para que se escuchen sus opiniones. d) Quienes precisen de apoyos para ejercer su derecho a opinar libremente. |




