Decreto 60/2021, 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los ór
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Título del Test:
![]() Decreto 60/2021, 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los ór Descripción: Educación Social CV |



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1. Conforme al artículo 8 del Decreto 60/2021, el Consejo Infantil y Adolescente del Sistema de Protección tiene como finalidad: a) Representar a todos los menores de la Comunitat Valenciana. b) Hacer efectivo el derecho de los niños, niñas y adolescentes bajo tutela o guarda de la Generalitat a ser escuchados colectivamente respecto de la acción protectora. c) Aprobar medidas de protección. d) Coordinar los servicios sociales municipales. 2. ¿Cuál de las siguientes funciones corresponde al Consejo Infantil y Adolescente del Sistema de Protección?. a) Declarar la situación de desamparo. b) Participar en la evaluación periódica del sistema de protección. c) Aprobar acogimientos familiares. d) Resolver expedientes de adopción. 3. El Consejo Infantil y Adolescente del Sistema de Protección podrá trasladar propuestas al Consejo de Infancia y Adolescencia de la Comunitat Valenciana cuando: a) Respecto de aquellas cuestiones que excedan el ámbito de la protección infantil y adolescente. b) Lo autorice el Ministerio Fiscal. c) Lo solicite la Comisión de Protección. d) Exista resolución judicial. 4. De acuerdo con el artículo 10 del Decreto 60/2021, el Consejo Infantil y Adolescente del Sistema de Protección estará integrado por: a) 18 niños, niñas y adolescentes bajo la guarda o la tutela de la Generalitat. b) 20 menores bajo la guarda o la tutela de la Generalitat. c) 24 niños, niñas y adolescentes bajo la guarda o la tutela de la Generalitat. d) 30 menores bajo la guarda o la tutela de la Generalitat. 5. El nombramiento de los integrantes del Consejo Infantil y Adolescente del Sistema de Protección corresponde a: a) La persona titular de la conselleria competente. b) La dirección general competente en materia de protección de la infancia y adolescencia. c) La Comisión Interdepartamental. d) El Consell. 6. El mandato de los miembros del Consejo Infantil y Adolescente del Sistema de Protección será de: a) Un año, sin posibilidad de reelección. b) Dos años, sin posibilidad de reelección. c) Tres años, sin posibilidad de reelección. d) Cuatro años, sin posibilidad de reelección. 7. ¿Quién puede optar a formar parte del Consejo Infantil y Adolescente del Sistema de Protección?. a) Cualquier menor residente en la Comunitat Valenciana. b) Cualquier persona menor de edad bajo tutela o guarda de la Generalitat. c) Solo menores en acogimiento residencial. d) Solo menores en acogimiento familiar. 8. En los hogares o residencias de protección, las personas candidatas serán elegidas: a) Por la dirección del centro. b) Directamente por las personas residentes. c) Por la dirección territorial. d) Por el equipo educativo. 9. Si únicamente se presenta una candidatura en un hogar de protección: a) Será designada automáticamente. b) Deberá ser refrendada por, al menos, la mitad de los votos emitidos. c) Quedará anulada. d) Será resuelta por la dirección general. 10. Conforme al artículo 11, las personas representantes del acogimiento familiar serán designadas por: a) La Comisión de Protección. b) Un colegio electoral integrado por aquellas personas adultas que hayan estado en algún momento en acogimiento familiar o en guarda con fines de adopción. c) Los servicios sociales municipales. d) La dirección territorial. 11. El colegio electoral, previsto en el artículo 11, estará formado por un máximo de: a) 30 personas. b) 40 personas. c) 50 personas. d) 60 personas. 12. De acuerdo con el artículo 12 del Decreto 60/2021, El Consejo Infantil y Adolescente del Sistema de protección podrá formular preguntas o remitir propuestas relacionadas con la acción protectora a la dirección general con competencia en materia de la infancia y la adolescencia, deberán ser respondidas en un plazo máximo de: a) Un mes. b) Dos meses. c) Tres meses. d) Seis meses. 13. El funcionamiento de los órganos de participación infantil y adolescente se rige, entre otros, por el principio de: a) Jerarquía administrativa. b) Participación protagónica de niños, niñas y adolescentes. c) Representación institucional. d) Coordinación judicial. 14. Según el artículo 13 del Decreto 60/2021, quienes formen parte de los órganos de participación actuarán: a) En representación propia. b) En representación de la infancia y la adolescencia y no en representación propia. c) En nombre de la Generalitat. d) En representación de su municipio. 15. El órgano de participación se reunirá con la periodicidad que el mismo determine, que será,: a) una vez al mes. b) una vez al año. c) al menos, trimestral. d) al menos, semestral. 16. Los acuerdos de los órganos de participación infantil se adoptarán: a) Siempre por mayoría simple. b) Por consenso. De no ser posible, se adoptarán por mayoría de los votos emitidos. c) Por unanimidad. d) Por mayoría cualificada de dos tercios en todos los casos. 17. En su funcionamiento, los órganos de participación cuentan con el acompañamiento adulto de un equipo de dinamización, especializado técnicamente para fomentar el ejercicio de la participación infantil, que asume: a) Dirigir las decisiones del Consejo. b) Un papel facilitador, pero no directivo. c) Sustituir a la Secretaría Técnica. d) Aprobar el orden del día. 18. La Secretaría Técnica de los órganos de participación será desempeñada por: a) Personal dependiente de la dirección general competente en materia de infancia y adolescencia. b) Personal de los ayuntamientos. c) Personal del Ministerio Fiscal. d) Miembros del propio Consejo exclusivamente. 19. ¿Cuál de las siguientes NO constituye una causa de pérdida de la condición de miembro de un órgano de participación infantil?. a) Renuncia voluntaria. b) Alcanzar la mayoría de edad. c) Incumplimiento grave de las obligaciones. d) Finalización de la medida de protección o cese en el órgano de origen. 20. La Comisión de Protección de la Infancia y la Adolescencia es el órgano que garantiza: a) La representación política de la infancia. b) El carácter colegiado e interdisciplinar de las decisiones en materia de protección. c) La coordinación entre diputaciones provinciales. d) La aprobación de la Estrategia Valenciana de Infancia y Adolescencia. |




