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Decreto 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los

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Título del Test:
Decreto 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los

Descripción:
Educación Social Tema 8 (Art. 1 al 7) de la oposición de la GVA 46/26

Fecha de Creación: 2026/07/27

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 20

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Temario:

1. De acuerdo con el artículo 1 del Decreto 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los órganos de la Administración de la Generalitat de participación infantil y adolescente, y de protección de la infancia y la adolescencia. El objeto principal de esta norma es: a) Regular exclusivamente los órganos de protección de menores. b) Regular los órganos de participación infantil y adolescente, de protección y de coordinación en materia de infancia creados por la Ley 26/2018. c) Regular únicamente el Consejo de Infancia y Adolescencia de la Comunitat Valenciana. d) Crear el Observatorio Valenciano de la Infancia.

2. ¿Cuál de los siguientes órganos NO es un órgano de participación infantil y adolescente regulado por el Decreto 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los órganos de la Administración de la Generalitat de participación infantil y adolescente, y de protección de la infancia y la adolescencia?. a) Consejo de Infancia y Adolescencia de la Comunitat Valenciana. b) Consejo Infantil y Adolescente del Sistema de Protección. c) Comisión de Protección de la Infancia y la Adolescencia. d) Ninguna de las anteriores.

3. Conforme al artículo 2 del Decreto 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los órganos de la Administración de la Generalitat de participación infantil y adolescente, y de protección de la infancia y la adolescencia, el Consejo de Infancia y Adolescencia de la Comunitat Valenciana está adscrito a: a) La Presidencia de la Generalitat. b) La conselleria competente en materia de infancia y adolescencia. c) La Vicepresidencia del Consell. d) El Observatorio Valenciano de la Infancia.

4. Según el Decreto 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los órganos de la Administración de la Generalitat de participación infantil y adolescente, y de protección de la infancia y la adolescencia. ¿Cuál es la finalidad principal del Consejo de Infancia y Adolescencia de la Comunitat Valenciana?. a) Representar judicialmente a los menores. b)Aprobar medidas de protección. c) Hacer efectivo el derecho de niños, niñas y adolescentes a ser escuchados colectivamente. d) Coordinar los servicios sociales municipales.

5. Entre las funciones del Consejo de Infancia y Adolescencia de la Comunitat Valenciana se encuentra, según el Decreto 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los órganos de la Administración de la Generalitat de participación infantil y adolescente, y de protección de la infancia y la adolescencia. a) Aprobar la Estrategia Valenciana de Infancia y Adolescencia. b) Participar en la elaboración, seguimiento y evaluación de la Estrategia Valenciana de Infancia y Adolescencia. c) Elaborar los presupuestos de la Generalitat. d) Declarar situaciones de desamparo.

6. En relación con las funciones del Consejo de Infancia y Adolescencia de la Comunitat Valenciana, señale la respuesta correcta, según el Decreto 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los órganos de la Administración de la Generalitat de participación infantil y adolescente, y de protección de la infancia y la adolescencia. a) Puede evacuar consultas sobre proyectos normativos que afecten a la infancia y adolescencia. b) Solo puede pronunciarse sobre normas educativas. c) Únicamente interviene cuando lo solicita el Consell. d) Carece de funciones consultivas.

7. El artículo 3 del Decreto 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los órganos de la Administración de la Generalitat de participación infantil y adolescente, y de protección de la infancia y la adolescencia, atribuye al Consejo de Infancia y Adolescencia la función de: a) Nombrar a los miembros de la Comisión de Protección. b) Impulsar campañas y actividades que visibilicen las aportaciones de la infancia y adolescencia. c) Resolver expedientes de acogimiento. d) Declarar la idoneidad de las familias adoptantes.

8. Conforme al artículo 4 del Decreto 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los órganos de la Administración de la Generalitat de participación infantil y adolescente, y de protección de la infancia y la adolescencia, los miembros del Consejo de Infancia y Adolescencia son nombrados por: a) El Consell. b) Les Corts Valencianes. c) La Presidencia de la Generalitat. d) La persona titular de la conselleria competente en infancia y adolescencia.

9. Según el Decreto 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los órganos de la Administración de la Generalitat de participación infantil y adolescente, y de protección de la infancia y la adolescencia. El mandato de las personas integrantes del Consejo de Infancia y Adolescencia de la Comunitat Valenciana será de: a) Un año. b) Dos años, sin posibilidad de reelección. c) Tres años. d) Cuatro años.

10. Según el Decreto 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los órganos de la Administración de la Generalitat de participación infantil y adolescente, y de protección de la infancia y la adolescencia. El Consejo de Infancia y Adolescencia renovará: a) Todos sus miembros cada dos años. b)Un tercio de sus integrantes cada año. c) La mitad de sus integrantes cada año. d) Solo a los representantes de los consejos locales.

11. Según el Decreto 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los órganos de la Administración de la Generalitat de participación infantil y adolescente, y de protección de la infancia y la adolescencia. Los consejos locales de infancia podrán presentar candidaturas cuando: a) Hayan sido constituidos. b) Tengan más de cincuenta miembros. c) Lo autorice la Comisión Interdepartamental. d) Lleven, al menos, un año de funcionamiento.

12. Según el Decreto 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los órganos de la Administración de la Generalitat de participación infantil y adolescente, y de protección de la infancia y la adolescencia. Las candidaturas presentadas por los consejos locales deberán ser: a) Elegidas por la dirección del ayuntamiento. b) Paritarias y elegidas democráticamente. c) Designadas por la Generalitat. d) Elegidas por el Ministerio Fiscal.

13. Según el Decreto 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los órganos de la Administración de la Generalitat de participación infantil y adolescente, y de protección de la infancia y la adolescencia. En el procedimiento de elección de representantes de los consejos locales, los consejeros se elegirán, con carácter general: a) Mediante sorteo entre las candidaturas. b) Por votación directa del Consell. c) Por designación de la dirección general competente. d) Mediante concurso de méritos.

14. Según el Decreto 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los órganos de la Administración de la Generalitat de participación infantil y adolescente, y de protección de la infancia y la adolescencia. En aplicación del principio de diversidad funcional, cuando existan dos o menos personas candidatas con esta condición: a) Participarán en el sorteo ordinario. b) Serán nombradas directamente. c) Quedarán excluidas del procedimiento. d) Serán elegidas por la Comisión de Protección.

15. Según el Decreto 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los órganos de la Administración de la Generalitat de participación infantil y adolescente, y de protección de la infancia y la adolescencia. El Consell Escolar de la Comunitat Valenciana designará a sus representantes entre: a) Los directores de los centros educativos. b) Las organizaciones de alumnos y alumnas de mayor representatividad. c) Los consejos escolares municipales. d) Los inspectores de educación.

16. De conformidad con el artículo 7 del Decreto 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los órganos de la Administración de la Generalitat de participación infantil y adolescente, y de protección de la infancia y la adolescencia, los órganos que consulten al Consejo de Infancia y Adolescencia deberán: a) Facilitar la información necesaria sobre la iniciativa objeto de consulta. b) Solicitar autorización judicial. c) Convocar un pleno extraordinario. d) Esperar un informe del Ministerio Fiscal.

17. Según el Decreto 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los órganos de la Administración de la Generalitat de participación infantil y adolescente, y de protección de la infancia y la adolescencia. Salvo que una norma establezca otro plazo, si transcurren tres meses desde la recepción de una consulta sin respuesta del Consejo: a) La consulta quedará automáticamente anulada. b) El órgano consultante podrá considerarla evacuada. c) Será necesario reiterarla. d) Deberá remitirse al Consell.

18. Según el Decreto 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los órganos de la Administración de la Generalitat de participación infantil y adolescente, y de protección de la infancia y la adolescencia. El Consejo de Infancia y Adolescencia podrá formular preguntas o propuestas a la Administración de la Generalitat aunque: a) No haya sido consultado previamente. b) No exista ninguna competencia autonómica. c) Lo prohíba el reglamento interno. d) Solo cuando exista autorización judicial.

19. Según el Decreto 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los órganos de la Administración de la Generalitat de participación infantil y adolescente, y de protección de la infancia y la adolescencia. Las comunicaciones dirigidas al Consejo de Infancia y Adolescencia deberán realizarse: a) Exclusivamente por medios electrónicos. b) En lenguaje accesible y formato amigable. c) Mediante publicación en el DOGV. d) Únicamente de forma presencial.

20. Según el Decreto 60/2021, de 14 de mayo, del Consell, de regulación y coordinación de los órganos de la Administración de la Generalitat de participación infantil y adolescente, y de protección de la infancia y la adolescencia. Al menos una vez al año, la Comisión Interdepartamental de Infancia y Adolescencia dará cuenta al Consejo de Infancia y Adolescencia de: a) Las actuaciones municipales en materia de juventud. b) Las principales actuaciones del Consell que afectan a la infancia y adolescencia. c) Las resoluciones judiciales dictadas en protección de menores. d) Los acuerdos de la Comisión de Adopción.

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