Decreto Foral Normativo 1/1993, 20 de abril, se aprueba el texto refundido IAE
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Título del Test:![]() Decreto Foral Normativo 1/1993, 20 de abril, se aprueba el texto refundido IAE Descripción: Decreto Foral Normativo 1/1993, 20 de abril, se aprueba el texto refundido IAE |




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¿Según el artículo 1 del DFN 1/1993, qué característica define al Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)?. Es un tributo directo de carácter personal. Es un tributo indirecto de carácter real. Es un tributo directo de carácter real. Es un tributo indirecto de carácter personal. ¿En qué consiste el hecho imponible según el artículo 2 del DFN 1/1993?. Sólo las actividades empresariales que se ejerzan en local determinado. El mero ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas, se ejerzan o no en local determinado. Sólo las actividades profesionales si no están especificadas en las tarifas del impuesto. El ejercicio de toda actividad económica sólo si está recogida en las tarifas del impuesto. ¿Cuál de estos supuestos fue modificado en el artículo 5.1.c) del DFN 1/1993 por la Norma Foral 4/2012?. La exención objetiva relativa a los sujetos pasivos con importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 €. La exención para actividades agrícolas. El tipo impositivo aplicable en actividades empresariales. La obligación de inscribirse en la matrícula del impuesto. Según el artículo 15 del DFN 1/1993, ¿cuál es una de las competencias que corresponde al Ayuntamiento del término municipal donde se realiza la actividad?. La formación y conservación de la matrícula del impuesto. La calificación de las actividades económicas. Establecer el tipo del coeficiente único y del índice de situación. Practicar la liquidación derivada de declaraciones de alta. Según el artículo 7, ¿quiénes son sujetos pasivos del IAE?. Solo las personas físicas que desarrollen actividades empresariales. Personas físicas, jurídicas y entidades del artículo 33 de la Norma Foral General Tributaria que ejerzan actividades económicas. Únicamente las sociedades mercantiles con sede en Gipuzkoa. Personas físicas y jurídicas residentes en España, independientemente de que ejerzan o no actividad. ¿Cuál es la regla general sobre la obligación de contribuir según el artículo 8?. Todos los sujetos pasivos están obligados, sin excepciones. La obligación depende de la residencia fiscal en Gipuzkoa. Existen exenciones subjetivas y objetivas reguladas en la norma. Solo contribuyen quienes ejerzan la actividad en local permanente. El artículo 9 regula la determinación de la cuota tributaria. ¿Qué elementos se utilizan para calcularla?. Solo el volumen de ventas y beneficios de la actividad. Las tarifas aprobadas, los coeficientes y los índices de situación aplicables. Exclusivamente la cifra de negocios de la entidad. El patrimonio neto y el número de trabajadores de la empresa. Según el artículo 10, ¿qué órgano es competente para aprobar las tarifas y la instrucción del impuesto?. Las Juntas Generales de Gipuzkoa. Los Ayuntamientos de cada municipio. El Gobierno Vasco. La Diputación Foral de Gipuzkoa. ¿Qué establece el artículo 11 sobre las tarifas del impuesto?. Que son las mismas que las del IVA. Que tienen carácter estatal y se aplican automáticamente en Gipuzkoa. Que se fijan mediante Norma Foral aprobada por las Juntas Generales. Que cada Ayuntamiento puede aprobar tarifas propias sin limitaciones. En relación con la gestión censal (artículo 12), ¿qué obligación tienen los sujetos pasivos?. Solicitar la exención en el momento de inicio de la actividad. Presentar declaración de alta, variación o baja en la matrícula del impuesto. Inscribirse únicamente si la actividad se realiza en local permanente. Comunicar únicamente los beneficios anuales a la Hacienda Foral. ¿Qué regula el artículo 13 sobre la modificación de datos censales?. Solo los cambios de domicilio del sujeto pasivo. La obligación de comunicar cualquier variación en los datos de la matrícula del impuesto. Únicamente la modificación de la actividad económica principal. Cambios en la plantilla de trabajadores de la empresa. Según el artículo 14, ¿cuándo se considera inicio de la actividad a efectos del impuesto?. El primer día en que se obtiene beneficio económico. El primer día en que se realiza cualquier acto preparatorio de la actividad. El primer día de ejercicio efectivo de la actividad en el territorio de Gipuzkoa. El primer día de inscripción en el Registro Mercantil. Según el artículo 15, ¿qué función corresponde al Ayuntamiento donde se realiza la actividad?. Determinar la tarifa estatal aplicable. Establecer los coeficientes de situación y otros elementos locales de cálculo de la cuota. Aprobar la normativa general del impuesto. Determinar la exención para pequeñas empresas de manera independiente. ¿Qué establece el artículo 16 sobre las exenciones del impuesto?. Solo se aplican a las actividades profesionales. Existen exenciones tanto objetivas como subjetivas, reguladas por la norma foral. Todas las actividades económicas están exentas durante el primer año de ejercicio. Solo se aplican a empresas de nueva creación que facturen menos de 100.000 €. Según el artículo 17, la obligación de autoliquidación implica que: El sujeto pasivo debe calcular la cuota tributaria y presentarla en la Hacienda Foral. La administración determina la cuota sin intervención del contribuyente. Solo se aplica a personas jurídicas. La cuota se liquida únicamente al finalizar el año fiscal. ¿Qué dice el artículo 18 sobre los plazos de pago del IAE?. Que se pagará exclusivamente al finalizar el ejercicio. Que se fraccionará en función de la categoría del contribuyente. Que se determinan reglamentariamente por la Diputación Foral de Gipuzkoa. Que son iguales para todos los municipios, sin posibilidad de variación. ¿Qué regula el artículo 19 respecto a la liquidación del impuesto?. La obligación de la administración de calcular la cuota sin intervención del sujeto pasivo. La forma en que se practican las liquidaciones por los Ayuntamientos y la Diputación Foral. La obligación de presentar la declaración únicamente en papel. Los tipos de sanciones aplicables por retraso en el pago. Según el artículo 20, la revisión de oficio del impuesto puede realizarse: Solo a petición del sujeto pasivo. Por la administración cuando existan errores, omisiones o actos contrarios a la norma. Únicamente cuando haya fraude probado. Cada cinco años de manera automática. ¿Qué establece el artículo 21 sobre los recursos y reclamaciones?. Los sujetos pasivos no pueden presentar reclamaciones. Los recursos deben presentarse ante la Diputación Foral según los procedimientos establecidos. Las reclamaciones se presentan únicamente ante el Ayuntamiento. Solo se admite recurso judicial, sin vía administrativa previa. El artículo 22 regula las declaraciones complementarias: Solo se permiten para modificar datos censales. Permiten corregir errores en la autoliquidación presentada. No están permitidas bajo ningún supuesto. Solo se aplican a exenciones y bonificaciones. Según el artículo 23, las sanciones por incumplimiento del IAE: Son solo económicas y no incluyen recargos. Se determinan reglamentariamente, incluyendo posibles recargos, intereses y multas. Son automáticas y no requieren procedimiento. Solo aplican a personas jurídicas. ¿Qué establece el artículo 24 sobre la coordinación con otras normas tributarias?. Que el IAE se aplica de forma independiente, sin coordinación. Que se coordina con otras normas tributarias para evitar duplicidades y conflictos. Que solo se coordina con el IVA. Que solo afecta a grandes empresas con ingresos superiores a 1 millón de euros. ¿Qué indica el artículo 25 respecto a la entrada en vigor del DFN 1/1993?. Que entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial. Que entra en vigor seis meses después de su publicación. Que entra en vigor en la fecha que determine cada Ayuntamiento. Que su entrada en vigor depende de la aprobación del Gobierno Vasco. |