decreto ley 461/15 y decreto 1166/18.
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Título del Test:
![]() decreto ley 461/15 y decreto 1166/18. Descripción: perfeccionamiento aula 1 |



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El Decreto 461/15 fue dictado por la Provincia de Santa Fe. V. F. El Decreto 461/15 reglamenta el Título II, Capítulo 2° de la Ley 12.521. V. F. El Decreto 461/15 regula los concursos de ascenso policial. V. F. El Decreto 461/15 aprueba la Reglamentación del Régimen de Responsabilidad Administrativa del Personal Policial. V. F. La reglamentación del Decreto 461/15 tuvo implementación progresiva. V. F. Hasta la vigencia completa del nuevo régimen, las faltas graves seguían investigándose conforme al procedimiento anterior. V. F. . El Decreto 461/15 derogó desde su sanción todas las normas del Decreto 426/72. V. F. Las derogaciones previstas por el Decreto 461/15 fueron efectivas en la medida de su implementación gradual. V. F. El Decreto 461/15 previó capacitación, cursos y talleres para difundir el nuevo régimen disciplinario. V. F. . Las causas en trámite al momento de la entrada en vigencia continuaron tramitándose conforme a la normativa vigente al inicio. V. F. . El personal policial podía pedir la aplicación del nuevo régimen en causas en trámite dentro de los 30 días de su puesta en vigencia. V. F. El Decreto 461/15 distingue entre faltas leves y faltas graves. V. F. . Las faltas leves comprenden infracciones o incumplimientos de deberes establecidos expresa o implícitamente en normas aplicables al personal policial. V. F. La enumeración de conductas en el Decreto 461/15 es taxativa y excluye toda otra conducta no expresamente descripta. V. F. La demora injustificada en la toma de servicio de más de 5 minutos se considera tardanza. V. F. La inasistencia injustificada de hasta 72 horas constituye falta leve. V. F. Fumar durante el horario de servicio puede configurar una falta leve. V. F. Simular enfermedad para incumplir obligaciones puede configurar falta leve. V. F. El uso indebido del teléfono celular en horario de servicio puede configurar falta leve. V. F. Conducir imprudentemente un vehículo oficial siempre constituye falta leve. V. F. . Si la conducción imprudente de un vehículo oficial genera riesgo a la vida o bienes de terceros, puede tipificarse como falta grave. V. F. El daño o deterioro de bienes con costo inferior al 50% del haber neto de un Suboficial sin antigüedad se tipifica como falta leve. V. F. Consumir sustancias ilegales en acto de servicio o inmediatamente antes constituye falta grave. V. F. . Si el costo de reparación del daño supera ese porcentaje, la falta puede tipificarse como grave. V. F. Dormirse en servicio está previsto como falta grave. V. F. Abandonar el puesto de servicio sin causa justificada puede configurar falta grave. V. F. La inasistencia injustificada de 4 o más días corridos o alternados en 10 días, en el año calendario, puede constituir falta grave. V. F. El Decreto 461/15 contempla criterios atenuantes y agravantes para juzgar faltas. V. F. . La reincidencia es uno de los criterios contemplados al valorar una falta. V. F. El reconocimiento de la falta puede ser tenido en cuenta como criterio atenuante o agravante según las circunstancias. V. F. La sanción directa de corrección puede ser aplicada por el superior que compruebe una falta leve. V. F. Para aplicar una sanción directa de corrección, el superior debe convocar al involucrado dentro de las 24 horas a fin de que efectúe un descargo verbal. V. F. En el procedimiento de sanción directa de corrección se exige obligatoriamente patrocinio letrado. V. F. La resolución que concede o deniega la pena alternativa en una sanción directa es irrecurrible. V. F. Si no se cumple la pena alternativa en tiempo y forma, se aplica la medida de corrección originalmente impuesta. V. F. El Organismo Administrativo de Conducta Policial tiene composición mixta, policial y ministerial. (V). V. F. El Decreto 461/15 creó Tribunales de Conducta Policial. V. F. La selección de miembros de los Tribunales de Conducta y la asignación de causas a fiscales debía realizarse mediante metodología aleatoria. V. F. Los fiscales del Organismo Administrativo de Conducta Policial intervenían en la investigación sin intervención de los Tribunales de Conducta. V. F. . El Decreto 1166/18 fue dictado en mayo de 2018 por la Provincia de Santa Fe. V. F. . El Decreto 1166/18 deroga los Anexos I y II del Decreto 423/13 y sus modificatorios. V. F. El Decreto 1166/18 aprueba la reglamentación del Título II, Capítulo 5 de la Ley 12.521. V. F. El Decreto 1166/18 regula el régimen de responsabilidad administrativa y las faltas policiales. V. F. Los ascensos del personal policial se rigen por el principio de idoneidad. V. F. . Los ascensos ordinarios se producen por decreto del Poder Ejecutivo, grado a grado y por sistema de concursos. V. F. . El Decreto 1166/18 eliminó la recurribilidad del acta final del Jurado. V. F. El acta final del Jurado es considerada un acto preparatorio del acto final del Poder Ejecutivo. V. F. Las impugnaciones contra el resultado del concurso proceden contra el acto del Poder Ejecutivo que resuelve los ascensos. V. F. El Decreto 1166/18 estableció que el representante del personal policial en el Jurado es designado directamente por el Ministro de Seguridad. V. F. ¿Qué reglamenta el Decreto 461/15?. a) Concursos de ascenso policial. b) Régimen de Responsabilidad Administrativa del Personal Policial. c) Escalafón policial. d) Régimen de licencias. ¿Qué ley reglamenta el Decreto 461/15?. a) Ley 12.521. b) Ley 13.297. c) Ley 12.734. d) Ley 13.230. . ¿Qué capítulo de la Ley 12.521 reglamenta el Decreto 461/15?. a) Capítulo 5 del Título II. b) Capítulo 2 del Título II. c) Capítulo 1 del Título III. d) Capítulo 4 del Título I. ¿Cómo fue la implementación del Decreto 461/15?. a) Inmediata y total. b) Progresiva. c) Solo para oficiales superiores. d) Solo en Rosario. ¿Qué organismo crea/estructura el Decreto 461/15 para el régimen disciplinario?. a) Consejo Vial Federal. b) Organismo Administrativo de Conducta Policial. c) Instituto de Seguridad Pública. d) Tribunal Superior de Justicia. ¿Qué órganos integran el Organismo Administrativo de Conducta Policial?. a) Solo fiscales. b) Solo Tribunales de Conducta. c) Tribunales de Conducta, fiscales, defensores de oficio y áreas administrativas. d) Solo el Ministro de Seguridad. . ¿Qué metodología se previó para seleccionar miembros de Tribunales y asignar causas a fiscales?. a) Sorteo por antigüedad. b) Designación discrecional del Gobernador. c) Metodología aleatoria. d) Elección por votación del personal. ¿Qué tipo de actividades se incorporaron como penas alternativas para faltas leves?. a) Multas económicas. b) Reparación y/o integración comunitaria. c) Descuento de antigüedad. d) Traslado forzoso. . ¿Desde cuándo comenzaron a regir algunas disposiciones del Decreto 461/15?. a) A los 15 días de dictado. b) A los 30 días de dictado. c) Al año siguiente. d) Recién con el Decreto 1166/18. ¿Qué plazo tenía el personal para pedir la aplicación del nuevo régimen en causas en trámite?. a) 10 días. b) 15 días. c) 30 días. d) 60 días. ¿Qué se considera tardanza según el Decreto 461/15?. a) Demora injustificada de más de 5 minutos en tomar servicio. b) Demora injustificada de más de 15 minutos. c) Demora injustificada de más de 30 minutos. d) Cualquier demora, aun justificada. ¿Hasta cuántas horas de inasistencia injustificada se consideran falta leve?. a) 24 horas. b) 48 horas. c) 72 horas. d) 96 horas. . ¿Cuándo la inasistencia injustificada constituye falta grave?. a) Desde la primera inasistencia. b) Con 4 o más días corridos o alternados en 10 días, en el año calendario. c) Solo si supera 10 días. d) Nunca constituye falta grave. ¿Qué ocurre si un policía continúa con una actividad incompatible tras ser intimado a cesarla?. a) No tiene consecuencias. b) Constituye falta leve. c) Constituye falta grave. d) Debe renunciar automáticamente. ¿Qué actividad se menciona expresamente como incompatible?. a) Ejercer docencia universitaria autorizada. b) Prestar servicio o integrar/dirigir agencias de seguridad privada estando en actividad. c) Realizar deportes. d) Participar en cursos del ISeP. ¿Qué porcentaje del haber neto de un Suboficial sin antigüedad define el umbral entre daño leve y grave?. a) 25%. b) 50%. c) 75%. d) 100. ¿Qué ocurre si el costo del daño supera ese umbral?. a) Se considera falta leve. b) Se considera falta grave. c) No es sancionable. d) Se aplica solo una advertencia. ¿El consumo de sustancias ilegales en acto de servicio o inmediatamente antes es?. a) Falta leve. b) Falta grave. c) Contravención exclusivamente penal. d) Hecho no regulado. ¿Qué ocurre si el consumo de sustancias que afectan la plenitud psicofísica causa daños o riesgo grave?. a) Es falta leve. b) Es falta grave. c) Es falta muy leve. d) No es falta disciplinaria. ¿Cuál de estos hechos está previsto como falta grave?. a) Dormirse en servicio. b) Llegar 6 minutos tarde. c) Fumar en horario de servicio. d) Usar el celular personal brevemente. ¿Qué se entiende por abandono de puesto?. a) Toda ausencia breve. b) Dejar el puesto de servicio sin causa que justifique la falta de comunicación a un superior. c) Solicitar licencia médica. d) Cambiar de destino por orden superior. ¿Cuál es una causal de falta grave vinculada al uso de la fuerza?. a) Usar la fuerza en forma antirreglamentaria en actos relativos al servicio. b) Usar la fuerza siempre que haya una orden. c) Portar el arma reglamentaria. d) Solicitar refuerzos. ¿Qué conducta vinculada a detenidos constituye falta grave?. a) Registrar a un detenido conforme reglamento. b) Someter a detenidos a tratos inhumanos o degradantes. c) Informar a la autoridad judicial. d) Entregar efectos requisados conforme formalidades. ¿Qué criterio NO aparece entre los atenuantes/agravantes del Decreto 461/15?. a) Intencionalidad. b) Reincidencia. c) Color de ojos del infractor. d) Jerarquía y mando. ¿Quién es competente para aplicar la sanción directa de corrección?. a) El superior que compruebe la falta. b) El Gobernador exclusivamente. c) El fiscal penal. d) El Jefe de Policía exclusivamente. Si varios superiores con facultad disciplinaria presencian la falta, ¿quién resuelve?. a) El de menor grado. b) El de mayor grado o, en su defecto, el de mayor antigüedad. c) El más antiguo en la institución. d) Se sortea. ¿En cuánto tiempo debe convocarse al involucrado para el descargo en la sanción directa?. a) 12 horas. b) 24 horas. c) 48 horas. d) 72 horas. ¿El descargo en la sanción directa de corrección es verbal o escrito?. a) Solo escrito. b) Verbal. c) Debe presentarse con abogado. d) Debe realizarse ante un juez. ¿Qué debe hacerse con todo lo actuado en una sanción directa?. a) Archivarse sin acta. b) Labrarse acta y notificar la resolución y el derecho a recurrir. c) Publicarse en diarios. d) Enviarse al Congreso provincial. ¿Qué puede solicitar el sancionado en casos admisibles?. a) Suspensión de la sanción y realización de una pena alternativa. b) Ascenso inmediato. c) Cambio de jurisdicción. d) Jubilación anticipada. . ¿En cuánto tiempo debe resolverse la solicitud de pena alternativa?. a) 24 horas. b) 5 días. c) 10 días. d) 30 días. ¿Qué debe establecer el superior si concede una pena alternativa?. a) Solo la fecha. b) Actividad, carga horaria, forma, plazo, lugar y responsable de control. c) Solo el monto económico. d) Nada, porque es automática. ¿Qué ocurre si no se cumple la pena alternativa?. a) No hay consecuencia. b) Se aplica la corrección originalmente impuesta. c) Se duplica la pena alternativa. d) Se inicia juicio penal. ¿Qué regula el Decreto 1166/18?. a) Faltas leves y graves. b) Concursos de ascenso policial. c) Armas y equipamiento. d) Régimen de jubilaciones. ¿Qué decreto modifica/reemplaza el Decreto 1166/18?. a) Decreto 426/72. b) Decreto 423/13. c) Decreto 4055/77. d) Decreto 916/08. ¿Qué artículo de la Ley 12.521 consagra el principio de idoneidad para los ascensos?. a) Artículo 23. b) Artículo 39. c) Artículo 73. d) Artículo 100. ¿Cómo se producen los ascensos ordinarios?. a) Por antigüedad automática. b) Por decreto del Poder Ejecutivo, grado a grado y por concurso. c) Por sorteo. d) Por designación del Jefe de Policía. ¿Cuáles son las etapas del concurso según el Decreto 1166/18?. a) Entrevista y examen médico. b) Evaluación de antecedentes y examen de oposición. c) Examen psicológico y sorteo. d) Curso y entrevista. . ¿Es requisito aprobar la evaluación de antecedentes para pasar a la oposición?. a) No. b) Sí. c) Solo para Dirección. d) Solo para Ejecución. ¿Cuál es el puntaje mínimo para aprobar cada etapa?. a) 50 puntos. b) 60 puntos. c) 70 puntos. d) 80 puntos. ¿Cuál es la ponderación de antecedentes y oposición para el Agrupamiento Ejecución. a) 40% y 60%. b) 30% y 70%. c) 70% y 30%. d) 50% y 50%. ¿Cuál es la ponderación para el Agrupamiento Dirección?. a) 30% antecedentes y 70% oposición. b) 40% antecedentes y 60% oposición. c) 60% antecedentes y 40% oposición. d) 50% y 50%. ¿Cuántos puntos como máximo tiene el ítem “Estudios, capacitación y perfeccionamiento”?. a) 20. b) 30. c) 40. d) 60. ¿Cuántos puntos como máximo tiene el ítem “Antecedentes Laborales”?. a) 40. b) 50. c) 60. c) 60. ¿Qué puntaje máximo tiene el nivel de educación formal?. a) 10. b) 15. c) 20. d) 25. ¿Qué puntaje máximo tiene el desempeño laboral?. a) 10. b) 15. c) 20. d) 25. ¿Cómo se resuelven los empates en el orden de mérito?. a) Por antigüedad general. b) Por mayor puntaje en oposición y, si persiste, por mayor puntaje en antecedentes. c) Por sorteo. d) Por orden alfabético. ¿El acta final del Jurado es recurrible?. a) Sí, siempre. b) No; es irrecurrible. c) Solo ante la Corte Suprema. d) Solo por el Ministro. ¿Ante quién pueden impugnarse los ascensos conforme al Decreto 1166/18?. a) Ante el Jurado. b) Ante el acto del Poder Ejecutivo que resuelve los ascensos. c) Ante el Jefe de Policía. d) Ante el ISeP. ¿Qué institución debe acreditar aptitud psicofísica para participar en concursos?. a) El Ministerio de Educación. b) El Instituto de Seguridad Pública. c) La Corte Suprema. d) La Municipalidad. |




