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Las defraudaciones

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Título del Test:
Las defraudaciones

Descripción:
Derecho Penal I

Fecha de Creación: 2023/01/14

Categoría: Otros

Número Preguntas: 10

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El delito de estafa requiere obrar con ánimo de lucro y utilizar engaño bastante para producir error en otro, que se ve inducido a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno. Correcto, pero el ánimo de lucro no se exige en el supuesto de fabricar, introducir, poseer o facilitar programas de ordenador específicamente destinados a estafar. No es correcto, pues se exige que el perjuicio sea mayor de 400 euros. No es correcto, pues se requiere aprovecharse de una especial credibilidad de la víctima. No es correcto, pues el ánimo de lucro no es elemento típico de la estafa.

La pena del delito de estafa se fija teniendo en cuenta: el importe de lo defraudado, el quebranto económico causado al perjudicado, las relaciones entre éste y el defraudador, los medios empleados por éste y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar la intención del infractor. el quebranto económico causado al perjudicado, el importe de lo defraudado, los medios empleados por éste y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar la gravedad de la infracción. el importe de lo defraudado, el quebranto económico causado al perjudicado, las relaciones entre éste y el defraudador, los medios empleados por éste y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar la gravedad de la infracción. el quebranto económico causado al perjudicado, el importe de lo defraudado, y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar las relaciones entre el perjudicado y el defraudador gravedad de la infracción.

Son modalidades específicas agravadas del delito de estafa, entre otras, las que se realicen mediante cheque, pagaré, letra de cambio en blanco o negocio cambiario ficticio: Falso, pues ese supuesto constituirá, en su caso, delito de falsedad. Falso, pues no se prevé ese supuesto. Verdadero, pero sólo si produce un perjuicio de especial gravedad atendiendo al valor de la defraudación. Verdadero, sin más requisitos, como agravación de la estafa.

Una persona realiza una segunda venta de una cosa que acaba de vender ya a otro. ¿Comete delito?. Sí, de apropiación indebida. Sí, de hurto de posesión. Sí, de estafa. Sí, de extorsión, si otorgare un contrato simulado.

Una persona recibe de un tercero 1300 euros en depósito. Pasado el tiempo fijado para el depósito, niega a aquélla haber recibido esa cantidad y dice que no hay nada que devolver. ¿Comete delito?. Sí, de estafa, pues se aprovecha de la credibilidad de la víctima. Sí, de apropiación indebida, pues se apodera de la cosa. Sí, de estafa, porque engaña. Sí, de apropiación indebida, precisamente porque niega haber recibido la cosa.

Una persona encuentra enterrado en el jardín de su casa un fragmento de mosaico (de 15 x 84 cm.) que, a todas luces, es de gran antigüedad y valor arqueológico. Decide limpiarlo y destinarlo a decorar las paredes de su casa. ¿Comete delito?. Sí, de hurto, pues se trata de una sustracción de cosas de gran valor artístico o histórico. Sí, de apropiación indebida, si su valor supera los 400 euros. Sí, contra el patrimonio histórico, porque es cosa de gran valor artístico o histórico. Sí, de sustracción de cosa propia a su utilidad social.

Una persona recibe en su cuenta corriente 1000 euros, que han sido transferidos por error por el empleado de su banco, y se apresura a disponer de ellos, de manera que deja su cuenta a cero. ¿Comete delito?. Sí, de estafa, pues engaña al banco. Sí, de hurto, pues se apodera de lo que no es suyo. Sí; es una modalidad de apropiación indebida, específicamente prevista. Sí, de extorsión, pues se vale de un artificio engañoso.

Utilizar energía eléctrica ajena por valor superior a 400 euros constituye delito si el autor: se vale de mecanismos instalados para realizar la defraudación. altera maliciosamente las indicaciones o aparatos contadores. emplea cualesquiera otros medios clandestinos. Todas las anteriores indistintamente.

Utilizar un equipo terminal de telecomunicaciones ajeno constituye delito, si: se causa un perjuicio superior a 400 euros. se obra sin consentimiento del titular. se efectúa de manera clandestina. A la vez, y necesariamente, a) y b); no es imprescindible c).

De acuerdo con la decisión política de no tipificar los actos preparatorios salvo que sean muy graves, en el código penal se castigan la provocación, la conspiración y la proposición para cometer los delitos patrimoniales. Verdadero, pero sólo para delitos de robo, extorsión, estafa o apropiación indebida. Verdadero, pues se pretende erradicar la muy frecuente criminalidad contra el patrimonio. Falso, pues no se trata de delitos muy graves. Falso, porque sólo se prevén actos preparatorios punibles para los delitos de robo.

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