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Delitos contra la seguridad vial

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Título del Test:
Delitos contra la seguridad vial

Descripción:
Derecho Penal I

Fecha de Creación: 2023/01/14

Categoría: Otros

Número Preguntas: 10

Valoración:(2)
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Temario:

¿Comete delito quien conduce un vehículo de motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas y con una tasa de alcohol en aire espirado de 0.70 miligramos por litro?. No, porque el 379 CP exige además la puesta en peligro de la vida o integridad de las personas. No, porque el 379 CP exige además superar la velocidad de 60 Km./hora en vía urbana. Sí, sin más requisitos. Sí, siempre que además supere una tasa de alcohol en sangre de 1'2 gr./litro.

"El conductor que se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas a que se refieren los artículos anteriores será castigado con las penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años". ¿Qué falta en ese enunciado para que sea el del artículo 383 CP?. Que el conductor haya sido requerido por un agente de la autoridad. Que el conductor presente síntomas de estar bajo la influencia de drogas tóxicas. Que el conductor se comporte de modo violento o intimidatorio. No falta nada, y coincide exactamente con dicho precepto.

¿Cuándo comete delito quien conduce un ciclomotor de manera claramente peligrosa?. cuando lo hace sin carné de conducir. cuando se aprecia temeridad manifiesta en su conducción. cuando pone en peligro concreto la vida o la integridad de las personas. cuando se aprecia temeridad manifiesta en su conducción y cuando pone en peligro concreto la vida o la integridad de las personas.

¿Qué entiende el código penal como "temeridad manifiesta" y "concreto peligro para la vida o la integridad de las personas" en los delitos contra la seguridad del tráfico?. la conducción con un exceso de velocidad de 60 Km./hora en vía urbana que da lugar a un accidente. la conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas cuando la tasa supera los 0.60 miligramos de alcohol por litro de aire espirado o los 1.2 gramos de alcohol por litro desangre. la conducción con un exceso de velocidad de 60 Km./hora en vía urbana o en 80 km./ hora en vía interurbana. cuando concurren la conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas cuando la tasa supera los 0.60 miligramos de alcohol por litro de aire espirado o los 1.2 gramos de alcohol por litro desangre y a conducción con un exceso de velocidad de 60 Km./hora en vía urbana o en 80 km./ hora en vía interurbana.

Un camión que transporta numerosos troncos para la producción maderera colisiona con una valla de protección de la calzada. Sobre la calzada quedan algunos troncos que se han desprendido con el choque. Por temor a complicaciones con la Policía, el conductor -que no ha sufrido ninguna lesión- se ausenta del lugar del accidente. ¿Comete delito?. sí, contra la seguridad del tráfico. sí, porque origina un grave riesgo para la circulación expresamente previsto en el 385 CP. no, puesto que los troncos no se pueden considerar entre las sustancias deslizantes o inflamables de las que habla el CP. no, puesto que no se ha dañado la señalización de la vía.

Un conductor ebrio atropella a un peatón, que fallece de inmediato. ¿Cómo castiga el CP este supuesto?. Como un delito de homicidio imprudente, sin más requisitos. únicamente como un delito contra la seguridad del tráfico tipificado en el 380 CP. como un delito de homicidio imprudente, pues al haber un resultado lesivo, optamos por castigar con el tipo más gravemente penado, siguiendo las reglas del 382 CP. expresamente como un delito contra la seguridad del tráfico del 381 CP para casos de conducción con manifiesto desprecio por la vida de los demás.

El código penal sanciona a quien conduce sin permiso o licencia. Verdadero, pues tipifica la conducción en casos de pérdida total de puntos. Verdadero, pues tipifica, además de a), la conducción tras haber sido privado judicialmente de la licencia. Verdadero, pues tipifica, además de a) y b), la conducción sin haber tenido nunca la licencia. Verdadero, pues tipifica todas las anteriores y además la conducción con permiso carente de vigencia.

La conducción de vehículos de motor y ciclomotores, con consciente desprecio por la vida de los demás, constituye infracción penal. Verdadero, pues se prevé entre las faltas contra las personas. Verdadero, pues constituye un delito especialmente previsto, agravado. Verdadero, pues da lugar a un concurso de delitos con el delito de lesiones u homicidio imprudentes. Ninguna de las anteriores.

Un conductor colisiona con un árbol. No sufre ningún daño personal. A la vista de que no acude la Policía ni los servicios de socorro, ni transita ningún otro conductor, decide abandonar el lugar, sin retirar su vehículo, que al colisionar ha dejado sobre la calzada todo el combustible. ¿Comete delito?. Sí, si con ello crea un grave riesgo para la circulación. Sí, si la colisión fue, al menos, imprudente. Sí, pero sólo si la conducción previa fue temeraria. Sí, pero sólo si existió dolo al conducir.

¿Qué prevé el código penal hacer con el vehículo de motor o el ciclomotor utilizados en los delitos contra la seguridad del tráfico?. Se prevé que se consideren afectos al pago de la responsabilidad civil. en algún caso se prevé se consideren instrumento del delito. en casos de conducción bajo la influencia de alcohol se prevé queden retenidos al menos 6 horas. no se prevé nada.

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