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DELITOS ECONÓMICOS 11

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Título del Test:
DELITOS ECONÓMICOS 11

Descripción:
DELITOS ECONÓMICOS 11

Fecha de Creación: 2026/02/20

Categoría: Otros

Número Preguntas: 10

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El delito urbanístico del art. 319: Es un delito especial propio. Es un delito especial impropio. Es un delito común. Es un delito común con respecto a las figuras del promotor y constructor y especial respecto a la figura del técnico director.

El delito urbanístico del art. 319: Exige dolo directo. Basta con el dolo eventual. Se castiga cuando se comete por imprudencia grave. Exige ánimo de lucro.

El delito urbanístico del art. 319: Castiga a los promotores. Castiga a los constructores. Castiga a los técnicos directores. Todas las respuestas anteriores son ciertas.

La conducta típica es desde el punto de vista de su estructura típica: Un delito de mera actividad. Un delito de resultado. Un delito de acción y de resultado. Un delito resultativo.

La conducta típica del delito urbanístico consiste en: Llevar a cabo determinadas obras. Llevar a cabo solo obras de urbanización. Llevar a cabo solo construcciones o edificaciones. Todas las conductas anteriores son falsas.

Son suelos protegidos a los efectos del número 1 del art. 319: Todas son ciertas. Los viales. Las zonas verdes. Los bienes de dominio público.

Los números 1 y 2 del art. 319 se distinguen: En atención a la conducta típica. En atención a los suelos protegidos. En atención a los sujetos activos. Son iguales.

Los jueces y tribunales podrán adoptar: La paralización de la obra. La demolición de lo construido. La reconstrucción del equilibrio ecológico perturbado. Todas las respuestas anteriores son válidas.

La demolición: Tiene la naturaleza de una pena. Tiene la naturaleza de una medida de seguridad. Tiene Ia naturaleza de una medida de restauración del orden vulnerado. Tiene la misma naturaleza que la responsabilidad civil.

La persona jurídica: Responde penalmente en el caso de los delitos urbanísticos del 319 CP. Responde penalmente en el caso del delito urbanístico del número 1 del art. 319. Responde penalmente en el caso del delito urbanístico del número 2 del art. 319. No está previsto que responda penalmente.

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