DELITOS ECONÓMICOS 6
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Título del Test:
![]() DELITOS ECONÓMICOS 6 Descripción: DELITOS ECONÓMICOS 6 |



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El delito de imposición de condiciones ilegales de trabajo: Es un delito especial propio. Es un delito especial impropio. Es un delito común. Es un delito de peligro abstracto. Es un delito de peligro abstracto. No es un delito de medios tasados. Es un delito de medios tasados porque requiere que la conducta típica se realice mediante engaño y abuso de superioridad. Es un delito de medios tasados porque requiere que la conducta típica se realice mediante engaño o abuso de situación de necesidad. Es un delito de medios tasados porque requiere que la conducta típica se realice mediante engaño, abuso de situación de necesidad u otros abusos similares a este último. El bien jurídico protegido en el delito de imposición de condiciones ilegales de trabajo: Es la economía nacional. Es la integridad física del trabajador. Es la Seguridad Social. Son los derechos irrenunciables derivados de la relación laboral. La conducta típica del delito de imposición de condiciones ilegales de trabajo: Puede causarse por una conducta activa. Puede causarse por una conducta omisiva. Puede causarse por imprudencia. Las respuestas a) y b) son correctas. En los supuestos de transmisión de empresa: La empresa sucesora, que conocía las condiciones ilegales de trabajo que venían dándose, responde penalmente del mantenimiento de las condiciones ilegales de trabajo. La empresa sucesora puede quedar exenta de responsabilidad criminal si recibe la empresa a beneficio de inventario. La empresa sucesora mantiene las condiciones ilegales de trabajo que venían dándose porque no era conocedora de ellas, y responde penalmente por su antecesora. Ninguna de las respuestas anteriores es válida. En los supuestos de transmisión de empresas del art. 311.30 CP es necesario que: Que el sujeto activo sea un trabajador extranjero. Que el nuevo empresario mantenga en la plantilla de la empresa condiciones irregulares de trabajo que vienen concretadas en los números 1.0 y 2.0 del art. 311 CP. Que el nuevo empresario mantenga en la plantilla de la empresa condiciones irregulares de trabajo que vienen concretadas en el número 4.0 del art. 311CP. Todas las respuestas son correctas. Son criterios que agravan la pena en el delito de mantenimiento de las condiciones ilegales de trabajo: Si se lleva a cabo con engaño. Si se lleva a cabo con engaño. Si se lleva a cabo con violencia o intimidación, alternativa o simultánea. . Si se lleva a cabo con violencia e intimidación, nunca de forma alternativa. Para que sea delito la ocupación simultánea de una pluralidad de trabajadores es preciso: Que no se haga comunicado el alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda de al menos el veinticinco por ciento de los trabajadores afectados, en empresas que tengan más de cien trabajadores. Que no se haga comunicado el alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda de al menos el cincuenta por ciento de los trabajadores afectados, en empresas con más de diez trabajadores u no más de cien. Que no se haga obtenido la correspondiente autorización de trabajo de la totalidad de los trabajadores, en empresas con más de cinco trabajadores y no más de diez. Todas las respuestas son correctas. Es típica a los efectos del art. 311 bis: El empleo de un ciudadano extranjero sin permiso de trabajo con violencia. El empleo de un ciudadano extranjero sin permiso de trabajo de forma reiterada. El empleo de ciudadanos extranjeros sin permiso de trabajo con coacciones. Todas las respuestas anteriores son falsas. Es típica a los efectos del art. 311 bis: El empleo u ocupación de un menor de edad que carezca de permiso de trabajo. El empleo u ocupación de un menor de edad con permiso de trabajo. El empleo u ocupación de un mayor de edad que carezca de permiso de trabajo. El empleo u ocupación de un menor de edad sin permiso de trabajo pero solo cuando haya reiteración. |




