deonto 2
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Título del Test:
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La doctrina del derecho natural nace con: los antiguos griegos. los mesopotámicos. las tribus germánicas. los antiguos egipcios. los antiguos egipcios. glosadores y posglosadores. formalistas y analíticos. positivistas e historicistas. sabinianos y proculeyanos. Son iusnaturalistas paganos: Sócrates, Platón y Aristóteles. San Agustín, Santo Tomás y Francisco Suárez…. Grocio, Pufendorf y Thomasius. Kant, Stammler y Radbruch….. Son iusnaturalistas cristianos: San Agustín, Santo Tomás y Francisco Suárez…. Sócrates, Platón y Aristóteles. Grocio, Pufendorf y Thomasius. Kant, Stammler y Radbruch. Son iusnaturalistas alemanes: Pufendorf, Thomasius y Kant. San Agustín, Santo Tomás y Francisco Suárez. Sócrates, Platón y Aristóteles. Kelsen, Hart y Nino. Son iusnaturalistas racionalistas: Kant y Montesquieu. Kelsen, Hart y Raz. San Agustín, Santo Tomás y Francisco Suárez. Savigny, Windscheid y Puchta. Según el paradigma moderno de las relaciones entre moral y derecho, la moral es: Unilateral,autónoma e incoercible. bilateral, heterónoma y coercible…. unilateral, heterónoma y coercible. unilateral, heterónoma e incoercible…. Para John Austin, el derecho es: Un conjunto de órdenes impuestas bajo amenaza. El conjunto de profecías acerca de lo que los jueces hacen. La norma primaria que contiene la sanción. Una empresa social intencional orientada al gobierno de la conducta por medio de la ley. ¿Quién de los siguientes iusfilósofos escribió El concepto de derecho?. Hart. Thomasius. Kelsen. Hobbes. El iusnaturalismo del siglo XVIII es: Racionalista. Formalista. Pragmatista. Teológico. Los temas principales de la filosofía del derecho moderna son: El concepto de derecho y el sistema jurídico. Los problemas deontológicos. La justicia y la ley divina. El comentario y exposición del derecho positivo. ¿Quién de los siguientes pensadores es el exponente de la doctrina de la triple moralidad?: Thomasius. Kelsen…. Hobbes…. Hart….. Para Kant la moralidad es: autolegislación…. lo imaginado como la excelencia del desempeño. una pauta de testeo de las reglas. una moral de base.... ¿Quién de estos autores concibe el derecho orden impuesta bajo amenaza?. Austin.... Hart. Holmes. Austin. Los cosmólogos jónicos especulan sobre: El principio de lo real. Los astros del sistema solar. Los desiderata internos del derecho. Nada de lo anterior. Para Hart el derecho es: Unión de reglas primarias y secundarias. Normas, hechos y valores. Profecía sobre lo que los jueces hacen. Norma coactiva. Los temas fundamentales de la filosofía del derecho antigua son: Justicia y derecho natural. El concepto de derecho y el desglose entre derecho, moral y usos sociales. El sistema jurídico y la norma. Ninguna de las respuestas anteriores. Las virtudes, según los antiguos griegos, son: Perfecciones. Ideales. Expectativas. Cualidades. Gorgias: Corrige al parmenidismo. Corrige a Protágoras. Corrige a los poetas. Corrige a Platón. Con Descartes surge: El idealismo. El empirismo lógico. El existencialimso. El nihilismo. Para Max Scheler la persona: Es una contradictio in adjectio. Es una substancia espiritual de naturaleza racional. Es un centro de imputación de normas. Nada de lo anterior. El reproche de las Leyes al Sócrates platónico en El Critón de Platón se refiere a: El sentido del desempeño ajustado a la ley. El valor de la acción moral. La impronta sagrada de la orden del príncipe. La condición del sacrificio del mártir. Para Trasímaco la justicia consiste en: La ventaja del que manda. Ser injusto con los enemigos. Ser bueno con los amigos. Hacer lo que corresponde. El dispositivo de la triple moralidad comprende: Honestidad, decoro y justicia. Hechos, normas y valores. Justicia, derecho y fuerza. Nada de lo anterior. Los valores son: Cualidades. Virtudes. Habilidades. Opiniones. Según Kelsen: No existen lagunas en el derecho. Solo hay lagunas en el common law. Existen lagunas en el derecho. Solo hay problemas de penumbra. Para Thomasius la inteligencia es una potencia: Pasiva. Positiva. Negativa. Activa. La homología socrática: Es un contrato entre el ciudadano y la polis. Es una ficción que legitima el poder popular. Es una regla de reconocimiento. Es un contrato social entre individuos libres e iguales. |




