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Deonto - Control 2

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Título del Test:
Deonto - Control 2

Descripción:
Deontologia

Fecha de Creación: 2022/09/02

Categoría: Otros

Número Preguntas: 57

Valoración:(1)
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Temario:

El abogado de María, Federico, decide grabar las conversaciones que mantienen a través de Skype con la parte contraria, la prima de Federico asesorada por su compañera Elisa. Ni Elisa ni Federico sabes que las conversaciones se están grabando, sin embargo, María si lo sabe. ¿Es la actuación correcta?. Sí, porque según el Código deontológico es obligación del abogado informar a su cliente de que la conversación está siendo grabada pero no tiene esa obligación con la parte contraria. Sí, porque Skype advierte al ingresar en una conversación de que para que no sea grabada hay que deshabilitar la opción en la barra de herramientas. Sí, es obligación de Elisa declarar que no permite la grabación de las conversaciones que mantenga con la parte contraria pues la omisión de esta declaración equivale a su aprobación. No, las conversaciones mantenidas con los clientes, los contrarios o sus abogados, de presencia o por cualquier medio telefónico o telemático, no podrán ser grabadas sin previa advertencia y conformidad de todos los intervinientes y en todo caso quedarán amparadas por el secreto profesional.

Mercedes asume los intereses de Juan Carlos en un procedimiento judicial, firmando la correspondiente hoja de encargo. Durante la tramitación del procedimiento Juan Carlos se empeña en indicar a su abogada qué tiene que hacer. Mercedes se niega a continuar con el procedimiento. ¿Puede Mercedes renunciar a la defensa? Indique la respuesta correcta: Nunca puede un abogado renunciar a defender a su cliente si ha firmado una hoja de encargo. Sí, pero debe comunicarlo al cliente. No puede renunciar porque el procedimiento ya está́ iniciado. Sí, siempre que lo comunique al cliente y al Juzgado donde se tramita el procedimiento para no producir indefensión.

La palabra Deontología: Es un invento de Jeremías Bentham quien publicó en el año 1723 su “Deontología o ciencia de la moralidad, en la que la armonía y la coincidencia de deber y propio interés, virtud y felicidad, prudencia y benevolencia se explican y se ejemplifican”, en un intento de dotar de cierta cientificidad a la clásica Filosofía moral. Es una palabra griega ya utilizada por los filósofos presocráticos para expresar el conjunto de principios al que deben someterse todas las profesiones. Es una palabra griega ya utilizada por los filósofos presocráticos para expresar el conjunto de principios al que deben someterse médicos, sacerdotes y abogados. Es un invento de Jeremías Bentham al que podemos poner fecha precisa, 1834 al que le debemos otras palabras de aires griegos o latinos como internacional, codificar o panóptico.

Fernando, abogado del Colegio de Abogados de Albacete desde hace más de quince años, decide presentarse a Decano y compatibilizar este puesto con el de Tesorero del Colegio de Abogados de Jaén ¿Podrá hacerlo?: Si, siempre que se comprometa a asistir a todas las reuniones. Si, siempre que no le impongan una sanción disciplinaria. No, a menos que pide autorización al Consejo General de la Abogacía española. No, en ningún caso.

Conchi, abogada, informa en su página web que entre sus clientes se encuentran la Raphael, David Bisbal y David Bustamante, sin el consentimiento de estos. ¿Es correcta la actuación de Conchi?. No, no es correcta y no solo puede enfrentarse a la responsabilidad civil derivada de su actuación sino que se puede ver suspendido de ejercicio por un periodo de tiempo considerable por incumplimiento de la normativa corporativa. Sí, pues estos clientes dan prestigio a cualquier abogado. Sí, pues no es publicidad desleal mencionar personas que han sido clientes de abogado siempre que lo sigan siendo y pertenezcan al mismo sector empresarial. No, los clientes deben ser de una edad homogénea.

Mario, abogado en ejercicio, recibe la visita de un cliente que quiere interponer una demanda contra otro cliente actual de Mario. ¿Puede Mario aceptar el encargo?. Sí, Mario tiene plena libertad de aceptar o rechazar, en todo caso, la dirección de un asunto, así como de renunciar al mismo en cualquier fase del procedimiento, siempre que nos e produzca indefensión del cliente. No, Mario habrá de abstenerse de la representación procesal de ambos clientes o bien elegir la representación de uno de tales clientes con la autorización expresa de ambos, siempre que no se ponga en tela de juicio el secreto profesional ni la independencia el abogado. Sí, pero Mario deberá obtener la autorización expresa del cliente que solicita su intervención profesional y del directo del despacho colectivo en el que presta sus servicios. No, Mario habrá de abstenerse, en todo caso, de la representación procesal de cualquiera de los clientes al existir riesgo de que el secreto de las informaciones obtenidas con cualquiera de ellos pueda ser violado y afecte a la independencia del abogado.

¿Qué obligación tiene el abogado con la parte contraria si esta no cuenta con abogado?. Tiene la obligación de darle consejos de manera totalmente gratuita o estipular unos honorarios extraordinarios. Tiene la obligación de ponerse en contacto inmediatamente con el Servicio de Justicia Gratuita del Colegio para comunicar la incidencia. Tiene la obligación de aconsejarle que designe a un abogado. Tiene la obligación de abstenerse de comunicarse con ella en todo caso.

Julia, abogada en ejercicio, firma una Hoja de Encargo con su cliente en el que especifica que sus honorarios supondrán el 10% de lo que se obtenga en el procedimiento. ¿Es correcta esta forma de fijar los honorarios? Indique la respuesta correcta: Sí, existe libertad de pacto y pueden decidir, cliente y abogado, libremente. 
. No, porque el pacto de cuota litis está prohibido.
. No, es preciso fijar una cuantía determinada.
. Sí, siempre y cuando se indique expresamente el IVA aplicable. 
.

Fernando, de 70 años de edad, abogado incorporado al Colegio hace 15 años y Braulio, abogado de 50 años de edad incorporado al Colegio hace 20 años han quedado empatados en las elecciones a Decano ¿quién tomará posesión del cargo?. Ninguno ya que el Decano debe contar como mínimo con 25 años de colegiación. Ninguno porque si se produce un empate se debe repetir la votación. Fernando. Braulio.

María recibe el encargo de llevar un asunto de un cliente que antes estaba defendiendo Javier, otro abogado. María pide la venia a Javier para hacerse cargo del asunto, el cual se la deniega porque todavía no ha cobrado sus honorarios. Ante una situación así́, María debe pedir amparo al Juez Decano. María debe hacer todas las gestiones que sean posibles sin poder sustituir a Javier hasta que éste cobre los honorarios debidos. La venia no se puede denegar porque de hecho no se pide ningún permiso para llevar el asunto que es del cliente, sino que se comunica una sustitución sin posibilidad de su bloqueo por parte del abogado sustituido. Es evidente que Javier no debe conceder la venia hasta que no cobre sus honorarios.

Alejandro, Letrado en ejercicio, pretende interponer en nombre propio una denuncia por injurias contra su compañero Román por expresiones vertidas por éste en el transcurso de una comparecencia que atentan contra la dignidad de Alejandro. Conforme a las normas deontológicas, ¿puede Alejandro acudir directamente a la vía judicial interponiendo la denuncia? Indique la respuesta correcta: No, debe comunicarlo previamente al Decano por si considera oportuno realizar una labor de mediación. Si, porque no existe limitación ninguna al respecto. No, debe comunicarlo previamente al Colegio por si se considera oportuno realizar una labor de mediación.. Sí, por tratarse de hechos atribuidos a la jurisdicción penal y trascender del ámbito puramente deontológico.

El principio de libertad de defensa... No es absoluto. Su límite está en que los medios de defensa utilizados por el abogado sean legítimos, es decir, conforme a las normas, y que se hayan obtenido lícitamente, es decir, de manera legal. Es absoluto, no tiene límite alguno. Es absoluto únicamente en las Comunidades Autónomas que así lo tienen recogido en sus Estatutos de Autonomía. No es absoluto. Su límite está en la obtención lícita de los medios de defensa salvo excepciones establecidas por Ley Orgánica.

La Junta de Gobierno es el único órgano competente para la admisión de nuevos colegiados ¿es correcto?: Si, siempre que lo disponga la normativa autonómica. No. Es posible que lo haga el Decano en casos de urgencia debiendo ser ratificada dicha incorporación por la Junta de Gobierno. No. Es posible que lo haga el Decano en casos de urgencia debiendo ser ratificada dicha incorporación por una Junta General extraordinaria. SI.

¿Las normas deontológicas son fijas o cambian con las circunstancias histórico-sociales?. Son fijas desde el final de la Segunda Guerra Mundial. Son fijas pues forman parte del Derecho natural. Pueden cambiar, como normas morales que son, es decir, normas reguladoras de derechos y obligaciones de un grupo concreto, en este caso, los abogados, para adaptarse a las circunstancias del tiempo y el lugar en el que se aplican. Pueden cambiar en la medida en que cambia la normativa sobre acceso a la profesión.

Con carácter general, ¿se pueden lesionar los derechos de la parte contraria?. Sí, se pueden lesionar derechos de la parte contraria al menos hasta que se abra juicio oral. Sí, se pueden lesionar derechos de la parte contraria siempre que esta no tenga abogado. Sí, el deber de un abogado es la defensa de su cliente, y no estar preocupado por la parte contraria que tiene su propio abogado. El abogado no puede lesionar injustamente derechos de la parte contraria.

Elena y Alicia, clientas de Leonor, abogada en ejercicio con diez años de experiencia, acuden a su despacho a la hora prevista para una consulta. Cuando ya llevan 40 minutos en la sala de espera aparece Roberto, abogado en ejercicio con dos años de experiencia, que acude a hacerle una consulta importante a Leonor sin cita previa. Leonor sale inmediatamente de su despacho y le pide a Roberto que pase para atenderle con total preferencia. ¿Actúa Leonor correctamente?. No, el abogado no puede hacer esperar a su cliente y si lo hace puede incurrir en una infracción leve del Código deontológico. Sí, el abogado debe recibir siempre y con la máxima urgencia al compañero que le visite en su despacho y con preferencia a cualquier otra persona, sea o no cliente, que guarde espera en el despacho. No, el abogado tenía que haber esperado su turno independientemente de la relación de compañerismo pues nada dice el Código deontológico al respecto. Sí, el abogado debe recibir siempre y con la máxima urgencia al compañero con menos experiencia y no puede cobrar por la consulta.

En España, el primer Código deontológico se aprueba en: En el año 1838 cuando por primera vez se regulan desde el Estado los Colegios de Abogados estableciendo normas generales de obligada aplicación para todos ellos, entre ellas, la obligación de publicar un Código deontológico. En el año 1987 por la Asamblea de Decanos del Consejo General de la Abogacía española. En 1596 al mismo tiempo que se constituye la Congregación de Abogados de la Corte en Madrid. En el año 2002 y es el que actualmente está en vigor.

En ausencia de normativa autonómica ni previsión en los estatutos particulares de los Colegios, el Decano y los demás miembros de la Junta de Gobierno serán elegidos: En votación directa y pública en la que podrán participar como electores todos los colegiados incorporados con más de tres meses de antelación a la fecha de convocatoria y como elegibles los colegiados ejercientes y residentes en su respectivo ámbito territorial siempre que no estén incurso en alguna causa que se lo impida. En votación directa y secreta en la que podrán participar como electores todos los colegiados incorporados con más de seis meses de antelación a la fecha de convocatoria y como elegibles los colegiados residentes en su respectivo ámbito territorial siempre que no estén incurso en alguna causa que se lo impida. En votación directa y secreta en la que podrán participar como electores todos los colegiados incorporados con más de seis meses de antelación a la fecha de convocatoria y como elegibles los colegiados ejercientes y residentes en su respectivo ámbito territorial siempre que no estén incurso en alguna causa que se lo impida. En votación directa y secreta en la que podrán participar como electores todos los colegiados incorporados con más de tres meses de antelación a la fecha de convocatoria y como elegibles los colegiados ejercientes y residentes en su respectivo ámbito territorial siempre que no estén incurso en alguna causa que se lo impida.

El órgano competente para determinar las cuotas de incorporación es: La Junta de Gobierno. La Asamblea colegial. El Tesorero. El Decano.

¿Se puede renunciar injustificadamente a la defensa o representación de una persona a un mes de la celebración del juicio?. No, está expresamente prohibido en la Ley General del Poder Judicial. Sólo si la renuncia es por motivos éticos y es aprobada por el Comité de Ética jurídica. Sí, si no causa indefensión. Sólo si se trata de un familiar consanguíneo.

Luis, abogado recién colegiado sabe que el cumplimiento de las normas deontológicas contenidas en el Código Deontológico es esencial para su ejercicio profesional, pero desconoce hasta qué punto: Las normas del Código Deontológico de la Abogacía española tienen vocación de básicas, correspondiendo en su caso su desarrollo y adecuación a los Consejos Autonómicos y a los Ilustres Colegios de Abogados. Las normas del Código Deontológico de la Abogacía española son de aplicación siempre con preferencia a las contenidas en el Código de Deontología de la Abogacía Europea. Las normas del Código Deontológico de la Abogacía española no son vinculantes puesto que mientras no exista la exigencia de la reserva de ley sobre ellas carecen de fuerza obligatoria. Las normas del Código Deontológico de la Abogacía española se aplicarán con carácter subsidiario al Estatuto General de la Abogacía Española.

El abogado asesora y defiende pero no representa, ¿es correcto?. Sí, es correcto, a no ser que esté cubierto por un seguro especial de representación aprobado por su Colegio. No, no es correcto, el abogado puede ostentar la representación del cliente cuando no esté reservada por ley al Procurador. Sí, es correcto, la representación del cliente es exclusiva del procurador. No, no es correcto, a no ser que sea un abogado extranjero y vaya acompañado de un procurador español.

Según el Código deontológico, el Abogado: Tiene derecho a poner en conocimiento del juez o Tribunal la falta de respeto a su misión, libertad o independencia para que lo corrija. Tiene la obligación de comunicar al Consejo General del Poder Judicial, las faltas de respeto de sus compañeros. Tiene el deber de aguantar las faltas de respeto de sus compañeros. Tiene el deber de responder con la misma falta de respeto al abogado que le falta el respeto.

Fernando, abogado, se ha presentado a Decano consiguiendo 3.000 votos de los cuales 1.000 son de abogados y 2.000 de colegiados no ejercientes. Braulio por su parte ha conseguido los mismos 3.000 votos de los cuales 1.050 son de abogados y 1.950 de colegiados no ejercientes ¿quién ha ganado la votación?. Ninguno ya que los votos de los abogados deben triplicar a los de los colegiados no ejercientes para que la votación sea válida. Fernando. Braulio. Ninguno porque el empate es evidente.

El órgano competente para aprobar o proponer a la Junta General el establecimiento de criterios orientadores de honorarios a efectos de tasación de costas y jura de cuentas es: El Tesorero. El Decano. La Junta de Gobierno. La Asamblea colegial.

¿Qué año fue publicado en el BOE el Código Deontológico Español de la Abogacía?. 1917. 2000. No ha sido publicado en el BOE. 1939.

El abogado que acepta la defensa de su cliente se encuentra sometido a los siguientes deberes generales: Cumplir las normas legales, estatutarias y deontológicas, así como los acuerdos de los diferentes órganos corporativos. Cooperar con la Justicia, asesorando, conciliando y defendiendo en derecho los intereses que le sean confiados. Todas las alternativas son correctas. Guardar secreto profesional de todos los hechos o noticias que conozcan por razón de cualquiera de las modalidades de su actuación profesional.

El Código Deontológico prohíbe al abogado aportar a los tribunales, y facilitarle a su cliente las cartas, comunicaciones o notas que reciba del abogado de la otra parte: Salvo que haya autorización expresa de la parte contraria o bien autorización por la Junta de Gobierno mediando causa grave y previa audiencia a los interesados y resolución motivada. Sería posible si el abogado considerara que es absolutamente necesario para la defensa de su cliente en aplicación del derecho de defensa reconocido en la Constitución. Salvo que el cliente se ponga en contacto directo con la parte contraria y recabe su consentimiento independientemente de la opinión del abogado que la represente. Salvo que hayan transcurrido cinco años desde que se produjeron esas comunicaciones.

El abogado es un profesional que... Se relaciona con sus compañeros como con cualquier otro profesional. Se relaciona con los clientes de acuerdo con el derecho común y con los compañeros de acuerdo a la normativa deontológica exclusivamente. Se relaciona de una manera especial con sus compañeros, pues debe mantener con ellos relaciones de recíproca lealtad, respeto mutuo y compañerismo. Se relaciona con sus compañeros de una manera transversal, desequilibrada y postmoderna.

Las normas de composición y funcionamiento de las Juntas de Gobierno las establecen: El Consejo General de la Abogacía española. Las leyes de colegios profesionales autonómicas. Los Estatutos de los Consejos autonómicos. Los Estatutos particulares de cada colegio.

Federico y José, abogados, se han cruzado una serie de correos electrónicos para tratar de alcanzar un acuerdo de divorcio. En alguno de estos correos Federico informa a José de unas fuentes de ingreso de su cliente no declaradas a Hacienda y que considera intocables, postura contraria a la mantenida por José que pretende desvelar esos ingresos para mejorar la posible pensión compensatoria de su clienta. Al no llegar a un acuerdo José decide aportar a los Tribunales estos correos. ¿Sería correcta esta actuación?. No, dado que cualquier tipo de comunicación entre profesionales de la Abogacía, recibida o remitida, está amparada por el secreto profesional no pudiendo ser facilitada al cliente ni aportada a los Tribunales ni utilizado en cualquier otro ámbito salvo autorización expresa del remitente. No, dado que cualquier tipo de comunicación entre profesionales de la Abogacía, recibida o remitida, está amparada por el secreto profesional no pudiendo ser facilitada al cliente ni aportada a los Tribunales ni utilizado en cualquier otro ámbito salvo autorización expresa de Federico o autorización de la Junta de Gobierno. Sí, siempre y cuando la Junta de Gobierno lo apruebe discrecionalmente por causa grave y previa resolución motivada sin necesidad de audiencia de los interesados. Sí, siempre y cuando la Junta de Gobierno lo apruebe arbitrariamente por causa grave y previa resolución motivada con audiencia de los interesados.

¿Qué organismo redactó el Código Deontológico español de la Abogacía?. El Consejo General de la Abogacía española. Siete abogados con una dilatada experiencia profesional y considerados abogados de prestigio por el Tribunal Supremo. El Ilustre Colegio de Abogados de Almería, por sorteo entre todos los Colegios de Abogados de España. El Gobierno de la Nación.

La Junta de Gobierno ya constituida deberá comunicar al Consejo general de la Abogacía española y al Consejo autonómico correspondiente la composición de los nuevos órganos de gobierno en el plazo de: Siete días. Cinco días. Quince días. Tres días.

¿Se puede renunciar injustificadamente a la defensa o representación de una persona a tres días de la celebración del juicio?. No, en ningún caso. Sólo si se trata de un familiar consanguíneo. Sólo si el letrado se ha puesto de acuerdo con el cliente y otro compañero para que éste lleve la defensa y evitar indefensión. Sí, en cualquier caso.

El abogado está obligado a informar al cliente... Del resultado de la causa, si es un éxito. Sobre la evolución del asunto encomendado, resoluciones transcendentes, recursos contra las mismas y cualquier otro aspecto relevante manteniéndolo permanentemente al día de las incidencias importantes que se vayan produciendo. Sobre la evolución del asunto encomendado, resoluciones intranscendentes y cualquier otro aspecto relevante manteniéndolo permanentemente al día de todas las incidencias, por mínimas que sean, que se vayan produciendo. Tan solo de las principales resoluciones de la causa.

El órgano competente para convocar las juntas generales ordinarias y extraordinarias es: El Tesorero. La Asamblea colegial. El Decano. La Junta de Gobierno.

Se celebran elecciones a la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Málaga y se informa de que el voto de los colegiados ejercientes tendrá el mismo valor que el de los demás colegiados ¿es correcto?. Si, el voto de los colegiados ejercientes tendrá el mismo valor que el de los demás colegiados. No, el voto de los colegiados ejercientes tendrá triple valor que el de los demás colegiados. Si, el voto de los colegiados ejercientes tendrá el mismo valor que el de los demás colegiados que se hayan incorporado al Colegio con al menos tres meses de antelación. No, el voto de los colegiados ejercientes tendrá doble valor que el de los demás colegiados.

El secreto profesional significa... No manifestar, declarar, informar, comunicar, cualquier hecho que haya llegado a conocimiento del abogado en razón de su ejercicio profesional salvo si se trata de un colegiado no ejerciente. No manifestar, declarar, informar, comunicar, cualquier hecho que haya llegado a conocimiento del abogado en razón de su ejercicio profesional. Velar por la ocultación de todas las circunstancias que rodeen al cliente y su caso sin excepción. Reservarse el abogado el derecho de declarar ante los medios de comunicación en todo caso.

Fernando, abogado del Colegio de Abogados de Málaga, quiere presentarse a Decano y Tesorero en las próximas elecciones del Colegio ¿es correcto?. Si, siempre que se comprometa a asistir a todas las reuniones. Si, siempre que no le impongan una sanción disciplinaria. No, a menos que pide autorización al Consejo General de la Abogacía española. No, en ningún caso.

Los Estatutos particulares del Colegio de Abogados de Zamora disponen que el Tesorero sea el que ejerza la presidencia de las Juntas Generales colegiales ¿es correcto?: Depende de su aprobación por el Consejo General de la Abogacía española. Si. NO. Depende de lo que disponga la normativa autonómica.

La expresión: "El abogado tiene la obligación, mientras esté asumiendo la defensa, de llevarla a término en su integridad" significa que: No puede ni renunciar a ella, ni abandonarla. Puede renunciar a ella en cualquier momento sin más precauciones. No puede abandonarla. No puede renunciar a ella en cualquier momento.

¿Se puede alegar en juicio el Código Deontológico?. No, pues constituyen normas dictadas por la propia conciencia y ya se sabe que conciencias hay tantas como seres humanos. Solo si constituyen conductas sancionables como muy graves. Sí, siempre y cuando el Tribunal esté de acuerdo. Sí, son normas de obligado cumplimiento para los colegiados y por ello se pueden alegar en juicio.

Juan recibe el encargo de llevar un asunto de un cliente que antes estaba defendiendo Pedro, otro abogado. Juan pide la venia a Pedro, el cual se la niega porque todavía no ha cobrado sus honorarios. Indique la respuesta correcta: No se puede dar la venia si no te han pagado los honorarios 
. Ante una situación así, Juan debe pedir amparo al Juzgado decano del lugar.
. Juan debe hacer todas las gestiones que sean posibles sin poder sustituir al abogado anterior hasta que cobre los honorarios debidos. Juan no tiene que pedir la venia sino comunicar la sustitución en alguna forma que permita acreditar la recepción o que se ha procurado.
.

La reserva de ley respecto a las normas deontológicas de los abogados: No existe. Es una excepción en el Derecho administrativo. Es absoluta. Todas las normas deontológicas deben aprobarse con rango de ley. Depende de la interpretación de los Colegios de Abogados y de los Consejos autonómicos.

Palina, abogada, está llevando el asesoramiento jurídico de un cliente al que se le ha notificado una sentencia desestimatoria de su pretensión en un procedimiento mercantil. El cliente le insta a recurrir dicha sentencia cuando ya ha pasado el plazo por lo que Palina decide no presentar el recurso, apartándose de las instrucciones de su cliente. ¿Es correcta la actuación de Palina o incurre en una infracción disciplinaria?: No es correcto, porque Palina debe siempre llevar cuantas acciones exija la defensa de su cliente, incluso contra su propio criterio profesional. Sí, es correcta, porque Palina ejerce su profesión con independencia en cuanto a las instrucciones que recibe de su cliente. No es correcta porque Palina debe seguir siempre las instrucciones de su cliente salvo que pueda causar un daño irreparable. No, porque Palina al no presentar dicho recurso está cometiendo una falta disciplinaria muy grave y se puede ver expulsada del Colegio tras el correspondiente procedimiento disciplinario.

El abogado que recibe cartas o comunicaciones del abogado de la otra parte podrá entregarlas a su propio cliente: Sin autorización de ninguna clase. Previa autorización del Decano. En ningún caso se pueden entregar tales comunicaciones al cliente. Previa autorización expresa del abogado de la otra parte.

El órgano competente para ejercer la potestad disciplinaria es: El Decano y la Junta de Gobierno. El Decano. El presidente de la Comisión de Deontología. La Junta de Gobierno.

El Tribunal Constitucional español, en sentencia 219/1989 de 21 de diciembre, resolvió un recurso de amparo presentado por un arquitecto por la vulneración del principio de legalidad contenido en el artículo 25 de la Constitución al verse sancionado con una suspensión del ejercicio de su profesión por incumplimiento de las normas deontológicas de su Colegio: Así es, y el Tribunal Constitucional interpretó que la imposición de una sanción disciplinaria por el incumplimiento de normas contenidas en “códigos deontológicos” o similares por parte de un Colegio profesional, aun reconociendo su carácter vago e impreciso y su no obligada publicación en los Boletines oficiales de las administraciones públicas, no es posible si no se recoge la misma norma en el Estatuto General correspondiente. Así es, y el Tribunal Constitucional interpretó que la imposición de una sanción disciplinaria por el incumplimiento de normas contenidas en “códigos deontológicos” o similares por parte de un Colegio profesional, aun reconociendo su carácter vago e impreciso y su no obligada publicación en los Boletines oficiales de las administraciones públicas, no quiebra el principio de legalidad. Así es, y el Tribunal Constitucional interpretó que la imposición de una sanción disciplinaria por el incumplimiento de normas contenidas en “códigos deontológicos” o similares por parte de un Colegio profesional, aun reconociendo su carácter vago e impreciso y su no obligada publicación en los Boletines oficiales de las administraciones públicas, quiebra el principio de legalidad. Así es, y el Tribunal Constitucional interpretó que la imposición de una sanción disciplinaria por el incumplimiento de normas contenidas en “códigos deontológicos” o similares por parte de un Colegio profesional, aun reconociendo su carácter vago e impreciso y su no obligada publicación en los Boletines oficiales de las administraciones públicas, es posible si se recoge la misma norma en el Estatuto General correspondiente y es asumido por los Estatutos particulares del Colegio en cuestión.

Si un Juzgado se retrasa más de media hora del tiempo previsto ¿qué puede hacer el abogado?. Tiene derecho a formular la queja ante el Juzgado y ponerlo en conocimiento de su Colegio. Puede exigir que se lleve a cabo en su horario o en ese período de media hora posterior. Exigir que se celebre al día siguiente. Nada, tiene que esperar su turno.

Si a una abogada con 15 años de experiencia pero con poco tiempo para actualizar sus conocimientos legales le encomiendan un asunto para el que no está realmente formada, ¿debería asumirlo?. No, en ningún caso, podrá asumirlo ni pedir colaboración a otro abogado. Si, pues todo asunto conlleva un estudio que se hace en cada caso concreto, independientemente de si el abogado mantiene o no sus conocimientos actualizados. No, el abogado, no podrá aceptar encargarse de un asunto si sabe, o debiera saber, que no posee la competencia necesaria para encargarse de él. Sí, pues no es posible interferir en la libertad de cada abogado sobre cómo debe adecuar c incrementar sus conocimientos jurídicos.

El Abogado Olivier colabora con la abogada Patricia, habiendo pactado el reparto de honorarios en un porcentaje del 80%-20%. ¿Es correcto este acuerdo? Indique la respuesta correcta: Dicha actuación no es correcta, toda vez que perjudica a uno de los Abogados. 
. La actuación es correcta, puesto que hay una colaboración profesional.
. La actuación solo sería correcta si el reparto de honorarios fuera al 50% para cada abogado. Dicha actuación no es correcta, toda vez que el Abogado no puede pagar ninguna compensación a otra persona por haberle enviado un cliente.
.

¿Qué relación tiene el Abogado con la Administración de Justicia?. Es un auxiliar de la Administración de Justicia. El abogado no forma parte de la Administración de Justicia de ninguna manera. Es un cooperador necesario de la Administración de Justicia. Es un intruso en la Administración de Justicia.

¿Los grandes despachos multidisciplinares tienen regulación deontológica específica?. No, ninguno. Solo si superan el número de 20 alumnos en prácticas están obligados a tenerla en aplicación del Estatuto General de la Abogacía española. Suelen tenerla desde hace unos años en paralelo con el auge de los “códigos deontológicos” o “códigos éticos” recibiendo nombres muy diversos y siendo de aplicación dentro de esas empresas. No, pero están planteándoselo para fortalecer su reputación de cara a los clientes presentes y futuros.

¿Cuál es la única excepción a la prohibición de comunicación de un abogado con la parte contraria?. Que el abogado de la parte contraria lo autorice. Que la parte contraria no tenga abogado. Que la parte contraria sea pariente del abogado hasta segundo grado de consanguinidad. Que el abogado de la parte contraria lo autorice o que la parte contraria no tenga abogado.

Aceptado el encargo de un cliente por parte de un abogado...::Aceptado el encargo de un cliente por parte de un abogado... Solo podrá renunciar cuando existan discrepancias graves con el cliente y siempre que recabe permiso de su Colegio de Abogados. Podrá renunciar en cualquier momento y sin obligación de alegar causa siempre y cuando este abandono no genere indefensión al cliente. Solo podrá renunciar cuando existan discrepancias graves con el cliente. Solo podrá renunciar cuando el cliente atente gravemente contra la dignidad del abogado.

Hay que tener en consideración que no hay preso, sin abogado, y ello quiere decir: Que los abogados que participen en su defensa, tendrán que concederse la venia. Que los abogados que se sucedan en la defensa deberán acudir a la prisión en la que está interno su cliente. Que no hay preso que no haya prestado declaración ante un Juzgado y ninguno lo ha hecho - por mandato constitucional - sin estar debidamente asistido de letrado. Que se decreta la libertad automática del preso sin letrado.

El Código deontológico europeo es de aplicación: En la actividad transfronteriza del abogado exclusivamente, es decir, en la relación profesional de un abogado con otro de distinto Estado de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo común o en las actividades profesionales de un abogado en otro Estado miembro incluso sin que se produzca un traslado a ese otro Estado miembro. Siempre con carácter subsidiario al Código Deontológico de la Abogacía española. Siempre con preferencia sobre el Código Deontológico de la Abogacía española. En la actividad transfronteriza del abogado exclusivamente, es decir, en la relación profesional de un abogado con otro de distinto Estado de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo común o en las actividades profesionales de un abogado en otro Estado miembro incluso siempre que esté en territorio de ese otro Estado miembro.

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