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DEONTOLOGIA

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Título del Test:
DEONTOLOGIA

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SIMULADORES Y TEST

Fecha de Creación: 2026/02/21

Categoría: Otros

Número Preguntas: 50

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La regulación ética del abogado se integra por: a. Acuerdos gremiales informales. Constitución y COFJ. Manuales internos. Reglamentos privados.

Los estándares internacionales buscan: a. Uniformar todos los sistemas judiciales. b. Establecer parámetros mínimos universales. c. Eliminar soberanía. d. Sustituir constitucione.

Los códigos de ética sirven como: a. Ley penal. b. Norma constitucional. c. Opinión doctrinal. d. Guía de conducta profesional.

La revelación injustificada de información confidencial puede generar. A) Responsabilidad disciplinaria. B) Reconocimiento profesional. C) Premios académicos. D) Beneficios económicos.

El principio de legalidad implica: A) Aplicación conforme a Constitución y ley. B) Decisiones subjetivas. C) Discrecionalidad absoluta. D) Árbitro judicial.

La profesión se caracteriza principalmente por: A) La actividad manual. B) La experiencia empírica. C) La actividad ocasional. D) La formación académica especializada.

Las sanciones disciplinarias buscan principalmente: A) Excluir profesionales. B) Castigar. C) Vengar. D) Proteger la confianza pública.

La ética judicial también se proyecta sobre: A) Vida privada cuando afecte percepción pública. B) Vida familiar exclusivamente. C) Opiniones académicas. D) Actividades recreativas sin impacto.

La ética teleológica se centra principalmente en: A) La norma positiva. B) El fin o finalidad. C) La intención. D) El deber.

La confidencialidad es una garantía vinculada al: A) Marketing jurídico. B) Honorario. C) Mercado. D) Debido proceso.

La honestidad profesional exige: A) Usar cualquier medio. B) Maximizar beneficios. C) Evitar prácticas fraudulentas. D) Defender siempre al cliente.

La dignidad de la profesión exige: A) Manipulación normativa. B) Cobros altos. C) Simulación jurídica. D) Rectitud moral.

La deontología significa: A) Estudio del ser. B) Estudio del deber. C) Estudio del valor. C) Estudio del valor.

La judicialización de la política incrementó la necesidad de: a. Discrecionalidad. b. Menos control. c. Secreto judicial. d. Estándares éticos claros.

La abogacía en el Estado constitucional cumple una función: a. Política. b. Social. c. Privada exclusivamente. d. Comercia.

En el Estado constitucional ecuatoriano, el Derecho se concibe como: a. Un sistema de normas, principios y valores. b. Un sistema exclusivamente normativo. c. Un conjunto de normas desvinculadas de la ética. d. Un orden técnico sin valores.

La función social de la abogacía implica compromiso con: a. Justicia y derechos fundamentales. b. Beneficio económico. c. Marketing profesional. d. Exclusividad gremial.

El abogado es considerado: a. Actor marginal. b. Comerciante jurídico. c. Operador político. d. Colaborador necesario de la justicia.

¿Qué autor critica el positivismo jurídico y defiende el uso de principios?. a. Kelsen. b. Bentham. c. Dworkin. d. Hobbes.

El abogado es considerado: a. Técnico neutral sin impacto social. b. Funcionario administrativo. c. Comerciante del Derecho. d. Agente de justicia.

La relación abogado–cliente se fundamenta en: a. Poder. b. Subordinación. c. Jerarquía. d. Confianza.

El secreto profesional protege principalmente: a. Al Estado. b. Al abogado. c. La información confidencial del cliente. d. Al juez.

El conflicto de intereses afecta principalmente: a. La concentración. b. La independencia. c. La oralidad. d. La publicidad.

Los Principios Básicos sobre la Independencia de la Judicatura fueron adoptados por: a. ONU (1985). b. Unión Europea. c. Corte IDH. d. OEA.

El principio de legalidad implica: a. Arbitrio judicial. b. Discrecionalidad absoluta. c. Aplicación conforme a Constitución y ley. d. Decisiones subjetivas.

La celeridad busca: a. Dilatar procesos. b. Aumentar incidentes. c. Fragmentar audiencias. d. Resolver en plazo razonable.

La corrupción judicial afecta principalmente: a. Eficiencia administrativa. b. Competencia económica. c. Jerarquía. d. Confianza pública.

La imparcialidad exige decisiones libres de: a. Prejuicios y favoritismos. b. Control social. c. Motivación. d. Normas jurídicas.

La investigación integral exige: a. Selección interesada. b. Análisis fragmentario. c. Examen completo y objetivo. d. Valoración parcial.

La revelación injustificada de información confidencial puede generar: a. Reconocimiento profesional. b. Beneficios económicos. c. Premios académicos. d. Responsabilidad disciplinaria.

En los sistemas tradicionales, la ética judicial se sustentaba en: a. Supervisión internacional. b. Reglamentos disciplinarios estrictos. c. Control ciudadano permanente. d. La autoridad moral y prestigio personal del juez.

Los honorarios deben fijarse con criterios de: a. Oportunismo. b. Según criterio del abogado. c. Imposición unilateral. d. Razonabilidad y proporcionalidad.

La función deontológica del Código de Ética es: a. Sancionadora exclusivamente. b. Comercial. c. Orientadora y preventiva. d. Política.

La defensa técnica adecuada exige: a. Actuación formal mínima. b. Compromiso real y preparación suficiente. c. Improvisación estratégica. d. Delegación informal.

La preclusión implica: a. Orden sucesivo del proceso. b. Arbitrio judicial libre. c. Suspensión indefinida. d. Retroceder etapas procesales.

La deontología profesional busca principalmente: a. Controlar políticamente. b. Prevenir y orientar. c. Castigar. d. Reemplazar al Estado.

La revelación indebida de información puede vulnerar: a. Derechos fundamentales. b. Solo contratos. c. Costumbres. d. Procedimientos.

La deontología significa: a. Estudio del conocimiento. b. Estudio del deber. c. Estudio del ser. d. Estudio del valor.

Los colegios profesionales deben evitar: a. Transparencia. b. Actualización. c. Corporativismo. d. Participación.

La lealtad procesal implica: a. Estrategia oculta. b. Respeto a la verdad y al proceso. c. Engañar al tribunal. d. Favorecer al cliente sin límites.

La ontología estudia: a. El valor. b. El ser. c. El conocimiento. d. El deber.

La confidencialidad es un deber: a. Opcional. b. Ético y jurídico. c. Moral únicamente. d. Social.

La ética del discurso se fundamenta en: a. El consenso racional. b. La tradición. c. La autoridad estatal. d. El mandato legal.

Los Principios de Bangalore tienen enfoque: a. Sancionador. b. Político. c. Preventivo y pedagógico. d. Penal.

La dignidad de la profesión exige: a. Manipulación normativa. b. Rectitud moral. c. Simulación jurídica. d. Cobros altos.

La oficialidad permite al juez: a. Permanecer pasivo. b. Evitar resolver. c. Delegar funciones. d. Impulsar el proceso en ciertos casos.

La ética teleológica se centra principalmente en: a. La norma positiva. b. El deber. c. El fin o finalidad. d. La intención.

Las éticas del cuidado enfatizan principalmente: a. El deber. b. La sanción. c. La norma. d. La empatía y la vulnerabilidad.

El positivismo jurídico sostiene que la validez del Derecho depende de: a. Su justicia. b. Su moralidad. c. Su procedimiento de creación. d. Su aceptación social.

La relación entre Derecho y Moral en el Estado constitucional es: a. De total separación. b. Inexistente. c. De convergencia y tensión. d. Meramente histórica.

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