Derecho
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Título del Test:
![]() Derecho Descripción: Módulo 3 |



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Según el artículo 771.1 de la LECrim la Policía Judicial (señale la incorrecta): Informará al ofendido y al perjudicado por el delito de forma escrita de los derechos que les asisten. Instruirá al ofendido y al perjudicado de su derecho a mostrarse parte en la causa sin necesidad de formular querella. Instruirá al ofendido y al perjudicado de su derecho a nombrar abogado o instar el nombramiento de abogado de oficio. Se les informará de que, de no personarse en la causa y no hacer renuncia ni reserva de acciones civiles, el Ministerio Fiscal las ejercitará si correspondiera. Según el artículo 282 de la LECrim, la Policía Judicial tiene por objeto y será obligación de todos los que la componen, averiguar los delitos públicos que se cometieren en su territorio o demarcación. Llevarán a cabo una valoración de las circunstancias particulares de las víctimas para determinar provisionalmente que medidas de protección deben ser adoptadas para garantizarles una protección adecuada, sin perjuicio de la decisión final que corresponderá adoptar al Juez o Tribunal. Llevarán a cabo una valoración de las circunstancias generales de las víctimas para determinar provisionalmente que medidas de protección deben ser adoptadas para garantizarles una protección adecuada, sin perjuicio de la decisión final que corresponderá adoptar al Juez o Tribunal. Llevarán a cabo una valoración de las circunstancias particulares de las víctimas para determinar permanentemente que medidas de protección deben ser adoptadas para garantizarles una protección adecuada, sin perjuicio de la decisión final que corresponderá adoptar al Juez o Tribunal. Llevarán a cabo una valoración de las circunstancias particulares de las víctimas para determinar provisionalmente que medidas de protección deben ser adoptadas para garantizarles una protección adecuada. La víctima de un hecho que presenta caracteres de delito: En el mismo momento de realizar la denuncia o en todo caso, en su primera comparecencia ante el órgano competente, deberá ser informada en términos claros de las posibilidades de obtener en el proceso penal la restitución y reparación del daño sufrido y de las posibilidades de lograr el beneficio de la defensa gratuita. Igualmente, deberá ser informada de la fecha y lugar de la celebración del juicio. Le será notificada telemáticamente la resolución que recaiga, aunque no sea parte en el proceso. Todas son correctas. Según la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima, ¿a qué personas resultan aplicables las disposiciones de esta ley?: Únicamente a las víctimas de delitos cometidos en territorio español que tengan nacionalidad española y residencia legal. A todas las víctimas de delitos cometidos en España o perseguibles en España, independientemente de su nacionalidad, edad o de si disfrutan o no de residencia legal. Solo a las víctimas extranjeras que cuenten con autorización de residencia y hayan sufrido delitos graves. A las víctimas de delitos cometidos en España, siempre que sean mayores de edad y se encuentren legalmente en el país. Según el artículo 17 del Estatuto de la Víctima, ¿Qué derecho tienen las víctimas residentes en España respecto a delitos cometidos en otros Estados miembros de la Unión Europea?. Pueden presentar denuncia en España, pero esta solo será tramitada si el delito también está tipificado en la legislación española. Pueden presentar denuncia ante las autoridades españolas, que deberán remitirla a las autoridades competentes del Estado donde ocurrieron los hechos si España carece de jurisdicción. Solo pueden denunciar directamente ante las autoridades del Estado donde ocurrió el delito. Pueden denunciar en España, pero la remisión a otro Estado queda a discreción del juez instructor. ¿Cuál de las siguientes opciones describe correctamente a una “víctima directa” según el artículo 2 de la Ley?. Solo las personas físicas que hayan sufrido lesiones físicas graves derivadas de un delito. Tanto personas físicas como jurídicas que hayan sufrido cualquier daño emocional. Toda persona física que haya sufrido daño físico, psíquico, emocional o perjuicio económico directamente causado por la comisión de un delito. Únicamente las personas físicas que hayan sufrido daños patrimoniales superiores a una cuantía mínima legal. ¿Qué obligación tienen las autoridades españolas si una víctima residente en España denuncia en España un delito cometido en otro Estado miembro, pero se determina que España no tiene jurisdicción?. Archivar la denuncia sin más actuación, informando únicamente al juez competente. Continuar la investigación hasta obtener información suficiente para trasladar el caso. Remitir inmediatamente la denuncia a las autoridades del Estado competente e informar al denunciante de dicha remisión. Requerir a la víctima que presente una nueva denuncia en el país donde se cometió el delito. Es víctima indirecta, en los casos de muerte o desaparición de una persona que haya sido causada directamente por un delito, salvo que tratare de los responsables de los hechos: A su cónyuge no separado legalmente o de hecho y a lo hijos de la víctima o del cónyuge no separado legalmente o de hecho aunque en el momento de la muerte o desaparición de la víctima no convivieran con ellos. A la persona que hasta el momento la muerte o desaparición hubiera estado unida a ella por una análoga relación de afectividad y a los hijos de ésta que hasta ese momento convivieran con la víctima. A sus progenitores o parientes en línea recta o colateral dentro del segundo grado que se encontraren bajo su guarda y a las personas sujetas a su tutela o curatela o que se encontraran bajo su acogimiento familiar. Todas son correctas. Es víctima indirecta, en los casos de muerte o desaparición de una persona que haya sido causada directamente por un delito, salvo que tratare de los responsables de los hechos: A su cónyuge no separado legalmente o de hecho y a lo hijos de la víctima o del cónyuge no separado legalmente o de hecho aunque en el momento de la muerte o desaparición de la víctima no convivieran con ellos. A la persona que hasta el momento la muerte o desaparición hubiera estado unida a ella por una análoga relación de afectividad y a los hijos de ésta aunque no convivieran con la víctima. A sus progenitores o parientes en línea recta o colateral dentro del segundo grado que se encontraren bajo su guarda y a las personas sujetas a su tutela o curatela o que se encontraran bajo su acogimiento familiar. En caso de no existir las anteriores, a los demás parientes en línea recta y a sus hermanos, con preferencia al que ostentare la representación legal de la víctima. Son derechos comunes a todas las víctimas, el derecho a (señale la incorrecta): la información. la protección y apoyo en todo caso. asistencia, atención y reparación. participar activa o pasivamente en el proceso penal. Son derechos comunes a todas las víctimas, el derecho a (señale la incorrecta): un trato respetuoso, personal y profesional, individualizado y no discriminatorio. la protección y apoyo en todo caso. asistencia, atención y reparación. participar activamente en el proceso penal. ¿Qué son los derechos básicos extraprocesales?. Los comunes a todas las víctimas con independencia de que sean parte en un proceso penal o hayan decidido o no ejercer algún tipo de acción, e incluso con anterioridad a la iniciación del proceso penal. Los derechos que se obtienen tras ser condenado en un proceso penal. Los derechos que se aplican únicamente a la víctima que es parte del proceso penal. Los derechos que solo tienen las víctimas que han presentado una denuncia formal. El Título I del Estatuto de la Víctima recoge estos derechos extraprocesales (señale la incorrecta): A entender y a ser entendida, lenguaje claro y sencillo. A recibir desde el primer contacto y de forma inmediata información adaptada a sus circunstancias: medidas de apoyo disponibles, modo de ejercicio del derecho a denunciar, asesoramiento jurídico, indemnizaciones que puedan corresponder. A recibir información sobre la causa penal. A la traducción e interpretación: excepcionalmente, la traducción oral de documentos podrá ser sustituida por un resumen escrito de su contenido en una lengua que comprenda. La Orden de Servicio 033 sobre Atención a la víctima del delito establece que debe comunicársele a la víctima (señale la incorrecta): Si el hecho denunciado ha sido resuelto. En qué ha consistido la resolución. Si se han recuperado objeto o el vehículo de su propiedad sustraídos. La obtención de resultados con respecto a determinados delitos. La Orden de Servicio 033 sobre Atención a la víctima del delito establece que debe comunicársele a la víctima (señale la incorrecta): Si el hecho denunciado ha sido resuelto. El hecho de la tramitación del atestado a la autoridad judicial cuando se trate de diligencias que inicialmente se tramitan. Si se han recuperado objeto o el vehículo de su propiedad sustraídos. La no obtención de resultados con respecto a determinados delitos. El art 6 del R.D 1109/2015 establece que la decisión policial de no facilitar interpretación o traducción de las actuaciones policiales a la víctima, incluida la denuncia cuando sea interpuesta por la víctima: será excepcional y motivada, debiendo quedar debida constancia de la misma y de su motivación en el atestado, en el que se deberá recoger la disconformidad que la persona afectada. será excepcional y motivada, debiendo quedar debida constancia de la misma y de su motivación en el atestado, en el que se deberá recoger la conformidad que la persona afectada. será excepcional y motivada, debiendo quedar debida constancia de la misma y de su motivación en el atestado, en el que se podrá recoger la disconformidad que la persona afectada. será excepcional y motivada, debiendo quedar debida constancia de la misma y de su motivación en el atestado, en el que se deberá recoger la disconformidad que la persona agresora. El art.6 recoge los derechos específicos de la víctima como denunciante (señale la incorrecta): A obtener una copia de la denuncia. A la asistencia lingüística gratuita y a la traducción escrita de la copia de la denuncia. A entender y ser entendida. Todas son correctas. Según el art. 284.2 LECrim, cuando no exista autor del delito: La Policía Judicial conservará el atestado a disposición del Ministerio Fiscal y de la autoridad judicial, sin enviárselo. La Policía Judicial conservará el atestado a disposición del Ministerio Fiscal y de la autoridad judicial, entregándoselo. La Policía Judicial enviará el atestado al Ministerio Fiscal. La Policía Judicial desechará el atestado. Según el art. 284.2 LECrim, cuando no exista autor del delito, la Policía Judicial conservará el atestado a disposición del Ministerio Fiscal y de la autoridad judicial, sin enviárselo, salvo que concurra alguna de estas circunstancias (señale la incorrecta): Que se trate de delitos contra la vida, contra la integridad física, contra la libertad e indemnidad sexuales, o de delitos relacionados contra la corrupción. Que se practique cualquier diligencia después de transcurridas 48h desde la apertura del atestado y éstas hayan tenido algún resultado. Que el Ministerio Fiscal o la autoridad judicial soliciten la remisión. Todas son correctas. La PJ comunicará al denunciante que, en el caso de no ser identificado el autor en el plazo de _______, las actuaciones no se remitirán a la autoridad judicial, sin perjuicio de su derecho a reiterar la denuncia ante la fiscalía o en el juzgado de instrucción. 72h. 48h. un mes. 24h. En el Título III del Estatuto de la Víctima se abordan las medidas de protección específicas para cierto tipo de víctimas. Estas buscan: Efectividad frente a represalias, intimidación, victimización secundaria, daños psíquicos y agresiones a la dignidad cuando se van a efectuar interrogatorios y declaraciones como testigo, e incluyen desde las medidas de protección física hasta otras encaminadas a evitar el contacto víctima-agresor. Eficacia frente a represalias, intimidación, victimización primaria, daños psíquicos y agresiones a la dignidad cuando se van a efectuar interrogatorios y declaraciones como testigo, e incluyen desde las medidas de protección física hasta otras encaminadas a evitar el contacto víctima-agresor. Efectividad frente a represalias, intimidación, victimización secundaria, daños físicos y agresiones a la dignidad cuando se van a efectuar interrogatorios y declaraciones como testigo, e incluyen desde las medidas de protección física hasta otras encaminadas a evitar el contacto víctima-agresor. Efectividad frente a represalias, intimidación, victimización secundaria, daños psíquicos y agresiones a la dignidad cuando se van a efectuar interrogatorios y declaraciones como testigo, e incluyen desde las medidas de protección física hasta otras encaminadas a favorecer el contacto víctima-agresor. Las dependencias en las que se desarrollen las actuaciones con víctimas estarán dispuestas a modo que: Se evite el contacto directo entre víctimas y sus familiares y el sospechoso de la infracción o acusado. Garanticen que la víctima y el sospechoso puedan comunicarse directamente en caso necesario. Permitan el acceso público a la información relacionada con víctimas menores de edad. Aseguren que todas las declaraciones sean realizadas sin presencia de acompañantes. ¿Qué medida específica debe adoptarse para proteger la intimidad de las víctimas, especialmente menores de edad o con necesidades especiales?. Permitir la difusión de información siempre que no afecte a terceros. Impedir la difusión de cualquier información que pueda facilitar su identificación. Compartir información únicamente con los medios de comunicación. Publicar los datos personales de forma anónima sin restricciones. Con el fin de evitar la victimización secundaria, ¿Qué obligación establece el art.21?. Realizar múltiples tomas de declaración para asegurar la precisión del relato. Permitir declaraciones únicamente si la víctima acude sin acompañante. Obtener la declaración de la víctima sin demora y reducir las declaraciones y reconocimientos médicos al mínimo necesario. Solicitar siempre una nueva declaración, independientemente del tipo de delito. ¿Quién debe tomar declaración de la víctima para evitar su revictimización?. Cualquier agente disponible. Profesionales con formación específica, preferiblemente la misma persona que tomó la declaración previa. Personal administrativo de la comisaría. Un médico forense. Las medidas de protección específicas se adoptarán atendiendo a: La disponibilidad de recursos materiales y el tipo de centro policial. Las características y circunstancias personales de las víctimas del delito, la naturaleza, gravedad y circunstancias del mismo. La nacionalidad de la víctima y el número de testigos presentes. Si el delito fue denunciado de forma presencial o telemática. De todo delito nace: una acción penal para el castigo del culpable y puede nacer también una acción civil para la restitución de la cosa, la reparación del daño y la indemnización de los perjuicios causados por el hecho punible. una acción penal para el castigo del culpable y debe nacer también una acción civil para la restitución de la cosa, la reparación del daño y la indemnización de los perjuicios causados por el hecho punible. una acción penal para el castigo del culpable y puede nacer también una acción civil para la restitución de la cosa, la reparación del daño y la indemnización de los perjuicios causados por el hecho impune. una acción civil para el castigo del culpable y puede nacer también una acción penal para la restitución de la cosa, la reparación del daño y la indemnización de los perjuicios causados por el hecho punible. ¿Qué ocurre si la víctima renuncia expresamente a su derecho de restitución, reparación o indemnización?. El Ministerio Fiscal deberá continuar igualmente con la reclamación civil. El proceso penal queda suspendido hasta que la víctima revoque su renuncia. El Ministerio Fiscal se limitará a pedir únicamente el castigo de los culpables. La renuncia invalida la denuncia y se archiva el procedimiento. Respecto a los delitos públicos, ¿qué facultad tiene el denunciante?. Puede decidir si el delito se persigue o no. Puede optar únicamente por mostrarse parte o no en el proceso, y por renunciar o no a la restitución o reparación del daño. Puede ordenar al Ministerio Fiscal que archive la causa. Puede impedir que se ejercite la acción penal mediante denuncia. Se perseguirá de oficio, el denunciante puede o no ser parte y puede renunciar o no a la restitución: Delito público. Delito semipúblico. Delito privado. Delito semiprivado. Precisa denuncia, puede o no ser parte y puede renunciar o no a la restitución. Delito público. Delito semipúblico. Delito privado. Delito semiprivado. Tanto en delitos públicos, semipúblicos y privados: El ofendido podrá reservarse la acción civil, esto es, esperar a que recaiga sentencia firme en vía penal y acudir posteriormente a la vía civil con el fin de obtener restitución o reparación del daño, así como la indemnización. El ofendido podrá reservarse la acción penal, esto es, esperar a que recaiga sentencia firme en vía penal y acudir posteriormente a la vía civil con el fin de obtener restitución o reparación del daño, así como la indemnización. El ofendido podrá reservarse la acción administrativa, esto es, esperar a que recaiga sentencia firme en vía penal y acudir posteriormente a la vía civil con el fin de obtener restitución o reparación del daño, así como la indemnización. El ofendido podrá reservarse la acción civil, esto es, esperar a que recaiga sentencia firme en vía administrativa y acudir posteriormente a la vía civil con el fin de obtener restitución o reparación del daño, así como la indemnización. Según la Ley 35/1995, de 11 de diciembre, ¿qué tipo de asistencia se prevé para las víctimas de delitos?. Ayudas de contenido económico y asistencia solo para víctimas de delitos violentos. Ayudas de contenido económico para víctimas de delitos violentos, y asistencia a las víctimas de todo tipo de delitos. Únicamente asistencia jurídica y psicológica para víctimas de delitos graves, excluyendo las ayudas económicas. Ayudas de contenido económico exclusivamente para víctimas de terrorismo y asistencia general para el resto de víctimas. Según la Ley 35/1995, de 11 de diciembre*, ¿quién puede beneficiarse de las ayudas públicas?. Las víctimas directas e indirectas de delitos dolosos, incluyendo los delitos imprudentes por razones de inviabilidad económica. Únicamente las víctimas directas de delitos violentos con resultado de muerte o lesiones corporales graves o daños a las salud física o mental (como para que tuviera lugar una declaración de invalidez permanente o incapacidad temporal superior a 6 meses). Las víctimas de delitos contra la libertad sexual aun cuando estos se perpetrasen sin violencia. Pueden acceder las víctimas directas y en el caso de muerte el cónyuge o análogo, los hijos siempre que no dependieran económicamente, y en defecto de éstos, los padres de la persona fallecida, si igualmente dependieran económicamente de ella. Según la Ley 35/1995, de 11 de diciembre*: Podrán concederse ayudas provisionales no superiores al 80% del total con anterioridad a que recaiga la resolución judicial firme, siempre que quede acreditada la precaria situación económica en que hubiese quedado la víctima o sus beneficiarios. Podrán concederse ayudas provisionales no superiores al 70% del total con anterioridad a que recaiga la resolución judicial firme, en todo caso. Podrán concederse ayudas provisionales no superiores al 80% del total con anterioridad a que recaiga la resolución judicial firme, en todo caso. No podrán concederse ayudas provisionales con anterioridad a que recaiga la resolución judicial firme, en todo caso. Según la Ley 35/1995, de 11 de diciembre*, ¿existe alguna incompatibilidad con otro tipo de percepciones económicas?. No. Sí, es incompatible con la percepción de indemnizaciones por daños y perjuicios establecidas mediante sentencia. Sí, es incompatible con la percepción de indemnizaciones derivadas de seguros públicos. Sí, salvo con los resarcimientos por daños a víctimas de terrorismo. Según la Ley 35/1995, de 11 de diciembre*, ¿a quién ha de dirigirse la solicitud de ayudas?. Al Ministerio de Economía y Hacienda, en el plazo de un año desde la fecha en la que se produjo el hecho delictivo. Al Ministerio de Economía y Hacienda, en el plazo de un año desde el día siguiente a la fecha en la que se produjo el hecho delictivo. Al Ministerio de Seguridad, en el plazo de seis meses desde la fecha en la que se produjo el hecho delictivo. Al Ministerio de Cultura, en el plazo de un año desde la fecha en la que se produjo el hecho delictivo. Según la Ley 35/1995, de 11 de diciembre*, ¿existe un deber de información sobre la existencia de estas ayudas?. No. Sí, los Jueces y Magistrados, miembros de la Carrera Fiscal, autoridades y funcionarios públicos que intervengan por razón de su cargo en la investigación de hechos que presenten caracteres de delitos dolosos violentos y contra la libertad sexual. Sí, únicamente los Jueces y Magistrados en la investigación de hechos que presenten caracteres de delitos dolosos violentos y contra la libertad sexual. Ninguna es correcta. ¿Quiénes pueden ser beneficiarios de las ayudas destinadas a paliar los efectos de acciones terroristas en la CAPV?. Únicamente para personas físicas residentes en Euskadi. Solo personas jurídicas con actividad económica en el País Vasco. Personas físicas o jurídicas que hayan sufrido daños personales o materiales como consecuencia de acciones terroristas cometidas en el ámbito territorial de la CAPV. Personas físicas que hayan presenciado un acto terrorista, aunque no hayan sufrido daños. ¿A dónde debe dirigirse la solicitud para obtener ayudas como víctima del terrorismo?. A la Delegación del Gobierno en la CAPV. A la Oficina Central del Ministerio del Interior. Al Juzgado que instruya la causa penal correspondiente. A la Dirección de Atención a las Víctimas del Terrorismo del Departamento de Seguridad. La solicitud para obtener ayudas como víctima del terrorismo debe dirigirse a la Dirección de Atención a las Víctimas del Terrorismo del Departamento de Seguridad, en el plazo de: Un año a contar desde el día de producción del acto causante del daño. Un año a contar desde el día siguiente a la producción del acto causante del daño. Seis meses a contar desde el día siguiente a la producción del acto causante del daño. Un mes a contar desde de la producción del acto causante del daño. ¿Qué es la Asistencia Jurídica gratuita?. Un servicio subvencionado parcialmente por el Estado para desempleados. Un derecho que permite litigar sin necesidad de abogado ni procurador. El derecho a litigar de forma gratuita reconocido por la Constitución a aquellos que carecen de medios económicos. Un beneficio aplicable exclusivamente en procesos penales. Según el artículo 119 de la Constitución respecto al acceso a la justicia: Será gratuita para todos los ciudadanos españoles. Será gratuita cuando lo disponga la ley y, en todo caso, para quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar. Sólo se concede en casos penales graves. El acceso dependerá del patrimonio del núcleo familiar sin excepciones. ¿Dónde deben existir las Oficinas de Asistencia a las Víctimas?. En los centros penitenciarios y en las comisarías. En los ayuntamientos con más de 20000 habitantes. En todas las sedes de Juzgados y Tribunales y en las Fiscalías donde lo exijan. En los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, únicamente. ¿Toda víctima tiene derecho a ser derivada a las Oficinas de Asistencia a las Víctimas?. Sí, siempre que resulte necesario en atención a la gravedad del delito o cuando ella lo solicite. No. Sí, en todo caso. Sí, solo cuando ella lo solicite. En cuanto a la Ley de Protección a Testigos o Peritos, el Juez Instructor acordará motivadamente, _________, cuando lo estime necesario en atención al grado de riesgo o peligro, las medidas necesarias para preservar su identidad, domicilio, profesión, lugar de trabajo, etc. de oficio. a instancia de parte. de oficio o a instancia de parte. mediante denuncia. Las medidas necesarias para preservar la identidad, domicilio, profesión, lugar de trabajo, etc. de los testigos o peritos son: Que no consten en las diligencias que se practique ni su nombre, domicilio, trabajo o cualquier dato que pudiera identificarlos. Se utilizará un número o cualquier otra clave. Que comparezcan utilizando cualquier procedimiento que imposibilite su identificación visual normal. Que se fije como domicilio la sede del órgano interviniente, el cual hará llegar las notificaciones a su destinatario reservadamente. Todas son correctas. ¿Cuál es la premisa fundamental que debe guiar las actuaciones policiales cuando se involucra a menores?. La rapidez y eficiencia en la resolución del caso. El superior interés del menor. El mantenimiento del orden público por encima de cualquier otra consideración. La aplicación estricta del máximo peso de la ley. En relación con el derecho a interponer denuncia, ¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta respecto a las personas menores de edad?. Siempre deben estar acompañadas por sus padres o tutores legales para poder denunciar. Pueden interponer denuncia por sí mismas, sin que sea necesario que estén acompañadas por una persona mayor de edad. Solo pueden denunciar si el delito ha sido cometido contra ellas directamente y de forma grave. Necesitan la autorización judicial previa para que su denuncia sea admitida a trámite. Siempre que existan dudas sobre la mayoría o minoría de edad de la víctima y no pueda ser determinada con certeza, se presumirá que se trata de una persona: menor de edad. mayor de edad. lo que nos dé al ojo. Todas son correctas, depende del caso. Pautas de intervención policial ante menores víctimas del delito (señale la incorrecta): Lo primero es atender inmediatamente a la víctima. Recabar información. En las dependencias policiales se impedirá únicamente el contacto directo de la víctima y sus familiares con la persona investigada. Como norma general, el menor declarará en una sola ocasion. Ante cualquier indicio de infracción penal por parte de miembros de su familia y si se aprecia una situación de riesgo para el menor, se remitirá: Con carácter urgente una copia a la Fiscalía de menores. Una copia al Ministerio Fiscal en un plazo máximo de un mes. Una copia al Ministerio Fiscal con carácter urgente. Una copia a la Fiscalía de menores en el plazo máximo de un mes. Los agentes elevarán a la Fiscalía de menores la conveniencia de solicitar al Juzgado la necesidad de que sea nombrado un defensor judicial que le represente en la investigación en estos casos: Cuando se considere que pueda tener con sus representantes legales un conflicto de interés derivado o no del hecho investigado. Cuando exista conflicto con un progenitor y el otro esté en condiciones de prestar las funciones de representación y asistencia. Cuando la persona menor esté acompañada y se encuentre quien ejerza la patria potestad o tutores. Todas son correctas. En los supuestos en los que la Policía localice a un menor en situación de riesgo por indicios racionales de peligro para su integridad o en situaciones de absentismo escolar, consumo de alcohol, mendicidad, etc. (señale la incorrecta): Se le prestará la asistencia necesaria. Se localizará a sus progenitores o tutores. En los casos en que proceda o lo considere la Fiscalía, se contactará con el servicio de protección de menores. Se procede a contactar con el Servicio de Menores de la Diputación o con los servicios de asistencia del Ayuntamiento correspondiente. En los supuestos en los que la Policía detecta a un menor en situación de desamparo (señale la incorrecta): Se debe tratar de encontrar a familiares u otra persona que se pueda hacer cargo. Fuera de los horarios del Servicio de Menores, se traslada al menor al Centro previamente concertado para ese horario, junto con una nota dirigida a la Dirección, donde se expresarán sucintamente las circunstancias y la solicitud de acogida provisional del menor. Se redactará el informe correspondiente que se enviará al Servicio de Menores del Gobierno. Cuando no sea aconsejable o la persona menor no pueda quedar bajo la custodia de sus padres, madres o familiares, se procede a contactar con el Servicio de Menores de la Diputación o con los servicios de asistencia del Ayuntamiento correspondiente, los cuales indicarán el centro donde hay que trasladar al menor. ¿En qué tipo de situación se encuentra un menor de edad cuando la policía lo detecta y no hay presencia inmediata o referencia posterior de una persona que ejerza la patria potestad o tutela?. Una situación de conflicto social. Una situación de desamparo. Una situación de riesgo. Una situación de fuga. |





