Derecho Admin. Funciones Administrativas 3
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Título del Test:![]() Derecho Admin. Funciones Administrativas 3 Descripción: ud 5 6 y 7 |




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NO HAY REGISTROS |
En materia expropiatoria: La Administración expropiante es la obligada a formular la relación concreta e individualizada de los bienes o derechos que deban ser expropiados. Las mejoras realizadas con posterioridad a la iniciación del expediente de expropiación nunca pueden ser indemnizables. La resolución del Jurado Provincial de Expropiación puede ser objeto de un recurso de alzada. En caso de justiprecio determinado por mutuo acuerdo no procede el pago del premio de afección. La indemnización procedente puede sustituirse por una compensación en especie: Cuando resulte más adecuado para lograr la reparación debida y convenga al interés público, siempre que exista acuerdo con el interesado. Cuando no sean procedentes los pagos periódicos. Cuando lo acuerden la Administración y el interesado, aunque se perjudique el interés público. Cuando la Administración lo decida. La cuantía de la indemnización, en la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas, se actualizará con arreglo: Al índice establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Al índice de Precios al Consumo. A la valoración predominante en el mercado. Al porcentaje estimado por la Administración responsable. El plazo para reconocer el derecho a la indemnización en el procedimiento abreviado de petición de responsabilidad patrimonial será de. Treinta días. Dos meses. Veinte días. Quince días. En el supuesto de que sobre un mismo bien expropiado recaigan derechos distintos: El precio expropiatorio se reparte entre los correspondientes titulares, sin que ninguno reciba indemnización independiente con la excepción a favor de los arrendatarios rústicos o urbanos que sí percibirán su indemnización con independencia de la que se acuerde a favor del dueño. En cualquier caso, los titulares de derechos o intereses sobre el bien expropiado, incluidos los arrendamientos rústicos o urbanos, perciben indemnización independiente. El precio expropiatorio se reparte en el supuesto de arrendatarios rústicos o urbanos entre los correspondientes titulares, sin que ninguno reciba indemnización independiente con la excepción de todos los demás supuestos que sí percibirán su indemnización con independencia de la que se acuerde a favor del dueño. El precio expropiatorio se reparte entre los correspondientes titulares sin excepción alguna y sin que ninguno reciba indemnización independiente. Señale la respuesta correcta en relación con las requisas militares: Equivalen a las expropiaciones por necesidades militares. Pueden requisarse, entre otros bienes, alojamientos para personal, ganado y material. Pueden requisarse bienes muebles, pero no inmuebles, en tiempo de guerra o de movilización total o parcial que no sea para maniobras. La requisa no es indemnizable, ya que constituye una prestación pública obligatoria. Hay derecho de reversión de los bienes expropiados: Cuando la afectación al fin que justificó la expropiación se prolongue durante diez años desde la terminación de la obra o el establecimiento del servicio. Cuando no se ejecute la obra o no se establezca el servicio que motivó la expropiación. Cuando se afecte el bien expropiado a un fin de utilidad pública o interés social. Cuando simultáneamente a la desafectación del fin que justificó la expropiación se acuerde una nueva afectación a otro fin que haya sido declarado de utilidad pública o de interés social. El pago del precio de la expropiación: Tiene lugar en el plazo máximo de tres meses una vez determinado el justo precio. Se verifica mediante talón nominativo o por transferencia bancaria si el expropiado ha manifestado su deseo de recibir el precio mediante este medio. Está exento de todo tipo de gastos, impuestos y gravámenes o arbitrios, excepto de los pagos del Estado. Constituye título de inmatriculación en el Registro de la Propiedad. Si una resolución o disposición es declarada nula por razón de su fondo o forma, el derecho a reclamar indemnización prescribe: Al año de haberse dictado la sentencia definitiva. A los dos años de haberse dictado la sentencia firme. A los seis meses de haberse dictado la sentencia definitiva. Al año de haberse producido el acto que motive la indemnización. RENFE necesita obtener mediante expropiación unos terrenos para ampliar la terminal de los contenedores de una estación. Su participación en el expediente expropiatorio se producirá en calidad de: Expropiante. Beneficiario. Cooperador necesario. Expropiado. No hay derecho a la reversión: Cuando hubieran transcurrido cinco años desde la toma de posesión del bien o derecho expropiados sin iniciarse la ejecución de la obra o la implantación del servicio. Cuando la ejecución de la obra o las actuaciones para el establecimiento del servicio estuvieran suspendidas más de dos años por causas imputables a la Administración o al beneficiario de la expropiación sin que se produjeran por parte de éstos ningún acto expreso para su reanudación. Cuando la afectación al fin que justificó la expropiación o a otro declarado de utilidad pública o interés social se prolongue durante diez años desde la terminación de la obra o el establecimiento del servicio. Cuando se hubiera producido un exceso de expropiación o la desafectación del bien o derecho expropiados y no hubieran transcurrido veinte años desde la toma de posesión de aquéllos. La utilidad pública: Equivale formalmente al interés social del fin al que se afecte el objeto expropiado. Se entiende implícita, en relación con la expropiación de bienes muebles, en los planes de obras y servicios del Estado, Provincia o Municipio. Inicia el expediente expropiatorio. Forma parte del acuerdo de la necesidad de ocupación. La caducidad del justiprecio expropiatorio por el transcurso de dos años sin haberlo consignado o sin haber hecho efectivo el importe del mismo, permite al expropiado solicitar: La retasación. La actualización monetaria realizada exclusivamente a través de la aplicación de los índices de precios del coste de la vida. La reversión MAL. El anatocismo. Los intereses de demora en la fijación del justiprecio: Se devengan sólo previa reclamación del beneficiario. Se devengan sólo previa reclamación del expropiado. Se devengan ope legis solamente en el caso de que sean reclamados en vía de recurso. Se devengan ope legis en todo caso. ¿En qué plazo se ejerce el derecho de reversión?: En un año. En un mes. En seis meses. En tres meses. En los supuestos de responsabilidad patrimonial el daño alegado habrá de ser: objetivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas. efectivo, directo, subjetivo. efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas. efectivo, evaluable económicamente y podrá ser generalizado en relación a una pluralidad indeterminada de personas. Cuando se hubiera producido un exceso de expropiación o la desafectación del bien o derecho expropiados y la Administración no lo hubiera notificado, el derecho de reversión podrá ejercitarse por el expropiado y sus causahabientes cuando: cuando hubieran transcurrido cinco años desde la toma de posesión de aquéllos. no hubieran transcurrido cinco años desde la toma de posesión de aquéllos. no hubieran transcurrido dos años desde la toma de posesión de aquéllos. no hubieran transcurrido veinte años desde la toma de posesión de aquéllos. Es presupuesto del ejercicio del derecho de reversión la restitución de la indemnización expropiatoria percibida por el expropiado actualizada conforme al IPC. Se procederá a una nueva valoración de bien o derecho expropiado: En ningún caso se permite una nueva valoración del bien o derecho expropiado. Por excepción, si el bien o derecho expropiado hubiera experimentado cambios en su calificación jurídica que condicionaran su valor o hubieran incorporado mejoras aprovechables por el titular de aquel derecho o sufrido menoscabo de valor. Por excepción, en los casos previstos en la LEF, si bien la nueva valoración consiste únicamente en su actualización conforme al índice de precios al consumo en el período comprendido entre la fecha de iniciación del expediente de justiprecio y la de ejercicio del derecho de reversión. En todos los supuestos del ejercicio del derecho de reversión se procederá a una nueva valoración del bien o derecho expropiado, referida a la fecha de ejercicio del derecho, fijada con arreglo a las normas contenidas en el capítulo III del Título II de la LEF. Cuando la Administración pública indemniza a los lesionados por daños imputables a la acción dolosa o gravemente culposa o negligente de sus funcionarios: podrá exigir de oficio de sus autoridades y demás personal a su servicio la responsabilidad en que hubieran incurrido, previa instrucción del procedimiento que reglamentariamente se establezca. en ningún caso cabe la acción de regreso de la Administración pública a sus funcionarios. exigirá de oficio de sus autoridades y demás personal a su servicio la responsabilidad en que hubieran incurrido, previa instrucción del procedimiento que reglamentariamente se establezca. la Administración pública no responde de los daños ocasionados en tales supuestos. En los procedimientos de expropiación forzosa el beneficiario es: El propietario o titular del derecho expropiado. El titular de la potestad expropiatoria en todo caso. El propietario o titular del bien o derecho expropiado que recibe el justiprecio. El sujeto que representa el interés público o social. La indemnización procedente puede sustituirse por una compensación en especie: Cuando lo acuerden la Administración y el interesado, aunque se perjudique el interés público. Cuando no sean procedentes los pagos periódicos. Cuando resulte más adecuado para lograr la reparación debida y convenga al interés público, siempre que exista acuerdo con el interesado. Cuando la Administración lo decida. Cuando de acuerdo con lo establecido en la Ley proceda la reversión, el plazo para que el dueño primitivo o sus causahabientes puedan solicitarla será: el de 1 mes, a contar desde la fecha en que la Administración hubiera notificado el exceso de expropiación, la desafectación del bien o derecho expropiados o su propósito de no ejecutar la obra o de no implantar el servicio. el de 1 año, a contar desde la fecha en que la Administración hubiera notificado el exceso de expropiación, la desafectación del bien o derecho expropiados o su propósito de no ejecutar la obra o de no implantar el servicio. el de tres meses, a contar desde la fecha en que la Administración hubiera notificado el exceso de expropiación, la desafectación del bien o derecho expropiados o su propósito de no ejecutar la obra o de no implantar el servicio. el de seis meses, a contar desde la fecha en que la Administración hubiera notificado el exceso de expropiación, la desafectación del bien o derecho expropiados o su propósito de no ejecutar la obra o de no implantar el servicio. El Ayuntamiento de P. declaró la urgente ocupación de unos terrenos para la realización de obras de mejora y abastecimiento de agua a domicilio en dicha localidad. La citada declaración es: Incurre en irregularidad no invalidante. Nula de pleno derecho. Anulable. Válida. En materia expropiatoria: La resolución del Jurado Provincial de Expropiación puede ser objeto de un recurso de alzada. En caso de justiprecio determinado por mutuo acuerdo no procede el pago del premio de afección. Las mejoras realizadas con posterioridad a la iniciación del expediente de expropiación nunca pueden ser indemnizables. La Administración expropiante es la obligada a formular la relación concreta e individualizada de los bienes o derechos que deban ser expropiados. El acuerdo de necesidad de ocupación. Inicia el expediente expropiatorio. Equivale formalmente al interés social del fin al que se afecte el objeto expropiado. Se entiende implícita, en relación con la expropiación de bienes muebles, en los planes de obras y servicios del Estado, Provincia o Municipio. Forma parte del acuerdo de la necesidad de ocupación. El acuerdo de necesidad de ocupación. Sólo es susceptible de impugnación mediante recurso de alzada pero no en vía contencioso-administrativa. No es susceptible de impugnación. Sólo es susceptible de impugnación en vía contencioso-administrativa. Es impugnable tanto en vía administrativa como en vía contencioso-administrativa. Cuando de la gestión dimanante de fórmulas conjuntas de actuación entre varias Administraciones Públicas se derive responsabilidad, la misma será. Individual o colectiva, según los casos. Mancomunada. Subsidiaria. Solidaria. ¿Quién formula primero la hoja de aprecio?: La Administración expropiante. El jurado Provincial de Expropiación. El expropiado. El beneficiario. Señale la afirmación correcta sobre el Jurado Provincial de Expropiación. Debe dictar el acuerdo sobre necesidad de ocupación. Es un órgano judicial. Es un órgano administrativo. Decide ejecutoriamente sobre el justiprecio de los bienes o derechos expropiados. El momento de valoración de los bienes expropiados es: Cuando se transmitan los bienes. El inicio de expediente expropiatorio. Cuando adquiera firmeza el acuerdo de necesidad de ocupación. El inicio del expediente de justiprecio. En los procedimientos de responsabilidad patrimonial, la falta de resolución expresa permitirá entender la solicitud de indemnización: Caducada. Prescrita. Desestimada. Estimada. Cuando las Administraciones públicas actúen en relaciones de derecho privado: responderán parcialmente de los daños y perjuicios causados por el personal que se encuentre a su servicio, considerándose la actuación del mismo actos propios de la Administración bajo cuyo servicio se encuentre. responderán subsidiariamente de los daños y perjuicios causados por el personal que se encuentre a su servicio, sin que se considere la actuación del mismo actos propios de la Administración bajo cuyo servicio se encuentre. responderán subjetivamente de los daños y perjuicios causados por el personal que se encuentre a su servicio, considerándose la actuación del mismo actos propios de la Administración bajo cuyo servicio se encuentre. responderán directamente de los daños y perjuicios causados por el personal que se encuentre a su servicio, considerándose la actuación del mismo actos propios de la Administración bajo cuyo servicio se encuentre. En materia de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas, son indemnizables las lesiones producidas al particular provenientes de daños que: El particular no tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la ley. El particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la ley. Se hubiesen podido prever. Sean causados por fuerza mayor. En el supuesto de que no se haya iniciado la ejecución de la obra o la implantación del servicio y la Administración no lo hubiera notificado, el derecho de reversión podrá ejercitarse por el expropiado y sus causahabientes cuando: hubieran transcurrido veinte años desde la toma de posesión del bien o derecho expropiados. hubieran transcurrido dos años desde la toma de posesión del bien o derecho expropiados. hubieran transcurrido quince años desde la toma de posesión del bien o derecho expropiados. hubieran transcurrido cinco años desde la toma de posesión del bien o derecho expropiados. La expropiación forzosa sólo podrá acordarse: Por cualquier Administración pública. Por los entes públicos territoriales. Por el Estado, la Provincia y el Municipio. Por el Estado y las Comunidades Autónomas. Los daños producidos por la actividad de los órganos judiciales: Se limitan a los supuestos de error judicial y anormal funcionamiento de la Administración de justicia. Se conocen como la responsabilidad del Estado-juez. Todas las respuestas son correctas. Dan derecho a una indemnización a cargo del Estado. Para proceder a la expropiación forzosa será indispensable la previa declaración de utilidad pública o interés social del fin a que haya de afectarse el objeto expropiado. No obstante, la declaración de utilidad pública: Podrá ser implícita, genérica o explícita y concreta. En todo caso debe ser explícita y concreta. Es la primera fase del procedimiento expropiatorio. Podrá ser implícita o explícita y concreta, pero en ningún caso genérica. De acuerdo con la Ley 8/2007, de 28 de mayo, del Suelo, procede la reversión: Cuando el uso dotacional público que motivó la expropiación se haya mantenido durante ocho años. Cuando se haya expropiado por incumplimiento de los deberes propios en materia de suelo. Cuando se haya producido la expropiación para la ejecución de una actuación de urbanización. Cuando hayan transcurrido diez años desde la expropiación y la urbanización no se haya concluido. Señale la respuesta correcta en relación con la determinación del justo precio: Se tramita como pieza separada, encabezada por la exacta descripción del bien concreto que haya de expropiarse. Tiene lugar una vez declarada la utilidad pública o interés social del fin al que se afecte el objeto expropiado. Corresponde al Jurado Provincial de Expropiación. Además del justo precio se debe abonar al expropiado un 10 por 100 como premio de afección. El primitivo dueño o sus causahabientes podrán recobrar la totalidad o la parte sobrante de lo expropiado, mediante el abono a quien fuera su titular de la indemnización que se determina en el artículo 55: En el caso de no ejecutarse la obra o no establecerse el servicio que motivó la expropiación, si hubiera alguna parte sobrante de los bienes expropiados, o desapareciese la afectación siempre que ésta se hubiera prolongado durante diez años desde la terminación de la obra o el establecimiento del servicio. En el caso de no ejecutarse la obra o no establecerse el servicio que motivó la expropiación, si hubiera alguna parte sobrante de los bienes expropiados, o desapareciese la afectación. En el caso de no ejecutarse la obra o no establecerse el servicio que motivó la expropiación, si hubiera alguna parte sobrante de los bienes expropiados, o desapareciese la afectación al fin que justificó la expropiación y se acuerde justificadamente una nueva afectación a otro fin que haya sido declarado de utilidad pública o interés social. En cualquier supuesto de no terminación de la obra o de paralización del servicio que motivó la expropiación, si hubiera alguna parte sobrante de los bienes expropiados, o desapareciese la afectación. Las tasaciones se efectúan con arreglo al valor que tengan los bienes o derechos expropiables: Todas son correctas. Al tiempo de iniciarse el expediente de justiprecio. Sin tenerse en cuenta las plusvalías que sean consecuencia directa del plano o proyecto. Señale la respuesta correcta: La exigencia de responsabilidad penal del personal al servicio de la Administración suspende en todo caso la tramitación del correspondiente procedimiento de responsabilidad patrimonial.MAL. La resolución administrativa de los procedimientos de responsabilidad patrimonial sólo pone fin a la vía administrativa cuando el tipo de relación sea privada. MAL. El plazo para reconocer el derecho a la indemnización en el procedimiento abreviado es de un mes. El órgano competente puede acordar o proponer la tramitación de un procedimiento general o de un procedimiento abreviado, según su criterio. Señale la respuesta correcta en relación con las requisas militares: La requisa no es indemnizable, ya que constituye una prestación pública obligatoria. Pueden requisarse, entre otros bienes, alojamientos para personal, ganado y material. Equivalen a las expropiaciones por necesidades militares. Pueden requisarse bienes muebles, pero no inmuebles, en tiempo de guerra o de movilización total o parcial que no sea para maniobras. Sólo una afirmación es correcta en relación con el procedimiento expropiatorio de urgencia: El poseedor puede entablar los interdictos de retener y recobrar. Es un procedimiento excepcional en el que la declaración de urgencia equivale a la ocupación de los bienes que hayan de ser expropiados. En el expediente figura la oportuna retención de crédito con cargo al ejercicio en el que tenga lugar la ocupación. Las fases de justiprecio y pago son previas a la ocupación. En el caso de los daños personales de carácter físico o psíquico, el derecho a reclamar prescribe: Al año de manifestarse su efecto lesivo. Al año de producirse la lesión. Al año de la curación o de la determinación del alcance de las secuelas. Al año de producido el hecho o acto que motive la indemnización. En los supuestos de responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas, los particulares tendrán derecho a ser indemnizados: en cualquier caso, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos. salvo en los casos de caso fortuito y fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos. salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos. salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento anormal de los servicios públicos. MAL. En los procedimientos de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas, ¿es preceptivo el dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo autonómico equivalente. Sí, pero no es vinculante. Es preceptivo en las reclamaciones que se formulen ante la Administración General del Estado a partir de 50.000 euros. No es preceptivo, pero el Gobierno puede solicitarlo cuando lo estime oportuno. Es preceptivo en los casos en que lo proponga el órgano instructor del procedimiento. El régimen de responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas contenido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, es: a. un régimen unitario –que rige para todas las Administraciones públicas-, general –que abarca toda la actividad administrativa-, subsidiario y objetivo. un régimen unitario –que rige para todas las Administraciones públicas-, general –que abarca toda la actividad administrativa-, directo y objetivo. un régimen unitario –que rige para todas las Administraciones públicas-, particular –que abarca solo la actividad administrativa que se concrete en una acción-, directo y objetivo. un régimen unitario –que rige para todas las Administraciones públicas-, general –que abarca toda la actividad administrativa-, directo y subjetivo. En el marco de la expropiación forzosa, la declaración de interés social corresponde. A los Ayuntamientos. A cualquier Administración Pública que tenga competencias en la materia. Exclusivamente a la Comunidad Autónoma. Al Estado o a la Comunidad Autónoma, según cual sea la entidad a la que corresponda la competencia material. En la responsabilidad de las autoridades y funcionarios al servicio de las Administraciones Públicas. La Administración exigirá de sus autoridades y personal a su servicio la responsabilidad en que hubieran incurrido y después indemnizará a los lesionados. Los particulares exigirán directamente a la Administración Pública correspondiente las indemnizaciones por los daños y perjuicios causados. Ninguna es correcta. Los particulares exigirán la responsabilidad patrimonial directamente a las autoridades o funcionarios causantes del daño. Las Administraciones Públicas deben indemnizar a los particulares: Siempre que estimen un recurso administrativo. Siempre que no lo establezcan los propios actos legislativos de los que derive el daño. Por la aplicación de actos legislativos de naturaleza expropiatoria de derechos. Por la aplicación de actos legislativos de naturaleza no expropiatoria de derechos. Cuando de la gestión dimanante de fórmulas conjuntas de actuación entre varias Administraciones Públicas se derive responsabilidad, la misma será: Mancomunada. Individual o colectiva, según los casos. Subsidiaria. Solidaria. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas se caracteriza por ser. Subjetiva. Objetiva. Indirecta. Ninguna es correcta. La resolución administrativa de los procedimientos de responsabilidad patrimonial: Pone fin a la vía administrativa cuando la obligación indemnizatoria derive de una relación de Derecho privado. No pone fin a la vía administrativa. En todo caso, pone fin a la vía administrativa, cualquiera que fuese el tipo de relación, pública o privada, de que derive. Pone fin a la vía administrativa cuando la obligación indemnizatoria surja de una relación de Derecho público. El acuerdo de necesidad de ocupación: No es susceptible de impugnación. Sólo es susceptible de impugnación en vía contencioso-administrativa. Es impugnable tanto en vía administrativa como en vía contencioso-administrativa. Sólo es susceptible de impugnación mediante recurso de alzada pero no en vía contencioso-administrativa. La expropiación forzosa: Puede acordarse por las Comunidades Autónomas. Comprende cualquier forma de limitación de la propiedad privada. Comprende cualquier forma de venta forzosa. Sólo puede acordarse por el Estado, las Provincias o los Municipios. El beneficiario de la expropiación está obligado a formular una relación concreta e individualizada de los bienes y derechos que considere de necesaria expropiación. En el caso de las expropiaciones realizadas por el Estado, ¿quién está obligado a abrir un período de información pública una vez recibida la mencionada relación. El Subdelegado del Gobierno. El Delegado del Gobierno, sin perjuicio de su delegación o desconcentración en los Subdelegados. El propio beneficiario. El Gobernador Civil. El procedimiento abreviado de responsabilidad patrimonial: Puede iniciarse antes del trámite de audiencia. Es acordado de oficio o a petición de los interesados. No puede terminar convencionalmente. Se resuelve en el plazo de un mes. En los procedimientos de expropiación forzosa el beneficiario es. El propietario o titular del derecho expropiado. El titular de la potestad expropiatoria en todo caso. El propietario o titular del bien o derecho expropiado que recibe el justiprecio. El sujeto que representa el interés público o social. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas se encuentra regulada en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el Título VII (artículos 102 a 119). En el Título VIII (artículos 120 a 126). En el Título IX (artículos 127 a 138). En el Título X (artículo 139 a 146). La fijación del justiprecio por el Jurado Territorial de Expropiación es: Un acto presunto. Un acto que agota la vía administrativa. Un acto de trámite no impugnable. Un acto firme. En el ámbito de la responsabilidad patrimonial de la Administración, el daño ha de ser: Transmisible. Colectivo y, por tanto, subsidiario. Efectivo. Específico. En relación al orden jurisdiccional competente para conocer de los supuestos de responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas. pueden conocer indistintamente los órdenes jurisdiccionales contencioso-administrativo, social y civil. pueden conocer indistintamente los órdenes jurisdiccionales contencioso-administrativo y civil. rige el principio de unidad jurisdiccional en el orden civil que sólo quiebra en materia penal. rige el principio de unidad jurisdiccional en el orden contencioso-administrativo que sólo quiebra en materia penal. Según el Tribunal Constitucional el derecho de reversión constituye. Un derecho fundamental. Un derecho de prestación. Un derecho de configuración legal. Un principio general del Derecho. Señale la respuesta correcta en relación con el procedimiento general de responsabilidad patrimonial: No es posible abrir un período extraordinario de pruebas. En cualquier momento anterior al trámite de audiencia puede acordarse con el interesado la terminación convencional del procedimiento. Se inicia siempre de oficio. El período de práctica de las pruebas es de 15 días. Conforme a lo dispuesto en la Ley de Expropiación Forzosa, ¿qué inicia el expediente expropiatorio?: La declaración de utilidad pública e interés social. La publicación de la relación de bienes y derechos afectados por la expropiación. La determinación del justo precio. El acuerdo de necesidad de ocupación. El derecho a reclamar la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas prescribe. A los dos años de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o de manifestarse su efecto lesivo. En caso de daños, de carácter físico o psíquico, a las personas el plazo empezará a computarse asimismo desde que se produjo el hecho o el acto sin que se tenga en cuenta el momento de la curación o la determinación del alcance de las secuelas. A los seis meses de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o de manifestarse su efecto lesivo. En caso de daños, de carácter físico o psíquico, a las personas el plazo empezará a computarse desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas. Al año de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o de manifestarse su efecto lesivo. En caso de daños, de carácter físico o psíquico, a las personas el plazo empezará a computarse asimismo en los términos señalados sin que se tenga en cuenta el momento de la curación o la determinación del alcance de las secuelas. Al año de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o de manifestarse su efecto lesivo. En caso de daños, de carácter físico o psíquico, a las personas el plazo empezará a computarse desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas. La caducidad del justiprecio expropiatorio por el transcurso del tiempo previsto sin haberlo consignado o sin haber hecho efectivo el importe del mismo, permite al expropiado solicitar. La reversión. El anatocismo. La retasación. La actualización monetaria realizada exclusivamente a través de la aplicación de los índices de precios del coste de la vida. La competencia para resolver sobre la reversión corresponderá: A la Administración en cuya titularidad se halle el bien o derecho en el momento en que se solicite aquélla o a la que se encuentre vinculado el beneficiario de la expropiación, en su caso, titular de los mismos. En todo caso al beneficiario de la expropiación titular de los bienes o derechos expropiados. En todo caso a la Administración que en su día llevó a cabo la expropiación. A la jurisdicción contenciosoadministrativa. La garantía de la propiedad privada frente al poder expropiatorio de los poderes públicos a que hace referencia el artículo 33. 3 de la Constitución se refiere exclusivamente. Todas son correctas. Un fin de utilidad pública o interés social. La realización de la expropiación de conformidad con lo dispuesto en las Leyes. El derecho del expropiado a la correspondiente indemnización. ¿Cuándo tiene lugar la retasación de un expediente expropiatorio?: Cuando transcurran tres años sin que el pago de la cantidad fijada como justo precio se haga efectivo o se consigne. Cuando transcurran dos años sin que el pago de la cantidad fijada como justo precio se haga efectivo o se consigne. Cuando transcurra un año sin que el pago de la cantidad fijada como justo precio se haga efectivo o se consigne. Cuando transcurran cuatro años sin que el pago de la cantidad fijada como justo precio se haga efectivo o se consigne. En la expropiación por zonas o grupos de bienes: Se precisa real decreto del Consejo de Ministros, previa autorización de la Comisión Europea. Por el acuerdo del Consejo de Ministros se entiende cumplido el trámite de declaración de la necesidad de ocupación de los bienes. Se precisa acuerdo del Ministerio de la Vivienda. Se produce un traslado de poblaciones por la necesidad de expropiar tierras que sirvan de base principal de sustento a todas o parte de las familias de un municipio o de una Entidad local menor. Señale la respuesta correcta en relación con los procedimientos de responsabilidad patrimonial. Se inician siempre por reclamación del interesado. Se tramitarán como procedimiento abreviado cuando la cuantía de la indemnización no supere los 13.000 euros. La falta de resolución expresa produce la desestimación de la solicitud de indemnización. La resolución administrativa que les ponga fin es recurrible en alzada ante el Ministro respectivo. La Administración debe pagar intereses de demora cuando haya transcurrido un determinado plazo, a contar desde la iniciación del expediente expropiatorio, sin haberse determinado el justiprecio. ¿Qué plazo es ése?: Un año. Seis meses. Dos años. Tres meses. En las expropiaciones de bienes inmuebles la valoración del justiprecio se rige por los criterios establecidos en: La Ley de Expropiación Forzosa de 1954 MAL. La legislación catastral. El Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. Las leyes urbanísticas autonómicas. La expropiación puede comprender. Los derechos de naturaleza personal. Sólo bienes y derechos de los particulares, nunca de las Administraciones Públicas. Sólo bienes o derechos inmuebles. Sólo bienes y derechos patrimoniales, cualquiera que sea su propietario. El derecho a reclamar la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas prescribe: Al año de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o de manifestarse su efecto lesivo. En caso de daños, de carácter físico o psíquico, a las personas el plazo empezará a computarse asimismo en los términos señalados sin que se tenga en cuenta el momento de la curación o la determinación del alcance de las secuelas. A los seis meses de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o de manifestarse su efecto lesivo. En caso de daños, de carácter físico o psíquico, a las personas el plazo empezará a computarse desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas. A los dos años de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o de manifestarse su efecto lesivo. En caso de daños, de carácter físico o psíquico, a las personas el plazo empezará a computarse asimismo desde que se produjo el hecho o el acto sin que se tenga en cuenta el momento de la curación o la determinación del alcance de las secuelas. Al año de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o de manifestarse su efecto lesivo. En caso de daños, de carácter físico o psíquico, a las personas el plazo empezará a computarse desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas. En los procedimientos para la exigencia de responsabilidad patrimonial a las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas. En todo caso, se debe solicitar informe al servicio en cuyo funcionamiento se haya ocasionado la presunta lesión indemnizable. Instruido el procedimiento, e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pone aquél de manifiesto al interesado, concediéndole un plazo de cinco días para que formule las alegaciones que estime convenientes. Concluido el trámite de audiencia, la propuesta de resolución se formula en un plazo máximo de tres días y el órgano competente resuelve en el plazo máximo de cinco días. El órgano competente acuerda la iniciación del procedimiento, notificando el mismo a los interesados, con indicación de los motivos, y concediéndoles un plazo de diez días para que aporten cuantos documentos, informaciones y pruebas estimen convenientes. ¿La expropiación forzosa puede consistir en la imposición de una servidumbre?. No, porque la expropiación comprende la privación singular de bienes, derechos o intereses patrimoniales legítimos. Ninguna es correcta. Sí, ya que la expropiación determina una pérdida patrimonial para el sujeto expropiado. No, toda vez que la expropiación tiene por objeto la privación de bienes del expropiado. La fijación del justiprecio por el Jurado Territorial de Expropiación es: La Administración expropiante. El jurado Provincial de Expropiación. El expropiado. El beneficiario. El procedimiento abreviado de responsabilidad patrimonial: Puede iniciarse antes del trámite de audiencia. No puede terminar convencionalmente. Es acordado de oficio o a petición de los interesados. Se resuelve en el plazo de un mes. MAL. |