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Derecho Administrativo

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Título del Test:
Derecho Administrativo

Descripción:
Cuestionarios 2do Bi

Fecha de Creación: 2018/07/17

Categoría: Otros

Número Preguntas: 45

Valoración:(3)
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Temario:

La declaración unilateral de voluntad, efectuada en ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos individuales o general, siempre que se agote con su cumplimiento y de forma directa, es la definición de: Acto administrativo. Contrato administrativo. Hecho Administrativo.

Toda declaración unilateral de voluntad, interna o entre órganos de la administración, efectuada en ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos individuales y de forma indirecta, lleva por nombre. Acto de simple administración. Acto administrativo. Acto normativo.

El acuerdo de voluntades productor de efectos jurídicos, entre dos o más sujetos de derecho, de los cuales uno ejerce una función administrativa, es la definición de: Acto administrativo. Contrato administrativo. Hecho administrativo.

Toda actividad material, traducida en operaciones técnicas o actuaciones físicas, ejecutadas en ejercicio de la función administrativa, productora de efectos jurídicos directos o indirectos, sea que exista o no un acto administrativo previo, lleva por nombre. Hecho administrativo. Acto administrativo. Contrato administrativo.

La declaración unilateral efectuada en ejercicio de una competencia administrativa que produce efectos jurídicos generales, que no se agota con su cumplimiento y de forma directa, lleva por nombre. Acto normativo. Acto administrativo. Acto de simple administración.

Los elementos del acto administrativo son: subjetivos, objetivos, formales y accidentales. V. F.

Todos los hechos administrativos gozan de presunción de legitimidad: V. F.

Un ejemplo de hecho administrativo es un dictamen. V. F.

Un ejemplo de acto de simple administración es el informe. V. F.

Un ejemplo de acto de simple administración es la inspección. V. F.

Uno de los medios anormales para extinguir un acto administrativo es por su caducidad. V. F.

En nuestro país todos los contratos relacionados con la contratación pública son administrativos por disposición expresa de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Publica. V. F.

Uno de los procedimientos contractuales en la consultoría es la subasta inversa. V. F.

Uno de los procedimientos contractuales para la ejecución de obras es la contratación integral por precio fijo. V. F.

La potestad reglamentaria le corresponde al Presidente de la Asamblea Nacional. V. F.

La expropiación y la servidumbre administrativa son las únicas figuras legales, en donde, la persona afectada recibe una regalía. V. F.

Una de las finalidades del Derecho Urbanístico es mejorar la calidad de vida de los ciudadanos. V. F.

La expropiación es un derecho real que se establece sobre un bien raíz de propiedad del administrado por razones de utilidad pública. V. F.

La expropiación es una institución jurídica de vanguardia, creada por el legislador con el fin de tutelar al Estado y favorecer su gestión pública, la misma que debe llegar a toda la comunidad. V. F.

En la expropiación el sujeto activo es el expropiado. V. F.

En la expropiación el sujeto pasivo es el Estado. V. F.

El asunto principal del juicio de expropiación es la determinación del precio que deberá pagar el órgano expropiante al propietario del inmueble expropiado. V. F.

La indemnización proveniente de una expropiación debe abarcar el daño cesante y el lucro emergente. V. F.

Una de las figuras ablatorias es la requisición. V. F.

Nuestra Constitución prohíbe el uso de la servidumbre administrativa. V. F.

La retrocesión o reversión es aquella acción mediante la cual, el propietario expropiado reintegra a su patrimonio el bien inmueble objeto de la expropiación, por no cumplir su finalidad de utilidad pública o interés social con la que se hallaba afectado. V. F.

Por daño emergente se entiende el detrimento que ha recibido la persona en sus bienes. V. F.

El lucro cesante son las ganancias que la persona deja de percibir por el daño causado. V. F.

La resolución o sentencia en el juicio de expropiación deberá contener la fijación de los linderos del bien expropiado, así como su precio. V. F.

El juicio de expropiación se tramita mediante el procedimiento ordinario establecido en el Código Orgánico General de Procesos. V. F.

El hecho administrativo es la declaración unilateral de voluntad, efectuada en ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos individuales o generales, siempre que se agote con su cumplimiento y de forma directa. V. F.

El acto administrativo es toda declaración unilateral de voluntad, interna o entre órganos de la administración, efectuada en ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos individuales y de forma indirecta. V. F.

El acuerdo de voluntades productor de efectos jurídicos, entre dos o más sujetos de derecho, de los cuales uno ejerce una función administrativa, es la definición de contrato administrativo. V. F.

Toda actividad material, traducida en operaciones técnicas o actuaciones físicas, ejecutadas en ejercicio de la función administrativa, productora de efectos jurídico directos o indirectos, sea que exista o no un acto administrativo previo, lleva por nombre acto administrativo. V. F.

El acto normativo es la declaración unilateral efectuada en ejercicio de una competencia administrativa que produce efectos jurídicos generales, que no se agota con su cumplimiento y de forma directa. V. F.

Todos los actos administrativos gozan de presunción de legitimidad. V. F.

La motivación le otorga al acto administrativo los elementos fácticos y jurídicos necesarios para su legitimidad y validez. V. F.

Uno de los procedimientos contractuales en la consultoría es el catalogo electrónico. V. F.

Uno de los procedimientos contractuales para la ejecución de obras es la cotización. V. F.

El Derecho Urbanístico es el conjunto de normas preponderantemente de derecho privado, que regulan el proceso del desarrollo humano y la orientación del suelo en los centros de población. V. F.

El juicio de expropiación se tramita mediante el procedimiento monitorio establecido en el Código Orgánico General de Procesos. V. F.

La requisición, en nuestro país, está contemplada en la Ley de Seguridad Pública y del Estado. V. F.

El procedimiento administrativo tiene como fin la expedición del acto administrativo. V. F.

El acto administrativo puede ser impugnado en vía judicial, mediante los recursos de apelación y extraordinario de revisión. V. F.

La acción de plena jurisdicción o subjetiva, por disposición del Código Orgánico General de Procesos se tramita mediante el procedimiento ordinario. V. F.

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