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Derecho Administrativo I UNED Tema 5

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Título del Test:
Derecho Administrativo I UNED Tema 5

Descripción:
Derecho Administrativo I UNED Tema 5

Fecha de Creación: 2026/05/27

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 18

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Temario:

7 (Junio 2025 A). Señale la afirmación correcta: Entre las distintas normas de rango legal de un mismo ordenamiento no existe en principio una relación de jerarquía. Entre las distintas normas de rango reglamentario de un mismo ordenamiento no existe en principio una relación de jerarquía. Entre las normas de rango legal y las de rango reglamentario de un mismo ordenamiento no existe una relación de jerarquía.

8 (Junio 2025 A). Señale la afirmación incorrecta: Según el Tribunal de Justicia, el principio de primacía tiene su fundamento en la autonomía del Derecho de la Unión, el carácter definitivo de la cesión de competencias y la naturaleza vinculante de las obligaciones contraídas mediante los tratados. Según el Tribunal Constitucional, la primacía del Derecho de la Unión Europea constituye un principio de naturaleza aplicativa, no jerárquica. Según el Tribunal Constitucional, las condiciones de aplicación del principio de primacía del Derecho de la Unión están recogidas en la Constitución.

8 (Junio 2025 C). La expresión que utiliza el legislador español sobre la relación de los tratados internacionales válidamente celebrados y publicados oficialmente con las normas internas infraconstitucionales que estén en conflicto es la de: “Primacía” de los tratados internacionales. “Prevalencia” de los tratados internacionales. “Inaplicación” de los tratados internacionales.

9 (Sept 2025). Señale la afirmación correcta: La norma local se relaciona con la ley con arreglo al principio de jerarquía normativa. La norma local se relaciona con la ley con arreglo al principio de competencia. El principio de jerarquía normativa y el de competencia confluyen por igual en la relación de la norma local con la ley.

10 (Sept 2025). ¿Quién puede dejar sin aplicar una disposición o un acto administrativo nacional que resulte incompatible con el Derecho de la Unión Europea, sin necesidad de esperar a que el órgano competente declare formalmente esa incompatibilidad?. Cualquier órgano judicial. Cualquier autoridad administrativa. Cualquier órgano judicial y cualquier autoridad administrativa.

1. ¿En qué criterio se basa fundamentalmente la atribución de rango jerárquico a una norma jurídica en el ordenamiento español?. En la fecha de publicación en el boletín oficial correspondiente. En la forma en que la norma es aprobada por el órgano competente. En la extensión geográfica de su ámbito de aplicación. En la materia o contenido específico que la norma regula.

2. Cuando dos normas de igual naturaleza y rango entran en conflicto, ¿cuál de los siguientes criterios NO es mencionado en el texto para resolver la colisión?. El criterio de jerarquía normativa. El criterio cronológico. El criterio de función constitucional. El criterio de especialidad.

¿Qué principio rige las relaciones entre las disposiciones aprobadas por Real Decreto del Presidente del Gobierno y las del Consejo de Ministros?. El principio de jerarquía normativa. El principio de competencia. El principio de prevalencia estatal.

Según la doctrina del Tribunal Constitucional tras la STC 61/1997, ¿puede el Estado dictar normas meramente supletorias?. Sí, en virtud del artículo 149.3 de la Constitución, que es un título habilitante. No, porque la supletoriedad no es por sí misma un título competencial. Sí, siempre que exista una conexión temática con sus competencias legislativas. Solo si las Comunidades Autónomas lo solicitan expresamente por falta de medios.

Tras el cambio jurisprudencial de 2016, ¿en qué circunstancia puede un juez ordinario inaplicar una ley autonómica basándose en el principio de prevalencia?. Siempre que considere que la ley autonómica invade competencias exclusivas del Estado. Bajo ninguna circunstancia, ya que solo el Tribunal Constitucional puede inaplicar leyes. Cuando la incompatibilidad de la ley autonómica sea sobrevenida por una modificación posterior de las bases estatales. Únicamente cuando la ley autonómica no haya sido publicada en el boletín oficial del Estado.

¿Cuál es la consecuencia jurídica para un reglamento nacional que resulta incompatible con el Derecho de la Unión Europea, según la práctica del Tribunal Supremo?. Su mera inaplicación al caso concreto por el juez encargado. La declaración de nulidad de pleno derecho de la disposición reglamentaria. La suspensión de su vigencia hasta que el legislador nacional la adapte. La expulsión automática del ordenamiento por parte del Tribunal de Justicia de la UE.

En el marco del principio de primacía de los tratados internacionales, ¿qué sucede si un juez ordinario considera que una ley interna es incompatible con un tratado válido?. Debe plantear obligatoriamente una cuestión de inconstitucionalidad. Puede desplazar la aplicación de la norma interna para aplicar preferentemente el tratado. La ley interna queda automáticamente derogada por el tratado internacional. El juez debe solicitar permiso al Ministerio de Asuntos Exteriores antes de fallar.

¿Cuál es el límite absoluto establecido para el principio de autonomía procedimental de los Estados miembros en la ejecución del Derecho de la Unión?. Que los procedimientos nacionales deben ser idénticos en todos los Estados miembros. La aprobación previa de cada procedimiento administrativo por la Comisión Europea. Los principios de equivalencia y efectividad derivados de la cooperación leal. La prohibición de utilizar tribunales ordinarios para resolver litigios comunitarios.

Según el artículo 10.2 de la Constitución Española, ¿cómo deben interpretarse las normas relativas a derechos fundamentales?. Ignorando la evolución internacional una vez que el Tribunal Constitucional ha fijado su doctrina. Supeditando siempre el texto constitucional a cualquier resolución de un organismo internacional no ratificado. De conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y tratados ratificados por España. Atendiendo exclusivamente a la jurisprudencia previa del Tribunal Supremo español.

¿Qué restricción fundamental enfrenta el juez nacional al realizar una interpretación conforme con el Derecho de la Unión Europea?. Requiere la autorización expresa de las partes personadas en el proceso judicial. Debe esperar siempre a que el legislador nacional modifique la norma incompatible. No puede realizar una interpretación que resulte 'contra legem'. Solo puede aplicarse a normas dictadas con posterioridad a la entrada en la Unión Europea.

De acuerdo con la jurisprudencia constitucional posterior a 2016, ¿en qué circunstancia puede un órgano judicial ordinario inaplicar una ley autonómica por considerarla contraria a una ley estatal sin acudir al Tribunal Constitucional?. Únicamente si la norma estatal ha sido declarada canon de constitucionalidad de forma expresa en el Estatuto de Autonomía. Cuando el Tribunal Supremo haya dictado una sentencia previa declarando la nulidad de pleno derecho de la norma autonómica. Cuando la incompatibilidad de la ley autonómica es sobrevenida debido a una modificación posterior de las bases estatales. Siempre que la materia en conflicto sea de competencia compartida, independientemente de la fecha de aprobación de las normas.

Según la Sentencia del Tribunal Constitucional nº 61/1997, ¿cuál es una limitación fundamental al uso del principio de supletoriedad por parte del Estado?. El derecho estatal es supletorio únicamente cuando existe una cláusula de prevalencia previa a favor de las Cortes Generales. La supletoriedad solo puede aplicarse si la Comunidad Autónoma renuncia expresamente a su competencia legislativa. El legislador estatal no puede dictar normas puramente supletorias en materias donde carece de un título competencial específico. Las normas estatales supletorias solo son válidas si son ratificadas por la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma afectada.

¿Qué consecuencia jurídica se deriva del principio de primacía del Derecho de la Unión Europea para una autoridad administrativa nacional ante un acto administrativo incompatible?. Solo puede inaplicarlo si existe una sentencia previa de un tribunal nacional que confirme la incompatibilidad del acto. Debe inaplicar el acto administrativo interno incompatible sin esperar a que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declare formalmente el incumplimiento. Debe solicitar al Gobierno la derogación de la norma legal que ampara dicho acto administrativo antes de actuar. Debe elevar una consulta vinculante al Consejo de Estado antes de proceder a la inaplicación por motivos de seguridad jurídica.

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