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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEDerecho Ambiental

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Título del test:
Derecho Ambiental

Descripción:
Primer bimestre 2021

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
09/05/2021

Categoría:
Otros

Número preguntas: 30
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Temario:
El derecho ambiental internacional se encuentra tipificado a través de: Jueces y organizaciones internacionales Tratados y convenios internacionales.
Una de las organizaciones internacionales de carácter ambiental general es: OEA UNESCO.
El Programa de Naciones Unidas para el medio ambiente (PNUMA), es una organización de carácter: Local General.
Las organizaciones no gubernamentales desempeñan un rol importante en: La lucha por erradicar la pobreza, con actividades relacionadas a generar trabajo local La lucha por la conservación del ambiente, con actividades y propuestas de investigación.
En el ámbito nacional en primer lugar normativo se encuentra: Código Orgánico del Ambiente La Constitución de la República.
El código que regula en materia ambiental es el: Código Orgánico Administrativo Código Orgánico del Ambiente.
El Código orgánico del ambiente, especifica claramente: Las responsabilidades de la sociedad civil, derechos civiles, principios de convivencia. Las responsabilidades del Estado, los derechos de la naturaleza, principios ambientales.
El Texto donde constan los procedimientos a seguir en cuestiones ambientales-administrativas es: Texto argumentativo para la contaminación ambiental Texto unificado de legislación ambiental.
El Código Orgánico del Ambiente entró en vigencia en Ecuador: En el año 2017 En el año 2018.
La normativa ambiental nacional se encuentra relacionada con: El Código de comercio exterior y el código orgánico integral penal. El Código general de procesos y el código orgánico integral penal.
La acción interpuesta en el caso Nro. 0507-12- EP corresponde: Acción de acceso a la información Acción Extraordinaria de Protección.
Entre los derechos presuntamente vulnerados, se encuentran: Los derechos constitucionales del buen vivir Los derechos constitucionales de la naturaleza .
La zona de intervención del estudio de caso es: La Reserva Ecológica Manglares Churute La Reserva Ecológica de Manglares Cayapas Mataje.
Una nueva visión es adoptada a partir de la Constitución de 2008: Visión Biocéntrica Visión Androcéntrica.
El principio que establece Julio Prieto Mendez en el caso de estudio es: Transversalidad Sancionatorio .
El carácter constitucional reconocido a los derechos de la naturaleza, conlleva de forma implícita la obligación del Estado a: Velar por la tutela y protección cuando se vean vulnerados Velar por indemnización a comunidades afectadas.
La sentencia emitida en primera instancia, fue por: La Corte Provincial de Justicia de Sucumbíos La Corte Provincial de Justicia de Esmeraldas .
Las áreas naturales declaradas como reservas ecológicas deben considerarse inalteradas, constituyen un patrimonio inalienable e imprescriptible y no puede constituirse sobre ellas ningún derecho real, esto corresponde a: La ley de Gestión ambiental La ley forestal y de conservación de las áreas naturales y vida silvestre .
La institución competente de analizar la acción extraordinaria de protección es: La Corte Constitucional La Corte Provincial de Justicia .
¿Quiénes son los actores involucrados? Comuneros de Quimsacocha y la compañía INV Minerales Comuneros de Molleturo y la compañía Junefield Ecuagoldmining South America S.A.
Molleturo se caracteriza por ser un territorio: Lagunas, diversidad de flora, variedad de ecosistemas y bosques primarios Humedales alto-andinos; páramos, lagunas y bosques primarios.
La decisión de la sentencia se enmarca en: Declarar la vulneración de los derechos de la naturaleza, aceptar la acción extraordinaria de protección y medidas pecuniarias de reparación. Declarar la vulneración al debido proceso, aceptar la acción extraordinaria de protección y medidas de reparación integral .
La zona intervenida se encuentra dentro del bosque protector: Molleturo- Cotacachi Molleturo- Moltepongo.
La actividad minera que se realiza es: Subterránea A cielo abierto.
¿Cuál es la principal pretensión del caso? Diálogo con el Estado para exigir el cumplimiento de la normativa ambiental. Suspensión inmediata del acto administrativo que autoriza la explotación en Río Blanco.
Las medidas cautelares cumplen dos fines: Privado y concreto; público y abstracto Privado y específico; público y amplio.
La medida interpuesta en el caso corresponde a: Acción de protección y medida cautelar Acción de hábeas data y medida cautelar.
La explotación de recursos naturales en los territorios habitados por comunidades indígenas, el Estado debe: Su integridad social, cultural y económica Su integridad cultural, legal y social.
Una de las garantías fundamentales para garantizar la participación de los pueblos indígenas en las decisiones que afecten principalmente el derecho a la propiedad comunal es: Organización Internacional del Trabajo. Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales. Declaración de las Naciones Unidas sobre los Pueblos indígenas.
A través de la consulta se cumple con el deber primordial del Estado de: Defender el patrimonio natural y cultural, promoviendo la participación ciudadana Defender el patrimonio ambiental e histórico, promoviendo zonas de potencial arqueológico.
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