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DERECHO CIVIL 7

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Título del Test:
DERECHO CIVIL 7

Descripción:
TEST DERECHO UCO

Fecha de Creación: 2023/06/22

Categoría: Otros

Número Preguntas: 20

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Temario:

Señala la respuesta FALSA sobre el contrato: Es un acuerdo jurídico entre dos o más partes que genera derechos y obligaciones. Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, sin ningún límite. Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente,siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral ni al orden público. Un contrato puede servir para modificar o extinguir obligaciones ya existentes.

Los elementos esenciales del contrato son: Error, dolo, violencia e intimidación. Consentimiento, objeto y causa. Consentimiento, objeto, causa y forma (si es “ad solemnitatem”). Consentimiento, objeto, causa y forma (si es “ad probationem”).

Los menores no emancipados... Tienen capacidad general para contratar. No tienen capacidad para contratar. No tienen capacidad para contratar, salvo en aquellos contratos que las leyes les permitan realizar por sí mismos o con asistencia de sus representantes, y los relativos a bienes y servicios de la vida corriente propios de su edad de conformidad con los usos sociales. Ninguna respuesta es correcta.

Son vicios del consentimiento: El error y el dolo. La violencia y la intimidación. El error, el dolo, la violencia y la intimidación. El Consentimiento, el objeto y la causa.

Aquel vicio de la voluntad que tiene lugar cuando, por palabras o maquinaciones insidiosas de parte de uno de los contratantes, es inducido el otro a celebrar un contrato que, sin ellas, no hubiera hecho, se denomina: Error. Dolo. Violencia. Intimidación.

Aquel vicio de la voluntad consistente en la equivocada representación mental de la realidadque sirve de presupuesto para la realización de un negocio jurídico, se denomina: Error. Dolo. Violencia. Intimidación.

Señala la respuesta FALSA sobre el objeto del contrato: Designa la prestación o la cosa que cada una de las partes se ha comprometido a suministrar dentrodel contrato. Puede consistir en dar o entregar alguna cosa, en hacer algo o en abstenerse de alguna conducta. El objeto debe ser posible, lícito, determinado o determinable. No debe ser susceptible de valoración económica.

Señala la respuesta FALSA sobre la causa del contrato: Constituye la finalidad directa e inmediata que se persigue con la celebración de un contrato, esdecir, la causa propia del negocio, que es objetiva. Constituye la finalidad directa e inmediata que se persigue con la celebración de un contrato, es decir, la causa o motivo personal que induce a una persona a comprometerse (un móvil puramente subjetivo). La causa debe reunir siempre los requisitos de licitud, existencia y verdad. En los contratos onerosos la causa es la contraprestación y en los contratos gratuitos la causa es la mera liberalidad del bienhechor.

Señala la respuesta FLASA sobre la forma del contrato: Todo contrato debe redactarse de forma escrita por disposición legal. La forma del contrato puede ser verbal o escrita. Si la forma es “ad solemnitatem” constituye un elemento esencial del contrato, necesario para suvalidez. La forma cumple la función de facilitar la prueba de la existencia del contrato.

Los elementos accidentales del contrato son: Error, dolo, violencia e intimidación. Consentimiento, objeto y causa. Condición, término y modo. Ninguna respuesta es correcta.

Aquella condición del contrato que hace depender el nacimiento de un derecho de la producción de un hecho futuro e incierto, se denomina: Condición suspensiva. Condición resolutiva. Condición positiva. Condición negativa.

Aquella condición del contrato que hace depender de la producción del hecho futuro e incierto la desaparición de un derecho, se denomina: Condición suspensiva. Condición resolutiva. Condición potestativa. Condición causal.

El momento temporal en que comienzan o terminan los efectos de un contrato o cuando ha dellevarse a cabo el cumplimiento de una obligación determinada, se denomina: Condición. Término. Modo. Causa.

Indica cuál de las siguientes causas provocan la nulidad absoluta del contrato: Concurrencia de vicios de la voluntad. Falta de plena capacidad de obrar o incapacidad relativa. La inexistencia, falta absoluta de determinación o ilicitud del objeto del contrato. Falta de consentimiento del cónyuge en un contrato celebrado por uno solo de los cónyuges cuandoel consentimiento del otro sea necesario conforme a la legislación aplicable.

Indica cuál de las siguientes causas provocan la anulablidad (nulidad relativa) del contrato: Ser contrario a norma imperativa, a la moral o al orden público. Carecer de un elemento esencial (consentimiento, objeto o causa). La existencia de vicios del consentimiento. La causa ilícita.

La acción de nulidad absoluta... Es imprescriptible. Caduca al año. Caduca a los dos años. Caduca a los cuatro años.

La acción de anulabilidad o nulidad relativa... Es imprescriptible. Caduca al año. Caduca a los dos años. Caduca a los cuatro años.

La acción de nulidad absoluta... Solo puede interponerse por el contratante afectado. No se aprecia de oficio por los tribunales. Se aprecia de oficio por los tribunales. Caduca a los cuatro años.

Aquella modalidad contractual por la cual la totalidad de las cláusulas de un contrato han sido establecidas unilateralmente por una de las partes, la dominante o preponderante, limitándose la otra a aceptarlas, se denomina: Contrato de compraventa. Contrato de préstamo. Contrato de adhesión. Contrato de fianza.

En un contrato existe una cláusula abusiva, según el TRLGDCU (Texto Refundido de la Ley General de Defensa de los Derechos de los Consumidores y Usuarios), cuando... No ha sido negociada individualmente, resulta contraria a las exigencias de la buena fe, causando, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato. Habiendo sido negociada individualmente, resulta contraria a las exigencias de la buena fe, causando, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato. No ha sido negociada individualmente y resulta contraria a las exigencias de la buena fe, no siendo necesario que exista un perjuicio al consumidor. Ninguna respuesta es verdadera.

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