Derecho Civil III
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Título del Test:![]() Derecho Civil III Descripción: Cuestionarios 2do Bi |




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Las asignaciones forzosas son: La porción conyugal, las legítimas y la cuarta de mejoras en las sucesiones de los descendientes. Las donaciones, las legítimas y la cuarta de rigurosas en las sucesiones de los descendientes. Las particiones, las legítimas y la cuarta libre disposición en las sucesiones de los descendientes. Es la parte del patrimonio de una persona difunta, que la ley asigna al cónyuge sobreviviente que carece de lo necesario para su congrua sustentación. Es la porción: Conyugal. Legitimas. Mejoras. Si el cónyuge sobreviviente se queda sin nada al morir su marido o mujer tiene derecho a la porción conyugal: Complementaria. Completa. Mixta. Es la cuota de los bienes de un difunto, que la ley asigna a los legitimarios. Porción conyugal. Legitimas. Mejoras. Son legitimarios: Hijos y padres. Hijos y hermanos. Hijos y cónyuge. La porción de la mejora es la. Tercera parte de los bienes de la persona difunta. Cuarta parte de los bienes de la persona difunta. Mitad de la parte de los bienes de la persona difunta. La legítima rigurosa se convierte o da origen a la legítima efectiva por la suma de los que le corresponda al descendiente por mejora o le haya dejado el causante a título de libre disposición. V. F. Si el testador no tiene legitimarios (ni hijos, ni padre alguno), puede disponer libremente de todos sus bienes, salvo siempre la porción conyugal, en caso de tener cónyuge. V. F. La porción legítima es la mitad de los bienes del causante y la mejora una cuarta parte, quedando así, otra cuarta parte de libre disposición. V. F. El desheredamiento tiene el carácter de sanción, mediante ella se priva de su legitima a quien haya cometido un acto u omisión grave de ella enumeradas por el código. V. F. La apertura de la sucesión, consiste en la simultánea terminación de todos los derechos y obligaciones que se extingue con la muerte de una persona y la transmisión de todos aquellos que son transmisibles con la misma muerte. V. F. La apertura de la sucesión es lo mismo que la apertura del testamento. V. F. La consecuencia jurídica inmediata de la apertura de la sucesión es la delación de la herencia: los sucesores son llamados por la ley a aceptar o repudiar sus derechos. V. F. El inventario puede menos solemne. V. F. El inventario solemne judicial es una lista detallada de las cosas. V. F. Ejecutores testamentarios o albaceas son aquellos a quienes el testador da el encargo de hacer ejecutor sus disposiciones. V. F. El menor de edad está habilitado para ser albacea. V. F. Le corresponde al albacea velar sobre la seguridad de los bienes; hacer que se guarden bajo llave y sello el dinero muebles y papeles, mientras no haya inventario solemne. V. F. El albacea encargado de pagar las deudas hereditarias, lo hará precisamente con intervención de los herederos presentes o del curador de la herencia yacente en su caso. V. F. El testador podrá dar al albacea la tenencia de cualquier parte de los bienes o de todos ellos. V. F. Si el testador no hubiere prefijado tiempo para la duración del albaceazgo durará dos años contado desde el día en que el albacea haya comenzado a ejercer el cargo. V. F. Estándo los herederos de acuerdo en la partición de determinados bienes, pero en conflicto con otros, ¿Quién resolverá el conflicto?. El juez. Partición extrajudicial. Evicción. Cualquiera de los partícipes o herederos de la cosa común. Partición provisional. Las personas que adquirido un derecho de cuota y los acreedores. La partición. Prescripción extintiva. Prescripción adquisitiva. Partición judicial. Cuando los herederos tienen libre disposición de los bienes, y no se someten a la aprobación del juez para partirse los bienes, estamos ante una. El juez. Partición extrajudicial. Evicción. Cualquiera de los partícipes o herederos de la cosa común. Partición provisional. Las personas que adquirido un derecho de cuota y los acreedores. La partición. Prescripción extintiva. Prescripción adquisitiva. Partición judicial. En los bienes sujetos a partición, si al adquiriente por el derecho que le corresponde es perturbado o se han generado molestias, los coherederos estaban en la obligación de sanear la. El juez. Partición extrajudicial. Evicción. Cualquiera de los partícipes o herederos de la cosa común. Partición provisional. Las personas que adquirido un derecho de cuota y los acreedores. La partición. Prescripción extintiva. Prescripción adquisitiva. Partición judicial. La partición de los bienes hereditarios, puede ser pedida por. El juez. Partición extrajudicial. Evicción. Cualquiera de los partícipes o herederos de la cosa común. Partición provisional. Las personas que adquirido un derecho de cuota y los acreedores. La partición. Prescripción extintiva. Prescripción adquisitiva. Partición judicial. Si de la administración temporal de los bienes la partición, se asigna frutos de los bienes antes mencionados a los herederos, estamos ante una partición. El juez. Partición extrajudicial. Evicción. Cualquiera de los partícipes o herederos de la cosa común. Partición provisional. Las personas que adquirido un derecho de cuota y los acreedores. La partición. Prescripción extintiva. Prescripción adquisitiva. Partición judicial. El derecho de partición además de tomar en cuenta a los coasignatarios, herederos, también se extiende para. El juez. Partición extrajudicial. Evicción. Cualquiera de los partícipes o herederos de la cosa común. Partición provisional. Las personas que adquirido un derecho de cuota y los acreedores. La partición. Prescripción extintiva. Prescripción adquisitiva. Partición judicial. La cuota proindiviso, se convierte en la propiedad individual y derechos exclusivos mediante. El juez. Partición extrajudicial. Evicción. Cualquiera de los partícipes o herederos de la cosa común. Partición provisional. Las personas que adquirido un derecho de cuota y los acreedores. La partición. Prescripción extintiva. Prescripción adquisitiva. Partición judicial. Si los bienes están en indivisión y procediendo la partición siempre, entenderemos que no existe. El juez. Partición extrajudicial. Evicción. Cualquiera de los partícipes o herederos de la cosa común. Partición provisional. Las personas que adquirido un derecho de cuota y los acreedores. La partición. Prescripción extintiva. Prescripción adquisitiva. Partición judicial. En el momento en el que se pone fin al estado de comunidad de bienes de la sucesión, misma que no ha procedido por la partición, esta se la conoce como. El juez. Partición extrajudicial. Evicción. Cualquiera de los partícipes o herederos de la cosa común. Partición provisional. Las personas que adquirido un derecho de cuota y los acreedores. La partición. Prescripción extintiva. Prescripción adquisitiva. Partición judicial. El menor no tiene libre administración de bienes por ser incapaz, que tipo de partición debe practicar. El juez. Partición extrajudicial. Evicción. Cualquiera de los partícipes o herederos de la cosa común. Partición provisional. Las personas que adquirido un derecho de cuota y los acreedores. La partición. Prescripción extintiva. Prescripción adquisitiva. Partición judicial. Las deudas hereditarias se dividen entre. Los herederos a prorrata de sus cuotas. Los hermanos y sobrino del causante. Los legatarios de la legítima. Los primeros en pagar las deudas y las cargas hereditarias como testamentarias son los. Asignatarios condicionales. Herederos del remanente. Herederos. En primer orden se pagan la. Las deudas y cargas testamentarias. Deudas y cargas testamentarias. Deudas de alimentos y cargas testamentarias. En beneficio de separación, consiste en que lo acreedores hereditarios y el testamentario podrán pedir que no se confundan los bienes del difunto con los bienes del heredero, y en virtud a este beneficio, tendrán derecho a que con los bienes del causante se les cumpla las obligaciones hereditarias o testamentarias, con preferencia a las. Las deudas propias del heredero. Obligaciones por alimento. Cargas testamentarias. El efecto fundamental del beneficio de separación es darles un privilegio para el cobro de sus créditos, evitando las. Confusión de los bienes del difunto con los del heredero del remanente. Confusión de los bienes del difunto con los del heredero. Confusión de los bienes del difunto con los del heredero de cuota. Los beneficios de separación está a disposición de los. Acreedores del heredero. Acreedores de la sucesión. Acreedores del causante. La acción de separación propiamente no. Prescribe como no prescribe el derecho de pedir la partición de los bienes. Prescribe como si prescribe el derecho de pedir alimentos a la partición. Prescribe como si prescribe el derecho de pedir la partición de los bienes. Una vez pagados los acreedores del mismo heredero y lo que no se acogieron al beneficio de separación, entraran a. Cobrar en bienes del heredero los acreedores hereditarios o testamentarios. Pagar en efectivo al heredero. Realizar el pago de los bienes adquiridos. Los asignatarios forzosos tienen una participación asegurada por la ley en los bienes del causante; pero este puede disponer. Herencia, legado o donación. Herencia, legado o adjudicación. Donación adjudicación o novación. El testador puede tener motivos serios para no conformarse con que sus bienes pasen a uno o más asignatarios forzosos, por haber recibido graves ofensas y entonces puede proceder a. Enjuiciar a sus herederos. A vender sus propiedades. Desheredarlos y privarlos de su derecho. Es una parte del patrimonio de una persona difunta, que la ley asigna al cónyuge sobreviviente que carece de lo necesario para su congrua sustentación, nos estamos refiriendo a. Herencia. Legado. Porción conyugal. El derecho a la porción conyugal se adquiere por. La muerte de causante. El ministerio de la ley. Declaración judicial. José Manuel ha dejado dos cabezas de ganado para Carlos veinte gallinas para Miguel Ángel, estamos hablando que José Manuel ha dejado en forma de. Donación. Legado. Herencia. Cuando hablamos que es una cuota de los bienes de un difunto que la ley asigna a los legatarios, nos estamos refiriendo a. Herencia. Legitima. Porción conyugal. El testador puede conceder a los legitimarios más bienes de los que le corresponden, pero no puede disminuirlos o privarles de todos ellos salvo una. Causa legal. Disposición municipal. Acción coactiva. Cuando existe un desheredamiento, este tiene un alcance personal, por lo tanto no impide que los bienes del causante pasen a los descendientes del desheredado si tienen derecho de. Cuota. Representación. Causa legal. El desheredamiento solo es admitido por disposición testamentaria y está plenamente sujeta a lo dispuesto por la ley, por lo tanto se puede desheredar a. Hijos y hermanos del causante. Hermanos y padres del causante. Hijos y padres del causante. El heredero que en la formación del inventario omitiere de mala fe hacer mención de cualquiera parte de los bienes, por pequeña que sea, o pusiere deudas que no existen, no gozará del beneficio de. Herencia. Legado. Inventario. |