Derecho colectivo del Trabajo (Modulos 3 y 4) - U.Kennedy
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Título del Test:
![]() Derecho colectivo del Trabajo (Modulos 3 y 4) - U.Kennedy Descripción: Parcial 2 |



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En ningún convenio colectivo o con categorías excluidas resultan aplicables las normas locales. F. V. Según el criterio para la clasificación de los Convenios Colectivos, puede ser según el ámbito territorial en el que rigen ¿cómo pueden ser? (Respuestas múltiples). Constitutivos. Controladores. Organizativos. Declarativos. Interpretativos. Según el criterio para la clasificación de los Convenios Colectivos, puede ser según el ámbito territorial en el que rigen ¿cómo pueden ser? (Respuestas múltiples). Regionales. Municipales. Provinciales. Locales. Nacionales. La homologación tácita de los convenios colectivos de trabajo no son viables en el sistema actual. V. F. El “convenio de empresa” es aquel que: Debe ser suscrito por el sindicato con personería gremial y la empresa, y homologado por el Ministerio de Trabajo. Debe ser suscrito por la empresa y el grupo de trabajadores y no requieren homologación del Ministerio de Trabajo. LA OIT sostiene en sus recomendaciones que la adecuada protección de las garantías contra el despido de los dirigentes sindicales, deberá materializarse con la instrumentación de procesos rápidos, eficaces e imparciales, acompañados de remedios y sanciones disuasivas. V. F. La homologación del convenio colectivo es necesaria para que el mismo sea válido y obligatorio, no solo para las partes involucradas sino para todo el ámbito laboral. V. F. El trabajador contratado por medio de una empresa de servicios eventuales se rige por el convenio colectivo de trabajo de la actividad o categoría en la que efectivamente presta servicios en la empresa usuaria. F. V. Los convenios colectivos, según las personas, se clasifican en: De empresa, de actividad, intersectorial, pequeñas empresas, etc. Regionales, nacionales, provinciales, municipales. Consitutivos, declarativos, interpretativos. El trabajador contratado por medio de una empresa de servicios eventuales se rige por el convenio colectivo de trabajo de la actividad o categoría en la que efectivamente presta servicios en la empresa usuaria. F. Verdadero. Los convenios colectivos de trabajo para que tengan efectos absolutos deben ser homologados por la OIT. F. V. Los convenios colectivos en cuanto a su naturaleza jurídica ¿Qué característica tienen?. Es ley en sentido formal. Es un contrato de derecho privado. Es un contrato de derecho público que nace como contrato y actúa como una ley. Nace como acuerdo de voluntades pero sólo aplicable a esas partes. Es de origen público y ley en sentido material. ¿A partir de qué día rige el convenio colectivo homologado? . Rige a partir de 5 días siguientes al de su publicación. Rige a partir de los 10 días siguientes al de su publicación. Rige a partir del día siguiente al de su publicación. Rige a partir de los 15 días siguientes al de su publicación. Rige a partir del séptimo día siguiente al de su publicación. Los convenios colectivos de trabajo establecen cuáles son las obligaciones que tienen todas las empresas de una determinada actividad / rama, aún cuando ellas no formen parte de la asociación de empleadores ni los trabajadores del sindicato. F. V. Un convenio colectivo puede pactar mejores condiciones que las establecidas por las leyes laborales. V. F. ¿En qué plazo debe ser publicado el texto de los convenios colectivos por el Ministerio de Trabajo?. Dentro de los 24 hs días de suscritos u homologados. Dentro de los 30 días de suscritos u homologados. Dentro de los 10 días de suscritos u homologados. Dentro de los 48 hs de suscritos u homologados. Dentro de los 7 días de suscritos u homologados. La expresión contrato colectivo comprende todo acuerdo escrito relativo a las condiciones de trabajo y de empleo, celebrado entre un empleador y un trabajador. F. V. ¿Cuáles son las características de los convenios colectivos de trabajo en nuestro país? (Respuestas múltiples). Normativos. De actividad. Nacionales. Obligatorios. Mixtos. Unir los tipos de funciones de las comisiones paritarias con las descripciones. Función interpretativa. Función normativa. Función complementaria. Función conciliatoria. El convenio colectivo si bien tiene el carácter de generalidad, que caracteriza a la ley, se circunscribe, en cuanto a su alcance y aplicación, a un ámbito mayor. F. V. Los sujetos de la huelga son: Las que tienen por objeto discutir las condiciones laborales. Las que tienen por objeto discutir y acordar el convenio colectivo y se constituyen para pactar y lograr la firma del convenio. Las organizaciones sindicales y el Estado. Las causas del conflicto colectivo pueden ser: Sociales o de aplicación. Reales, futuras o eventuales. Económicas, intereses o jurídicas. Las partes del conflicto tienen la carga de denunciar el conflicto. ¿Hasta cuánto puede durar el trámite conciliatorio?. 40 días prorrogable a 45 días. 20 días prorrogable a 30 días. 15 días prorrogable a 20 días. El derecho de huelga es de naturaleza: Colectiva e individual. Colectiva. Individual. Las fuentes con potestad de definir válidamente los límites al ejercicio del derecho de huelga son la ley, los reglamentos y las resoluciones sindicales. V. F. El conflicto colectivo se caracteriza por: Confrontación de intereses homogéneos entre distintos sectores. Confrontación de intereses no estructurados y hetereogéneos entre distintos sectores. La huelga no es la mera abstención al trabajo sino una abstención colectiva y concertada cuya finalidad es presionar al empleador para el logro o satisfacción de un interés profesional, económico o social. V. F. Los servicios mínimos significan la restricción del derecho de huelga. F. V. La huelga, en tanto acto jurídico colectivo, es causal de justificación del no cumplimiento de la prestación comprometida por el trabajador. V. F. El conflicto colectivo se caracteriza por: Confrontación de intereses no estructurados y hetereogéneos entre distintos sectores. Confrontación de intereses homogéneos entre distintos sectores. La huelga general es aquella que tiene por objeto ejercer presión sobre los patronos y el Estado con carácter de acción política de los trabajadores. V. F. ¿En qué casos está prohibida la huelga de empleados públicos?. Empleados de la administración pública en general. Trabajadores afectados a la prestación de servicios públicos. Personas que ejercen funciones de autoridad en nombre del Estado. Durante todo el período de conciliación: No se pueden realizar medidas de acción directa. Se pueden realizar medidas leves de acción directa. El incumplimiento de la obligación de preavisar la medida de fuerza no tiene sanción pero la autoridad de aplicación estatal puede actuar de oficio aun cuando la medida se encuentre en ejecución. V. F. En un conflicto colectivo el Ministerio de Trabajo puede actuar de oficio. F. V. La educación privada, es un servicio público de importancia esencial para el Estado por lo cual se autoriza la restricción del derecho de huelga. V. F. El conflicto colectivo de finalidad jurídica es aquel que: Se basa en la violación o incumplimiento de un derecho preexistente. Se basa en la necesidad de modificar el statu quo normativo, para adecuarlo a las necesidades de los trabajadores y a las posibilidades de los empleadores. |





