option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

derecho comunicación t2

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
derecho comunicación t2

Descripción:
Tema 2: Derechos fundamentales, libertades públicas y comunicación audiovisual

Fecha de Creación: 2026/10/16

Categoría: Otros

Número Preguntas: 30

Valoración:(0)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

¿Qué función tiene la Constitución española en la regulación del Derecho de la Comunicación Audiovisual?. Es una norma orientativa que las leyes pueden modificar libremente. Es la norma suprema del ordenamiento jurídico y sus mandatos deben ser respetados por los poderes públicos, las normas y los particulares. Solo regula los medios de comunicación públicos. Se aplica únicamente cuando no existe legislación audiovisual.

Según el artículo 149.1.27.ª de la Constitución, ¿qué competencia tiene el Estado en materia de comunicación audiovisual?. La competencia exclusiva para gestionar todas las televisiones autonómicas. La competencia para aprobar cualquier norma sin intervención autonómica. La competencia exclusiva para dictar las normas básicas del régimen de la prensa, la radio, la televisión y los demás medios de comunicación social, sin perjuicio de las facultades autonómicas. La competencia para regular únicamente la prensa escrita.

¿Qué pueden hacer las comunidades autónomas que tengan transferidas competencias sobre medios de comunicación social?. Sustituir libremente toda la legislación estatal. Aprobar normas básicas que contradigan las estatales. Regular cualquier materia, aunque no tengan competencias. Desarrollar la normativa básica estatal y ejecutar tanto la legislación estatal como la autonómica.

¿Qué derechos reconoce el artículo 20.1 de la Constitución?. Únicamente el derecho a recibir información. El derecho a la propiedad privada y a la libertad de empresa. La libertad de expresar y difundir pensamientos, ideas y opiniones; la producción y creación literaria, artística, científica y técnica; y el derecho a comunicar o recibir información veraz. Exclusivamente la libertad de creación artística.

¿Cuál es la diferencia fundamental entre la libertad de expresión y la libertad de información?. La libertad de expresión solo se aplica a periodistas y la de información, a los ciudadanos. La libertad de expresión protege la difusión de pensamientos, ideas y opiniones, mientras que la libertad de información protege la comunicación y recepción de información veraz. La libertad de expresión protege hechos y la de información, opiniones personales. No existe ninguna diferencia entre ambas.

¿Qué significa que la libertad de información tenga una vertiente activa y otra pasiva?. Que solo puede ejercerse en medios públicos y privados. Que una persona puede informar únicamente cuando recibe autorización judicial. Que la vertiente activa es el derecho a comunicar información veraz y la pasiva es el derecho a recibirla. Que la vertiente activa corresponde a los jueces y la pasiva a los periodistas.

¿Qué significa la veracidad en la libertad de información?. Que toda información difundida debe ser absolutamente cierta, sin posibilidad de error. Que el periodista puede publicar cualquier dato si cita una fuente. Que solo se pueden difundir hechos confirmados por una sentencia. Que el informador debe actuar con diligencia para llegar a la convicción de que la información es razonablemente cierta.

¿Cuál de estas actuaciones corresponde a la diligencia informativa?. Incorporar valoraciones personales como si fueran hechos. Ocultar los datos que contradigan la versión principal. Contrastar los datos con diversas fuentes y no tergiversar deliberadamente la información. Publicar inmediatamente sin comprobar la información para evitar retrasos.

¿Qué requisito debe cumplir la información para quedar amparada por la libertad de información constitucional según el tema?. Debe referirse exclusivamente a personajes famosos. Debe proceder de una fuente oficial. Debe tener relevancia pública y tratar asuntos de interés general que contribuyan a conformar la opinión pública. Debe publicarse en un medio de comunicación de titularidad estatal.

¿Qué derechos funcionan como límites a las libertades de expresión e información?. La libertad de empresa, el derecho al voto y la propiedad privada. Los derechos al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Únicamente el derecho a la intimidad. La libertad ideológica y el derecho de asociación exclusivamente.

¿Quiénes pueden ser titulares del derecho al honor?. Solo las personas físicas vivas. Únicamente las personas que no tienen relevancia pública. Solo las personas jurídicas. Principalmente las personas físicas y, de manera más limitada, también las personas jurídicas.

¿Cuándo se puede producir una lesión del derecho al honor?. Siempre que se publique una noticia negativa sobre alguien, aunque sea cierta y relevante. Cuando se atribuyen hechos o se expresan juicios de valor que dañan la dignidad, la fama o la propia estimación de una persona. Únicamente cuando se revela información familiar. Solo cuando se reproduce una imagen sin consentimiento.

¿Qué diferencia existe entre un atentado contra el honor y uno contra la intimidad en el ejemplo de la infidelidad que aparece en el tema?. Ambos son siempre atentados contra la propia imagen. La infidelidad nunca puede afectar a ningún derecho. Atribuir falsamente una infidelidad puede dañar el honor; divulgar una infidelidad real que pertenece a la esfera privada puede vulnerar la intimidad. Si el hecho es verdadero, nunca puede vulnerarse ningún derecho.

¿Cuándo puede vulnerarse el derecho a la intimidad personal y familiar?. Solo cuando se difunden informaciones falsas. Únicamente cuando la información se publica en televisión. Solo cuando se revela información de una persona fallecida. Cuando se divulgan datos de la vida privada, aunque sean verdaderos, o se invade la esfera privada aunque su contenido no llegue a difundirse.

¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre el derecho a la intimidad es correcta?. La intimidad protege únicamente a la persona, nunca a su familia. La información verdadera siempre puede divulgarse sin límites. Si no existe interés público, debe prevalecer el derecho a la intimidad; además, este incluye la intimidad corporal y se relaciona con la inviolabilidad del domicilio y el secreto de las comunicaciones. La intimidad solo se protege cuando existe una denuncia penal.

¿En qué consiste el derecho a la propia imagen?. En poder impedir que cualquier persona hable sobre nosotros. En poder decidir qué información política se publica. En poder decidir, consentir o impedir la reproducción, exposición o divulgación de la imagen propia. En impedir que se publiquen informaciones verdaderas sobre la vida pública.

¿Qué ley regula la protección civil del honor, la intimidad personal y familiar y la propia imagen?. La Ley Orgánica 2/1997, de 19 de junio. La Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo. La Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo. La Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio.

Según la Ley Orgánica 1/1982, ¿cuál de estas situaciones puede no considerarse una intromisión ilegítima?. La publicación de cualquier dato íntimo sin justificación. La difusión de una imagen perjudicial de un menor por el mero hecho de que sus padres lo autoricen. La aparición accesoria de una persona en la información gráfica de un suceso o acontecimiento público. La divulgación de información privada sin consentimiento ni interés relevante.

¿Qué sucede con la protección de los derechos al honor, la intimidad y la propia imagen de las personas con relevancia pública?. Pierden por completo sus derechos fundamentales. Tienen siempre más protección que las personas privadas. Su protección puede ser menor, y la captación, reproducción o publicación de su imagen puede permitirse si se realiza en actos públicos o lugares abiertos al público, conforme a la ley. Sus imágenes pueden publicarse en cualquier circunstancia y sin límites.

¿Qué mecanismos de protección contempla el PDF ante la vulneración del honor, la intimidad o la propia imagen?. Exclusivamente una reclamación ante el medio de comunicación. Únicamente una sanción administrativa. Solo una demanda ante el Tribunal Constitucional. Acciones penales, acciones civiles para detener el daño y reclamar indemnizaciones, derecho de rectificación y tutela ante el Tribunal Constitucional.

¿Qué establece el artículo 20.4 de la Constitución?. Que la libertad de información no tiene límites. Que las libertades de expresión e información tienen como límite, entre otros, la protección de la juventud y de la infancia. Que los menores no pueden aparecer en los medios de comunicación. Que los padres deciden sin restricciones sobre la difusión de imágenes de sus hijos.

¿Cuándo puede un menor prestar por sí mismo su consentimiento para una intromisión en sus derechos al honor, la intimidad y la propia imagen?. Siempre que tenga más de doce años. Nunca, porque el consentimiento corresponde exclusivamente a sus padres. Cuando sus condiciones de madurez lo permitan, de acuerdo con la legislación civil. Siempre que el medio de comunicación considere que la publicación es interesante.

¿Qué ocurre si se difunden imágenes, información o el nombre de un menor de forma que pueda perjudicar su intimidad, honor o reputación, o resultar contrario a sus intereses?. La difusión es legal si el menor ha dado su consentimiento. Solo puede intervenir el Ministerio Fiscal si lo solicitan los padres. La publicación es legal siempre que la información sea verdadera. Puede constituir una intromisión ilegítima incluso cuando exista consentimiento del menor o de sus representantes legales, y el Ministerio Fiscal puede intervenir de oficio.

Según el artículo 8 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual, ¿qué medidas de accesibilidad se reconocen a las personas con discapacidad?. Subtítulos en todos los programas y audiodescripción en todas las emisiones. Accesibilidad universal según las posibilidades tecnológicas; subtitulado del 75 % de los programas y al menos dos horas semanales de lengua de signos para personas con discapacidad auditiva; y al menos dos horas semanales de audiodescripción para personas con discapacidad visual. Únicamente subtítulos para personas con discapacidad visual. Dos horas semanales de subtítulos para todas las personas con discapacidad, sin otras medidas.

¿Qué imagen deben procurar ofrecer los medios audiovisuales de las personas con discapacidad?. Una imagen centrada exclusivamente en sus dificultades. Una imagen que las presente siempre como un colectivo vulnerable. Una imagen ajustada, normalizada, respetuosa e inclusiva, evitando estereotipos y procurando una presencia proporcional a su participación en la sociedad. Una imagen limitada a programas especializados.

¿Qué significa el derecho de acceso a los medios de comunicación social públicos?. Que cualquier persona puede exigir un canal de televisión propio. Que todos los ciudadanos deben participar en los programas públicos. Que los grupos sociales y políticos significativos pueden tener acceso a estos medios, por ejemplo, participando en programas o disponiendo de espacios de emisión. Que únicamente los partidos políticos con representación en el Gobierno pueden aparecer en televisión.

¿Qué permite la cláusula de conciencia al periodista cuando se produce un cambio sustancial de orientación ideológica en su medio de comunicación?. Obligar a la empresa a eliminar todos sus contenidos. Modificar unilateralmente la línea editorial. Rescindir su contrato de trabajo con derecho a indemnización si no está de acuerdo con el cambio. Impedir que el medio contrate a otros periodistas.

¿Qué derecho tiene el periodista en virtud del secreto profesional?. El derecho a no revelar ninguna información publicada. El derecho a impedir cualquier investigación judicial. El derecho a no contrastar sus fuentes. El derecho a no ser obligado a revelar la identidad de sus fuentes de información, ni por los poderes públicos ni por la empresa en la que trabaja.

¿Cuál es la diferencia entre la censura previa y el secuestro de publicaciones?. La censura previa requiere una resolución judicial y el secuestro nunca puede realizarse. La censura previa supone someter una obra a examen previo por un poder público para decidir si puede difundirse; el secuestro de publicaciones, grabaciones u otros medios de información puede acordarse mediante resolución judicial motivada. Ambas son medidas que solo pueden adoptar los medios privados. El secuestro siempre se produce antes de que una obra sea publicada.

¿Qué sucede con las libertades de expresión e información durante los estados de excepción y de sitio, según el artículo 55 de la Constitución?. Se mantiene la prohibición de secuestro en cualquier circunstancia y se permite la censura previa. Se suspenden automáticamente todos los derechos fundamentales sin necesidad de declaración oficial. Se pueden suspender estas libertades durante el estado de alarma, pero no durante los estados de excepción y de sitio. Pueden suspenderse determinadas libertades, suspenderse emisiones de radio y televisión y secuestrarse publicaciones sin autorización judicial, pero sigue prohibida la censura previa.

Denunciar Test