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Derecho Constitucional B UCASAL VALLLLLL

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Título del Test:
Derecho Constitucional B UCASAL VALLLLLL

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Fecha de Creación: 2025/07/10

Categoría: Otros

Número Preguntas: 118

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Según el tipo histórico. La constitución surge de la estructura social, no del desenvolvimiento del pasado- historicismo-ni de la razón-racionalismo. La constitución es el producto del desarrollo histórico de un pueblo.

Entre los postulados del constitucionalismo contemporáneo se encuentran. El reconocimiento y protección de los DD HH, conformación de organismos internacionales, nueva concepción sobre soberanía, recepcion normativa de los derechos de tercera generación, entre otros. La división de poderes, la propiedad, la seguridad jurídica, justicia social y derechos de tercera generación.

Los derechos humanos son reconocidos como: Arbitrarios inherentes de la persona, una limitación al poder estatal frente a la persona humana, y una garantía. Un ordenamiento jurídico que limita al poder del estado .

En la República Argentina, en el orden nacional: Cualquier juez puede declarar la inconstitucionalidad de una norma. Sólo la Corte Suprema puede declarar la inconstitucionalidad de una norma. Sólo el congreso puede declarar la inconstitucionalidad de una norma. Sólo los tribunales federales pueden declarar.

El fallo Elortondo la doctrina de la Corte Suprema de justicia de la Nación fija la atribución y el deber de examinar las leyes en los casos concretos a: Los tribunales federal. Al poder Judicial. A los jueces de la Nación. Al Poder Legislativo.

En la primera parte de la Constitución está expresado: Como se organiza el poder, sus órganos, competencia, controles y relaciones . La situación del hombre frente al Estado, sus derechos y garantías.

La emergencia económica es una doctrina de raíz jurisprudencial, así en el fallo Ercolano la CSJN: Sustenta la declaración de constitucionalidad de una ley que congeló el precio de las locaciones urbanas por el termino de dos años y se fundamenta e el poder de policía amplio y en la potestad del estado para restringir los derechos cuando así lo exigen graves crisis economicas. Sostuvo la inconstitucionalidad de la ley que congeló el precio de las locaciones urbanas por el termino de dos años y sostuvo un concepto restringido del poder de policía al concepto de salud publica.

El articulo 14 bis fue resultado de la reforma constitucional de 1957 que incorpora los derechos sociales en nuestra CN, en su primer párrafo: Protege al trabajador que desarrolla sus tareas en relación de dependencia, se contempla al trabajador como persona física. Consagra derechos cuya titularidad corresponde a los sindicatos.

Los derechos sociales son aquellos derechos: Primera generación. Segunda Generación. Tercera Generación.

En el caso Smith la CSJN declaró: La constitucionalidad del corralito, con sustento en la emergencia economica. La inconstitucionalidad del corralito, se limitó la legitimidad de la emergencia y la extensión de los poderes del ejecutivo.

Se contempla los siguientes tipos de Habeas Corpus: Reparador, correctivo. Reparador, preventivo, correctivo. Directos e indirectos.

El artículo 36 de la CN tipifica delitos constitucionales: Actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático y usurpadores de cargos públicos como consecuencia de actos de fuerza. Delitos contra la administración y abuso del poder.

La libertad religiosa es. Un derecho fundamental que consiste en el reconocimiento reconocimiento de la autonomía de cada persona para elegir la religión que prefiere de acuerdo con su fe y convivencia. Un derecho fundamental que reside en el ámbito de intimidad personal vinculado a las convicciones morales y éticas del individuo .

Los fueros reales son: Constitucionales, se trata de tribunales que juzgan determinados hechos teniendo en cuenta no las cualidades personales, sino la naturaleza del acto. Son constitucionales, se juzga teniendo en cuenta las cualidades de la persona y son juzgado por sus pares .

La legitimación es "la llave que abre la puerta de los tribunales", en la acción de amparo colectivo tiene legitimación activa: Quien invoca un derecho subjetivo. Quien invoca un derecho subjetivo o interés legitimo. El afectado, el defensor del pueblo y Asociaciones registradasn.

Los límites del poder constituyente derivado son: El derecho natural. Los procedimiento fijados por la constitucionalismo a reformar.

Siguiendo la doctrina del caso Halabi, en los casos de los derechos de incidencia colectiva referidos a intereses individuales homogeneos: Hay un bien colectivo. No hay un bien colectivo, hay un hecho único, o continuado que provoca una lesión a un grupo y por tanto es identificable una causa fáctica homogenea.

Según la doctrina fijada en el fello "Trabajadores censados vs. Peru", el control: A pedid de parte. A pedido de parte y de oficio.

Los tratados internacionales que gozan de supremacía y jerarquía constitucional con: Los tratados entre dos o más estados u otros sujetos del derecho internacional, que crean, modifican o extinguen relaciones jurídicas. Los tratados internacionales sobre derechos humanos enumerados en el articulo 75 inc. 22 y aquellos incorporados luego por el congreso con el voto de las dos terceras partes de la totalidad de miembros de cada cámara.

La constitución rígida es aquella: Escrita, en un cuerpo único, que establece un vínculo fuerte con la sociedad. Que requieren un procedimiento de reforma más complejo que el empleado para la formulación y sanción de leyes ordinarias. Cuyas cláusulas contienen fórmulas novedosas o adoptan principios fundacionales novedosos.

El derecho constitucional es: El sistema de normas positivas y de principios que rigen el ordenamiento jurídico del Estado Constitucional de derecho, cuya finalidad es el amparo de la libertas y la dignidad del hombre. Rama del derecho privado que establece la organización del gobierno, y su relación con los particulares que le obedecen.

Las provincias deben dictar para sí una constitución: Bajo el sistema republicano, representativo de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la CN. Bajo el sistema republicano, representativo que asegure la educación primaria, secundaria gratuita. Bajo el régimen representativo y federal, de acuerdo con los principios y garantías de la CN.

La ley como fuente del derecho constitucional: Sólo la ley formal es fuente del derecho constitucional. No sólo la ley formal, sino también la ley material es fuente del derecho constitucional.

La reforma de 1994 creó el cargo de Jefe de gabinete de Ministros, quien: Ejerce la administración general del país. Es el responsable político de la administración. Ejerce la administración general del país y es el responsable político.

La suprema Corte de los EE. UU. sostuvo en el caso "Marbury vs. Madison". Que el poder judicial debe declarar inconstitucional una norma que se oponga a la Constitución. Que el poder judicial debe derogar por inválida la norma que se oponga a la constitución. Que el poder judicial no está autorizado a declarar la inválida una norma dictada por el poder legislativo, ni a revisar judicialmente su constitucionalidad.

Solo se admite la delegación legislativa cundo versa sobre: Materias determinadas de administración o emergencia pública. Materia administrativa, penal, tributaria o emergencia.

Según las disposiciones del artículo 30 CN, la Constitución Nacional solo puede ser modificada con la intervención de tres cuerpos diferentes, que actúan de manera sucesiva, así en la primera etapa del procedimiento se exige la declaración de necesidad de reforma, siendo el cuerpo interviniente: El congreso. El electorado. La convención.

Límites al poder constituyente originario: Se trata de un poder ilimitado. El valor justicia y el derecho natural. Los tratados internacionales.

Que postulados corresponden al Constitucionalismo Clásico: Limitación al poder, separación de poderes, control recíproco. El poder es solo un medio para la plena satisfacción de los derechos y libertades de las personas que integran la comunidad. En esta etapa se desarrollan contenidos tales como: la desconcentración, aparición de órganos extrapoderes, auge del derecho transnacional y reconocimiento de normas del derecho internacional y preocupación por las generaciones venideras.

Antes de la reforma del 94 en el Caso Peralta la CSJN: Reconoció legitimidad a los reglamentos de necesidad y urgencia, con fundamento en la doctrina de emergencia económica. Declaró la ilegitimidad del decreto por su naturaleza legislativa. Así, sostuvo que el principio de separación de poderes no debe interpretarse en términos que equivalgan al desmembramiento del Estado.

El legislador goza según la CN de: Inmunidad de arresto, desde el día de su elección hasta el de su cese, salvo que haya sido sorprendido in fraganti. Inmunidad de arresto y de proceso, y este privilegio lo acompaña durante todo el tiempo que dure su mandato.

Intervención federal constituye junto al estado de sitio, un instituto de emergencia, cuya finalidad es restablecer el orden institucional quebrantado por conflictos internos o ataque exterior. La constitución determina que el ejercicio de la presente atribución del gobierno federal puede ser ejercitada en caso de conflicto interior: Por decisión del gobierno federal. A solicitud de las autoridades provinciales.

El defensor del Pueblo en nuestro sistema Constitucional: Tiene iniciativa legislativa para presentar proyectos de leyes en la Cámara de Diputados como cámara de origen. Tiene legitimación procesal para la defensa y protección de los derechos humanos y demás derechos y garantías tutelados por la Constitución Nacional y las leyes.

Las leyes constitucionales son: Aquellas dictadas por el Parlamento de acuerdo a la constitución, con un trámite similar al establecido para la reforma de la constitución, tiene la misma jerarquía que el texto constitucional y complementa la constitución. Toda ley dictada de acuerdo a la constitución, que por ser posterior al dictado de la constitución sigue el procedimiento de sanción de ley ordinaria.

Entre los postulados del constitucionalismo contemporáneo se encuentra: El reconocimiento y protección de los DD.HH., conformación de organismos internacionales, nueva concepción sobre soberanía, recepción normativa de los derechos de tercera generación, entre otros. La división de poderes, la propiedad, seguridad jurídica, justicia social y derechos de tercera generación.

El poder ejecutivo se encuentra integrado por: El presidente. El presidente y Vicepresidente. El presidente, vicepresidente, el jede de gabinete de ministros y los ministros.

Las facultades reservadas por las provincias son aquellas que expresamente enuncia la constitución, de carácter residual que no fueron conferidas a la Nación, entre ellas cabe citar: Las potestades de las provincias para darse sus propias instituciones y regirse por ellas. La facultad de dictar el estado de sitio, crear impuestos directos.

En la República Argentina, al tratarse el control de constitucionalidad de un sistema difuso, el pronunciamiento de inconstitucionalidad: Proyecta sus efectos inter partes. Proyecta efectos derogatorios o erga omnes.

La tipología racional normativa es aquella que: Concibe a la constitución como un cuerpo normativo establecido de una sola vez, en el cual de manera integral se determinan las funciones esenciales del Estado, se distingue entre poder constituyente y poder constituido. se constituye un estado a partir de prescripciones que indican un deber ser. Se basa en la tradición, usos y costumbres, como fuente del ordenamiento, pero no en la ley.

La jurisprudencia de la Corte advierte que el concepto de propiedad en sentido constitucional: Coincide con el concepto de derecho de dominio del derecho civil, como aquel derecho de usar, gozar y disponer material y jurídicamente de una cosa. Es más amplio y extenso que el derecho de dominio consagrado en el derecho civil ya que alcanza a todos los intereses apreciables que el hombre puede poseer fuera de sí mismo, fuera de su vida y de su libertad.

El Sistema interamericano de protección de los derechos humanos es: De competencia y aplicación inmediata cuando el Estado no respeta los derechos humanos, en razón de que existe evidencia que el Estado no ha sido capaz de proteger los derechos humanos de una persona. De aplicación subsidiaria, ello es así para permitir al Estado el ejercicio de sus procedimientos jurisdiccionales internos con carácter previo y reparar así la violación.

En la primera parte de la Constitución está expresado: Cómo se organiza el poder, sus órganos, competencias, controles y relaciones. La situación del hombre frente al Estado, sus derechos y garantías.

La supremacía constitucional es un principio cardinal del Estado de derecho, y el principio de supremacía constitucional establecido en el artículo 31 CN consagra: La supremacía del derecho federal sobre el local. La supremacía del derecho constitucional sobre los tratados internacionales. La supremacía del derecho local sobre el federal.

El control de convencionalidad se extiende: A las disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. A las disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y demás instrumentos internacionales.

La acción de habeas data tiene por finalidad: Tomar conocimiento de los datos personales. Tomar conocimiento de los datos personales y en caso de que se presuma su falsedad o inexactitud o desactualización, solicitar su rectificación, supresión, confidencialidad o actualización.

Los tratados internacionales que gozan de supremacía y jerarquía constitucional son: Los tratados entre dos o más Estados u otros sujetos del derecho internacional, que crean, modifican o extinguen relaciones jurídicas. Los tratados internacionales sobre derechos humanos enumerados en el artículo 75 inciso 22 y aquellos incorporados luego por el Congreso con el voto de las dos terceras partes de la totalidad de miembros de cada Cámara.

Sobre la protección de los derechos, la CSJN en su doctrina señala que: La falta de reglamentación legislativa no obsta a la vigencia de ciertos derechos que, por su índole, pueden ser invocados, ejercidos, y amparados sin el complemento de disposición legislativa alguna. La falta de regulación procesal especifica impide la existencia de una acción destinada a proteger derechos.

El nuevo orden de prelación de normas en el derecho argentino ha quedado constituido: En el vértice superior de la pirámide jurídica encontramos a la CN y los tratados internacionales sobre derechos humanos enumerados en el artículo 75 inciso 22 y los que en lo sucesivo se incorporen de conformidad con el procedimiento especial que a esos efectos prevé la citada cláusula. En el vértice superior de la pirámide jurídica encontramos a los tratados internacionales sobre derechos humanos sobre el derecho interno. En el vértice superior de la pirámide jurídica encontramos a la CN, como ley fundamental y suprema se considera dentro del bloque de constitucionalidad federal, en prelación respecto de los tratados internacionales sobre derechos humanos.

La sentencia emitida por la Corte IDH: Tiene carácter definitivo y una vez emitida no será posible de impugnarla de modo alguno, las partes solo pueden solicitar aclaraciones sobre el sentido o alcance del fallo, es decir, presentar un “recurso de interpretación”. Puede ser revisada, sin embargo, se rechaza toda solicitud de revisión después de transcurridos cinco años desde la fecha de publicación de la sentencia que se pretende impugnar.

En la República Argentina rige en el orden nacional el control de constitucionalidad de carácter difuso por el cual: Cualquier juez puede declarar inconstitucional una norma. Solo la Corte Suprema de Justicia de la Nación puede declarar la inconstitucionalidad de una norma. Solo el Congreso puede declarar la inconstitucionalidad de una norma y su posterior derogación.

El principio de legalidad: Establece que los derechos se ejercen conforme las leyes que regulan su ejercicio. Entonces los derechos no son absolutos, de lo contrario implicaría un uso antisocial. Exige la necesidad de la ley para que el Estado pueda expresar válidamente su voluntad, emana del principio del imperio de la ley que persigue la subordinación de la voluntad de los gobernantes a marcos legales previos a la toma de decisiones.

Las únicas desigualdades inconstitucionales son: Toda desigualdad es discriminatoria y por lo tanto inconstitucional. Aquellas que son arbitrarias, es decir que carecen de toda razonabilidad, las persecutorias, hostiles y que deparan indebidos favores.

Los siguientes preceptos están presentes en el artículo 14 bis: El derecho al trabajo, el derecho a huelga, la protección de la familia, los beneficios de la seguridad social. El derecho al trabajo, el derecho a huelga, la protección de la familia, la agremiación sindical obligatoria.

En el caso que la información o noticia es de interés público, la libertad de prensa adquiere un especial valor por su elemental función de control, teniendo en cuenta ello, la Corte elaboró la teoría de la Real malicia en virtud de la cual: El afectado deberá probar la mala fe del informante acerca de la falsedad de la noticia. El afectado tiene derecho a efectuar por el mismo órgano de difusión su respuesta en las condiciones que establezca la ley.

Entre las funciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos: Recibe, analiza e investiga peticiones individuales en que se aleguen violaciones de Derechos Humanos tanto de Estados miembros de la OEA que han ratificado la Convención como de aquellos Estados que aún no la ratificaron. Ejerce funciones consultivas, contenciosos, preventivas y reguladoras.

Hoy el control de Convencionalidad consiste en verificar la compatibilidad de las normas y demás prácticas internas con la CADH y la jurisprudencia de la Corte IDH y los demás tratados interamericanos, de los cuales el Estado sea parte y se ejerce. De oficio por toda autoridad pública,. De oficio por el Poder Judicial,. A pedido de parte.

En el caso ercolano ante una emergencia habitacional por ley se dispuso una restricción en el plazo y monto de cobro de alquileres. La propietaria planteó la invalidez de tal reglamentación y la CSJN sostuvo. Que resultó válida la intervención regulatoria estatal del derecho de propiedad por las circunstancias muy especiales a las que estaban sujetos “objetos de interés público”. Que no resultó válida la intervención regulatoria del Estado por exceder la seguridad a la salud y la moralidad pública, violentando los artículos 14 y 17. En la Constitución nacional.

El tipo racional normativo concibe a la Constitución como: Un cuerpo normativo establecido por una sola vez, en el que de manera integral se determinan las funciones de esenciales del Estado. Se trata de un cuerpo normativo complejo y exhaustivo. Una construcción formada por el devenir histórico de la Comunidad y determinista.

La acción de amparo en los términos del artículo 43 CN procede contra: Todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares. Todo acto u omisión de autoridades públicas.

El mandato de la Corte IDH comprende: Todos y cada uno de los Estados parte de la OEA. Los países que han ratificado la Convención Americana de Derechos Humanos.

En el caso Mendoza, la Corte Suprema de Justicia de la nación, frente a una demanda interpuesta por un grupo de vecinos domiciliados por la Cuenca matanza riachuelo por daños y perjuicios sufridos a raíz de la contaminación de la Cuenca, señaló: Una clara división entre las cuestiones de índole individual y de incidencia colectiva, y ordenó recomposición y prevención del daño ambiental. Al ordenar el estado nacional a la provincia de Buenos Aires y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y ejecutar un programa de saneamiento de la Cuenca matanza-riachuelo. Que era incompetente por tratarse de una cuestión local.

La ciencia constitucional se refiere al: Conocimiento sistemático y de acuerdo con un método del derecho constitucional positivo de un Estado, es decir, se refiere a una Constitución concreta. Conocimiento abstracto de los conceptos fundamentales y de validez universal.

La Corte Suprema de Justicia de la nación resolvió en el caso Ponzetti de Balbín: Que el derecho a la libertad de expresión encuentra su límite en el derecho. Intimidad de las personas, aunque éstas sean personajes públicos. En consecuencia, condeno a la editorial a reparar los daños ocasionados a la familia de Ricardo Balbín, en su lecho de muerte. Que el derecho de información prevalece al documentar la realidad puesto que se trataba de un personaje público, cuya vida es de interés general.

Entre los derechos Humanos de tercera generación se encuentran: La libertad, igualdad y propiedad. A un medio ambiente sano al desarrollo, paz, autodeterminación de los pueblos, protección de los datos personales, etc.

En el caso Fal, la Corte Suprema de Justicia de la Nación: Autorizara la realización de la práctica de aborto respecto de la joven A.G, de 15 años de edad, quien quedara embarazada como consecuencia de haber sido violada por su padrastro. Esto porque la Constitución y los tratados internacionales no prohíben esta práctica y que los jueces tienen la obligación de garantizar derechos y su intervención no puede convertirse en un obstáculo para ejercerlos, por lo que deben abstenerse de judicializar el acceso a estas intervenciones, las que quedan exclusivamente reservadas a lo que decidan la paciente y su médico. No autorizó la realización de la práctica de aborto de la joven A.G de 15 años de edad.

Los principios son: Normas con alto grado de generalidad. Normas con bajo grado de generalidad.

El método es el camino para conocer al derecho constitucional, en el caso del método integral o realista plantea que: El derecho es producto de un proceso lento y gradual de transformación que se da en la sociedad y por eso el legislador no crea la norma, sino que la da el tiempo y a través de la tradición se puede conocer el derecho constitucional. El derecho constitucional debe se estudiado desde una visión global que tenga en cuenta aspectos de la realidad social, histórica, política, y jurídica para esclarecer la verdad práctica.

El constitucionalismo es: El proceso de organización institucional de los Estados nacionales por medio de constituciones escritas dictadas como expresión de la soberanía del pueblo. El conjunto de normas que reconocen y garantizan los derechos individuales y organizan los poderes básicos del Estado.

Las características del Control de Constitucionalidad en nuestro Estado son: Jurisdiccional, difuso, vía indirecta y efectos entre partes. Jurisdiccional, concentrado, vía directa y efectos entre partes. Jurisdiccional, difuso, vía indirecta y efectos erga omnes.

El control de convencionalidad surge de: La creación jurisprudencial de la Corte IDH a partir del fallo Almonacid Arellano. Lectura conjunta de los artículos 1.1, 2 y 29 de la CADH.

El derecho constitucional argentino está contenido en: Los tratados internacionales sobre derechos humanos. La Constitución Nacional, la jurisprudencia y los tratados de integración. La Constitución Nacional. La Constitución Nacional, los tratados internacionales sobre derechos humanos con jerarquía constitucional, las leyes que desarrollan el texto constitucional, la jurisprudencia.

El Derecho espontáneo constituye: Fuente material. Fuente formal.

La igualdad se encuentra principalmente consagrada en el artículo: 16 de la CN. 19 de la CN. 18 de la CN. 14 de la CN.

Los requisitos de procedencia del control de constitucionalidad son: Existencia de causa, petición de parte, interés legítimo del peticionante. Existencia o no de causa según resuelva o no cuestiones de superintendencia, petición de parte, interés legítimo del peticionante.

La libertad de expresión en el sistema argentino se manifiesta a través de: La libertad de prensa reconocida en el artículo 14 CN y en el artículo 1 del PSJCR. La libertad de prensa, del derecho a difundir y acceder a la información vinculada con el ambiente y el consumo (artículos 42 y 43 CN), y el derecho de los particulares a buscar y difundir información.

En el fallo Fayt, la Corte Suprema: a. constitucional. Admitió que el Poder Judicial puede ejercer el control de constitucionalidad sobre una reforma. Rechazó que el Poder Judicial pueda ejercer el control de constitucionalidad sobre una reforma constitucional. Sostuvo que el artículo 99, inciso 4, 3° párr. CN sólo es aplicable para los jueces designados con anterioridad a la reforma constitucional de 1994. Sostuvo que el artículo 99, inc. 4, 3° párr. CN sólo es aplicable para los jueces designados con posterioridad a la reforma constitucional de 1994.

Los tratados internacionales que versan sobre derechos humanos constituyen: Fuente material. Fuente formal.

Tienen derechos humanos: Todas las personas. Todas las personas salvo los delincuentes y jefes de estados.

Los derechos humanos son universales, es decir: No se puede renunciar a ellos, y son también intransferibles. Todas las personas tienen los mismos derechos sin discriminación alguna y se aplican en cualquier parte del mundo. Todos merecen la misma atención y vigencia. Todas las anteriores.

El principio de división de poderes se consagra en: La Revolución Inglesa. La Revolución Francesa. La Revolución Norteamericana.

En nuestro sistema el control de constitucionalidad: Trae aparejada la derogación de la norma declarada inconstitucional. Solo produce consecuencias dentro de la causa, entre partes.

En el caso "ALITT", la Asociación de Lucha por la identidad Travesti y Transexual planteó el derecho al reconocimiento de su personería jurídica, negada por la Inspección General de Justicia. En el fallo la CSJN, sostuvo: Que correspondía denegar la personería jurídica tal como en precedentes anteriores (CHA), por no estar comprometido el bien común. Una interpretación distinta del bien común, como el bien de todas las personas, no solo de las mayorías excluyendo a las minorías. El sentido de la igualdad democrática y liberal es el del "derecho a ser diferente", pero no puede confundirse nunca con la "igualación", que es un ideal totalitario y por ello es, precisamente, la negación más completa del anterior, pues carece de todo sentido hablar del derecho a un trato igualitario si previamente se nos forzó a todos a ser iguales".

El artículo 19 CN dice "ningún habitante de la nación está obligado a hacer lo que la ley no manda, ni privado de lo que ella no prohíbe", esto configura: El principio de legalidad y reserva. El principio de inocencia. El principio de irretroactividad. El derecho a la intimidad.

40- En el fallo Cullen, la Corte: Sostuvo que no puede ejercerse el control de constitucionalidad de una norma cuando esta involucra una cuestión política no justiciable. Sostuvo la supremacía de los tratados internacionales sobre las leyes federales. Declaró inválida una reforma constitucional. Dijo que procede el control de constitucionalidad de oficio.

En el caso "Campillay", que se inició a raíz de noticias publicadas en diversos diarios, según las cuales Campillay integraba una banda dedicada al robo y tráfico de estupefacientes, y los medio difundieron la información sin citar la fuente, ante el sobreseimiento de Campillay la Corte dijo: Que la libertad de expresión es un derecho absoluto y como tal su ejercicio no puede ser objeto de sanción. Que la integridad moral y el honor de las personas también tienen rango constitucional y que la difusión de noticias inexactas demuestra un obrar negligente e imprudente por parte de los titulares de los medios de prensa, dado que ello implicó un ejercicio abusivo del derecho de informar.

El objeto de estudio del derecho constitucional es: La Constitución. Un fenómeno político juridizado.

El artículo 14 bis fue el resultado de la reforma constitucional de 1957 que incorpora los derechos sociales en nuestra CN, en su primer párrafo: Protege al trabajador que desarrolla sus tareas en relación de dependencia, se contempla al trabajador como persona física. Consagra derechos cuya titularidad corresponde a los sindicatos.

Los fueros reales, son: Constitucionales, se trata de tribunales que juzgan determinados hechos teniendo en cuenta no las cualidades personales, sino la naturaleza del acto. Son constitucionales, se juzga teniendo en cuenta las cualidades de la persona y son juzgado por sus pares.

El poder de policía es la atribución estatal de restringir el ejercicio de derechos constitucionales: Verdadero. Falso.

El principio de legalidad surge del art. 28 de la Constitución Nacional: Verdadero. Falso.

La emergencia tiene una connotación de permanencia: Verdadero. Falso.

El principio de razonabilidad, junto con el principio de legalidad, completa la estructura de limitación del poder: Verdadero. Falso.

Los derechos que la Constitución Nacional reconoce son: Absolutos. Relativos.

En el Constitucionalismo Contemporáneo se promovió el reconocimiento de los derechos individuales mediante la sanción de una constitución escrita y rígida: Verdadero. Falso.

Los principios de libertad e igualdad han sido formulados, tanto en la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, como en la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948: Verdadero. Falso.

La garantía de la “jurisdiccionalidad” tiene su origen en el art. 39 de la Carta Magna inglesa de 1215: Verdadero. Falso.

Los Derechos Humanos reconocidos en Tratados Internacionales requieren de una ley del Congreso que los reglamente para poder ser aplicados en el país: Seleccione una: Verdadero. Falso.

Cual de los siguientes artículos de la Constitución Nacional es conocido comúnmente como el de las garantías individuales: Artículo 14. Artículo 18. Artículo 19. Artículo 28.

El amparo, en cuanto a su alcance, garantiza: El ejercicio de los derechos de jerarquía constitucional. El ejercicio de los derechos de jerarquía constitucional y los contemplados en tratados internacionales y leyes comunes.

Según el tipo histórico: La constitución surge de la estructura social, no del desenvolvimiento del pasado (Historicismo), ni de la razón (Racionalismo). La Constitución es el producto del desarrollo histórico de un pueblo.

Las únicas desigualdades inconstitucionales son: Toda desigualdad es discriminatoria y por lo tanto inconstitucional. Aquellas que son arbitrarias, es decir que carecen de toda razonabilidad, las persecutorias, hostiles y que deparan indebidos favores.

El Pacto de San José de Costa Rica no contempla en su articulado la suspensión de garantías: verdadero. falso.

El hábeas corpus: Garantiza la libertad ambulatoria de las personas. Garantiza todos los derechos menos la libertad ambulatoria. Impide los excesos del poder.

Una vez que obtuvo sentencia de la Corte Suprema de Justicia, una persona puede acudir directamente ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos en caso de haberse vulnerado un derecho reconocido en la Convención Americana de Derechos Humanos. Seleccione una: Verdadero. Falso.

El constitucionalismo popular pertenece a la tendencia norteamericana y sostiene: Que los jueces tienen un papel central y activo en la tutela de los derechos humanos. Que se debe quitar la constitución de mano de los tribunales y que los ciudadanos comunes sean sus intérpretes.

La constitución es: Una rama del derecho público, cuyas normas organizan el Estado y prevén derechos y obligaciones de los individuos y sus grupos. Un conjunto de normas jurídicas fundamentales que se refieren a la organización del poder del Estado y por otro lado a los derechos, obligaciones y garantías de los individuos y sus grupos.

El amparo colectivo lo puede interponer: El afectado, el Defensor del Pueblo y las asociaciones civiles competentes y Ministerio Público. El afectado, el defensor del pueblo, las asociaciones civiles competentes y la Auditoría General de la Nación.

El constitucionalismo clásico surgió en el S. XVIII y se caracteriza por: La Constitución como norma suprema, el control recíproco entre los órganos de poder, el principio de separación de poderes, el poder estatal es un medio para la plena vigencia de los derechos y libertades de las personas. La Constitución como norma suprema, la justicia social, el principio de solidaridad.

La discriminación es una diferenciación o distinción: Siempre arbitraria e irrazonable y ofensiva de la dignidad humana. No siempre arbitraria, lo es solo cuando carece de justificación objetiva y razonable.

La propiedad es inviolable según el artículo 1 CN, pero no es un derecho absoluto, por lo tanto, resulta procedente la expropiación cuando se cumplen los siguientes requisitos esenciales: Necesidad de expropiación establecida por ley, utilidad pública, indemnización previa. Necesidad de expropiación establecida por decreto, utilidad pública, indemnización previa.

El principio de progresividad de los derechos humanos se refiere a: Que los derechos humanos corresponden a todas las personas por igual, sin discriminación alguna. Que los derechos humanos no pueden separarse o fragmentarse unos de otros. Que los derechos humanos no pueden dar marcha atrás injustificada en sus niveles de cumplimientos alcanzados, este principio se vincula particularmente con los derechos económicos, sociales y culturales.

En la expropiación la indemnización debe ser: Previa. Posterior.

El fundamento de la expropiación es: Garantizar el bienestar general. Que la voluntad del Congreso prevalece sobre la propiedad privada. Ninguno ya que está prohibida por la CN.

El artículo 14 bis incorporado con la reforma constitucional de 1975, consagra el derecho a huelga, derecho reconocido a: Solo a los gremios. Gremios y sindicatos. Trabajadores individuales, gremios y sindicatos.

La constitución argentina es: Escrita, flexible, derivada, formal, suprema, con contenidos pétreos e ideológica. Codificada, escrita, rígida, con contenidos pétreos, ideológica.

La acción de amparo protege: Los derechos y libertades distintos a la libertad física. La libertad física o ambulatorias.

La Corte Suprema de Justicia de la nación resolvió en el caso ponzetti de Balbín dos: Que el derecho a la libertad de expresión encuentra su límite en el derecho. In􀆟midad de las personas, aunque éstas sean personajes públicos. En consecuencia, condeno a la editorial a reparar los daños ocasionados a la familia de Ricardo Balbín, en su lecho de muerte. Que el derecho de información prevalece al documentar la realidad puesto que se trataba de un personaje público, cuya vida es de interés general.

Las leyes constitucionales son: Aquellas dictadas por el Parlamento de acuerdo a la constitución, con un trámite similar al establecido para la reforma de la constitución, tiene la misma jerarquía que el texto constitucional y complementa la constitución. Toda ley dictada de acuerdo a la constitución, que por ser posterior al dictado de la constitución sigue el procedimiento de sanción de ley ordinaria.

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