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Derecho-Final

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Título del Test:
Derecho-Final

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Parcial final

Fecha de Creación: 2024/07/31

Categoría: Otros

Número Preguntas: 67

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¿Cuál es la definición de DERECHO?. Se refiere al conjunto de valores y costumbres que se transmiten de generación en generación para preservar la cultura de una sociedad. Se refiere a las directrices y procedimientos que guían la producción y distribución de bienes y servicios en una economía. Se refiere al conjunto de normas y principios que regulan la conducta de las personas en una sociedad, estableciendo derechos y obligaciones y proporcionando un marco para la convivencia pacífica y el orden social. En un sentido más amplio, el derecho abarca diversas ramas, como el derecho penal, civil, laboral, entre otros, cada uno con sus propias normativas y finalidades específicas. Se refiere al conjunto de reglas y principios que guían las políticas y estrategias de una empresa o corporación.

Desarrollo del concepto. Principios y normas. Órganos competentes. Obligatorias. Conductas humanas en sociedad.

Fuentes de derecho. Leyes. Costumbre. Jurisprudencia. Doctrina.

¿Cuáles son la clasificación de derecho?. Derecho natural. Derecho positivo. Derecho subjetivo. Derecho privado. Derecho objetivo. Derecho público.

Definición de derecho subjetivo. conjunto de normas y principios. conjunto de facultades o atributos. regulan la administración pública. cada hombre/persona debe cumplir ante la sociedad. cada hombre/persona tiene asignada de exigir del otro el cumplimiento de una obligación. orientan el comportamiento cultural de una comunidad.

Definición de derecho objetivo. es el conjunto de normas internas de una empresa que guían las operaciones y la conducta de sus empleados. es el conjunto de normas que sirven para regular la relación entre los hombres en una sociedad. es el conjunto de políticas económicas que regulan la producción y distribución de bienes y servicios. regula la participación de los ciudadanos en actividades recreativas. ordena el funcionamiento de los órganos de gobierno, que ejercen el poder político.

Las normas del derecho objetivo se clasifican en tres ramas. Verdadero. Falso.

Ramas de las normas del derecho objetivo. Derecho civil y comercial. Derecho natural. Derecho penal. Derecho laboral. Derecho positivo.

Normas del derecho objetivo. Derecho positivo. Derecho natural.

Elegir opción correcta. El derecho objetivo, la rama del derecho positivo al ser escrito, puede ser derecho público o derecho privado. El derecho objetivo, la rama del derecho positivo al ser escrito, solo puede ser derecho penal o derecho civil. El derecho objetivo, la rama del derecho natural al ser escrito, solo puede ser derecho ambiental o derecho tributario. El derecho objetivo, la rama del derecho natural al ser escrito, solo puede ser derecho familiar o derecho constitucional.

¿Qué es el derecho público?. una rama del derecho natural. una rama del derecho positivo. normas que regulan las relaciones comerciales entre particulares y empresas. Ej: Derecho mercantil. normas que regulan la relación entre el Estado como Autoridad Pública ejerciendo su poder como tal, y un particular (persona física/jurídica), y además regular el funcionamiento de los órganos del gobierno. normas que rigen el comercio internacional y las relaciones entre estados. Ej: Derecho internacional. normas que establecen los derechos y deberes de los ciudadanos en materia fiscal. Ej: Derecho tributario.

¿Cuáles son las ramas del derecho público?. Derecho laboral. Derecho penal. Derecho constitucional/D. administrativo. Derecho de interacción pública. Derecho positivo. Derecho privado. Derecho subjetivo. Derecho objetivo.

Elegir la opción correcta. Las instituciones de derecho público son aquellas que se dedican a la educación privada y cobran altas matrículas a los estudiantes. Las instituciones de derecho público son las que no tienen fin de lucro, como por ejemplo un hospital que está subsidiado por el gobierno y no se obtienen ganancias por tener ese hospital. Las instituciones de derecho público son aquellas que están dedicadas exclusivamente a la investigación científica y obtienen ingresos por patentes. Las instituciones de derecho público son las que gestionan infraestructuras turísticas con el objetivo de obtener beneficios económicos. Las instituciones de derecho público son las que operan en el sector financiero y están reguladas por leyes comerciales.

Elegir la opción correcta. Las instituciones de derecho privado son las que operan bajo la administración pública y están destinadas a servir al interés general. Las instituciones de derecho privado son las que no tienen fines lucrativos y están subsidiadas por el gobierno, como un hospital público. Las instituciones de derecho privado son aquellas que pertenecen al sector educativo público y no cobran matrícula a los estudiantes. Las instituciones de derecho privado son las que sí tienen un fin de lucro, con un beneficiario, es decir que se obtienen ganancias de esa institución, como por ejemplo un sanatorio privado.

¿Qué es el derecho privado?. Normas que regulan la relación entre el estado y sus ciudadanos. Normas que regulan la relación entre particulares. impone obligaciones y deberes. en un pie de igualdad, o bien entre un particular y el estado (el órgano de gobierno no ejerce su poder de imposición). Normas que establecen los procedimientos administrativos y judiciales. resolución de conflictos.

Concepto de personas. Se entiende como persona humana a todo ente susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones. El código civil y comercial reconoce dos tipos de personas, por un lado las personas físicas (seres humanos) y por otro lado las personas jurídicas (que corresponde a una ficción legal). Se entiende como persona humana a todo ente que puede tomar decisiones legales y contractuales. Su existencia comienza a partir de la concepción, si el concebido o el implantado en la mujer nace con vida sus derechos y obligaciones quedan irrevocablemente adquiridos. Si no nace con vida, se considera que la persona nunca existió. El código civil y comercial otorga derechos a las personas físicas solo después de su mayoría de edad. Las personas jurídicas son entidades no físicas y no tienen derechos ni obligaciones hasta su registro formal.

¿Qué son los atributos de la persona?. Son los derechos y deberes legales que una persona tiene dentro de una sociedad. Son las cualidades intrínsecas que forman parte de la persona, constituyen la esencia de su personalidad y la determinan de su individualidad. Son los roles y funciones que una persona desempeña en su entorno profesional y personal. Son los documentos y registros que definen la identidad y el estatus legal de una persona.

El Código reconoce los atributos de la personalidad, esto es, que resultan esenciales a toda persona humana, tales como: El nombre. El domicilio. La edad. El estado. La capacidad. La nacionalidad. La identidad legal.

¿Qué dice el Código en su artículo 62 sobre el nombre?. La persona humana solo tiene el deber de usar el prenombre y apellido que le corresponden si está de acuerdo con el registro civil. La persona humana tiene el derecho y el deber de usar el prenombre y el apellido que le corresponden. La persona humana puede modificar su prenombre y apellido solo si recibe una autorización especial del gobierno. La persona humana tiene el derecho de usar un nombre y apellido que no se registren oficialmente si lo prefiere.

¿Qué dice el artículo 63 del Código sobre el pronombre?. Establece las reglas para la elección del prenombre (nombre de pila), sea para determinar a quién corresponde su elección y qué prenombres no pueden inscribirse, y finalmente, hace un reconocimiento expreso respecto de cuáles sí pueden inscribirse. Establece que los prenombres deben ser elegidos únicamente por las autoridades gubernamentales sin considerar la preferencia de los padres. Establece que los prenombres deben ser aprobados por un consejo de nombres sin considerar las leyes de inscripción. Permite la elección de prenombres sin restricción alguna, y no establece reglas específicas para su inscripción.

El apellido de los hijos dependerá de si se trata de hijos matrimoniales o extramatrimoniales, y del vínculo filial correspondiente. En el caso de hijos matrimoniales, el hijo o hija lleva siempre el primer apellido del padre, y no se permite agregar el apellido de la madre bajo ninguna circunstancia. En el caso de hijos matrimoniales, como regla general, el hijo o hija lleva el primer apellido de alguno de los cónyuges, pero en caso de desacuerdo entre ellos, el apellido se determina por sorteo realizado en el Registro. Tratándose de hijos extramatrimoniales, dependerá del número de vínculos filiales. Si existe un solo vínculo filial, lleva el apellido de ese progenitor; con la filiación de ambos padres determinada simultáneamente, se aplica la regla para los hijos matrimoniales; y, finalmente, con la segunda filiación, los padres acuerdan el orden y, a falta de acuerdo, el juez dispone el orden de los apellidos, según el interés superior del niño. Tratándose de hijos extramatrimoniales, siempre llevan el apellido del padre y no se permite la adición del apellido de la madre, independientemente de la filiación simultánea o posterior. Tratándose de hijos extramatrimoniales, el apellido se determina por sorteo aleatorio sin posibilidad de modificación, ni acuerdo entre los padres o intervención judicial.

¿Cómo reconoce el código al domicilio?. El lugar que la ley fija como asiento o sede de la persona para la producción de determinados efectos jurídicos. El lugar en el que una persona debe presentar sus impuestos y pagar las contribuciones fiscales correspondientes. El lugar donde se pueden realizar todos los trámites legales relacionados con la propiedad de bienes inmuebles. El lugar donde una persona debe realizar su residencia física para cumplir con los requisitos de una visa o permiso de residencia.

Bajo el nuevo régimen jurídico, hay tres tipos de domicilios: El domicilio real (art. 73). El domicilio legal (art. 74). El domicilio especial (art. 75). El domicilio especial (72). El domicilio legal (art. 65).

Bajo el nuevo régimen jurídico, hay tres tipos de domicilios: El domicilio especial (art. 75). El domicilio real (art. 73). El domicilio legal (art. 74).

Distintos supuestos del DOMICILIO LEGAL. Funcionarios públicos. Militares en servicio activo. Personas transeúntes, de ejercicio ambulante o que no tienen domicilio conocido. Personas incapaces.

¿Qué es la capacidad?. Es la habilidad de una persona para actuar en nombre de otra en todas las circunstancias legales, sin requerir autorización. Es el grado de aptitud para ser titular de derechos y deberes jurídicos y para el ejercicio de las facultades que emanan de esos derechos o el cumplimiento de las obligaciones que implican los mencionados deberes. Es el derecho de una persona a asistir a cursos de educación y formación profesional, sin importar su capacidad para ejercer derechos o cumplir obligaciones. Es la capacidad de una persona para contratar seguros y recibir indemnizaciones, sin relación con sus derechos y deberes generales.

El concepto de capacidad comprende dos facetas. Capacidad de derecho. Capacidad de ejercicio.

¿Qué son los hechos jurídicos?. Los hechos jurídicos son actos que deben ser realizados en presencia de un notario para tener validez jurídica, como la creación de un testamento. Los hechos jurídicos son acontecimientos de la naturaleza o del hombre que, sin tener la intención de producirlos, generan consecuencias de derecho. En otras palabras, son sucesos que, independientemente de la voluntad de las personas, tienen efectos jurídicos. Los hechos jurídicos son eventos que requieren la intención explícita de las partes involucradas para tener efectos legales, como la celebración de un contrato de compraventa. Los hechos jurídicos son decisiones conscientes de las personas que buscan generar efectos jurídicos específicos, como la firma de un contrato.

¿Cúales son los ejemplos de los hechos jurídicos?. Nacimiento de una persona. Muerte de una persona. Terremoto. Inundación. Promulgación de una ley. Firma de un contrato de arrendamiento:. Celebración de una boda.

¿QUIÉNES SON INCAPACES DE EJERCICIO? El artículo 24 del Código enumera quiénes son incapaces de ejercicio: La persona que se encuentra en el extranjero por más de seis meses: el hecho de estar fuera del país no afecta la capacidad de ejercicio. La persona por nacer: desde la concepción hasta el nacimiento. La persona que no cuenta con la edad y grado de madurez suficiente: las personas menores de edad. La persona declarada incapaz por sentencia judicial, en la extensión dispuesta en esa decisión: personas a las que se declaró la incapacidad, se le restringió su capacidad o están inhabilitadas por prodigalidad. La persona que ha sido condenada a prisión por delitos graves: esta persona puede ejercer derechos y obligaciones a menos que se le restrinja específicamente.

¿Qué son los actos jurídicos?. Son manifestaciones de voluntad que tienen como objetivo crear, modificar o extinguir derechos y obligaciones. Son eventos naturales que generan efectos jurídicos sin la intervención de la voluntad humana. Son decisiones administrativas tomadas por autoridades gubernamentales que afectan la legislación vigente. Son declaraciones públicas realizadas en medios de comunicación que no tienen efectos legales sobre derechos o deberes.

Elementos de los actos jurídicos. Voluntad. Discernimiento. Consentimiento. Objeto. Forma.

Los vicios de la voluntad son aquellos elementos que afectan el consentimiento de las partes en un acto jurídico, haciéndolo nulo o anulable. Verdadero. Falso.

Los vicios de la voluntad son errores en la redacción de un contrato que no afectan su validez, solo su interpretación. Verdadero. Falso.

¿Cuales son los vicios de la voluntad más importantes?. Error. Dolo. Violencia. Confusión. Negligencia. Incompetencia.

Los tres vicios de la voluntad más importantes son: Error. Dolo. Violencia.

¿Cuáles son las consecuencias de los vicios de la voluntad?. Nulidad: El acto jurídico es nulo cuando el vicio de la voluntad es esencial, es decir, cuando afecta la causa, el objeto o la forma del acto. Anulabilidad: El acto jurídico es anulable cuando el vicio de la voluntad no es esencial, pero sí es suficientemente grave como para afectar la libre voluntad de la persona. Invalidación: El acto jurídico es invalidado cuando existen errores menores en su redacción o en su formalización, sin afectar la esencia del acto. Suspensión: El acto jurídico se suspende temporalmente si se detecta un vicio en la voluntad, sin llegar a determinar su nulidad o anulabilidad. Exclusión: El acto jurídico es excluido del sistema legal si se encuentra que contiene vicios, sin especificar si estos son esenciales o no.

La causa del acto jurídico es el fin inmediato que persigue la voluntad de las partes al realizarlo. Es el motivo por el cual las partes se obligan o se conceden derechos recíprocamente. Verdadero. Falso.

La causa del acto jurídico es el lugar donde se celebra el acto, que influye en las formalidades requeridas para su validez. Verdadero. Falso.

Causas del acto jurídico. Lícita: La causa no debe ser contraria a la ley, la moral o las buenas costumbres. Real: La causa debe existir efectivamente. Posible: La causa debe ser realizable, es decir, que sea posible cumplir con ella. Temporal: La causa debe estar relacionada con un período de tiempo específico. Confidencial: La causa debe ser secreta y no divulgada. Lucrativa: La causa debe tener un beneficio económico para las partes.

¿Qué es la forma del acto jurídico?. La forma del acto jurídico es la manera en que se exterioriza la voluntad de las partes. La ley puede exigir una forma determinada para ciertos actos jurídicos, en cuyo caso su cumplimiento es esencial para la validez del acto. La forma del acto jurídico se refiere únicamente al lenguaje utilizado en el documento. trata sobre el contenido económico del acto y cómo se distribuyen los beneficios entre las partes involucradas. La forma del acto jurídico implica el lugar donde se realiza el acto, como la necesidad de llevarlo a cabo en una notaría o en una oficina gubernamental. La forma exigida por la ley es opcional y solo se recomienda, sin afectar la validez del acto.

La forma del acto jurídico puede ser: Solemne. No solemne.

Clasificaciones más comunes de los actos jurídicos. Según el número de partes. Según el objeto. Según los efectos.

En la clasificación de los actos jurídicos según el objeto son unilaterales o bilaterales. Verdadero. Falso.

Clasificación de los Actos Jurídicos según el número de las partes. Multilaterales: Aquellos que requieren la voluntad de tres o más partes, como una reunión de negociación. Patrimoniales: Aquellos que tienen por objeto un bien económico, como la compraventa de un inmueble. Unilaterales: Aquellos que requieren la voluntad de una sola parte, como un testamento. Bilaterales: Aquellos que requieren la voluntad de dos o más partes, como un contrato. Bipartitos: Aquellos que se celebran entre dos entidades gubernamentales, como tratados internacionales.

Clasificación de los Actos Jurídicos según el objeto. Patrimoniales: Aquellos que se utilizan para establecer contratos de servicios, como un contrato de alquiler. Patrimoniales: Aquellos que tienen por objeto un bien económico, como la compraventa de un inmueble. Unilaterales: Aquellos que requieren la voluntad de una sola parte, como un testamento. No patrimoniales: Aquellos que no tienen por objeto un bien económico, como el matrimonio. Multilaterales: Aquellos que requieren la voluntad de tres o más partes, como una reunión de negociación.

Clasificación de los Actos Jurídicos según los efectos. De transferencia: Aquellos que cambian la propiedad de bienes inmuebles, como una herencia. De disposición: Aquellos que transfieren derechos, como la venta de un bien. De obligación: Aquellos que crean obligaciones, como el contrato de locación. De ejecución: Aquellos que definen cómo se llevarán a cabo actos específicos, como un plan de acción. Patrimoniales: Aquellos que tienen por objeto un bien económico, como la compraventa de un inmueble.

Un acto jurídico puede ser nulo o anulable cuando presenta algún vicio que afecta su validez. Nulidad: La nulidad es absoluta y opera de pleno derecho desde el momento de su celebración. Los vicios que causan nulidad son: Incapacidad de las partes, objeto ilícito, forma esencial no cumplida. Anulabilidad: La anulabilidad es relativa y debe ser declarada por un juez a pedido de la parte interesada. Los vicios que causan anulabilidad son: Error, Dolo, Violencia. Anulabilidad: La anulabilidad se aplica a contratos de bienes inmuebles y debe ser solicitada por las partes. Los vicios que causan anulabilidad son: Incapacidad de las partes, Objeto ilícito, Forma esencial no cumplida. Nulidad: La nulidad es relativa y solo afecta a los contratos de bienes muebles. Los vicios que causan nulidad son: Error, Dolo, Violencia.

Los instrumentos públicos y privados son dos tipos de documentos que sirven para acreditar la existencia de un acto jurídico. Verdadero. Falso.

Los instrumentos públicos y privados son cuatro tipos de documentos que sirven para acreditar la existencia de un acto jurídico. Verdadero. Falso.

¿Cuáles son las características de los instrumentos públicos?. Autor: Los instrumentos públicos son otorgados por cualquier persona sin necesidad de una autoridad competente. Fe pública: Son considerados válidos solo si son firmados por un abogado. Autor: Solo pueden ser emitidos por el poder judicial. Forma: No necesitan cumplir con formalidades específicas. Fe pública: No tienen presunción de autenticidad. Ejemplos: Cartas personales, notas de crédito.

¿Qué son los instrumentos públicos?. son documentos otorgados por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, con las solemnidades legales y gozan de fe pública en cuanto a su contenido y fecha. son creados por entidades privadas y se utilizan solo para fines comerciales, sin necesidad de intervención oficial. son documentos elaborados únicamente por notarios y tienen validez solo dentro del ámbito del derecho penal, no en otras áreas del derecho. tienen una validez internacional inmediata sin necesidad de ser legalizados o apostillados por las autoridades competentes del país donde se usan.

¿Qué son los instrumentos privados?. Son documentos emitidos únicamente por entidades gubernamentales y requieren la firma de un notario para su validez. Son documentos redactados exclusivamente en formato digital y deben ser validados por una autoridad judicial para tener validez. Son aquellos documentos otorgados por particulares, sin la intervención de un funcionario público. Son documentos elaborados por organismos no gubernamentales, con validez solo dentro del contexto de la seguridad social, y no requieren firma ni validación externa.

¿Cuáles son las características de los instrumentos privados?. Autor: Otorgado por particulares. Forma: Pueden tener una forma libre, salvo que la ley exija una forma determinada para un acto específico. Ejemplos: Escrituras públicas, actas notariales. Fe pública: No gozan de fe pública, por lo que su autenticidad y fecha pueden ser impugnadas. Forma: Deben ser formales y cumplir con las normativas judiciales. Ejemplos: Contratos privados, recibos, cartas, correos electrónicos.

¿Cuáles son las importancias de la Distinción entre Instrumentos Públicos y Privados?. es importante para determinar la validez y eficacia de los actos jurídicos. Los instrumentos públicos y privados tienen el mismo valor probatorio, sin importar si se presentan en una controversia, ya que ambos son igualmente aceptados en cualquier procedimiento legal. La validez y eficacia de los actos jurídicos no dependen de si el instrumento es público o privado, sino únicamente de la firma de un testigo presente durante la firma del documento. Los instrumentos públicos gozan de fe pública, lo que les otorga mayor fuerza probatoria en caso de controversia, comparado con los instrumentos privados. Los instrumentos públicos y privados se consideran igualmente nulos si no están acompañados por una firma digital certificada por un organismo internacional.

La lesión en un vicio de la voluntad. Verdadero. Falso.

¿Qué es la lesión?. es un vicio de la voluntad que ocurre cuando ambas partes de un contrato tienen prestaciones equitativas, pero una de ellas no cumple con la forma establecida por la ley. es un vicio que se produce cuando una de las partes de un contrato actúa bajo coacción, obligando a la otra parte a aceptar términos desventajosos. es un vicio de la voluntad que se produce cuando una de las partes de un contrato se obliga a realizar una prestación que es desproporcionadamente onerosa en comparación con la que recibe. se manifiesta cuando una de las partes no cumple con las obligaciones establecidas en el contrato, lo que lleva a la nulidad del acuerdo.

¿Cuáles son los requisitos necesarios para que exista lesión en un contrato?. Desproporción. Estado de necesidad. Aprovechamiento.

Lesión. La lesión provoca la nulidad absoluta del contrato, que opera automáticamente sin necesidad de intervención judicial. La lesión puede causar la anulabilidad del contrato a pedido de la parte lesionada. La lesión lleva a la cancelación inmediata del contrato sin la necesidad de que la parte lesionada presente una solicitud judicial. La anulabilidad es relativa, es decir, que solo puede ser declarada por un juez a pedido de la parte lesionada. La anulabilidad es absoluta, es decir, que solo puede ser declarada por un juez a pedido de la parte lesionada. La anulabilidad puede ser solicitada únicamente después de que el contrato haya sido ejecutado parcialmente.

La simulación es un acto jurídico en el que las partes aparentan realizar un negocio jurídico que en realidad no quieren realizar. Verdadero. Falso.

La simulación se da cuando un negocio jurídico es realizado en forma secreta y encubierta, sin que las partes sean conscientes de su falta de autenticidad. Verdadero. Falso.

¿Cuáles son los tipos de simulación en los actos jurídicos?. Simulación completa: Cuando las partes aparentan realizar un negocio que no existe. Simulación absoluta: Cuando el acto jurídico es simulado en todos sus aspectos, es decir, que las partes no quieren producir ningún efecto jurídico. Simulación parcial: Cuando solo una de las cláusulas del negocio es simulada. Simulación relativa: Cuando el acto jurídico es simulado en algunos de sus aspectos, pero las partes quieren producir un efecto jurídico diferente al que aparentan. Simulación temporal: Cuando el acto es simulado por un período específico y luego se convierte en real.

¿Cuáles son las consecuencias de la simulación?. Nulidad definitiva: Cuando el acto es nulo de manera irrevocable y permanente. Nulidad retroactiva: Cuando el acto es nulo desde el momento de su celebración y sus efectos se consideran como si nunca hubieran existido. Nulidad absoluta: La nulidad absoluta opera de pleno derecho, es decir, que el acto jurídico es nulo desde el momento de su celebración, sin necesidad de declaración judicial. Nulidad permanente: Cuando el acto es nulo indefinidamente hasta que se subsanen las irregularidades. Nulidad relativa: La nulidad relativa debe ser declarada por un juez a pedido de la parte interesada.

El fraude puede ser: Fraude civil: Es aquel que tiene por objeto causar un perjuicio patrimonial a un particular. Fraude administrativo: Es aquel que busca obtener beneficios indebidos a través de la manipulación de procedimientos gubernamentales. Fraude financiero: Es un tipo de fraude que se enfoca en la evasión de impuestos mediante la manipulación de documentos contables. Fraude empresarial: Es aquel que se realiza para obtener una ventaja competitiva en el mercado mediante prácticas desleales. Fraude penal: Es aquel que tiene por objeto causar un perjuicio patrimonial al Estado o a un tercero con la intención de obtener un beneficio económico.

¿Qué es el fraude en el contexto de los actos jurídicos?. El fraude es una acción legal que busca proteger los derechos de propiedad intelectual. El fraude es un acto doloso que tiene por objeto causar un perjuicio patrimonial a otra persona. El fraude es una técnica administrativa utilizada para optimizar la eficiencia en el manejo de recursos. El fraude es un tipo de contrato que establece condiciones desfavorables para una de las partes con la finalidad de obtener un beneficio unilateral.

¿Cuáles son las consecuencias del fraude?. la nulidad del acto jurídico en el que se ha cometido. la reparación del daño causado a la víctima. la sanción penal del autor del fraude. la disolución de la entidad que lo cometió. la reparación del daño a la víctima.

Unir. Nulidad. Nulidad absoluta. Nulidad relativa.

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