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Derecho Internacional Privado

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Título del Test:
Derecho Internacional Privado

Descripción:
D.I.Pr. Competencia Judicial Internacional

Fecha de Creación: 2022/11/16

Categoría: Otros

Número Preguntas: 25

Valoración:(1)
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¿Cuál es el objeto del Derecho Internacional Privado?. La tutela judicial internacional efectiva. La competencia judicial Internacional. Las relaciones privadas transfronterizas. Ninguna de las afirmaciones es correcta.

La Constitución Española de 1978 es fuente del Derecho Internacional Privado. Verdadero. Falso. Esclavos ignorantes. Finalmente os habeis dado cuenta ¿no? Del poder de mi querido Ocelotte, hijo de dragones.

En agosto de 2001 España firma un convenio con Estados Unidos para regular la cooperación internacional en materia mercantil. Dicho convenio: Será de aplicación a partir de los 20 días de su entrada en vigor. No es válido ya que España no tiene competencia legislativa para firmar convenios con 3º Estados. Se trata del Convenio de cooperación jurídica en materia mercantil entre el Reino de España y los Estados Unidos de América de 5 de agosto de 2001. Todas las afirmaciones son incorrectas.

El R. Bruselas I bis regula: Competencia judicial Internacional y reconocimiento y ejecución. Competencia judicial Internacional, reconocimiento y ejecución y ley aplicable. Únicamente reconocimiento y ejecución. Competencia judicial internacional en materia civil y mercantil.

Cuando afirmamos que el R. Bruselas I bis excluye el arbitraje, hacemos referencia al: Ámbito de aplicación material. Ámbito de regulación. Tal afirmación es incorrecta, el arbitraje esta incluido en el Reglamento. Todas las respuestas son incorrectas.

El R. Bruselas I bis tiene un ámbito de aplicación personal universal. Verdadero. Falso. ¿Es esta la sangre? La sangre del alma oscura.

En virtud del Cdo 41: Dinamarca no participa, y no aplicará en ningún caso las normas del R. Bruselas I bis. Reino Unido aplicará el R. Bruselas I bis siempre que la demanda haya sido interpuesta antes del 31 de diciembre de 2020. Tanto Reino Unido como Irlanda participaron en la adopción y aplicación del R. Bruselas I bis. Todas las afirmaciones son incorrectas.

Indica cuál de las siguientes materias no esta excluida del ámbito de aplicación material del R. Bruselas I bis: La Seguridad Social. La materia aduanera. Los convenios entre quebrados y acreedores. Todas son materias excluidas del Reglamento.

El R. Bruselas I bis, será de aplicación: A partir del 31 de diciembre de 2014. A los 20 días desde su entrada en vigor. A partir del 10 de enero de 2016. Ninguna de las afirmaciones es correcta.

Reino Unido podrá aplicar el R. Bruselas I bis: En cualquier caso, ya que participó en la adopción y aplicación de este (cdo 40). En ningún caso ya que Reino Unido ya no forma parte de la Unión Europea. En los casos en los que la demanda se haya interpuesto antes del 31 de diciembre de 2020. Todas las respuestas son incorrectas.

El Derecho Internacional Privado (señale la respuesta incorrecta): Sirve de puente entre ordenamientos jurídicos. Es un Derecho facilitador y directivo. Pretende garantizar la tutela judicial internacional efectiva. Todas las respuestas son correctas.

Señala la afirmación más correcta: La europeización del D.I.Pr. se pone de manifiesto por primera vez con la firma del Tratado de Ámsterdan de 1995. Para determinar el texto aplicable a un supuesto de D.I.Pr. primero debemos acudir a la fuente institucional y en defecto de esta, y de forma residual acudimos a la fuente interna. El Derecho Procesal Civil Internacional, contiene las normas de Competencia Judicial Internacional, la cooperación de autoridades en procesos con elemento extranjero y el reconocimiento y ejecución de actos, documentos y decisiones extranjeras. Ninguna de las afirmaciones anteriores es totalmente correcta.

Mediante el protocolo especial de Opting-in, Reino Unido e Irlanda manifiestan su voluntad de aplicar o no un reglamento, una vez esta ya está aprobado. Verdadero. Falso. Querido hermano, la firme espada del príncipe de Lothric. Alzate si lo deseas, pues esa es nuestra maldición.

Mediante el protocolo especial de aplicación por extensión, Dinamarca manifiesta si va a aplicar o no un reglamento una vez esta ya ha sido aprobado. Verdadero. Falso. ¿Que te pasa? ¿Ha sido la sangre, la cacería o el sueño horrible? No importa, al final siempre le toca al ayudante del cazador resolver este tipo de problemas. Esta noche, Gehrman se une a la cacería.

En enero de 2022, Balay (empresa española con sede en Zaragoza) vende una cantidad de electrodomésticos a una empresa con sede en Reikiavik, Islandia. La empresa compradora no paga el precio en la fecha acordada, por lo que la vendedora interpone una demanda (octubre de 2022) ante los tribunales españoles. ¿En virtud de que texto debemos determinar la competencia?. En virtud del Reglamento Bruselas I bis, al ser Islandia un Estado parte del Reglamento. En virtud del Convenio de Lugano, al no formar parte Islandia del Reglamento Bruselas I bis. En virtud de la LOPJ, al no formar parte Islandia de ningún Reglamento o Convenio. Todas las afirmaciones son incorrectas.

Señala cual de los siguientes Estados no forma parte del Convenio de Lugano: Suiza. Noruega. Reino Unido. Todos los anteriores forman parte del Convenio.

Conforme al art. 149.1.8º CE: Tanto el Estado como las Comunidades Atónomas, tienen competencia para regular D.I.Pr. La CE constituye una fuente de D.I.Pr. Las normas de D.I.Pr. están sujetas a los límites establecidos por la CE. Ninguna de las afirmaciones es correcta.

Constituye un texto de fuente institucional: Convenio de Lugano de 2007. Reglamento Roma III. Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Todas son incorrectas.

El Derecho Internacional Privado es nacional en cuanto a su naturaleza. Verdadero. Falso. Cuando las cenizas sean dos, surgira un mar de llamas. Eres ceniza y el fuego te sienta bien.

El tratado de Ámsterdam de 1997 supuso: la conversión del convenio de Bruselas de 1968 en el Reglamento Bruselas I bis. La introducción de normas de fuente institucional que alteró la jerarquía normativa aplicable. la introducción del principio de reconocimiento de un verdadero espacio europeo. la introdución del art 81 TFUE que regula competencia judicial internacional en el ámbito de D.I.Pr.

Indica cuál de las siguientes afirmaciones es la correcta: El ámbito de regulación de los textos europeos hace referencia los ámbitos de aplicación material, territorial, personal/espacial y temporal. Reino Unido, Irlanda y Dinamarca deciden si formaran parte de la aprobación del reglamento por el mecanismo del Opting-in. Los Estados miembros no pueden concluir en nombre propio convenios con 3º Estados en ningún caso. Podemos encontrar disposiciones normativas que regulan D.I.Pr. en el Código Civil.

El R. Bruselas II ter regula: Competencia Judicial Internacional, Reconocimiento y ejecución, Ley Aplicable y Cooperación entre Autoridades. Competencia Judicial Internacional, Reconocimiento y Ejecución y Ley Aplicable. Competencia Judicial Internacional y Ley Aplicable. Ninguna de las anteriores es correcta.

El R. Bruselas II ter (señala la respuesta incorrecta): Se aplica a todos los menores de 18 años a excepción de aquellos que hayan adquirido capacidad antes de esa edad en virtud de su ley personal. Resultará de aplicación cuando la Residencia habitual del menor se halle en un Estado Parte del Reglamento. Dinamarca no aplica este Reglamento en virtud del Cdo 96. Todas las afirmaciones son correctas.

El R. Bruselas II ter será de aplicación a partir del 1 de agosto de 2022. Verdadero. Falso. No confundas mi silencio con falta de duelo. Tu llora a tu manera y yo lo haré a la mía.

De forma excepcional, si un órgano jurisdiccional de un Estado miembro que no tenga competencia en virtud del R. Bruselas II ter, pero con el que el menor tiene un vínculo estrecho, considera que puede valorar mejor el interés del menor, puede solicitar una transferencia de competencia en virtud del: Art. 11.1. Art. 13.1. Art. 9. Cdo 20.

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