Derecho Internacional Privado
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Título del Test:![]() Derecho Internacional Privado Descripción: Segundo Bimestre |




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En lo que refiere se al derecho romano, el derecho aplicable a los extranjeros se denominaba: Ius sanguinis. Ius Gentium. Ius coloniari. En el derecho hebreo son considerados transeúntes quienes: Eran individuos de otros pueblos, no convertidos al hebraísmo y que permanecían temporalmente en sus ciudades. Prevenían de Roma y practicaban el comercio. Traficaban con esclavos y materias primas. El concepto de extranjero se produce por razón de: Los convenios internacionales. Las personas, de las cosas o de los actos. Su desenvolvimiento histórico. En sentido genérico, se entiende como extranjero al individuo que no es: Nacional. Bautizado. Hombre libre y buenas costumbres. Las legislaciones igualitarias, son los países que consagran la: Aceptación implícita del derecho propio de los extranjeros, emulándolo en su Estado en su Estado extraño. Abstención a los extranjeros a regirse a las leyes penales de un Estado. Asimilación o cuasimilación de los extranjeros a los nacionales. Los derechos públicos o cívicos son un conjunto de facultades indispensables al hombre y que lo pone en relación: Con la sociedad. Con el código civil. Con el derecho romano. La palabra estatuto se origina en la baja edad media, para designar las normas que regían en: Las ciudades o provincias. Los estados monárquicos. El medioevo. Los conflictos o concurrencia de leyes son originados por: La supremacía constitucional. La diversidad legislativa. La prerrogativa judicial. El conflicto surge cuando: Las dos normas de derecho internacional privado son diferentes. Las Leyes tienen similitud entre ellas. Existe igualdad de sistemas jurídicos. La palabra estatuto se originó en la baja edad media, para designar las normas que regían en: Los feudos. Los estados independientes. Las ciudades o provincias. Los derechos civiles son los que pertenecen al hombre como tal, derivados de: La ley natural. La constitución de cada Estado. Las atribuciones del congreso. Según la escuela francesa, los estatutos en principio son: Primarios y secundarios. Relevantes y contradictorios. Territoriales y excepcionalmente extraterritoriales. Existe un conflicto de ley cuando: Se trate de determinar cuál de los ordenamientos jurídicos es aplicable a una relación jurídica con elementos dispersos. Se pone a consideración de la corte de Derecho Internacional Privado mundial la solución de un caso. Predomina el derecho natural sobre el derecho positivo. Dentro de las etapas por las que ha cursado la humanidad, la territorialidad de la ley corresponde a la época: Clasicista. Feudal y al poder absolute de la monarquías. Renacentista, donde prácticamente nace el denominado derecho natural. Dentro del contexto del reenvío limitado a las materias del estatuto personal, la ley nacional es competente para: Acogerse a los preceptos de la comitas gentium. Evitar los sucesivos envíos. Regir las materias comprendidas en el estatuto personal. Según Yanguas Messía los tres supuestos del reenvío son: Diversidad de normas de conflictos, consulta a la norma de conflicto extranjera y remisión de esta norma a otra ley. Pasivo, activo y remitente. Domiciliado, extrajudicial y competente. El problema de la remisión, es el caso del conflicto negativo entre: Las reglas de Derecho Internacional Privado de varios países. Las reglas constitucionales de un mismo estado. Las reglas de emitir una crítica constitucional. Cuando la remisión de la ley extranjera se le hace a la del juez que conoce del asunto concierne al: Reenvío de Segundo grado. Reenvío de primer grado o de retorno. Reenvío diferido. Cuando la remisión de la ley extranjera se le hace, no a la ley del juez que conoce del asunto, sino a la ley de un tercer Estado consiste en: Reenvío en Segundo grado. Reenvío tácito. Reenvío o deprecatorio. El conflicto de Derecho Internacional Privado, es negativo cuando los dos Estados: Reúnen características similares. Rehúsan aplicar su ley interna. Se atribuyen la creación de una norma. Según Meriggi, la calificación consiste en: Crear la de definición- tipo que responda a la concepción universal de un determinado fenómeno. Consolidad una norma única por la cual se regirían los jueces. La utilización de métodos alternativos para la resolución de conflictos. Según lo expresado por Lea Meriggini en la Tendencia Apriorística, divide al proceso de calificación en dos tiempos: Calificación diversa e ideológica. Calificación universal y singular. Calificación de competencia y calificación de fondo o impropia. La premisa menor dentro del silogismo de Raape se refiere a: La norma material interna applicable y la debe calificar la lex causae. Preceptos emitidos por jueces de segunda instancia. Autos elaborados en base a nulidades procesales. Según el silogismo de Raape la premisa mayor es la que: Se contrapone con la premisa menor. Antecede a todos los principios de derecho. Equivale a definir de manera abstracta el contenido de la categoría genérica inserta en la norma de conflicto. La Ley competente para aplicar la calificación es: La lex fori o ley del tribunal que conoce el asunto. El ius soli. La lex rei sitae. La ley competente para fijar la calificación es: La fex fori o ley del tribunal que conoce el asunto. La ley territorial. Cualquier otra ley aplicable. Cuál es el papel que desempeña el orden público: Reestructurar el status quo. El de intervenir en los asuntos que la colectividad no puede llegar a conciliar. Es un remedio para no aplicar una ley extranjera, cuando esta aplicación perjudica verdaderamente al país donde se la quiere aplicar. En materia de orden público existen dos concepciones: El orden público como noción excepcional y el orden público como noción normal. Orden público establecido y orden público supraestatal. Orden público primario y secundario. El orden público, da la idea de un conjunto de relaciones reguladas, según su: Naturaleza jurídica, por la ley territorial. Naturaleza constitucional. Naturaleza general o noción de la ley. La idea de un conjunto de relaciones reguladas, según su naturaleza jurídica, por la ley territorial corresponde a: Deber comunitario. Globalización. El orden Público. Ejerce una regulación mediante la ley personal de cada interesado la capacidad para ejercer el comercio y para intervenir en actos y contratos mercantiles: La Convención de la Haya. El Código Sánchez de Bustamante. El tratado de Derecho Comercial de Montevideo. La prueba de la ley extranjera debe ser remitida exclusivamente por: Iniciativa de las partes y a ella debe someterse el juez en la sentencia. El fiscal y sus órganos auxiliares. El juez de derecho internacional privado que interviene en la investigación. La separación conyugal, la disolubilidad del matrimonio se rigen por: Los convenios pre nupciales. La ley del matrimonio anterior. La ley del domicilio matrimonial. Establece en su articulado; “Los actos jurídicos serán considerados civiles o comerciales con arreglo a la ley del país en que se efectúan”: La Convención de Ginebra. El tratado de Derecho Comercial de Montevideo. El Código Civil ecuatoriano. Si las partes no han invocado la ley extranjera como aplicable al caso, el juez deberá aplicar: El ius naturalismo. Su propia ley. En concordancia a un convenio pre establecido. La interpretación a la ley extranjera se hace según: Los principios del derecho romano antiguo. Los criterios determinados a la ley extranjera declarada aplicable. La declaración universal de los derechos humanos. Dentro de las clases de conflictos, éstos son negativos cuando: Cuando el tribunal no logra un consenso. Cuando no puede establecerse a favor de varios jueces. Cuando no es competente juez alguno. Las fuentes donde se origina el estado civil son: Primaria y secundaria. La creación de un nuevo orden judicial. La imposición de la ley, hechos ajenos a la voluntad y la voluntad humana. Del estado civil surgen dos consecuencias: La capacidad o incapacidad del individuo y las relaciones de familia. La pérdida de la nacionalidad del individuo. La aceptación de una nacionalidad extranjera. La capacidad para ser parte se rige por: La ley nacional. La lex fori. El ius soli. Dentro del Derecho hindú, si los extranjeros provenían de pueblos vencidos eran considerados como: Esclavos, y carecían de todo derecho. Enemigos y eran deportados a sus territorios vencidos. Prosélitos y no se les permitía tener domicilio. La doctrina tradicional divide los derechos de las personas en tres clases: Naturales, civiles y penales. Excepciones, civiles y tributarias. Políticos, públicos o cívicos y civiles. A los conflictos de ley se los denomina: Leyes desiguales. Ataque jurídico. Concurrencia de leyes. En la escuela estatuaria italiana, pueden establecerse dos fases: Glosadores y posglosadores. Sajones y pictos. Posglosadores y neoclasicistas. En la territorialidad de la ley, el juez aplica la ley: Extranjera. Que guarda relación jurídica con los preceptos internacionales. Nacional. Dentro de la extraterritorialidad de la ley, es posible la aplicación de la ley: Extranjera. Binacional. Pena. La remisión puede ser de dos clases: Reenvío de la ley extranjera o nacional. Reenvío de primer grado o de retorno, reenvío de segundo grado. Reenvío simple y remunerado. Cuando la remisión de la ley extranjera se le hace, no a la ley del juez que conoce del asunto, sino a la ley de un tercer Estado consiste en: Reenvío en segundo grado. Reenvío tácito. Reenvío o deprecatorio. Kanh expresa que, las divergencias entre los derechos materiales que repercuten sobre el derecho internacional privado se denominan también: Colisiones expresas. Colisiones latentes. Colisiones tácitas. La premisa menor dentro del silogismo de Raape se refiere a: La norma material interna aplicable y la debe calificar la lex causae. Preceptos emitidos por jueces de segunda instancia. Autos elaborados en base a nulidades procesales. Dentro de las razones para la aplicación de la lex fori, esencialmente tenemos: Formalizar acuerdos con el derecho civil. Si no se aplica, se haría imposible la solución del conflicto. Al aplicarse tiene consecuencias directas sobre la nacionalidad de las sociedades. La ley nacional puede aplicar a sus individuos: Las sentencias en virtud de su complejidad y concordancia. La jurisprudencia vertida de los casos más controversiales. Sus propias leyes internas, bien las de su domicilio o las de su cualquier otro país. Dentro de los actos del derecho comercial internacional, constituye importante distinguir los criterios, entre los cuales se consideran como tal: Criterio objetivo, subjetivo, mixto. Criterio adverso, suspenso. Criterio conjunto, subjetivo. El matrimonio se constituye en un contrato solemne porque: Se contraen obligaciones y prohibiciones. Se requiere de firma y rubrica para solemnizarlo. Se deben cumplir con las estipulaciones que contempla la ley para que sea legal. Una de las razones a favor de la territorialidad es: Que la administración de justicia es uno de los deberes del Estado y, por lo tanto, solo él puede determinar la manera de practicarla. Permitir la existencia de convenios bilaterales de protección de inversiones. Permitir a los medidores la aplicación de una ley para resolver el fondo de la controversia. Las normas de colisión tienen el carácter de: Sugestivas. Imperativas. Derivativa. Una de las características del derecho feudal consistía en que: Los peregrinos podían ser ordinarios y latinos. La tierra predominaba sobre el hombre, el soberano era el propietario. El extranjero tiene derecho a la hospitalidad. La regulación de la condición jurídica de los extranjeros, al igual que la nacionalidad, es materia del: Cónsul de cada país. Congreso internacional de Derecho Internacional Privado. Derecho Interior. Dentro de la escuela holandesa, admiten el estatuto mixto, pero referido a: La forma de la norma suprema. La forma de los actos jurídicos. La forma de la regla general. Una ley es territorial cuando: Rige todos los hechos realizados en determinado territorio. Aún no es publicada en el registro oficial. Es la voluntad soberana de los súbditos de un Estado. Existe reenvío de segundo grado cuando: La remisión se realiza entre estados que comparten de un mismo sistema jurídico. La remisión de la ley extranjera se le hace, no a la ley de juez que conoce el asunto, sino a la ley de un tercer Estado. La remisión se realiza entre jueces de una misión jurisdicción. Dentro de los principales argumentos en contra del reenvío tenemos: Es posible que se tergiverse el sentido de la remisión, por no aplicabilidad de la ley. Es contrario a la constitución de algunos estados. No existe uniformidad en el reenvío de segundo grado. Las colisiones latentes, constituyen: La porción minoritaria con respecto de acciones societarias. La admisión del testamento ológrafo. El núcleo del problema de las calificaciones. Según el silogismo de Raape la premisa mayor es la que: Se contrapone con la premisa menor. Antecede a todos los principios de derecho. Equivale a definir de manera abstracta el contenido de la categoría genérica inserta en la norma de conf. El código de Bustamante establece que para todos los efectos de carácter público, la calidad de comerciante es determinado por: El ius gentium. La ley de aduanas. Por la ley del lugar en donde se haya realizado el acto o ejercido la industria de que se trate. El Código de Bustamante consagra la nulidad del contrato de transporte internacional y lo somete: A la ley del lugar de su celebración. A los preceptos del Tratado de Montevideo. A la tesis del constitucionalismo privado. En la escuela estatuaria italiana se pueden establecer dos fases, estas son: Señores feudales y ciervos. Glosadores y post glosadores. Escribanos y notarios. La territorialidad de la ley consiste en que: Se pone práctica la ley marcial en caso de conflictos internos causados por el Estado. Se someten todos los elementos de una relación jurídica al imperio de la ley local. Todos los súbitos de un derecho que no es el considerado como natural. Según el sistema de la lex civilis causae, se regirá la calificación por la misma ley aplicable, establecida en la regla de derecho internacional privado, de acuerdo con: El derecho civil declarado aplicable. El locus regit actum. Los principios escolásticos. El orden público, cuenta o tiene su propia concepción sobre sí mismo, siendo así fundamentalmente: Nacional. Extraterritorial. Anexatorio. En lo concerniente a los derechos y deberes de los cónyuges en sus relaciones personales se rige por: Según lo estipulado en las capitulaciones matrimoniales. La ley del domicilio matrimonial. Las encíclicas papeles. Según Caicedo y Castilla, en cuál de estos casos el agente diplomático queda sometido a jurisdicción local: Cuando lo esencial de la lex fori se encuentra en su flexibilidad. Cuando en los juicios universales, actúa Estado extranjero. Cuando ejerce alguna industria, oficio o profesión. Cuando las partes no invocan la ley extranjera se la debe aplicar de forma: Taxativa. Coercitiva. Oficiosamente. La inmunidad de jurisdicción constituye: Un privilegio que se otorga a las personas con habilidades especiales. La excepción más importante a la aplicación de la lex fori. Exoneración de responsabilidades. La obligación es un vínculo en virtud del cual una parte queja sujeta respecto de otra a: Dar, hacer o no hacer una cosa. Adquirir compromisos de un tercero. Concurrir en las infracciones del cónyuge. El poder soberano radica en que: La carta penal lo designa como tal. Fue elegido por el congreso nacional de determinado Estado. La ley no puede tener más autoridad que la del soberano del cual emana. Niboyet, expresa que, las divergencias entre los derechos materiales que repercuten sobre el derecho internacional privado se denominan también: Colisiones expresas. Colisiones latentes. Colisiones tácitas. El Art. 6 de la Convención de la Haya declara válidos los matrimonios celebrados en legaciones si reúne de los siguientes requisitos: Que el matrimonio sea permitido por la ley local. Que las publicaciones del contrato matrimonial se realicen bajo la tutela de la ley nacional. Cuando se exija una ceremonia religiosa. El supuesto de fraude de la ley, consiste en que una persona fraudulentamente, consigue ponerse en una situación tal que: Puede invocar las ventajas de una ley extranjera, a la que normalmente no podía recurrir. Puede acogerse a derechos humanos. Puede acatar normas que favorezcan a su cónyuge. El que exista fraude, y la imposibilidad de impedir la aplicación de la ley extranjera si no se recurre a la noción del fraude a la ley da paso a: Poner en práctica la noción del fraude a la ley. Ponderar derechos consagrados constitucionalmente. Dar paso a acciones derivadas del poder constitucional. El problema de la remisión es el caso del: Conflicto negativo entre las reglas de Derecho Internacional Privado de varios países. Correspondiente a la jurisdicción de jueces. Disposiciones de derecho internas. Cuando la remisión de la ley extranjera se le hace, no a la ley del juez que conoce del asunto, sino a la ley de un tercer Estado consiste en: Reenvío en segundo grado. Reenvío tácito. Reenvío deprecatorio. Se dice que no cabe atribuirle competencia a una legislación extranjera cuando: Renuncia a regir una relación y la somete a otra ley. Se encuentra derogada por la mayoría del poder legislativo. Cuando el presidente constitucional de un estado la beta. Dentro de qué criterio se enumeran los actos de comercio, y además se declaran comerciales los actos entre comerciantes: Criterio gubernativo. Criterio abstracto. Criterio mixto. |