derecho laboral
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Título del Test:
![]() derecho laboral Descripción: universidad uc |



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Es aquella persona trabajadora del campo, que es contratada por obra, tiempo determinado o por temporada. Jornalero eventual. Trabajador agrícola fijo. Trabajador del campo temporal. Trabajador eventual urbano. En el trabajo de los buques, comprende el tiempo contado desde el embarque del trabajador hasta concluir la descarga del buque o el desembarque de pasajeros en el puerto que se convenga. Jornada marítima. Período de navegación. La relación de trabajo. Tiempo efectivo de labor. Son las personas físicas que realizan labores dirigidas a la obtención de alimentos o productos primarios a través de la realización de diversas tareas agrícolas. Jornaleros forestales. Trabajadores del campo. Trabajadores pesqueros. Productores rurales. La atribución de los derechos al nombre y a la propiedad y explotación de invenciones realizadas en la empresa, nos referimos a. Derechos de autor. Diseños industriales. Invenciones de los trabajadores. Innovaciones productivas. Vigilar, instrumentar, operar y mejorar los sistemas y los programas de capacitación y adiestramiento, es una de las obligaciones de. Los sindicatos. Recursos humanos. Las comisiones mixtas. Los patrones. En el trabajo en las universidades, son la persona física que presta servicios no académicos a esas universidades o instituciones. Trabajador académico. Auxiliar operativo. Trabajador administrativo. Personal asociado. La jornada de trabajo de los menores de dieciséis años no podrá exceder de esta cantidad de horas. 4. 5. 6. 7. La finalidad es elevar el nivel de vida del trabajador, su competencia laboral, y su productividad, conforme a los planes y programas formulados por la empresa. Orientación profesional. Formación técnica. Capacitación o adiestramiento. Entrenamiento laboral. Durante los periodos de embarazo no realizarán trabajos que exijan esfuerzos considerables, podrán además tener semanas de descanso antes y despues del embarazo. Mujeres en general. Trabajadoras especiales. Madres trabajadoras. Trabajadoras con riesgo laboral. Disfrutará de los mismos derechos y tiene las mismas obligaciones que los hombres, asegurando la igualdad de trato y oportunidades. Igualdad laboral. Trabajadora temporal. La mujer trabajadora. Trabajadora sindicalizada. Es el resultado de optimizar los factores humanos, materiales, financieros, tecnológicos y organizacionales que concurran en la empresa. Eficiencia. Rentabilidad. Productividad. Competencia laboral. Es el conjunto de actividades que debe cumplir un médico residente en periodo de adiestramiento respecto de la disciplina de la salud a que pretende dedicarse. Servicio social. Prácticas clínicas. Residencia. Internado. Se comprenden dentro de esta denominación a los trabajadores de cualquier clase de barco o embarcación que ostente bandera mexicana. Personal naval. Tripulación federal. Trabajadores de los buques. Operadores marítimos. Se consideran en este rango a los jugadores de futbol, basquetbol, frontón, box, luchadores, entre otros. Artistas profesionales. Atletas recreativos. Deportistas profesionales. Trabajadores eventuales. Se consideran a todos aquellos trabajadores que laboran en minas de carbón, y a todos sus desarrollos mineros en cualquiera de sus etapas en que se encuentren. Mineros extractores. Operadores subterráneos. Trabajadores de minas. Trabajadores de obra negra. Ejercer su residencia hasta concluir su especialidad, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos y disfrutar de las prestaciones que sean necesarias para el cumplimiento de su residencia son. Obligaciones del médico residente. Normas de capacitación. Derechos de médicos residentes. Lineamientos hospitalarios. Es aquella que de manera remunerada realice actividades de cuidados, aseo, asistencia o cualquier actividad inherente al hogar. Auxiliar doméstica eventual. Trabajadora temporal. Trabajadoras del hogar. Trabajadora por honorarios. Es el profesionista de la medicina con título legalmente expedido y registrado, que ingresa a una unidad médica receptora de residentes, para cumplir con una residencia. Médico interno. Pasante de medicina. Médico residente. Médico auxiliar. Es una dependencia del Gobierno Federal que vigila el cumplimiento de los derechos laborales de las y los trabajadores y sus familias, para garantizar un incremento sostenido en su calidad de vida. IMSS. PROFEDET. Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Secretaría de Economía. Es obligación de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en conjunto con la Secretaría de Economía convocar a los patrones, sindicatos e instituciones académicas para que constituyan. Comités de seguridad e higiene. Programa Nacional de Empleo. El Comité Nacional de Concentración y Productividad. Comisión Nacional de Salarios Mínimos. No podrán formar parte de los sindicatos de los demás trabajadores, ni podrán ser representantes de los trabajadores. Supervisores. Mandos medios. Trabajadores de confianza. Trabajadores asociados. Este trabajo queda sujeto a vigilancia y protección especiales de las autoridades del trabajo, tanto federales como locales, vigilancia y protección diferentes a los mayores de edad. Trabajo eventual. Trabajo restringido. Trabajo de menores. Trabajo protegido. Son, el piloto al mando de la aeronave, los oficiales que desarrollen labores análogas, el navegante y los sobrecargos. Personal aéreo administrativo. Supervisores de vuelo. Miembros de las tripulaciones aeronáuticas. Servicio aeroportuario. Deberán obtener un certificado médico que acredite su aptitud para el trabajo, sin este requisito ningún patrón podrá utilizar sus servicios. Menores de 14 años. Mayores de edad. Mayores de 15 y menores de 18. Mujeres embarazadas. El patrón podrá rescindir la relación de trabajo si existe un motivo razonable de pérdida de confianza. Trabajadores sindicalizados. Trabajadores generales. Trabajadores de confianza. Supervisores. Las reglas aplicables a los trabajadores en hoteles, casas de asistencia, restaurantes, fondas, cafés, bares, se encuentran prescritas a partir de este artículo de la Ley Federal del Trabajo. 340. 350. 344. 320. Las relaciones de trabajo pueden ser por tiempo determinado, por tiempo indeterminado, para varias temporadas o para la celebración de una o varias funciones, representaciones o actuaciones. Trabajadores eventuales. Trabajadores escénicos. Trabajadores actores y músicos. Trabajadores culturales. El salario se fijará por día, por viaje, por boletos vendidos o por circuito o kilómetros recorridos y consistirá en una cantidad fija o una prima sobre los ingresos obtenidos. Trabajo de mensajería. Trabajo de autotransportes. Trabajo de servicios públicos. Trabajo de carga pesada. En los trabajos de las tripulaciones aeronáuticas, para la determinación de estas, se consideran las tablas de salida y puesta del sol, con relación al lugar más cercano al en que se encuentre la aeronave en vuelo. Suspensiones. Descansos. Jornadas de trabajo. Turnos mixtos. Actualizar y perfeccionar los conocimientos y habilidades de los trabajadores, que conozcan los riesgos y peligros a los que están expuestos en su trabajo, son algunos de los fines de. Capacitación institucional. Formación general. El adiestramiento. Evaluación laboral. Es todo trabajador que se encuentra agremiado a cualquier organización sindical legamente constituida. Permanente. Eventual. Sindicalizado. Contratado por honorarios. También lo constituye el convenio por virtud del cual el patrón venda materias primas u objetos a un trabajador para que éste los transforme en su domicilio y posteriormente los venda al mismo patrón. Subcontratación. Trabajo eventual. Trabajo a domicilio. Trabajo independiente. Consiste en el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al establecimiento del patrón, utilizando primordialmente la tecnología de la información y comunicación. Trabajo remoto parcial. Trabajo independiente. Teletrabajo. Trabajo exterior. Las prestaciones a que tienen derecho las personas trabajadoras del hogar, tales como su inscripción en el seguro social, vacaciones, prima vacacional, pagos de días de descanso, están comprendidas en este artículo de la Ley Federal del Trabajo. 333 Bis. 334 Bis. 335. 326 Bis. Los patrones están obligados a preferir, en igualdad de circunstancias, a los trabajadores mexicanos, respecto de quien no lo son, hablamos de. Igualdad laboral. Derechos de preferencia. Beneficios sindicales. Normas de equidad. Les está prohibido el consumo de bebidas embriagantes, el tráfico de drogas enervantes y las jornadas de trabajo se ajustarán a las necesidades del servicio y podrán principiar en cualquier hora del día o de la noche. Trabajo marítimo. Trabajo ferrocarrilero. Trabajo de autotransporte. Trabajo fronterizo. Están considerados aquellos que son choferes, conductores, operadores, cobradores que presten servicio en el transporte público, de pasajeros, de carga o mixtos, foráneos o urbanos. Trabajadores viales. Trabajadores de autotransportes. Trabajadores de servicios públicos. Auxiliares de tránsito. En los trabajadores ferrocarrileros, la recepción de carga o de pasaje fuera de los lugares señalados y la negativa a efectuar el viaje contratado o su interrupción, sin causa justificada, son causas de. Suspensión del contrato. Sanciones disciplinarias. Rescisión de la relación de trabajo. Reubicación laboral. Las relaciones de trabajo pueden ser por tiempo determinado, por tiempo indeterminado, por una o varias temporadas. Trabajadores de espectáculos. Deportistas profesionales. Técnicos especializados. Entrenadores deportivos. Son aquellos en los que exclusivamente trabajan los cónyuges, sus ascendentes, descendientes y pupilos. Microempresa familiar. Trabajo doméstico. Industria familiar. Cooperativa de trabajo. Cuando el trabajador se dedique a trabajos de investigación o de perfeccionamiento de los procedimientos utilizados en la empresa, los derechos de propiedad de las invenciones corresponden a. El trabajador. El sindicato. El Estado. El patrón. Es la persona física que presta servicios de docencia o investigación a las universidades o instituciones, conforme a los planes y programas establecidos por la misma. Investigador asociado. Profesor técnico. Trabajador académico. Instructor universitario. Deberá llevar un padrón especial de las personas trabajadoras del campo temporales para registrar la acumulación del tiempo contratado, a fin de establecer la. Licencia laboral. Jornada máxima permitida. Antigüedad total. Obligaciones del patrón. Son quienes ejercen el mando directo de un buque, tienen con respecto de los demás trabajadores la calidad de representantes del patrón. Oficiales de cubierta. Jefes de máquinas. Capitanes. Supervisores marítimos. El trabajo de maniobras de servicio público en zonas bajo jurisdicción federal, tales como servicio público de carga, descarga, estiba, desestiba, se encuentran regulados a partir de este artículo de la Ley Federal del Trabajo. 250. 270. 265. 290. Es el que se ejecuta habitualmente para un patrón, en el domicilio del trabajador o en el local libremente elegido por él, sin vigilancia ni dirección inmediata de quien proporciona el trabajo. Subcontratación externa. Trabajo eventual. Trabajo a domicilio. Teletrabajo. Son considerados aquellos trabajadores de seguros, vendedores, viajantes, propagandistas o impulsores de ventas y el salario o comisión podrá comprender una prima sobre el valor de las mercancías vendidas. Trabajadores independientes. Agentes de comercio. Promotores externos. Vendedores ocasionales. El ruido, la vibración, radiaciones ionizantes y no ionizantes, infrarrojas, agentes químicos, residuos peligrosos, labores nocturnas industriales, son consideradas: Labores prohibidas. Labores insalubres para menores. Actividades de riesgo medio. Trabajos especializados. Son las que, por la naturaleza del trabajo, por las condiciones físicas, químicas y biológicas del medio ambiente en que se presta, son capaces de actuar sobre la vida y la salud física y mental de las mujeres. Labores peligrosas. Trabajos especiales. Labores insalubres. Actividades delicadas. Son aquellos que actúan en teatros, cines, centros nocturnos o de variedades, circos, radio y televisión, salas de doblaje y grabación. Trabajadores artísticos en general. Técnicos escénicos. Trabajadores actores y músicos. Trabajadores de producción audiovisual. |




