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Derecho Mercantil I 2ªpp

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Título del Test:
Derecho Mercantil I 2ªpp

Descripción:
Tema 13 La sociedad colectiva y la sociedad comanditaria

Fecha de Creación: 2018/06/05

Categoría: Otros

Número Preguntas: 60

Valoración:(3)
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Temario:

En la sociedad colectiva: cualquier socio puede exigir la disolución de la sociedad con carácter general sin necesidad de alegar justa causa. cualquier socio puede exigir la disolución de la sociedad si ésta se ha constituido por tiempo indefinido. las dos respuestas anteriores son erróneas.

En caso de insuficiencia del patrimonio social, los socios colectivos: responden siempre ilimitadamente de las deudas sociales. responden ilimitadamente de las deudas sociales, salvo que se haya pactado en la escritura una responsabilidad limitada. las dos respuestas anteriores son erróneas.

El socio comanditario que ha realizado íntegramente la aportación debida a la sociedad: no responde de las deudas sociales. responde por un importe igual a la aportación realizada. las dos respuestas anteriores son erróneas.

Los socios industriales es una sociedad colectiva: no participan en las pérdidas, salvo pacto en contrario. no responden de las deudas sociales. las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si en la escritura de constitución de una sociedad colectiva no se atribuye la administración a ninguna persona. serán administradores todos los socios. serán administradores solo los socios cuyo nombre figure en la razón social. las dos respuestas anteriores son erróneas.

En la sociedad colectiva tienen obligación de no competir con la sociedad: todos los socios. solos los socios administradores. solo los socios industriales.

Un acreedor de una sociedad colectiva que no tiene patrimonio suficiente para satisfacerle su crédito: puede exigirle el crédito a cualquier socio. solo puede exigirle el crédito a los socios adminsitradores. las dos respuestas anteriores son erróneas.

Según el Código de Comercio, un socio de una sociedad colectiva: no puede transmitir su parte en la compañía. necesita el consentimiento de los otros socios para transmitir su parte en la compañía. puede transmitir su parte en la compañía libremente.

En una sociedad colectiva, los socios responden ilimitada y subsidiariamente de las deudas sociales: siempre. sólo si no existe pacto en contrario en la escritura social. sólo si la sociedad no está inscrita en el Registro Mercantil.

En la sociedad colectiva, los socios. tienen derecho a examinar la contabilidad. sólo tienen derecho a examinar las cuentas anuales. las dos respuestas anteriores son erróneas.

En caso de sociedad colectiva irregular, de las obligaciones contraídas en nombre de la misma: responde únicamente la sociedad. responden únicamente los socios. responden, además de la sociedad y los socios, los encargados de la gestión social.

D. Juan Sosa es socio colectivo de "Mora y cia. Sociedad Colectiva", debidamente inscrita en el Registro Mercantil, a la que aportó 30.000€. Los otros socios son Da Lucía Mora que aportó otros 30.000€ y D. Pedro Urco que aporta únicamente su trabajo como ingeniero. Teniendo en cuenta estos datos, si la sociedad tuviera pérdidas y no se hubiera pactado nada sobre su reparto: las pérdidas se imputarían a los socios por parte iguales. D. Pedro Urco no participaría en las pérdidas. las dos respuestas anteriores son erróneas.

D. Juan Sosa es socio colectivo de "Mora y cia. Sociedad Colectiva", debidamente inscrita en el Registro Mercantil, a la que aportó 30.000€. Los otros socios son Da Lucía Mora que aportó otros 30.000€ y D. Pedro Urco que aporta únicamente su trabajo como ingeniero. Los acreedores de Mora y cia, sociedad colectiva podrían dirigirse para cobrar sus créditos: únicamente contra Da Lucía Mora. contra todos los socios. las dos respuestas anteriores son erróneas.

En la sociedad comanditaria simple, los socios comanditarios. no responden de las deudas sociales. responden ilimitadamente de las deudas sociales. responden limitadamente de las deudas sociales.

En la sociedad colectiva y a falta de previsión en el contrato de sociedad, los acuerdos habrán de adoptarse: por unanimidad. por mayoría de dos tercios. las dos respuestas anteriores son erróneas.

En una sociedad colectiva en la que no existan socios industriales y a falta de pacto específico al respecto, las ganancias: se distribuirán a prorrata de la participación que cada socio tenga en la compañía. se distribuirán entre los socios a partes iguales. las dos respuestas anteriores son erróneas.

En caso de muerte de un socio de una sociedad colectiva. la sociedad ha de disolverse en todo caso. la sociedad continuará en todo caso con los herederos del socio fallecido. la sociedad continuará con los herederos del socio fallecido sólo si así se ha previsto en el contrato.

Los acreedores de una sociedad colectiva para exigir sus créditos: han de dirigirse en primer término contra la sociedad y en caso de insuficiencia patrimonial de la misma, contra los socios. pueden dirigirse indistintamente contra la sociedad o los socios. las dos respuestas anteriores son erróneas.

Altube y cia, sociedad colectiva, ha adoptado el acuerdo de transformación en sociedad de responsabilidad limitada. Los acreedores sociales han dado su consentimiento expreso a la transformación. Teniendo en cuenta estos datos, de las deudas sociales anteriores a la transmisión. responde únicamente la sociedad transformada. responden la sociedad transformada y, subsidiariamente, todos los socios. las dos respuestas anteriores son erróneas.

En la sociedad comanditaria simple, el socio comanditario. responde ilimitadamente de las deudas sociales como los socios colectivos. no responde en el caso de que haya realizado íntegramente la aportación a que se obligó frente a la sociedad. no responde en ningún caso.

En la sociedad colectiva a falta de pactos específicos en la escritura de constitución. cualquier socio puede actuar como administrador. sólo pueden actuar como administradores los socios cuyo nombre figure en la razón social. las dos respuestas anteriores son erróneas.

El socio comanditario de una sociedad comanditaria simple: no puede ser administrador de la sociedad. tiene la obligación de no competir con la sociedad. las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si una sociedad anónima se transforma en otro tipo social, los socios que hayan votado en contra del correspondiente acuerdo. tienen derecho de separación si la transformación es en sociedad colectiva. no tienen derecho de separación en ningún caso. tienen siempre derecho de separación.

Según el Código de Comercio a falta de pacto, el socio industrial: no participa en las pérdidas ni responde frente a terceros. no participa en las pérdidas pero sí responde frente a terceros. las dos respuestas anteriores son erróneas.

El socio colectivo que infringe la obligación de no competir con la sociedad. puede ser excluido de la sociedad. solo está obligado a indemnizar a la sociedad los daños y perjuicios que le haya ocasionado el incumplimiento. las dos respuestas anteriores son erróneas.

La existencia de dos tipos de socios, unos que responden ilimitadamente de las deudas sociales y otros que responden limitadamente de estas deudas, es un rasgo característico de: La sociedad colectiva. La sociedad comanditaria. las dos respuestas anteriores son erróneas.

Pueden existir socios industriales que sólo aportan trabajo a la sociedad: en todas las sociedades mercantiles. en la sociedad colectiva y en la comanditaria simple. las dos respuestas anteriores son erróneas.

En la sociedad comanditaria por acciones los socios colectivos: son los administradores mientras desempeñan el cargo. son los socios que aportan únicamente trabajo. las dos respuestas anteriores son erróneas.

En la sociedad colectiva y salvo pacto en contrario: el socio industrial tiene prohibido el ejercicio de cualquier actividad empresarial. el socio industrial sólo tiene prohibido competir con la sociedad. las dos respuestas anteriores son erróneas.

La responsabilidad de los socios colectivos por las deudas sociales: Es ilimitada, salvo que en el contrato de la sociedad se haya limitado expresamente a una determinada cantidad. es subsidiaria, de manera que los acreedores no pueden proceder contra el socio sin haberlo hecho antes contra la sociedad, gozando el socio del llamado beneficio de excusión. es mancomunada, de manera que el acreedor solo puede reclamar a cada socio la parte de deuda que le corresponda de acuerdo con las normas establecidas para la distribución de pérdidas.

La obligación de no competencia: obliga a todos los socios de una sociedad colectiva. obliga a todos los accionistas de una sociedad anónima. las dos respuestas anteriores son erróneas.

Es un tipo de sociedad personalista: la sociedad comanditaria por acciones. la sociedad comanditaria simple. las dos respuestas anteriores son erróneas.

D. Germán Mato, Da Carmen Tera y D. Juan Roura son socios de "Mato y cia, sociedad colectiva" debidamente inscrita en el Registro Mercantil. Teniendo en cuenta este dato, de las deudas contraídas en nombre de la sociedad: responde en primer término el Sr. Mato y subsidiariamente el resto de los socios. responde en primer término la sociedad y subsidiariamente todos los socios. las dos respuestas anteriores son erróneas.

D. Germán Mato, Da Carmen Tera y D. Juan Roura son socios de "Mato y cia, sociedad colectiva" debidamente inscrita en el Registro Mercantil. Si la sociedad tiene por objeto la fabricación de helados: ningún socio podrá explotar un negocio de fabricación de helados por cuenta propia en el ámbito territorial de la sociedad salvo autorización expresa de la sociedad. sólo el Sr. Mato tendría obligación de no competir con la sociedad salvo autorización expresa de la sociedad. las dos respuestas anteriores son erróneas.

En el supuesto de la sociedad a que se refieren las dos preguntas anteriores, si la administración de la sociedad se hubiera otorgado al Sr. Mato: sólo las actuaciones del Sr. Mato podrán obligar a la sociedad con terceros. cualquier socio podrá contratar con terceros obligados a la sociedad. las dos respuestas anteriores son erróneas.

Es una sociedad colectiva concertada por diez años, uno de los socios, pasados cinco años y sin necesidad de justa causa: tiene derecho a separarse de la sociedad. puede exigir la disolución total de la sociedad. las dos respuestas anteriores son erróneas.

En la sociedad colectiva, los socios: tiene derecho a revisar toda la documentación contable de la sociedad. sólo tienen derecho a obtener las cuentas anuales de la sociedad. las dos respuestas anteriores son erróneas.

Los socios de una sociedad colectiva: pueden separarse libremente de la sociedad si ésta se ha constituido por tiempo indefinido. pueden separarse libremente de la sociedad si ésta se haya constituido por tiempo determinado. las dos respuestas anteriores son erróneas.

En una sociedad colectiva en la que no existen pactos especiales sobre el socio industrial, este socio: no responde frente a terceros de las deudas sociales. no participa en las pérdidas. las dos respuestas anteriores son erróneas.

En la sociedad colectiva, en caso de insuficiencia del patrimonio social: todos los socios responden personalmente de las deudas sociales. no responden personalmente los socios industriales. no responden personalmente los socios que no hayan incluido su nombre en la razón social.

De las deudas de una sociedad colectiva, en caso de insuficiencia del patrimonio social: responden ilimitadamente todos los socios. responden ilimitadamente sólo los socios cuyo nombre figure en la razón social. las dos respuestas anteriores son erróneas.

La responsabilidad de los socios colectivos por las deudas sociales es: solidaria con la sociedad y con el resto de los socios. subsidiaria respecto de la sociedad y solidaria con el resto de los socios. las dos respuestas anteriores son erróneas.

Un socio de una sociedad colectiva podrá separarse libremente de la sociedad: siempre. si la duración de la sociedad se ha pactado como indefinida. las dos respuestas anteriores son erróneas.

Los socios comanditarios de la sociedad comanditaria simple presentan como especialidad frente a los colectivos: únicamente que no responden ilimitadamente de las deudas sociales. únicamente que no pueden ser administradores. las dos respuestas anteriores son erróneas.

Solaz y Cia sociedad colectiva, integrada por cuatro socios, se constituyó en escritura pública en 2001 pero no se ha inscrito en el Registro mercantil. En la escritura se designó como socio administrador a D.Rodrigo Solaz, pero todos los socios vienen actuando frente a terceros en nombre de la sociedad. En estas circunstancias, si D. Fernando Bigas, que es uno de los socios, contratara en nombre de la sociedad la compra de un equipo informático: la sociedad podría alegar frente al vendedor que el único autorizado para contratar es D. Rodrigo Solaz y que no está obligada a cumplir el contrato. la sociedad estaría obligada frente al vendedor a cumplir el contrato. las dos respuestas anteriores son erróneas.

Solaz y Cia sociedad colectiva, integrada por cuatro socios, se constituyó en escritura pública en 2001 pero no se ha inscrito en el Registro mercantil. En la escritura se designó como socio administrador a D.Rodrigo Solaz, pero todos los socios vienen actuando frente a terceros en nombre de la sociedad. El vendedor del equipo informático podría exigir el pago del mismo: solidariamente a la sociedad. sólo a D. Fernando Bigas. las dos respuestas anteriores son erróneas.

Aguirre y cía, sociedad colectiva, se constituyó en escritura pública en 1999 pero no se ha inscrito en el Registro Mercantil. Los socios son D.Salvador Aguirre, D.Juan Salas y Da Francisco Moles. En la escritura se atribuye la administración de la sociedad a D. Juan Salas. Teniendo en cuenta estos datos, si D. Salvador compra en nombre de la sociedad un equipo informático, del pago de esa deuda: responderá únicamente D. Salvador. responderán la sociedad y todos los socios. las dos respuestas anteriores son erróneas.

En la sociedad colectiva en defecto de pacto, la administración de la sociedad: corresponderá a todos los socios. corresponderá a todos los socios capitalistas con exclusión de los industriales. las dos respuestas anteriores son erróneas.

Los socios responden ilimitadamente por las deudas sociales: en todas las sociedades mercantiles. en la sociedad colectiva. las dos respuestas anteriores son erróneas.

En la sociedad colectiva, responden ilimitadamente de las deudas sociales: todos los socios. sólo los socios colectivos capitalistas. sólo los socios adminsitradores.

Todos los socios responden personalmente e ilimitadamente de las deudas de la sociedad: en todas las sociedades mercantiles. en todas las sociedades personalistas. en las sociedades colectivas.

Según el Código de Comercio, en la sociedad colectiva responden de las deudas sociales en caso de insuficiencia del patrimonio social: sólo los socios adminsitradores. sólo los socios que hayan aportado bienes o dinero. todos los socios.

Un acreedor de una sociedad colectiva cuyo patrimonio social es insuficiente para la satisfacción de sus créditos: no puede exigir el pago de sus créditos a ningún socio. puede exigir el pago de sus créditos sólo a los socios. las dos respuestas anteriores son erróneas.

En las sociedades colectivas: no existe el derecho de separación. un socio puede separarse cuando lo estime oportuno si la sociedad se ha constituido por tiempo indefinido. las dos respuestas anteriores son erróneas.

En la sociedad colectiva, la responsabilidad personal e ilimitada de los socios en caso de insuficiencia de patrimonio social: existe siempre. sólo existe si la sociedad no se ha inscrito en el Registro Mercantil. las dos respuestas anteriores son erróneas.

La responsabilidad de los socios de la sociedad colectiva por las deudas sociales: afecta a cada socio solamente por el mismo porcentaje que le correspondan en los beneficios. es subsidiaria de la responsabilidad de la propia sociedad. las dos respuestas anteriores son erróneas.

En la sociedad comanditaria simple, el socio comanditario que ha realizado la aportación debida a la sociedad: responde subsidiariamente de las deudas sociales, pero puede reclamar de los socios colectivos el pago de la cantidad abonada a los terceros acreedores de la sociedad. no responde de las deudas sociales. las dos respuestas anteriores son erróneas.

Las normas del Código de Comercio referentes a la administración de la sociedad colectiva: son todas de carácter imperativo. son las mismas que rigen la administración de la sociedad de responsabilidad limitada. las dos respuestas anteriores son erróneas.

Si "Rodero y Cia, sociedad colectiva" dedicada a explotar un negocio de peluquería lleva años actuando en el tráfico pero no se ha inscrito en el Registro Mercantil: no tiene personalidad jurídica. es una sociedad interna. las dos respuestas anteriores son erróneas.

En la sociedad comanditaria simple, los socios comanditarios se distinguen en los colectivos: únicamente en que los socios comanditarios no pueden ser administradores. únicamente en que los socios comanditarios no tienen prohibido hacer competencia a la sociedad. en que los socios comanditarios, además de lo señalado en las respuestas anteriores, tienen limitada su responsabilidad por las deudas sociales.

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